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Transcripción de la presentación:

La energía de los colombianos Para uso restringido en Ecopetrol S.A. Todos los derechos reservados. Ninguna parte de esta presentación puede ser reproducida o utilizada en ninguna forma o por ningún medio sin permiso explícito de Ecopetrol S.A. Divulgación Contrato de Mandato para la operación, mantenimiento y administración de la actual refinería de Cartagena Coordinación de desarrollo SENSOR Septiembre 12 de 2006

La energía de los colombianos DCI - UDS. 2 CONTRATO DE MANDATO – REF. CARTAGENA 1.Compromiso de confidencialidad…………………………………..10 Min. 2.El contrato de mandato………………………………………………..30 Min. 3.Presentación del escenario de negocio del contrato……… Min. 4.Cronograma del PMD…………………………………………………..30 Min. 5.Preguntas y respuestas…………………………………...………….30. Min. 6.Compromisos……………………………………………………………20 Min. Agenda

La energía de los colombianos DCI - UDS. 3 CONTRATO DE MANDATO – REF. CARTAGENA Tomar todas las precauciones y medidas necesarias para garantizar la reserva de la información confidencial. Restringir la revelación de la información confidencial a los empleados, funcionarios, asesores y consultores que tengan necesidad de conocerla y hasta el límite en el que ellos tengan necesidad de conocerla, siendo obligatorio para ellos mantener los estándares de confidencialidad del presente acuerdo. Abstenerme de divulgar a terceros o a ninguna otra persona o entidad, la información confidencial sin el consentimiento previo y por escrito del Presidente. (Numeral 5 – compromiso de confidencialidad) Estos requerimientos y condiciones son desarrollo de las obligaciones de confidencialidad que existen en virtud del contrato de trabajo y que se contemplan también en el Código Sustantivo del Trabajo. 1.Compromiso de confidencialidad

La energía de los colombianos DCI - UDS. 4 CONTRATO DE MANDATO – REF. CARTAGENA Titulo XIII del Código de comercio …… ARTICULO El mandato comercial es un contrato por el cual una parte se obliga a celebrar o ejecutar uno o más actos de comercio por cuenta de otra. El mandato puede conllevar o no la representación del mandante. ARTICULO El mandato comprenderá los actos para los cuales haya sido conferido y aquellos que sean necesarios para su cumplimiento. En mandato general no comprenderá los actos que excedan del giro ordinario del negocio, o negocios encomendados, salvo que se haya otorgado autorización expresa y especial 2. El contrato de mandato

La energía de los colombianos DCI - UDS. 5 CONTRATO DE MANDATO – REF. CARTAGENA Mandante: Es quien encomienda a otra persona natural o jurídica la gestión de ejecutar uno o más negocios. El mandante esta obligado a declarar los ingresos, solicitar los costos, deducciones e impuestos descontadles, de acuerdo con certificación del mandatario, pero no posee responsabilidad alguna por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a los agentes retenedores, ni de registro de información en cinta de pagos a terceros. Mandatario: Es la persona natural o jurídica que efectúa negocios por encargo de otra persona. Se obliga a efectuar las retenciones, declarar y pagar los impuestos sobre la renta, ventas y timbre por cuenta del mandante), expedir a los proveedores los respectivos certificados de retención, expedir al mandante certificación donde se consigne la cuantía y concepto de los gastos. Debe además, cumplir con todas las obligaciones de agentes retenedores y registrar en cinta de pagos a terceros las operaciones, detallando cada uno de los proveedores con su respectivo NIT. 2. El contrato de mandato

La energía de los colombianos DCI - UDS. 6 CONTRATO DE MANDATO – REF. CARTAGENA Articulo 29 del decreto 3050 de 1997 Retención en la fuente en mandato. En los contratos de mandato, incluida la administración delegada el mandatario practicará al momento del pago o abono en cuenta, todas las retenciones del impuesto sobre la renta, ventas, y timbre establecidas en las normas vigentes, teniendo en cuenta para el efecto la calidad del mandante. Así mismo, cumplirá todas las obligaciones inherentes al agente retenedor. Lo dispuesto en este artículo se aplicará sin perjuicio de lo consagrado en el Decreto 700 de 1997 y demás normas concordantes que lo adicionen, modifiquen o sustituyan. El mandante declarará los ingresos y solicitará los respectivos costos, deducciones, impuestos descontables y retenciones en la fuente, según la información que le suministre el mandatario, el cual deberá identificar en su contabilidad los ingresos recibidos para el mandante y los pagos y retenciones efectuadas por cuenta de éste. El mandante practicará la retención en la fuente sobre el valor de los pagos o abonos en cuenta efectuados a favor del mandatario por concepto de honorarios. 2. El contrato de mandato

La energía de los colombianos DCI - UDS. 7 CONTRATO DE MANDATO – REF. CARTAGENA Articulo 3 del decreto 1514 de 1998 Facturación en mandato. En los contratos de mandato, las facturas deberán ser expedidas en todos los casos por el mandatario. Si el mandatario adquiere bienes o servicios en cumplimento del mandato, la factura deberá ser expedida a nombre del mandatario. Para efectos de soportar los respectivos costos, deducciones o impuestos descontables, o devoluciones a que tengan derecho el mandante, el mandatario deberá expedir al mandante una certificación donde se consigne la cuantía y concepto de estos, la cual debe ser avalada por contador público o revisor fiscal, según las disposiciones legales vigentes sobre la materia. El mandatario deberá conservar por el término señalado en el Estatuto Tributario, las facturas y demás documentos comerciales que soporten las operaciones que realizó por orden del mandante. 2. El contrato de mandato

La energía de los colombianos DCI - UDS. 8 CONTRATO DE MANDATO – REF. CARTAGENA 3. Escenario de negocio

La energía de los colombianos DCI - UDS. 9 CONTRATO DE MANDATO – REF. CARTAGENA 4. Cronograma PMD

La energía de los colombianos DCI - UDS. 10 CONTRATO DE MANDATO – REF. CARTAGENA 5. Preguntas y respuestas

La energía de los colombianos DCI - UDS. 11 CONTRATO DE MANDATO – REF. CARTAGENA 6. Compromisos 1.Impacto por cada módulo. 2.Plan de trabajo por módulo. 3.Requerimientos de recursos. 4.Interacción con las áreas dueñas de la información. 5.Coordinación de actividades.