La adopción internacional

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Transcripción de la presentación:

La adopción internacional Materia: Perdonas 2 Integrantes: Michelle Renata Ron Fabricio Martínez

¿Que es la adopción ? La adopción es una institución en virtud de la cual una persona, llamada adoptante, adquiere los derechos y contrae las obligaciones de Padre o Madre. ( Art. 314 ) La adopción internacional es un tipo de adopción por la cual un individuo o una pareja se convierten en los portadores legales y permanentes de un niño o niña nacido en otro país. Los padres adoptivos candidatos deben cumplir una serie de requisitos legales para la adopción, tanto en su país de residencia y como en el país de origen del niño.

Las adopciones Internacionales en el Ecuador Convenio de La Haya relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de Adopción Internacional   Ámbito Este convenio regula el ámbito de adopciones internacionales, posibilita que niños, niñas y adolescentes, privados del medio familiar, hagan efectivo su derecho a tener una familia, la cual en este caso reside en un país extranjero.

¿En qué casos aplica? Este convenio se aplica, cuando los candidatos a adoptantes, cualquiera sea su nacionalidad, inclusive si son ecuatorianos, tienen su domicilio habitual en otro Estado que haya suscrito el Convenio de la Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional y mantienen convenio de adopción internacional vigente con Ecuador; así como los extranjeros domiciliados en el Ecuador por un tiempo inferior a tres años. En caso de no estar domiciliado en su país de origen, el solicitante para la adopción deberá acreditar una residencia mínima de tres años en otro país que mantenga convenio de adopción internacional con Ecuador.  

Requisitos Los aplicantes a una adopción internacional en Ecuador, entre otros requisitos de idoneidad y proceso de estudio de hogar en su país de origen, y, además de cumplir con lo antes descrito con respecto a su residencia, deberá cumplir con: 1. Estar domiciliados en el Ecuador o en uno de los Estados con los cuales el Ecuador haya suscrito convenios de adopción; 2. Ser legalmente capaces; 3. Estar en pleno ejercicio de los derechos políticos; 4. Ser mayores de veinticinco años. 5. Tener una diferencia de edad no menor de catorce ni mayor de cuarenta y cinco años con el adoptado. La diferencia mínima se reducirá a diez años cuando se trate de adoptar al hijo del cónyuge o conviviente, en los casos de unión de hecho que cumpla con los requisitos legales. Estas limitaciones de edad no se aplicarán a los casos de adopciones entre parientes. Tratándose de parejas, los límites de edad se aplicarán al cónyuge, o conviviente más joven;

6. En los casos de pareja de adoptantes, ésta debe ser heterosexual y estar unida por más de tres años, en matrimonio o unión de hecho que cumpla los requisitos legales; 7. Gozar de salud física y mental adecuada para cumplir con las responsabilidades parentales; 8. Disponer de recursos económicos indispensables para garantizar al adoptado la satisfacción de sus necesidades básicas; y, 9. No registrar antecedentes penales por delitos sancionados con penas de reclusión Para poder iniciar el proceso, los candidatos deberán contactarse con una entidad intermediadora de adopción internacional acreditada en el país de residencia de los solicitantes y autorizada por Ecuador.  

Las parejas extranjeras ¿pueden adoptar un hijo en el Ecuador Las parejas extranjeras ¿pueden adoptar un hijo en el Ecuador? ¿Qué requisitos y pasos deben seguir? Los extranjeros sí pueden adoptar un niño del Ecuador, siempre que demuestren que residen en este país mínimo 3 años y deberán someterse al trámite respectivo. En caso de extranjeros que residen fuera del Ecuador deben hacerlo a través de una entidad de Adopción Internacional que haya suscrito un convenio de intermediación de adopción internacional con el Ministerio de Inclusión Económica y Social y someterse también al trámite respectivo

¿En qué países se aplica? Ecuador ha suscrito convenios con entidades intermediarias de adopción internacional en los siguientes países: • Estados Unidos: Children`s Home Society and Family Services, Illien Adoptions International y Joshua´s Tree Adoptions. • Italia: Il Conventino y Amici Trentini • Suecia: Adoptions Centrum • Bélgica: AMARNA. • España: Asociación de Ayuda para la Infancia AAIM Hasta el momento no existe la posibilidad de realizar adopciones internacionales con otros países que no sean los anteriormente descritos.

Que seguimiento se hace a los niños que fueron adoptados para precautelar su bienestar? ¿ Se realizan informes de seguimiento según lo previsto en la legislación ecuatoriana. Durante el primer año, se ejecutan dos informes de seguimiento. Los siguientes tres años, uno anua

Organismos encargados en el Ecuador CNNA ( Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia) El Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia se encuentra en transición al Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional. Los consejos nacionales para la igualdad son órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos.