MECANISMOS DE PROTECCION PARA LOS OPERADORES DE JUSTICIA ANTE LA COMISION INTERAMERICANA Lima, 23 de abril de 2013 Ursula Indacochea Prevost.

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Transcripción de la presentación:

MECANISMOS DE PROTECCION PARA LOS OPERADORES DE JUSTICIA ANTE LA COMISION INTERAMERICANA Lima, 23 de abril de 2013 Ursula Indacochea Prevost

Objetivos de la Conferencia MECANISMOS DE PROTECCIÓN Objetivos de la Conferencia Presentar la problemática de los operadores de justicia como defensores de derechos humanos en especial situación de riesgo, bajo la competencia de la Relatoría de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Exponer los principales riesgos identificados por la CIDH para el ejercicio de la labor de los operadores de justicia. Presentar los mecanismos de protección para operadores de justicia en el ámbito de la CIDH,

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos y Sus instrumentos: MECANISMOS DE PROTECCIÓN INTRODUCCIÓN El Sistema Interamericano de Derechos Humanos y Sus instrumentos: La Carta de la OEA (1948) La Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre (1948) La Convención Interamericana sobre Derechos Humanos Otros tratados internacionales sobre derechos humanos. Sus órganos: La Comisión Interamericana de Derechos Humanos La Corte Interamericana de Derechos Humanos

LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Órgano principal y autónomo de la OEA, creado en 1959. Mandato: “promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y servir como órgano consultivo de la organización en esta materia. Funciones: Promoción y Protección Relatorías Temáticas: Derechos de la Mujer, Derechos de los Trabajadores Migrantes y sus familias, Derechos de los Niños Niñas y Adolescentes, Derechos de los pueblos indígenas, Derechos de las Personas Privadas de la Libertad, Derechos de los Afrodescendientes y contra otras formas de Discriminación, Derechos de las Personas LGTBI (2012), Derechos de las Defensoras y los Defensores de Derechos Humanos.

LA RELATORÍA DE DEFENSORAS Y DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS HERRAMIENTAS DE PROTECCIÓN LA RELATORÍA DE DEFENSORAS Y DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS Tuvo como antecedente, la Unidad de Defensores de Derechos Humanos creada en 2001. La Relatoría de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos fue creada en el 2011. Monitorear la situación de las defensoras y defensores de Derechos Humanos en la región, y desarrollar estándares de protección a través del sistema de peticiones y casos, así como a través de las demás herramientas del sistema. Ha producido dos informes temáticos: Informe sobre la Situación de Defensoras y Defensores en las Américas (2006) y el Segundo Informe del mismo nombre (2011)

LOS OPERADORES DE JUSTICIA COMO DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS HERRAMIENTAS DE PROTECCIÓN LOS OPERADORES DE JUSTICIA COMO DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS ¿Porqué el SIDH protege a los defensores de derechos humanos? Primer antecedente en el derecho internacional: la “Declaración sobre Defensores” aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 09 de diciembre de 1998: “toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en el plano nacional e internacional” Concepto de defensor para la CIDH: “toda persona que de cualquier forma promueva o procure la realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos a nivel nacional e internacional” (Informe 2006, p. 13.)

LOS OPERADORES DE JUSTICIA COMO DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN LOS OPERADORES DE JUSTICIA COMO DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS 2006: Informe sobre la situación de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos en las Américas.- Considera a los operadores de justicia dentro de los “grupos de defensores en especial indefensión” Comprende a los jueces, procuradores, defensores de oficio, promotores, comisarios de policía, y en general, agentes de la Administración de Justicia. Destaca la situación de inseguridad en que desarrollan sus labores, cuando investigan violaciones a los derechos humanos, la afectación a su independencia laboral y a su seguridad personal y la de sus familias.

LOS OPERADORES DE JUSTICIA COMO DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN LOS OPERADORES DE JUSTICIA COMO DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS 2011: Segundo Informe sobre la situación de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos en las Américas.- Destaca su rol fundamental para el acceso a la justicia por parte de las víctimas de violaciones a los derechos humanos, y como garantes del debido proceso en la tramitación de estas denuncias, y de la lucha contra la impunidad. Entiende que sus labores se enmarcan en la protección y defensa del derecho humano de acceso a la justicia. Reconoce que sus labores de respetar y proteger los derechos humanos y los principios democráticos tiene un efecto multiplicador en otros órganos de la AJ y en la sociedad en general, y que a veces los coloca en situación de riesgo.

-Forma parte integrante de las garantías del debido proceso. MECANISMOS DE PROTECCIÓN GARANTÍAS DESARROLLADAS A NIVEL INTERAMERICANO PARA LOS OPERADORES DE JUSTICIA Para la CIDH, las garantías que deben acompañar el ejercicio de la actividad jurisdiccional de acuerdo a estándares interamericanos, son las siguientes: Independencia -Forma parte integrante de las garantías del debido proceso. Garantía de iure: Consagración en los instrumentos jurídicos de mayor jerarquía de los Estados. Garantías de facto: a) Establecer un proceso de selección adecuado para su nombramiento y destitución; b) Inamovilidad en el cargo mientras dure el período establecido; c) garantía contra presiones externas.

A.1. Selección y duración del nombramiento MECANISMOS DE PROTECCIÓN GARANTÍAS DESARROLLADAS A NIVEL INTERAMERICANO PARA LOS OPERADORES DE JUSTICIA A.1. Selección y duración del nombramiento - No cualquier tipo de procedimiento de designación satisface las exigencias de la CADH: debe ser transparente, basado en criterios objetivos y que garantice la igualdad de los candidatos (no disciminación ni ventajas irrazonables) Forma ideal: procesos públicos de oposición de méritos, que garanticen que los operadores no serán designados ni removidos arbitrariamente, y que los elegidos lo sean en base a su mérito personal y capacidad profesional. Duración del nombramiento: que sea indefinida le otorga la estabilidad necesaria para ejercer sus labores con independencia sin temor de estar sujeto a confirmación. Provisionalidad debe ser una excepción.

A.2. Inamovilidad en el cargo MECANISMOS DE PROTECCIÓN GARANTÍAS DESARROLLADAS A NIVEL INTERAMERICANO PARA LOS OPERADORES DE JUSTICIA A.2. Inamovilidad en el cargo Derecho a la permanencia en los cargos es una garantía reforzada a su estabilidad laboral e independencia. Comprende: a) Permanencia en el cargo durante todo el periodo del nombramiento, incluso en el caso de la provisionalidad b) Proceso de ascenso adecuado, según factores objetivos. No destitución, despido injustificado o libre remoción, sino solo por causas graves previamente establecidas en la ley. Otros comportamientos como neglicencia e impericia, deben contemplar otras sanciones. Que exista recurso efectivo para cuestionar destitución y proorcionalidad en las sanciones

A.3. Garantia frente a presiones externas MECANISMOS DE PROTECCIÓN GARANTÍAS DESARROLLADAS A NIVEL INTERAMERICANO PARA LOS OPERADORES DE JUSTICIA A.3. Garantia frente a presiones externas Que los jueces puedan resolver los casos basándose en los hechos y de acuerdo al derecho aplicable, sin restricción y sin influencias, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, directas o indirectas, de cualquier sector o por cualquier motivo. Protege a los jueces frente a ataques, hostigamientos y actos de intimidación, represalias y venganzas. El Estado debe proteger a los jueces frente a estas presiones, investigar los hechos y sancionar a los responsables.

Represalias de carácter personal: MECANISMOS DE PROTECCIÓN OBSTÁCULOS QUE ENFRENTAN LOS OPERADORES DE JUSTICIA EN EL EJERCICIO DE SUS LABORES Deficiencias de orden institucional: injerencias por parte del Poder Ejecutivo, regímenes de provisionalidad indefinidos, regímenes en los cuales el nombramiento está sujeto a confirmación posterior o reelección en el cargo. Represalias de carácter personal: Atentados contra la vida e integridad personal: amenazas, asesinatos por sicarios Traslados inmotivados de plazas o puestos laborales. Destitución de carácter inmotivado o arbitrario cuando su labor afecta sensiblemente intereses políticos, o intereses de grupos del crimen organizado u otros estratos de poder. Interceptación de comunicaciones telefónicas

MECANISMOS DE PROTECCIÓN MECANISMOS DE PROTECCIÓN EN EL ÁMBITO DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Solicitudes de información (artículo 41 de la Convención y articulo 18 del Estatuto de la CIDH): facultad de la CIDH para solicitar a los Estados sobre las medidas que adopten para la protección de los DDHH. Permiten a los Estados identificar las situaciones estructurales que pudieran comprometer su responsabilidad internacional y permiten a la CIDH conocer la posición del Estado al respecto. La CIDH decide utilizarlos cuando toma conocimiento de situaciones generalizadas de especial preocupación. Comunicados de prensa: Permiten visibilizar situaciones en que los DDHH se encuentran en grave riesgo, o han sido lesionados y requieren atención inmediata de parte de los Estados.

MECANISMOS DE PROTECCIÓN MECANISMOS DE PROTECCIÓN EN EL ÁMBITO DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 3) Audiencias temáticas (articulo 62 del Reglamento de la CIDH): Permiten recibir información de carácter general o particular por parte de los Estados y de las organizaciones de la sociedad civil. Entre 2006 a 2011 se realizaron mas de 50 audiencias sobre defensores. 4) Informes sobre situación de los operadores de justicia, en el marco del sistema de peticiones y casos (artículo 41.f de la CADH y articulo 20 del Estatuto). 5) Informes temáticos: Informe y Segundo Informe sobre la situación de las Defensoras y los Defensores de Derechos Humanos en las Américas (2006, 2011)

MECANISMOS DE PROTECCIÓN MECANISMOS DE PROTECCIÓN EN EL ÁMBITO DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 3) Audiencias temáticas (articulo 62 del Reglamento de la CIDH): Permiten recibir información de carácter general o particular por parte de los Estados y de las organizaciones de la sociedad civil. Entre 2006 a 2011 se realizaron mas de 50 audiencias sobre defensores. 4) Informes sobre situación de los operadores de justicia, en el marco del sistema de peticiones y casos (artículo 41.f de la CADH y articulo 20 del Estatuto). 5) Informes temáticos: Informe y Segundo Informe sobre la situación de las Defensoras y los Defensores de Derechos Humanos en las Américas (2006, 2011)

6) Medidas cautelares (artículo 25 del Reglamento) MECANISMOS DE PROTECCIÓN MECANISMOS DE PROTECCIÓN EN EL ÁMBITO DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 6) Medidas cautelares (artículo 25 del Reglamento) -Requisitos de gravedad, urgencia y riesgo de daño irreparable. Vigencia de 6 meses. Puede involucrar una solicitud de información al Estado. Cuando se otorga, se ordena al Estado proporcionar las medidas de protección de los derechos humanos del beneficiario de la medida, e investigar los hechos que la sustentan para eliminar la fuente de riesgo.

CIDH: Casos enviados a la Corte Interamericana MECANISMOS DE PROTECCIÓN PRECEDENTES IMPORTANTES EN EL SISTEMA EN MATERIA DE OPERADORES DE JUSTICIA CIDH: Casos enviados a la Corte Interamericana Caso Miguel Camba Campos y Otros (Vocales del Tribunal Constitucional) vs. Ecuador. Caso Hugo Quintana Coello y Otros (Corte Suprema de Justicia) vs. Ecuador. Corte: Casos con sentencia de la Corte Caso Tribunal Constitucional vs. Perú. Caso Reverón Trujillo vs. Venezuela. Casp Chocrón Chocrón vs. Venezuela. Medidas cautelares: Caso Jueza Afiuni. Informe Anual 2011.

Audiencias temáticas (2012): MECANISMOS DE PROTECCIÓN PRECEDENTES IMPORTANTES EN EL SISTEMA EN MATERIA DE OPERADORES DE JUSTICIA Audiencias temáticas (2012): - 147 período de sesiones: Situación de derechos humanos de los operadores de justicia en Guatemala. 146 período de sesiones: Independencia judicial y Estado de derecho en Centroamérica.

GRACIAS