Delitos contra el honor Difamación e Injurias Libro II Título XII Capítulo VI Artículos 333 /334
(“exeptio veritatis”) Textos de protección al honor C. (art. 7 y 29 – libertad de expresión) ComisiónIDHH (art.11) – D.U. DDHH (art. 12). CONV. IDHH (art.13) . Ley 16099 (Prensa) Ley 18.515 y 16274 Difamación Art. 333, CPU- (Protege honor Objetivo) Exención de Responsabilidad Y prueba de la Verdad (“exeptio veritatis”) - Art. 336, CPU- Delitos contra el Honor Injurias Art. 334, CPU- (Protege honor subjetivo)
Figuras de protección del honor Art. 333 / 334 (difamación e injurias). Atentado contra el honor de los jefes de Estado extranjeros…(art. 138). Atentado contra los funcionarios públicos, cuando hay “menosprecio” (art. 172). Delito de calumnia (art. 179). (“duelo” Derogado Art. 1º Ley 16.274). Art. 38 Causa de impunidad (quedaba exento de pena quién cometía un delito bajo las normas del duelo). Ofensas en juicio (art. 337). Retorsión (art. 40) “ofensas recíprocas”
Publicación de sentencia (Artículos 333/334, CPU) Juicio oral. audiencia Conciliación Retractación Procesamiento cpp Publicación de sentencia (Artículos 333/334, CPU) Procedimiento (Mixto) No medio de comunicación Ley 17,274 Delitos de Difamación e Injuria Es delito de comunicación, la comisión a través de un medio de comunicación, de un hecho previsto como delito en el C.P.U. y Leyes Especiales. Ejemplos: Difamación e Injurias (333/334), instigación pública a delinquir (147), A desobedecer leyes (149), incitación al Odio hacia determinadas personas (149 bis), etc. Juicio Oral y Público. Principio de Concentración e inmediatez Procedimiento Especial Delitos de Comunicación – (Ley de Prensa N º 16.099 y Ley Nº 18.515)
Delito de difamación Artículo 333, CPU Sujeto pasivo ¿Persona solo? Persona viva “El que antes varias personas reunidas o separadas, pero de tal manera que puede difundirse la versión, le atribuyere a una persona un hecho determinado, que si fuere cierto, pudiere dar lugar contra ella a un procedimiento penal o disciplinario, o exponerla al odio o al desprecio público, será castigado con pena de cuatro meses de prisión a tres años de penitenciaría o 80 UR a 800 UR de multa”. Prescripción 1 / 3 meses ¿menores? Hechos ciertos?
“…ATRIBUIR A UNA PERSONA UN HECHO DETERMINADO…” Personas separadas… Personas reunidas… Si fuera cierto expone a la persona a un procedimiento penal o disciplinario, al odio o al desprecio público. ¡¡¡¡¡…Juan es un ladrón porque vi cuando sustrajo la gabardina del perchero…¡¡¡ “…ATRIBUIR A UNA PERSONA UN HECHO DETERMINADO…”
Injuria (334) Ofender de cualquier manera Palabras, escritos, o hechos El honor o la rectitud de una persona
Articulo 338 …en los casos de ofensa contra una corporación social, política o administrativa solo se procederá mediante la autorización de la corporación ofendida o de su jefe jerárquico cuando se trate de autoridad que no se halle colegialmente organizada…”
Divulgadas públicamente o expuestas al público Escrito, dibujos, o pinturas Documentos públicos (Art. 335) Agravantes
Exención de responsabilidad y prueba de la verdad Quién efectuare o difundiere cualquier clase de manifestación sobre asuntos de interés público, funcionarios o personas con exposición pública. Cuando se reprodujeran cualquier clase de manifestaciones sobre asuntos de interés público. Efectuar manifestaciones humorísticas referente a las hipótesis precedentes. La exención no procede cuando hay real malicia en ofender a la persona o vulnerar su vida privada. TIENEN DERECHO A PROBAR LA VERDAD
Delito de comunicación Ley Nº 16.099 de 3.11.89 y Ley Nº 18.515 de 26 de julio de 2009 Derecho de respuesta Ofendido solicita al Juzgado. Cita partes. Información inexacta o agraviante. Audiencia 48 horas Delito de comunicación Difamación: demanda con copia y soporte técnico Inmediatez y celeridad. 2ª instancia Audiencia 7 días con todas las partes. Solo el tribunal puede pedir diligencias probatorias