Certificación de firma electrónica: Es el mensaje de datos que certifica la vinculación de una firma electrónica con una persona determinada, a través.

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Transcripción de la presentación:

Certificación de firma electrónica: Es el mensaje de datos que certifica la vinculación de una firma electrónica con una persona determinada, a través de un proceso de comprobación que confirma su identidad.

Cuando tienes que llenar un formulario del banco con tus datos personales, para recibir una tarjeta con una serie de números, que servirá como clave, para realizar transacciones electrónicas. El banco te envía un mensaje de datos certificando que la tarjeta sirve como tu firma electrónica.

Art. 21 Uso el certificado de firma electrónica.- El certificado de firma electrónica se empleará para certificar la identidad del titular de una firma electrónica y para otros usos, de acuerdo a esta ley y su reglamento.

Siguiendo con el ejemplo de la serie de números enviados por el banco cuando tu realizas una transacción electrónica ingresa con tu numero de usuario y clave, para luego digitar la serie de números que equivale a tu firma electrónica confirmando así que tu eres el titular de esa cuenta.

Art. 22 Requisitos del certificado de firma electrónica.- El Certificado de firma electrónica para ser considerado válido contendrá los siguientes requisitos: a) Identificación de la entidad de certificación de información; b) Domicilio legal de la entidad de certificación de información; c) Los datos del titular del certificado que permitan su ubicación e identificación; d) El método de verificación de la firma del titular del certificado; e) Las fechas de emisión y expiración del certificado; f) El número único de serie que identifica el certificado; g) La firma electrónica de la entidad de certificación de información; h) Las limitaciones o restricciones para los usos del certificado; e, i) Los demás señalados en esta ley y los reglamentos. Ej: Toquen que contiene tu firma electrónica.

Art. 23 Duración del certificado de firma electrónica.- Salvo acuerdo contractual, el plazo de validez de los certificados de firma electrónica será el establecido en el reglamento a esta ley. Las firmas electrónicas tienen una duración indefinidas. Podrán ser revocadas, anuladas o suspendidas de conformidad con lo que el reglamento a esta ley señale.