Comisión Presidencial Coordinadora

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Transcripción de la presentación:

Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos -COPREDEH-

Módulo IV Erradicación de la Violencia contra las mujeres «No deseo que tengas poder sobre los hombres, sino sobre sí mismas» Mary Wollstonecraft

Origen histórico de la violencia contra las mujeres Desde las épocas más remotas de la cultura humana se ha manifestado la subordinación de las mujeres respecto a los hombres, su génesis lo encontramos en la sociedad patriarcal

¿Por qué le llamamos violencia de género? El tipo de violencia que se ejerce debido al género de la persona, usualmente se identifica como violencia contra la mujer, ya que las desigualdades de género magnifican la violencia hacia ellas. Denominándole violencia contra la mujer, queda claro que es un tipo especial de violencia cuyo objetivo es mantener el control y subordinación de la mujer al hombre

Definiciones Ámbito privado: Comprende las relaciones interpersonales domésticas, familiares o de confianza dentro de las cuales se cometan los hechos de violencia contra la mujer, (casa, hogar o el domicilio) cuando el agresor es el cónyuge, ex cónyuge, conviviente o novio. Ámbito público: Comprende las relaciones interpersonales que tengan lugar en la comunidad y que incluyan el ámbito social, laboral, educativo, religioso o cualquier otro tipo que no esté comprendido en el privado. Misoginia: Odio o desprecio a las mujeres o subestimación de las mujeres por el solo hecho de ser del sexo femenino Machismo: Actitud que engloba conductas, prácticas sociales y creencias que sostiene la superioridad del hombre respecto de las mujeres.

Patriarcado: Orden social genérico de poder, basado en un modo de dominación cuyo paradigma es el hombre. Este orden asegura la supremacía de los hombres y lo masculino sobre la inferiorización de las mujeres y lo femenino. Es asimismo, un orden de dominio de unos hombres sobre otros y de enajenación entre las mujeres. Ginopía: Imposibilidad de ver lo femenino o invisibilización de la mujer Sororidad: se emplea para referirse a la solidaridad entre mujeres Relaciones de poder: Manifestaciones de control o dominio que conducen a la sumisión de la mujer y la discriminación en su contra Víctima: Es cualquier persona de cualquier edad a quien se le inflige cualquier tipo de violencia Revictimización: Es la forma de cómo se manifiesta la resistencia de la sociedad a que una mujer emprenda un camino liberador y conquiste su derecho a una vida libre de violencia

Violencia contra la Mujer Acción u omisión que tiene como intención causar daño, dolor o sufrimiento. Es toda acción u omisión basada en la pertenencia al sexo femenino que tenga como resultado el daño inmediato o ulterior sufrimiento físico, sexual, económico y psicológico para la Mujer.

Formas de la Violencia Hay muchas clasificaciones, pero la normativa vigente de Guatemala reconoce : Violencia económica Violencia física Violencia psicológica o emocional Violencia sexual y Femicidio

Violencia económica Acciones u omisiones que repercuten en el uso, goce, acceso o disponibilidad de una mujer a los bienes materiales que le pertenecen por derecho, vínculo matrimonial o por herencia. Conductas: retención o pérdida de objetos o bienes materiales, retención de instrumentos de trabajo, documentos personales, disponer del dinero que la mujer gana impidiéndole acceder de manera directa a sus propios recursos, mentir sobre ingresos, hacer las compras para no facilitar dinero en efectivo a la mujer Consecuencias: Dependencia económica de la pareja, carencia de recursos para tomar iniciativas eficaces para salir de la situación.

Violencia física Acciones de agresión en las que se utiliza la fuera corporal directa o por medio de cualquier objeto, arma o sustancia con la que se causa daño, dolor, sufrimiento físico, lesiones o enfermedad a una mujer. Conductas: Se traduce en golpes, mordeduras, pellizcos, empujones, lesiones, heridas, fracturas, contagio de infecciones de transmisión sexual. Consecuencias: Miedo, ansiedad, humillación, vergüenza, culpa, indefensión, desesperanza, apatía.

Violencia psicológica o emocional Acciones que pueden producir daño o sufrimiento psicológico o emocional a una mujer, a sus hijas, hijos o familiares, con el objeto de intimidarla, menoscabar su autoestima o controlarla. Conductas: Se manifiesta sobre todo a través del maltrato verbal, desvalorizarla en público, no permitirle participar en la toma de decisiones, descalificar, amenazas, intimidaciones, chantaje. Consecuencias: Destrucción de la autoestima, sentirse poco valiosa, culpable, llegando a cuadros depresivos.

Violencia sexual Cualquier contacto sexual no deseado, cuya finalidad es vulnerar la libertad e indemnidad sexual de la mujer, incluyendo la humillación sexual, la prostitución forzada y la negación del derecho a hacer uso de métodos de planificación familiar, tanto natural como artificial, o del derecho a adoptar medidas de protección contra enfermedades de transmisión sexual. Conductas: exigir mantener relaciones aunque la mujer no lo desee, obligarla a prácticas sexuales no deseadas por la mujer, compararla en el ámbito sexual con otras mujeres para humillarla. Consecuencias: Humillación, vergüenza e indefensión.

Femicidio Muerte violenta de una mujer, ocasionada en el contexto de las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, en ejercicio del poder. Es la forma más extrema de violencia contra la mujer. Conductas: Se trata de un homicidio calificado en el cual ocurren circunstancias particulares que se cometen en contra de las víctimas, por el hecho de pertenecer al sexo femenino. Los cuerpos presentan evidencias de violación, mutilación genital o cualquier otro tipo, estrangulamiento. Consecuencias: Dar Muerte

¿Dónde se ejerce?

¿Cómo se construye?

Continúo de Violencia

Mitos sobre la Violencia La mujer busca o merece la violencia La mujer violentada no cambia su situación porque le gusta Las mujeres violentadas son masoquistas. Si la mujer aguanta la violencia, él cambiará. Se necesita ser paciente y amorosa El consumo de alcohol y otras drogas es la causa de la violencia Las mujeres de clase media o alta no son sujetas de violencia como las mujeres pobres Las mujeres que sufren violencia carecen de educación Los hombres que agreden a sus parejas, fueron maltratados en su infancia La violencia intrafamiliar es un “asunto familiar” privado. Las autoridades actúan “en favor” del mayor interés de la familia”

Marco Normativo nacional vigente Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar. Decreto No. 97-1996. Ley contra el Femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Decreto No. 22-2008 Ley contra la violencia sexual, explotación y trata de personas. Decreto No. 9-2009 Ley de búsqueda inmediata de mujeres desaparecidas. Decreto No. 9-2016

Marco Normativo Internacional Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer-CEDAW- (1979) Convención Interamericana para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra la mujer-BELEM DO PARÁ- (1994) Recomendación General No. 30 sobre las mujeres en la Prevención de conflictos y en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, del Comité de la CEDAW (2013) Recomendación General No. 33 sobre el Acceso de las mujeres a la justicia, del Comité CEDAW-(2015)

Mecanismos Institucionales Coordinadora Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar y contra la Mujer-CONAPREVI Defensoría de la Mujer Indígena-DEMI Centros de Atención para Mujeres Sobrevivientes de Violencia-CAIMUS Defensoría de los Derechos de la Mujer de la IDPDH Oficina de Atención a la Víctima del Ministerio Público Unidad de la Mujer de la PGN Organismo Judicial- Juzgados de Familia, Juzgados Especializados de Femicidio en atención a la VCM

Ministerio Público (como primera instancia) Juzgados más cercano ¿A quienes castiga la Ley por Violencia contra la Mujer? A DÓNDE ACUDIR PARA REALIZAR UNA DENUNCIA Ministerio Público (como primera instancia) Juzgados más cercano Policía Nacional Esposo, ex esposo, hombre, Conviviente, ex conviviente , Amigo, novio, ex novio.

Fuente: Elaborado por GGM con base a reportes de personas fallecidas ingresadas a sedes periciales del INACIF a nivel nacional, datos consignados del 1 de enero al 30 de abril de 2018

Consideraciones La violencia contra las mujeres, es una violación a los derechos humanos, debe visualizarse en su entera magnitud, razón por la cual, la Ley contra el Femicidio y otras formas de violencia contra la mujer, crea los tipos penales de femicidio, violencia contra la mujer, con sus manifestaciones de violencia física, sexual, psicológica y económica. Sujetos de los delitos: Sujeto activo: es un hombre, quien realiza la acción prohibitiva prevista en la ley, porque se comete en el marco de las relaciones desiguales de poder, en la cual el hombre es quien ejerce violencia en contra de la mujer por su condición. Sujeto pasivo: la mujer víctima de cualquier edad o condición sobre quien recae la acción delictiva

Aplicación

Ejercicios : Lectura del Capítulo IV Delitos y Penas de la Ley contra el Femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Artículo 6, 7 y 8. Buscar titulares de noticias que informen sobre muertes de mujeres, realizar un cuadro donde se analice el titular, la descripción de la noticia y la fuente. Realizar un informe de análisis sobre la saña en las muertes violentas y femicidios, tal como el ejemplo. Titular de noticia Descripción Fuente Atan piedra a cadáver de mujer Con señales de violencia sexual y un lazo atado al cuello junto a una roca, fue localizado en cuerpo de la víctima. La víctima tenía ocho días de desaparecida. Nuestro Diario abril 2018. Pag. 10

Tarea Devuelta a la práctica, en una hoja tamaño carta enlistar: Características, patrones, actitudes que podemos transformar mujeres y hombres, para la construcción de relaciones libres de violencia, basadas en el respeto de la persona en el ámbito público y privado

Bibliografía Página Web Grupo Guatemalteco de Mujeres, Programa de Investigación y Sistematización, Informe narrativo de muertes violentas de mujeres en Guatemala abril 2018 Coordinadora nacional para la Prevención de la Violencia intrafamiliar y contra las mujeres –CONAPREVI. Plan nacional de prevención y erradicación de la violencia intrafamiliar y contra las mujeres – PLANOVI 2004-2014. Coordinadora nacional para la Prevención de la Violencia intrafamiliar y contra las mujeres –CONAPREVI. Informe de la Relatora especial sobre la violencia contra la mujer causas y consecuencias, Yakin Ertürk. Guatemala, 2004  Decreto No. 7-99 Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer. Decreto No. 22-2008 Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer Defensoría de la Mujer Indígena, Es tiempo de hablar de nuestros Derechos. Derechos específicos de las mujeres indígenas. Magna Terra Editores, Guatemala, diciembre 2003. Secretaria Presidencial de la Mujer – SEPREM, Política Nacional de Promoción y Desarrollo integral de las Mujeres. Guatemala, 2008-2023  

¡Gracias por su atención!