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Transcripción de la presentación:

FOTO BIENVENIDOS A LA BIBLIOTECA DEL I.E.S.P.P.CH

DEFINICIÒN DE BIBLIOTECA La biblioteca es un servicio del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “Chimbote”, y se desarrolla en un ambiente destinado para ello en el que se acopia de manera clasificada y sistematizada la bibliografía existente, constituyéndose así en un elemento dinámico del proceso educativo y que pone al servicio de docentes, estudiantes, egresados y público en general, un conjunto variado de bibliografía especializada y actualizada, que contribuya a descubrir y ampliar conocimientos, desarrollar hábitos y habilidades de lectura y de investigación.

SERVICIOS Art. 4.- Para hacer uso del material existente en la biblioteca los usuarios mencionados en el artículo 3 deben gestionar el otorgamiento del Carné de Biblioteca con el siguiente procedimiento: 1.- ESTUDIANTES INGRESANTES Presentación del FUT Adjuntando: Recibo de pago por derecho de carné 01 foto actual Copia de recibo de matricula Copia de DNI 2.- ESTUDIANTES DEL II AL X SEMESTRE Recibo de pago por derecho de RESELLADO (ACTUALIZAR)

USUARIOS Art. 3 Alumnos del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público Chimbote Personal docente del I.E.S.P.P.CH. Personal administrativo y de servicio del I.E.S.P.P.CH. Personal docente y alumnos del Centro de Aplicación I.E. “Pedro Pablo Atusparia. Egresados del I.E.S.P.P.CH. Participantes de Cursos de Capacitación y Actualización Pedagógica Alumnos del servicio de Nivelación Académica. Público en general

CARNET Art. 4.- Para hacer uso del material existente en la biblioteca los usuarios mencionados en el artículo 3 deben gestionar el otorgamiento del Carné de Biblioteca con el siguiente procedimiento: 1.- ESTUDIANTES INGRESANTES Presentación del FUT Adjuntando: Recibo de pago por derecho de carné 01 foto actual Copia de recibo de mátricula Copia de DNI 2.- ESTUDIANTES DEL II AL X SEMESTRE Recibo de pago por derecho de RESELLADO (ACTUALIZAR)

VIGENCIA VIGENCIA DE CARNÉ DE LECTOR Art. 5: Para hacer uso del material de la biblioteca los usuarios deberán presentar su Carné de Biblioteca el mismo que tendrá la siguiente vigencia: Estudiantes Regulares.- Desde la fecha de trámite al 31 de marzo del año siguiente. Egresados.- Desde la fecha de trámite hasta el mismo día y mes del año siguiente (plazo de duración : 01 año). Estudiantes del IX ciclo.- Solo hasta el 31 de diciembre del mismo año o hasta la fecha de la declaración de expedito para la Sustentación de su Examen de Grado, lo que ocurra primero. Estudiantes de Ciclo Adicional.- Hasta que concluya su ciclo en el semestre respectivo, pudiendo habilitarse para un siguiente ciclo, siempre que sea consecutivo. Público en General: Desde la fecha de trámite hasta el mismo día y mes del año siguiente (plazo de duración : 01 año). Duplicado de carné La vigencia será desde la fecha de expedición hasta la fecha de vencimiento del carné original (extraviado o deteriorad

PRÈSTAMO DE BIBLIOGRAFIA Art. 6. Préstamo de material bibliográfico a sala de lectura:  Presentar el carné de biblioteca y solicitar la ficha de lector.  Llenar todos los datos completos en la ficha de lector y entregar al Personal de Biblioteca.  El personal de biblioteca verificará y firmará la ficha en señal de conformidad.  El personal de biblioteca entregará el material requerido y retendrá el carné y la ficha de lector.  El usuario al término de su investigación deberá devolver el material al Personal de Biblioteca, quien verificará el estado de conservación del mismo, anulará la ficha y entregará el Carné de lector en señal de conformidad.

PRESTAMO DE MATERIAL BIBLIOGRAFICO A DOMICILIO Art. 8. a) presentar el carné de biblioteca y solicitar la ficha de lector. b) El personal de biblioteca verificará y firmará la ficha en señal de conformidad.  El personal de biblioteca y el/la estudiante revisarán las condiciones físicas del material bibliográfico.  El personal de biblioteca entregará el material requerido y retendrá el carné y la ficha de lector. e) El préstamo de bibliografía a domicilio es por un plazo máximo de 24 horas, debiendo constar en la ficha de lector, así como la hora de su entrega.  Si la entrega del libro se produce un día viernes, el plazo se entiende cumplido el día lunes siguiente. Si dicho día fuera feriado o inhábil, se entenderá que el plazo vence el próximo día que sea hábil en biblioteca.  Si la entrega se produce en cualquier día hábil de la semana, y el plazo de devolución coincide con día feriado o inhábil, se entenderá que el plazo concluye el próximo día hábil en biblioteca.  Si la entrega del libro se produce en cualquier día de la semana, pero el plazo de devolución coincide con fechas cívicas o de actividad protocolar, se entenderá que el plazo concluye el próximo día hábil en biblioteca.  Si la devolución no se produce en el plazo señalado en la ficha de lector por motivos de salud, y cuya inasistencia haya justificado a Secretaría Académica, el plazo concluye en la fecha en que justifica su inasistencia, en forma personal o a través de terceros.  Cualquier otro motivo de fuerza mayor será justificado previa presentación de los documentos probatorios correspondientes.

DERECHOS Y DEBERES Art Son derechos de los usuarios : A la información bibliográfica A la atención oportuna dentro del horario establecido A la tranquilidad durante su lectura A la entrega de material en buen estado Recibir trato amable. Art. 11. son deberes del usuario: Mantener un comportamiento adecuado de manera que favorezca un ambiente de lectura. Respetar al personal de biblioteca Utilizar el material bibliográfico, en forma adecuada, evitando el deterioro de los mismos. El uso del carné de lector es personal e intransferible. Devolver el material de biblioteca en el día y/u hora establecida Devolver el material bibliográfico íntegramente. La mutilación parcial o total será motivo de sanción.. El material bibliográfico que indica NO SALE A DOMICILIO no debe llevarse a casa.

SANCIONES Art. 12. Los usuarios que no cumplan con lo dispuesto en el Art.10, en los incisos a, b, c y d, se sujetarán a las siguientes sanciones: Llamada de atención oral por parte del Personal de Biblioteca. Desalojo de la biblioteca en caso de reincidencia. Retención del carné de lector por 30 días. Art el incumplimiento de lo establecido en el Art. 10, Inciso “e” determinará la siguiente sanción: Multa de S/ (dos nuevos soles) por cometer la infracción de no devolver el material bibliográfico en la fecha y hora establecida.. En caso de pérdida del material bibliográfico, dispondrá de 5 días hábiles de plazo para reponer el libro y/o documento perdido. Dicho plazo rige desde el día que comunica el incidente, caso contrario se le adicionará dicho valor de la pérdida al costo de su matrícula, sin menoscabo de retención del carné de lector, hasta que devuelva el material bibliográfico extraviado o cancele el valor del mismo y adicionalmente, se aplicará una mora desde la fecha en que se debió entregar el material bibliográfico hasta la fecha de la comunicación de la perdida. Lo dispuesto en materia de infracciones y sanciones contemplados en el presente Reglamento, será aplicable a los docentes y administrativos en lo que resulte pertinente. g) El incumplimiento del Art. 10, inciso “f” determinará la siguiente sanción: Amonestación oral y escrita por la Dirección General y el Jefe de la Unidad Administrativa. Y la reposición total del libro afectado. En caso de reincidencia, perderá todo derecho de atención en biblioteca durante el ciclo académico respectivo.

HORARIO DE ATENCIÒN TURNOS LUNES A VIERNES TURNO MAÑANA/ TARDE 8.00 A.M A 7.00 P.M. ATENCION DE ALUMNOS La devolución y préstamo del material bibliográfico queda sujeto al siguiente horario:

GRACIAS POR SU ATENCIÒN