Seminario “Contrataciones y Adquisiciones del Estado”

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Transcripción de la presentación:

Seminario “Contrataciones y Adquisiciones del Estado”

Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones

Fases de las Adquisiciones y Contrataciones Programación Selección Ejecución Contractual

Plan Estratégico Plan Presupuesto Anual de Institucional de Plan Operativo o de Gestión Presupuesto Institucional de Apertura Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones

PIA diferente PAAC P I A PAAC 3, 5 y 7 1. REMUNERACIONES 2. OBLIGACIONES PREVISIONALES 3. BIENES Y SERVICIOS 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 5. INVERSIONES 6. INVERSIONES FINANCIERAS 7. OTROS GASTOS DE CAPITAL 8. INTERESES Y CARGA DE LA DEUDA 9. AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PAAC 3, 5 y 7

Instrumento de Gestión Concepto Instrumento de Gestión Finalidades Programar Difundir Evaluar Características Obligatorio Integral Público Formal

ANEXO Nº 1 DIRECTIVA Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE (*) Contenido del PAAC ANEXO Nº 1 DIRECTIVA Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE (*) (*) Publicada en el Diario Oficial El Peruano los días 03, 08 y 21.01.2004

Momentos en la Elaboración y aprobación del PAAC Aprobación PIA Aprobación PAAC 2º Proyecto de PAAC se ajusta a las cifras definitivas del PIA. 1º Simultáneo a la programación presupuestal.

Elaboración y Difusión del Plan Anual Segundo Momento: Evaluación del PAAC que culmina y Ajuste del proyecto Funcionario competente (Resolución) Plan Anual Publicar en “El Peruano” (10 días) APROBACION Dentro de 30 días calendarios de aprobado su PIA CONSUCODE Dependencia responsable (Consolida y elabora el PAAC) PROMPYME Primer Momento: Elaboración Proyecto del PAAC Difundir LOCAL DE LA ENTIDAD Unidades orgánicas (definen y elaboran sus requerimientos) PAGINA WEB

Modificación Reprogramación de la asignación presupuestal y variación de objetivos. Incluye y Excluye Aprobación: ¿Se publica Resolución? Comunicación: CONSUCODE: Vía Internet PROMPYME

Evaluación A cargo de la Oficina de Administración o la que haga sus veces. Informe Pormenorizado de los tres grupos de procesos programados: Normal, en curso y no convocados.

Remisión de la Información al CONSUCODE Vía Electrónica En formato del Portal de CONSUCODE VÍA INTERNET Por Excepción: Municipalidades Distritales autorizadas por CONSUCODE

Procedimiento de Remisión ELECTRÓNICA de la Información al CONSUCODE Descargar formato del portal de CONSUCODE Solicitar designación de USUARIO Publicar instrumento aprobatorio del PAAC Llenar información en el ExcelMacros. Generar el archivo dbf. Ingresar al sistema con Usuario y Clave. Consignar los DATOS GENERALES. Publicar en web.

Precisiones de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE Envío de la Información al CONSUCODE por vía electrónica y con carácter de declaración jurada. Inclusión de los procesos de selección en curso y que fueron convocados en año fiscal anterior. No publicación del instrumento con que se aprueba la modificación del PAAC siempre y cuando se remita la información en el plazo establecido. Adquisiciones por encargo y compras corporativas. Determinación del órgano o Entidad encargada de la adquisición o contratación. Nulidad del proceso de selección que fue convocado sin estar incluido en el PAAC. No necesidad de modificar el PAAC si la variación del Valor Estimado no es mayor al 25% y de procesos de selección declarados desiertos parcialmente. Responsabilidad de planificar sus adquisiciones y contrataciones.

Errores Frecuentes No remitió su PAAC. Remitió fuera de plazo. Convocó sin aprobar PAAC. Publicó instrumento aprobatorio del PAAC fuera de plazo. No publicó instrumento aprobatorio. Aprobación “vías de regularización”. No informó modificación a CONSUCODE. No publica en la Web de la Entidad. Informó modificación electrónicamente fuera de plazo. No incluye procesos de otros regímenes. No precisa si se trata de procesos años anteriores. Se incurre en fraccionamiento. No se determina bien el objeto y tipo del proceso de selección. El funcionario designado como usuario no cumple con su responsabilidad de mantener actualizado su PAAC.

Elaboración y Difusión del Plan Anual Segundo Momento: Evaluación del PAAC que culmina y Ajuste del proyecto Funcionario competente (Resolución) Plan Anual Publicar en “El Peruano” (10 días) APROBACION Dentro de 30 días calendarios de aprobado su PIA CONSUCODE Dependencia responsable (Consolida y elabora el PAAC) PROMPYME Primer Momento: Elaboración Proyecto del PAAC Difundir LOCAL DE LA ENTIDAD Unidades orgánicas (definen y elaboran sus requerimientos) PAGINA WEB

Modificación Reprogramación de la asignación presupuestal y variación de objetivos. Incluye y Excluye Aprobación: ¿Se publica Resolución? Comunicación: CONSUCODE: Vía Internet PROMPYME

Evaluación A cargo de la Oficina de Administración o la que haga sus veces. Informe Pormenorizado de los tres grupos de procesos programados: Normal, en curso y no convocados.

Remisión de la Información al CONSUCODE Vía Electrónica En formato del Portal de CONSUCODE VÍA INTERNET Por Excepción: Municipalidades Distritales autorizadas por CONSUCODE

Procedimiento de Remisión ELECTRÓNICA de la Información al CONSUCODE Descargar formato del portal de CONSUCODE Solicitar designación de USUARIO Publicar instrumento aprobatorio del PAAC Llenar información en el ExcelMacros. Generar el archivo dbf. Ingresar al sistema con Usuario y Clave. Consignar los DATOS GENERALES. Publicar en web.

Precisiones de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE Envío de la Información al CONSUCODE por vía electrónica y con carácter de declaración jurada. Inclusión de los procesos de selección en curso y que fueron convocados en año fiscal anterior. No publicación del instrumento con que se aprueba la modificación del PAAC siempre y cuando se remita la información en el plazo establecido. Adquisiciones por encargo y compras corporativas. Determinación del órgano o Entidad encargada de la adquisición o contratación. Nulidad del proceso de selección que fue convocado sin estar incluido en el PAAC. No necesidad de modificar el PAAC si la variación del Valor Estimado no es mayor al 25% y de procesos de selección declarados desiertos parcialmente. Responsabilidad de planificar sus adquisiciones y contrataciones.

Errores Frecuentes No remitió su PAAC. Remitió fuera de plazo. Convocó sin aprobar PAAC. Publicó instrumento aprobatorio del PAAC fuera de plazo. No publicó instrumento aprobatorio. Aprobación “vías de regularización”. No informó modificación a CONSUCODE. No publica en la Web de la Entidad. Informó modificación electrónicamente fuera de plazo. No incluye procesos de otros regímenes. No precisa si se trata de procesos años anteriores. Se incurre en fraccionamiento. No se determina bien el objeto y tipo del proceso de selección. El funcionario designado como usuario no cumple con su responsabilidad de mantener actualizado su PAAC.

Comité Especial

Principios que rigen el actuar del Comité Especial Organo encargado de la conducción y ejecución de la integridad del proceso de selección desde la elaboración de Bases hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme. Definición Colegialidad Especialidad Solidaridad Autonomía Confidencialidad Principios que rigen el actuar del Comité Especial

Funciones del Comité Especial Elabora las Bases Convoca al proceso Absuelve Consultas Absuelve Observaciones Recepciona Ofertas Califica Propuestas Otorga la Buena Pro

Designación del Comité Especial Mediante Resolución expresa de la máxima autoridad de la institución. Se designa a los titulares y suplentes (intuito persona). Debe designarse al Presidente La designación puede ser para más de un proceso de selección.

Comités Especiales Permanentes Adjudicaciones Directas (Pública y Selectivas). Adjudicaciones de Menor Cuantía. Comités Especiales Permanentes Procesos Exonerados Procesos Declarados Desiertos Adquisiciones Caja Chica (para ningún caso) Excepciones

Conformación del Comité Especial Regla General Podrá estar conformado por 3 o 5 miembros. Por lo menos: Un (01) integrante deberá pertenecer a la administración de la Entidad. Un (01) especialista en el objeto de la convocatoria

Regla Especial Bienes, servicios o ejecución de obras altamente sofisticados: 05 miembros: 03 expertos (pueden ser independientes) 03 miembros: 02 deberán ser expertos (pueden ser independientes) En ambos casos un miembro representará a la Administración de la Entidad.

Contratación de expertos independientes Vía Adjudicación de Menor Cuantía. Obligación del experto de guardar confidencialidad de la información.

Sustitución de los Integrantes No pueden ser removidos, salvo caso fortuito, fuerza mayor o cese en el servicio debidamente declarado.

Quórum para sesionar y para adoptar los acuerdos Para Sesionar: Todos Para Adoptar Acuerdos: Unanimidad Mayoría. 3 de 5 2 de 3 Quórum para sesionar y para adoptar los acuerdos Los actos del Comité Especial deberá figurar en actas que quedarán en la Entidad, debidamente suscritas. En ellas figurará las votaciones y la fundamentación de los votos en contra.

Cese de funciones Errores Frecuentes Buena Pro consentida. Cancelación del proceso. Falta de Designación de suplentes. Funciones que no le corresponden. Especialidad. Designación en función a cargos. No registran actas. Errores Frecuentes

Las Bases

Definición Reglas de determinada adquisición o contratación, que ayudan a la Entidad a obtener la mejor propuesta para satisfacer sus necesidades.

Información Previa Información sobre la cantidad y características del bien, servicio u obra; Valor referencial Sistema o modalidad Recursos asignados Tipo de Proceso de Selección

Elaboración Responsable: Comité Especial. Requisitos: Razonabilidad y Congruencia. Limitaciones: No marcas ni Fabricante, salvo estandarización.

Condiciones Mínimas Art. 25 de la Ley Todo Proceso se realiza conforme a las Bases, que deben contener obligatoriamente como mínimo: Mecanismos que fomenten la mayor participación de postores. El detalle de las características de los bienes, servicios y obras. Garantía (Declaración Jurada).

Además….. Sistema de adjudicación a seguir. Modalidades. Calendario del proceso. Método de Evaluación y Calificación. Proforma del Contrato. Formulas de Reajuste, de ser el caso. Mecanismos que aseguren la Confidencialidad de las propuestas. La Menor cuantía con un sólo postor no requiere cumplir todas las condiciones

Aprobación Acto de Administración interno. Competencia y Formalidad Licitaciones y Concursos Públicos: TP o Directorio - Delegable Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía: Según organización interna de Entidad.

Modificaciones Como consecuencia de: Notificación Bases integradas Consultas y observaciones a las Bases. Pronunciamientos del CONSUCODE. Por disposición del Tribunal. De oficio (prórrogas calendario y omisiones legales) Notificación Simultánea y por escrito a todos los adquirientes de Bases. Bases integradas Reglas definitivas del proceso. Integración no es impugnable.

Procesos de Selección

Fases de la Contratación Estatal Programación y Actos Preparatorios Proceso de Selección Ejecución Contractual Plan Anual Institucional Presupuesto Institucional Plan Anual de Contrataciones Determinación de necesidades Designación del Comité Especial Elaboración de las Bases. Convocatoria. Presentación de consultas Formulación de observaciones Presentación de propuestas Evaluación y calificación de ofertas Adjudicación de la Buena Pro Perfeccionamiento del contrato Ejecución de prestaciones Declaración de conformidad Liquidación

ENTIDADES PROCESOS DE SELECCIÓN

Tipos de Procesos de Selección Se determinan sobre la base de las siguientes condiciones: A) Objeto B) Valor referencial L.P. (medicamentos) - Licitación Pública Nacional Internacional - Concurso Público Nacional TIPOS Internacional - Adjudicación Directa Pública - Adjudicación Directa Selectiva - Adjudicación de Menor Cuantía

Tipos de Procesos de Selección Licitación Pública Concurso Público Adj. Dir. Pública Adj. Dir. Selectiva Adj. Menor Cuantía

MONTOS PARA CONVOCAR A PROCESOS DE SELECCION LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2004 - LEY N° 28128 LICITACIÓN PÚBLICA Nac / Int CONCURSO PÚBLICO Nac / Int ADJ. DIRECTA MENOR CUANTIA > 350,000 CONVOCATORIA ADQUISICION BIENES Y SUMINISTRO CONTRAT. DE SERV. CONSULTORIAS ARRENDAMIENTOS Y SEGUROS EJECUCION DE OBRAS TIPO DE PROCESO DESELECCIÓN > 900,000 < 350,000 < 900,000 < 150,000 > 150,000 < 175,000 < 450,000 < 75,000 < 90,000 < 15,000 CONSULTORIA < 35,000 SERVICIOS Pública Selectiva Obras Bs y Ss UNA PUBLICACION EN EL PERUANO Y EN OTRO DIARIO DE CIRCULACION NACIONAL PUBLICACION EN EL PERUANO Y OPCIONALMENTE EN OTRO DIARIO 3 Ó MAS INVITACIONES Y NOTIFICACION A PROMPYME 1 Ó MAS INVITACIONES + NOTIFICACION A PROMPYME Y CONSUCODE SI > 10 UIT 1 Ó MAS INVITACIONES + NOTIFICACION A PROMPYME Y CONSUCODE SI > 4 UIT

MONTOS PARA CONVOCAR A PROCESOS DE SELECCIÓN ENTIDADES BAJO EL AMBITO DE FONAFE LICITACIÓN PÚBLICA CONCURSO PÚBLICO ADJ. DIRECTA MENOR CUANTIA CONVOCATORIA ADQUISICION BIENES Y SUMINISTRO CONTRATACION DE SERVICIOS Y CONSULTORIAS EJECUCION DE OBRAS PROCESOS DESELECCIÓN > 900,000 > 750,000 > 500,000 > 350,000 Pública Selectiva Publicación en “El Peruano” y en otro diario de circulación nacional Publicación en “El Peruano” y, opcionalmente, en otro diario nacional o local 3 ò más invitaciones y notificar a PROMPYME Notificar a CONSUCODE y PROMPYME y si el valor referencial es mayor o igual a 10 UIT en obras y a 4 UIT en bienes y servicios CATEGORIA O A B C > 800,000 > 700,000 > 250,000 > 200,000 > 150,000 < 900,000 < 250,000 < 200,000 < 150,000 < 450,000 < 125,000 < 100,000 < 75,000 < 375,000 < 175,000 < 750,000 < 500,000 < 350,000 < 800,000 < 700,000 < 400,000 < 90,000 < 75,000 < 50,000 < 35,000 < 25,000 < 20,000 < 15,000 < 80,000 < 70,000

Procesos de Selección según Relación de Items Adquisición o contratación de bienes, servicios y obras vinculados entre sí. Procesos menores dentro del principal. De declararse desiertos algunos ítems, el proceso en segunda convocatoria se hará conforme a la sumatoria de los valores referenciales de aquellos (Art. 16º Regl.).

Procesos de Selección según Relación de Items Valor referencial del proceso = Sumatoria de los valores referenciales de todos los ítems De interponerse recursos de impugnación, únicamente se suspende la tramitación del ítem impugnado CASO ESPECIAL: Entidades que brindan prestaciones de salud, que requieren adquirir y contratar bienes y servicios de naturaleza estratégica o crítica Dos ofertas válidas considerando el proceso como INTEGRIDAD

Etapas de los Procesos de Selección CONVOCATORIA VENTA DE BASES PRESENTACIÓN DE CONSULTAS ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS EVALUACIÓN DE PROPUESTAS PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN IMPUGNACIÓN OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO CONSENTIMIENTO PUBLICACIÓN

Adjudicación de Menor Cuantía Comité Especial invita a ofrecer, otorgando plazo, cuando es necesario. Presentación de la oferta Evaluación Adjudicación Entrega gratuita de bases en bienes y servicios. En obras y consultoría de obras, las Bases se venden Orden de compra o de servicio. Puede celebrarse contrato Contrato necesariamente, en obras y consultoría de obras

Adjudicación Directa Selectiva Notifica-ción a todos los postores Exhi- bición No menos de 10 días Adju- dicación Presenta- ción de propuestas Venta y Entrega de bases Consultas y Observa ciones Convocatoria. Invitación Evaluación propuestas Contrato Contenido: Art. 84° Reglamento Se notifica a PROMPYME 2 propuestas necesariamente, sino desierto ( 17°, 32° Ley) En fecha indicada en bases Documento Orden

Adjudicación Directa Pública No menos de 10 días Presenta- ción de propuestas Adjudicación Contrato Publicación de convoca- toria Venta y Entrega de bases Consultas y Observa ciones Evaluación propuestas Publicación Exhibición Contenido: Art. 84° Reglamento 2 propuestas necesariamente, sino desierto ( 17°, 32° Ley) En fecha indicada en bases Documento Orden

Licitación Pública y Concurso Público Venta y entrega de Bases Presen tación propues tas Pronunciamiento Consucode Observaciones Abs. de Observaciones Absolución De consultas Convocatoria Consultas Integración Mín. 3 días Máx. 5 días Máx. 5 días Mín. 5 días Min. 5 días Evaluación de propuestas Adjudi cación Consenti miento buena pro Suscripción del contrato

Convocatoria Licitación Pública o Concurso Público Diario Oficial El Peruano y otro Por lo menos 20 días entre convocatoria y pres. ptas. Por lo menos 5 días entre integración y pres. Ptas. Licitación Pública o Concurso Público Pública Diario Oficial El Peruano Plazo : x > 10 días Selectiva Invitacióna 3 proveedores y Comunicación a PROMPYME Adjudicación Directa Adjudicación de Menor Cuantía Invitación a uno o más proveedores

Convocatoria Nombre de Entidad que convoca Tipo de proceso de selección Valor referencial Descripción básica de bienes, servicios u obras Oficinas donde pueden recabarse Bases y su costo Calendario del proceso de selección (se incluirá fecha prevista para acto de presentación de propuestas y para acto de otorgamiento de Buena Pro) Contenido de las Publicaciones, Invitaciones y Notificaciones Directiva Nº 011-2001- CONSUCODE/PRE

Venta de Bases Deben venderse a costo de reproducción En adjudicaciones de menor cuantía para bienes y servicios (distintos de consultoría de obras) deben entregarse gratuitamente

Venta de Bases Derechos que obtienen los adquirientes de Bases: Formular consultas y solicitar aclaraciones respecto de los alcances de las Bases Efectuar observaciones contra las Bases Presentar propuestas

Presentación de Consultas, Absolución y Aclaración a las Bases Administrativas Etapa obligatoria (salvo para adjudicaciones de menor cuantía de bienes y servicios distintos de consultoría de obras) Actuaciones que pueden realizarse en esta etapa: Formular consultas respecto de los alcances de las Bases Solicitar la aclaración de cualquiera de sus extremos Plantear solicitudes respecto de ellas La absolución de consultas debe ser fundamentada y el pliego que la contiene debe ser notificado a todos los adquirentes de Bases

Observaciones contra las Bases Incumplimiento de las condiciones mínimas establecidas en artículo 25º de TUO de la Ley Incumplimiento de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado (incluidos los precedentes de observancia obligatoria emitidos por Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado) La absolución de observaciones debe ser fundamentada y notificada a todos los adquirentes de Bases

Efectos de la Absolución de Observaciones El Comité Especial puede: Acoger las observaciones formuladas Bases No acoger las observaciones formuladas Corrección de las Bases Derecho de elevar Observaciones para que Consucode resuelva, previo cumplimiento de requisitos del T.U.P.A. Consucode se pronuncia en última instancia administrativa Contra su pronunciamiento no cabe la interposición de recurso alguno

Integración de Bases Se produce una vez acogidas o resueltas, en su caso, todas las observaciones, o si éstas no se han presentado dentro del plazo fijado. REGLAS DEFINITIVAS DEL PROCESO QUE OBLIGAN A TODOS LOS POSTORES Y AL COMITÉ ESPECIAL

Presentación de Propuestas En dos sobres cerrados (propuesta técnica y económica). Excepción: Adjudicaciones de menor cuantía (para bienes y servicios distintos de consultoría de obras) En acto público: Obligatorio en licitaciones públicas y concursos públicos. Es optativo en ajudicaciones directas selectivas y adjudicaciones de menor cuantía.

EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN Req. Téc. mínimos Fact. Eval. Técnica Lim. Max. y Min. Fact. Eval. Econo. Bonificaciones Buena Pro

Otorgamiento de la Buena Pro Acto Público: Obligatorio en licitaciones públicas y concursos públicos. Opcional en demás procesos. Publicación una vez consentido: Solamente en licitaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas públicas. Diarios en que se publica: “El Peruano” y en aquel en donde se Licitación publicó el aviso de convocatoria y Concurso Sólo “El Peruano” Adjudicaciones Directas Públicas

Otorgamiento de la Buena Pro Caso especial de DISTRIBUCIÓN DE LA BUENA PRO, conforme al artículo 72° del Reglamento. En caso de EMPATE se debe seguir el orden establecido en el artículo 73° del Reglamento. Notificación al órgano encargado de las adquisiciones. En ADS y AMC: Notificar a CONSUCODE (sólo si convocatoria fue notificada a esta institución) Notificar a PROMPYME (sólo si convocatoria fue notificada a esta institución y si ganador de Buena Pro es micro o pequeña empresa)

Culminación del Proceso de Selección SUSCRIPCIÓN CONTRATO Por escrito y conforme al Procedimiento del artículo 118º Reglamento. En AMC se formaliza a través De O/C u O/S CONVOCATORIA CANCELACIÓN DEL PROCESO CUANDO LA BUENA PRO SE DEJA SIN EFECTO POR NEGATIVA DE LA ENTIDAD A SUSCRIBIR EL CONTRATO

Evaluación y Calificación de Propuestas

Adquisiciones y Contrataciones Necesidad Req. Técnicos Mínimos Resultado del Proceso EVALUACION Y CALIFICACION DE PROPUESTAS Valor Referencial Tipo de Proceso COMITE ----------------- BASES Presentación de Propuestas

Servicios y Consultoría EVALUACIÓN OBJETO Vestuario No Personales Software Bienes y suministros Limpieza Servicios y Consultoría Consultorías Muebles Ss. Vida Colegios Ss. Automóviles Carreteras Seguros en General Obras Ss. Responsabilidad Civil Puentes

Bienes Servicios Seguros Obras - En General - Consultoría Especif. Técnicas Bienes Impresos Term.de Ref. Servicios - En General - Consultoría Supervisor Slip Técnico Seguros Incendios Expediente Técnico Obras Puente

Contenido de la Propuesta Técnica DOCUMENTOS OBLIGATORIOS Declaración Jurada Art. 56. Pacto de Integridad Aquellos Documentos necesarios según objeto (BPM, Registro Sanitario, Inscripción en el Ministerio de Trabajo, Certificado de RNC, Otros) DOCUMENTOS FACULTATIVOS Prom. de Consorcio Declaración Jurada de ser MYPE Declaración para obtener las Bonificac. Documentos que acrediten Factores de Evaluación (Facturas, Contratos, ISO, FDA, Curriculums, Certificados, Constancias, etc.)

REQUERIMIENTOS TECNICOS ADMITIDA LA PROPUESTA DOCUMENTOS OBLIGATORIOS

Metodología de Evaluación Criterios FACTORES Puntaje 2.5, 5, 10, 20, .... Documentos Sustentatorios

Factores de Evaluación Técnica BIENES Y SUMINISTROS

Factores Técnicos para Bienes y Suministros Art. 67° Plazo de entrega Costos de Operación Eficiencia y Compatibilidad del bien Disposición de. Servicios y Repuestos Capacidad necesaria Seguridad contra accidentes impacto ambiental Experiencia del Postor Determinar Puntaje Mínimo

Ejemplo: Plazo de Entrega CRITERIO A menor plazo mayor puntaje Al resto se califica en forma inversamente proporcional DOCUMENTOS Se sustenta mediante una declaración jurada

Criterios de Calificación Ej: Evaluación del Plazo POSTOR A : 45 DIAS POSTOR B : 35 DIAS POSTOR C : 18 DIAS POSTOR D : 10 DIAS Puntaje Máximo : 10 Puntos

Criterio (2) para la evaluación del plazo Metodo de la regla de tres inversa: “A más días menor puntaje” Para 10 dias 10 puntos Para 45 dias x puntos X = 10 x 10 = 2.222 puntos 45

Ejemplo: Capacitación POSTOR A 2 DIAS POSTOR B 8 DIAS POSTOR C 12 DIAS POSTOR D 15 DIAS Puntaje máximo 3 puntos Criterio: Regla de Tres directa (A mas días de capacitación, mayor puntaje) Para 15 dias 3 puntos Para 2 dias x puntos X = 2 x 3 = 0.400 puntos 15

Ejemplo : Experiencia del Postor CRITERIO A más documentos válidos mayor puntaje Al resto se califica en forma directamente proporcional DOCUMENTOS Se sustenta mediante facturas o contratos en un determinado tiempo y cuyo monto sea como mínimo el del valor referencial

Factores de Evaluación Técnica SEGUROS

Factores Técnicos Se evalúa y califica cada propuesta en base a los puntajes previstos en las Bases y conforme a una escala que sumará cien (100) puntos según los criterios que se detallan en el Art. 69º del Reglamento: Slip Técnico Experiencia en el manejo de Cartera de Seguros Plazo del pago de Siniestros Mejoras Técnicas

Factores de Evaluación Técnica SERVICIOS EN GENERAL

Coeficientes de Ponderación Servicios en General CT = C1 x PT + C2 x PE 0.40 < C1 < 0.70 0.30 < C2 < 0.60 C1 + C2 = 1.00 Factores : Art. 61 Reglamento - Factores Referidos al Postor - Factores Referidos al Personal - Plan de Trabajo Propuesto

Evaluación Técnica (Art. 68° Reglamento) Se califica sobre 100 puntos Evaluación y Calificación de acuerdo a bases Propuestas Técnicas que no alcancen puntaje mínimo serán descalificadas (80 puntos) Ponderación por C1

Factores de Evaluación Técnica SERVICIOS DE CONSULTORIA

Coeficientes de Ponderación Servicios de Consultoría CT = C1 x PT + C2 x PE 0.80 < C1 < 0.90 0.10 < C2 < 0.20 C1 + C2 = 1.00 Factores : Art. 62 Reglamento - Factores Referidos al Postor - Factores Referidos al Personal - Plan de Trabajo Propuesto

Evaluación Técnica (Art. 68° Reglamento) Se califica sobre 100 puntos Evaluación y Calificación de acuerdo a bases Propuestas Técnicas que no alcancen puntaje mínimo serán descalificadas (80 puntos) Ponderación por C1

EJEMPLO (PROYECTO DE INGENIERIA) 1. FACTORES DE EVALUACIÓN Y PUNTAJES MÁXIMOS DE CALIFICACIÓN – SERVICIOS DE CONSULTORIA FACTORES PUNTAJE MAX. TOTAL a.-REFERIDOS AL POSTOR 35 PTS. 1.- Tiempo en la actividad 05 Pts 2.- Experiencia en la actividad 10 Pts 3.- Experiencia en la especialidad 15 Pts ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- b.-REFERIDOS AL PERSONAL INDICADO EN BASES 45 PTS b.1.- Jefe del proyecto (30 Pts) 1.- Tiempo en el ejercicio de la profesión 05 Pts 2.- Experiencia en la actividad 10 Pts 3.- Experiencia en la especialidad 15 Pts b.2.- Especialistas (15 Pts) 1.- Experiencia en la actividad 05 Pts 2.- Experiencia en la especialidad 10 Pts -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- c.-OBJETO DEL CONTRATO 20 PTS c.1.- Plan de trabajo (10 Pts) 1.- Servicio ofrecido 05 Pts 2.- Programa de trabajo 05 Pts c2.- Innovación Tecnológica (10 Pts) TOTAL 100 Pts 100 PTS

Factores de Evaluación Técnica OBRAS

Obras Valor referencial menor a 3000 UIT Evaluación Técnica : 10 Puntos En la evaluación técnica solo se considera el plazo de ejecución.

Obras Valor referencial igual o superior a 3000 UIT Evaluación Técnica: 20 Puntos En la evaluación técnica al plazo se le asignará por lo menos 10 Puntos

Evaluación Técnica Ejemplo Plazo de Ejecución 10 Puntos Principales obras ejecutadas 2 Obras similares 5 Exper. y Calif. del personal 1 Oferta de cont trab de la zona 1 Equipo mínimo propuesto 1 TOTAL 20 Puntos

Cuando además se consideran factores (g) y (h) del numeral 1 del Art Evaluación Técnica 50 Puntos En la evaluación Técnica por lo menos 10 puntos corresponderán al Plazo.

Evaluación Técnica Ejemplo Plazo de Ejecución 15 Puntos Princip obras ejecutadas 5 Obras similares 10 Expe y Calif del personal 8 Oferta de cont. Trab. de la zona 7 Equipo mínimo propuesto 5 TOTAL 50 Puntos

Calificación Previa Excepcional y facultativa. Sólo en ejecución de obras Determina experiencia, capacidad y solvencia técnica Indica condiciones especiales, criterios y factores de evaluación Opinión favorable de CONSUCODE. Etapa del Proceso de Selección. Sobre adicional con documentación objeto de la capacitación previa

Factores de Evaluación Económica y Cálculo del Costo Total Bienes y Suministros, Servicios en General, Consultorías y Obras

Limites Mínimos y Máximos de las Propuestas Económicas Artículo 33 del TUO Bienes, Servicios 70% y 110% - Obras y Consultoría 90% y 110% Acuerdo Nº 017/010 : 2 Decimales (23.09.02 – Diario Oficial El Peruano)

Calificación de la Propuesta Económica Art. 66º Pi = 2 (PMPE ) - (Oi / Om ) PMPE Donde: Pi = Puntaje oferta económica i PMPE = Puntaje Máximo por Prop. Econ. Oi = Oferta del Postor i Om = Oferta económica menor i = Propuesta

FORMULA COSTO TOTAL CT = P T + P E Donde: CT = Costo Total PT = Propuesta Técnica PE = Propuesta Económica

Bonificaciones BIENES Y SERVICIOS Adicionar veinte por ciento (20%) - Ley 27633 solo si presentó declaración jurada OBRAS Adicionar diez por ciento (10%) - Art. 90 y 102 del Reglamento.

Evaluación Económica Seguros Monto Total = Form. Art. 66º Forma de Pago Costo Total = 0.4xPT + 0.6xPE Adicionar 20% bonificación Ley 27633 solo si presentó declaración jurada

Evaluación Económica Servicios y Consultorias Verificar. Art. 33º del TUO Aplicación de la formula Ponderación por C2 Resultado : Puntaje de Evaluación Económica. Costo Total = C1xPT + C2xPE Adicionar 20% bonificación Ley 27633 solo si presentó declaración jurada

Evaluación y Calificación Req. Téc. mínimos Evaluación y Calificación Fact. Eval. Técnica Lim. Max. y Min. Fact. Eval. Econo. Bonificaciones PUNTAJE TOTAL Buena Pro

Exoneraciones

Exoneraciones Concepto. La Entidad se exonera de: Licitación Pública Concurso Público Adjudicación Directa: Pública Selectiva Exoneraciones

Supuestos de Exoneración

INFORME TECNICO ECONOMICO Entre Entidades del Sector Público (Art. 19° literal a) del TUO y Art. 106° del Reg.) Para la adquisición o contratación de bienes, servicios o ejecución de obras entre dos Entidades del Estado. Condición del Contratista No subcontratación (ni cesión de derechos o de posición contractual) INFORME TECNICO ECONOMICO Ventaja en comparación Costos de oportunidad Idoneidad y viabilidad técnica Limitaciones

Servicios Públicos Sujetos a Tarifas Unicas Art Servicios Públicos Sujetos a Tarifas Unicas Art. 19° literal b) del TUO y Art. 107° del Reg. Tarifas Únicas establecidas por Organismo Regulador Energía Eléctrica Agua y Desagüe Otros de naturaleza análoga Tarifas no puedan ser acordadas entre partes La presentación de servicios públicos de energía eléctrica, agua y desagüe, y otros de naturaleza análoga, se encuentran exonerados del proceso de selección que corresponda , siempre que se trate de TARIFAS ÚNICAS establecidas por el organismo regulador competente y que no sean suceptibles de pacto o acuerdo entre la Entidad Contratante y la Empresa Prestadora de los mismos. Ejemplos:

Situación de Urgencia Art. 19° literal c) y 21° del TUO Art Situación de Urgencia Art. 19° literal c) y 21° del TUO Art. 108° del Reg. Configuración Ausencia extraordinaria e Imprevisible Compromete servicios esenciales u operaciones productivas. Medida temporal Acción rápida de adquisición o contratación. Por tiempo o cantidad necesarios para paliar la urgencia. Limitaciones

Situación de Emergencia Art. 19° literal c) y 22° del TUO Art Situación de Emergencia Art. 19° literal c) y 22° del TUO Art.108° del Reg. Casos: Catástrofes Situaciones que supongan graves peligros Defensa Nacional Finalidad: Acciones necesarias para remediar los desastres Aquellas necesidades sobrevinientes derivadas de la emergencia

Secreto Militar u Orden Interno (Art. 19° literal d) del TUO, Art Secreto Militar u Orden Interno (Art. 19° literal d) del TUO, Art. 109° del Reg. y D.S. 052-2001-PCM) Adquisiciones o contrataciones de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional sobre: Cuadros de organización del personal Naturaleza, ubicación, cantidad y operatividad del material bélico disponible Ubicación o distribución de fuerzas o dependencias militares policiales estratégicas Opinión favorable de la Contraloría Participación de tres proveedores D.S. 052-2001-PCM y D.S. 063-2001-PCM No procede para adquirir bienes,servicios u obras de carácter administrativo. Obras de carácter administrativo: Son aquellas necesarias para el normal funcionamiento de las unidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que no comprometen la seguridad nacional ni el orden interno.

Servicio Exterior (Art. 19° literal e) del TUO y Art. 110° del Reg.) Contrataciones y adquisiciones que realicen las Misiones Permanentes del Servicio Exterior. Se aplica la legislación, los usos y costumbres del país en que se efectúa las contrataciones. Responsabilidad Funcionario encargado de la Misión Diplomática

Bien que no admite sustitutos (Artículo 19° literal f) del TUO) Prórroga de plazos en contratos de Arrendamiento (Artículo 19° literal g) del TUO) Caso proveedor único. Sólo bienes y servicios. La necesidad no pueda ser satisfecha con otros productos análogos. Condiciones Inmuebles ocupados por la Entidad Renta no aumente en % mayor al IPM Claúsula de resolución unilateral

Contratos de Locación de Servicios con personas naturales o jurídicas Servicios Personalísimos (Art. 19° literal h) del TUO y Art. 111° del Reg.) Contratos de Locación de Servicios con personas naturales o jurídicas Requisitos: Necesidad fundamentada de la especialización para la prestación del servicio; Características particulares, personales, inherentes y especiales del locador; Notoria especialización del proveedor; Apreciación objetiva de las calidad que no lo haga comparable con otros posible ofertantes. Son servicos personalísimos que se sustentan tanto en las características como en las calidad las personas que se están contratanto. Otros dicen que los servicios personalísimos son propios para servicios y los no sustitutos para biuenes…. Son opiniones, el caso es usar el t?rmino mas precisos a pues nos encontramos ante una excepción a la norma general de contrataciones.

Maquinarias de acuerdo al giro de la empresa Insumos utilizados en la actividad empresarial del Estado (2da. Disposición Transitoria del TUO y Art 112° Rgto.) Entidad del Estado (realice actividad empresarial directa o indirectamente y se dedique a producir bienes). - Insumos directos Bienes intermedios Repuestos de Equipos y Maquinarias de acuerdo al giro de la empresa Se exonera de los procesos de selección a las Entidades del Estado que por Ley realicen actividad empresarial directa o indirectamente y se dediquen a producir bienes. Para la adquisición de : - insumos directos - bienes intermedios - repuestos de equipos y maquinarias e acuerdo al giro Precios de Mercado como referencia Contempla que se realicen invitaciones a nivel nacional o internacional cursada por cualquier medio escrito (fax o correo) 15 días despues de cada semestre se informará de estas adquisiciones al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General. A PRECIOS DEL MERCADO POR INVITACIONES INFORMACIÓN SEMESTRAL A : Ministerio Economía Contraloría General

Procedimiento General de una Exoneración PUBLICACIÓN Excepto Militares RESOLUCIÓN TITULAR PLIEGO ACUERDO DIRECTORIO (Empresas) ACUERDO DE CONCEJO (Gobiernos. Locales) (Art.114 Rgto.) 10 dias INFORME TECNICO LEGAL/ ECONÓMICO 10 dias CONTRALORÍA - Informe - Resolución

Consideraciones Finales El instrumento de aprobación debe contener la información a que se refiere el numeral 6 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE. El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe incluir el proceso de selección que será materia de exoneración.

SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN EL PROCESO DE SELECCIÓN

Etapas de la contratación Programación y actos preparatorios Proceso de Selección Ejecución Contractual

Solución de controversias En el Proceso de Selección APELACION REVISION En la Ejecución Contractual CONCILIACION (opcional) ARBITRAJE

Desde la convocatoria hasta la firma del contrato A través de dos recursos: a.- APELACION: Ante la Entidad convocante del Proceso de Selección. b.- REVISION: Ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

RECURSO DE APELACION

¿QUÉ SE PUEDE IMPUGNAR POR MEDIO DEL RECURSO DE APELACION? Todos los actos administrativos emitidos dentro del proceso de selección hasta la firma del contrato. Excepciones: no se pueden Impugnar: - Resoluciones del Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa. - Bases Administrativas.

TRAMITE DEL RECURSO DE APELACION

Recursos contra Actos distintos a la Buena Pro PLAZOS Plazo para resolver Recursos contra Actos distintos a la Buena Pro Dentro de los 5 días de ser admitido Recurso contra la Buena Pro Dentro de los 10 días de ser admitido Plazo para interponer el recurso Dentro de los 5 días de haber tomado conocimiento del acto que se desea impugnar

OTORGAMIENTO DE BUENA PRO IMPUGNACIÓN DE ACTOS ANTERIORES O DISTINTOS AL OTORGAMIENTO DE BUENA PRO (Acuerdo Nº 014/009) NO SE PRONUNCIA: DENEGATORIA FICTA SE PRONUNCIA EN CONTRA 5 DIAS 5 DÍAS PARA RESOLVER Y NOTIFICAR DE CONOCIDO EL ACTO SE PRONUNCIA A FAVOR ACTO APELADO APELACION *LA IMPUGNACIÓN DE ACTOS ANTERIORES A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS O ANTERIORES AL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO SUSPENDE EL PROCESO DESDE 1 DÍA ANTES DE DICHOS ACTOS.

IMPUGNACIÓN AL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO NO SE PRONUNCIA: DENEGATORIA FICTA ABSOLUCION: CON O SIN ELLA EMPIEZA A CORRER PLAZO PARA QUE ENTIDAD RESUELVA APELACION 5 DIAS 2 DIAS 3 DIAS 5 DIAS SE PRONUNCIA EN CONTRA DENTRO DE LOS 5 DIAS DE CONOCIDO EL ACTO ENTIDAD CORRE TRASLADO AL POSTOR GANADOR PLAZO PARA QUE EL GANADOR ABSUELVA EL TRASLADO PLAZO PARA QUE ENTIDAD RESUELVA Y NOTIFIQUE SE PRONUNCIA A FAVOR OTORGAMIENTO DE BUENA PRO PLAZO PARA RESOLVER: 10 DIAS HABILES SIGUIENTES A INTERPOSICION O SUBSANACION DEL RECURSO

Efectos de no pronunciarse dentro del plazo Denegatoria ficta. Nulidad de Resolución notificada extemporáneamente, de ser el caso. Responsabilidad administrativa del funcionario.

RECURSO DE REVISIÓN

¿QUE SE PUEDE IMPUGNAR MEDIANTE EL RECURSO DE REVISION? 1.-Las resoluciones que declaran inadmisible, improcedente o infundado el recurso de apelación. 2.-La denegatoria ficta del recurso de apelación. 3.-Las resoluciones del titular del pliego o la máxima autoridad administrativa de la entidad que disponen: nulidades, revocatoria de la buena pro, otros.

TRAMITE DEL RECURSO DE REVISION

TRAMITE DEL RECURSO DE REVISION 2 DIAS SUBSANACION DEL RECURSO PLAZO PARA INTERPONER REVISION DENEGATORIA FICTA 2 DIAS 3 DIAS 5 DIAS 3 DIAS ABSOLUCION DEL TRASLADO Y REMISION DEL EXPEDIENTE TRASLADO A LA ENTIDAD ENTIDAD SE PRONUNCIO EN CONTRA INFORMACIÓN ADICIONAL ADMISION DEL RECURSO 5 DIAS 8 DIAS ENTIDAD SE PRONUNCIO A FAVOR Y POSTOR AFECTADO IMPUGNA AUDIENCIA PÚBLICA EXPEDIENTE LISTO PARA RESOLVER 5 DIAS RESOLUCIÓN NULIDAD U OTROS 5 DIAS 5 DIAS RESOLUCION Y NOTIFICACION

INADMISIBILIDAD E IMPROCEDENCIA Causales de inadmisibilidad del recurso Artículo 173º Reglamento Causales de improcedencia del recurso Artículo 174º Reglamento

Presentación de Tasas y garantías Según el tipo de proceso de selección. Proceso por ítems, etapas, tramos o lotes. Valor referencial reservado.

CONSECUENCIA ECONOMICA DE DECLARAR IMPROCEDENTE O INFUNDADO EL RECURSO LA EJECUCION DE LA GARANTIA Finalidad: disuadir a los administrados de interponer recursos carentes de sustento que recargan innecesariamente la labor del Tribunal. Esta sanción evita dilaciones en los procesos permitiendo un mejor desenvolvimiento del Tribunal.

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL 1.-Las resoluciones del Tribunal que constituyan precedente de observancia obligatoria. 2.-Acuerdos de Sala Plena del Tribunal.

Garantías

Finalidad Proteger el cumplimiento del contrato que involucra, en algún grado, funciones u objetivos de la entidad

Requisitos de las Garantías (Artículo 121° del Reglamento) Incondicionales Solidarias Irrevocables De Realización Automática Requisitos de las Garantías (Artículo 121° del Reglamento)

Documentos de Garantía (Artículo 121° del Reglamento) Otorgados por terceros a favor de Entidad por cuenta del contratista: Carta Fianza Póliza de Caución Terceros deben ser empresas autorizadas y sujetas al ámbito de SBS. Documentos de Garantía (Artículo 121° del Reglamento)

Tipos de Garantías (Artículo 40° del T.U.O de la Ley) De Fiel Cumplimiento (Adicional por prestaciones accesorias) Adicional por el Monto Diferencial de la Propuesta Por Adelantos Tipos de Garantías (Artículo 40° del T.U.O de la Ley)

Garantía de Fiel Cumplimiento (Artículo 122° Reglamento) Finalidad Garantizar fiel cumplimiento de obligaciones asumidas por contratista. Monto Diez por ciento (10%) del monto del contrato. Oportunidad de Presentación Antes de la suscripción del contrato (requisito indispensable para suscribirlo). Vigencia Hasta aprob. de liquidación del contrato.

Garantía adicional por prestaciones accesorias En adquisición de bienes que requieran mantenimiento o reparación. Monto: % que corresponde a la G. de Fiel Cumplimiento, aplicado sobre la base del valor de las prestaciones accesorias Vigencia: Hasta liquidación final del contrato Excepciones: similares a la de Fiel Cumplimiento

Excepciones (1) a) Contratos de Servicios derivados de A.D.Selectivas, (Dos formas de pago) b) Adquisición de bienes inmuebles Ocasional, y Pasajes contra pago de precio c) Contratación de transporte d) Contratos de Arrendamiento e) Contratos derivados de A.M.C. Bienes Servicios

Excepciones (2) * Adquisición o Contratación con cargo f) Cuando ítem o suma de ítems otorgados a un postor sea: En Bienes < 35,000 En Servicios < 15,000 g) Los insumos utilizados en la actividad Empresarial Prestación adelantada al pago * Adquisición o Contratación con cargo Fondo para pagos en efectivo Fondo fijo para caja chica CLÁUSULA DE COMPROMISO, BAJO JURAMENTO, DE CUMPLIR OBLIGACIONES CONTRACTUALES

Garantía adicional por el monto diferencial de la propuesta (Art Garantía adicional por el monto diferencial de la propuesta (Art. 123 del Reg.) Finalidad Garantizar fiel cumplimiento de obligaciones asumidas por contratista. Monto Monto=Valor Referencial – Prop. Económica

Oportunidad de Presentación Antes de la suscripción del contrato. Cuando propuesta económica sea: < 90% del valor referencial Adquisición o suministro de bienes LEY 27738 (modifica el Artículo 33 de la Ley) Vigencia Hasta aprobación de liquidación del contrato

Garantía por adelantos Art. 130° del Reg. Finalidad Garantizar amortización de adelantos o entrega de materiales, insumos o servicios. Monto Equivalente al adelanto solicitado. Oportunidad de Presentación Antes de entrega del adelanto. Vigencia Mínima de tres (03) meses. Renovable trimestralmente.

Ejecución de Garantías de Fiel Cumplimiento y Adicional por Monto Diferencial de Propuesta No renovación oportuna. Resolución de contrato queda consentida. Laudo declare procedente resolución del contrato. Contratista no haya cancelado saldo a su cargo, luego de liquidación.

Ejecución de Garantías por Adelantos No renovación oportuna. Exista saldo de adelanto pendiente de amortizar. En adelantos directos En adelantos para materiales, insumos o servicios No renovación oportuna. No entrega a satisfacción.

Contratos

Ámbito de aplicación de la LCAE Regula los contratos destinados a adquirir bienes, contratar servicios y ejecutar obras, originados en procesos de selección.

Suscripción del Contrato Requisitos: Obtener la BUENA PRO. Presentar CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO. Presentar GARANTÍAS. Presentar la CONSTANCIA DE CAPACIDAD LIBRE DE CONTRATACIÓN (Obras). Contratos asociativos (consorcio)

Procedimiento para la Suscripción Citación: Por escrito y con 5 días de anticipación. Deberá señalar lugar, fecha y hora para la suscripción. Firma: Dentro de los 10 días siguientes de consentido el otorgamiento de la BUENA PRO. NOTA: El CE no tiene facultades para ejecutar actos relacionados con la suscripción del contrato.

Procedimiento para la Suscripción Negativa del postor a suscribir el contrato: Citación al ganador hasta en dos oportunidades. De no concurrir se deberá citar al postor que ocupó el 2º lugar. Si éste no concurre: PROCESO DESIERTO. Negativa de la Entidad a suscribir el contrato: Emplazamiento por parte del ganador. Penalidad. Sin efecto la Buena Pro.

Perfeccionamiento del Contrato Regla General: Por Escrito Excepción: Ordenes de compra o servicios en procesos de menor cuantía. Suscripción del documento: Por la Entidad Por el postor ganador

Partes integrantes del Contrato Documento que lo contiene Las bases integradas La oferta ganadora: precio, plazo y demás condiciones. Modificaciones: con excepción de las señaladas en el art. 36 de la Ley.

Vigencia y plazos Vigencia del Contrato: Desde la suscripción hasta que la liquidación queda consentida. Plazo de ejecución contractual: - Se computa en días naturales. - Por uno o más ejercicios presupuestales (máximo 3). - Obras: hasta su culminación. - Arrendamiento inmuebles y servicios de asesoría especializada: hasta 3 años.

Prórrogas sucesivas 1) Arrendamiento: Condiciones iguales a las del contrato original. Necesariamente debe incluirse una cláusula de resolución unilateral a favor de la Entidad. Sin indemnización ni opción de compra.

2)Locación de Servicios y Consultorías (distintas a obras) contratadas por 1 año: Prórrogas por períodos iguales o menores. Reajuste de precios: Índice de Precios al por Mayor. Necesariamente debe incluirse una cláusula de resolución unilateral a favor de la Entidad, sin indemnización.

Cláusulas Obligatorias. Art. 41 del TUO. 1.- De Garantías 2.- De Solución de Controversias 3.- De Resolución de Contrato

Resolución del Contrato La resolución puede ser total o parcial, previo emplazamiento Causales: Mutuo acuerdo Caso fortuito o fuerza mayor Incumplimiento de alguna de las partes

La Entidad puede resolver el contrato por las siguientes causales: Incumplimiento injustificado de Obligaciones esenciales. Incumplimiento de Obligaciones no esenciales Por falta de capacidad económica o técnica.

Por acumular el monto máximo por penalidad por mora. Por paralizar o reducir injustificadamente el ritmo de trabajo (obras).

El contratista puede resolver el contrato por la siguiente causal: Incumplimiento injustificado de obligaciones derivadas del contrato por parte de la Entidad.

Recomendaciones a tener en cuenta antes de resolver el contrato: La parte perjudicada deberá requerir el cumplimiento mediante carta notarial. Carta Notarial: concede un plazo para el cumplimiento de 2 a 15 días. En obras: 15 días. En caso de incumplimiento de Obligaciones no esenciales: Doble requerimiento notarial.

Salvo prohibición de la Bases Subcontratación Salvo prohibición de la Bases Requisitos: - Aprobación previa por escrito - No exceder 60% de la prestación Capacitación y tecnología (extranjeros) El subcontratista no debe estar suspendido o inhabilitado Además debe estar inscrito en el RNC (obras). Preferencia a MYPES

Adelantos Clases: Directos al contratista (20%) Para materiales (40%) Oportunidad de entrega: según las Bases o el contrato Garantías: vigentes por 3 meses (renovables) hasta la amortización total del adelanto o la entrega de los materiales.

Pagos Oportunidad: Después de la prestación. Excepciones: Antes de la prestación (según su naturaleza) Pagos periódicos En bienes y servicios En contratos de obras (previa valorización) Plazos: Conforme al contrato Retraso = Interés Legal

Adicionales y Reducciones Para alcanzar la finalidad del Contrato Aprobación: Entidad (En obras: Contraloría si es > 10%) Asignación Presupuestal. Puede conllevar ampliaciones o reducciones del plazo. Costos (según especificaciones técnicas, precio pactado o acuerdo entre las partes).

Ampliaciones del plazo contractual Motivos: Por atrasos y/o paralizaciones ajenas a la voluntad del contratista: - Atraso en el cumplimiento por parte de la Entidad - Por caso fortuito o fuerza mayor Solicitud del contratista debidamente fundamentada, presentada dentro de los 15 días de finalizado el hecho. Reconocimiento de los costos directos y gastos generales que correspondan.

Culminación del Contrato Acta de Recepción: (Art. 137 del Reg.) - Conformidad u observaciones Certificado de prestación Liquidación del contrato. Ampliación complementaria: Sólo para bienes y servicios, una vez concluido el contrato original. (Art. 141 del Reg.)

Liquidación del Contrato Procedimiento: Art. 139 del Reglamento (Computo de plazos en días naturales) Fecha de presentación: 15 días Pronunciamiento de la Entidad: 15 días. Observaciones a la liquidación. Discrepancias. Consentida la liquidación: no procede reclamo alguno.

Nulidad del Contrato De verificarse que el contratista está incurso dentro de alguno de los supuestos del art. 9 de la Ley. Se declara: De oficio En vía arbitral (art. 190 del Reg.)

DISPOSICIONES PARA LA EJECUCION DE OBRAS

Plazo de Duración de los Contratos (Art. 145º) Reglamento Rigen desde día siguiente que se cumplan las condiciones: Designe Residente de Obra Designe Supervisor ó Inspector Entregue Calendario de Obra Val. Entregue Expediente Técnico Entrega Terreno ó Lugar Ejecución Adelanto Directo (Si ha sido solicitado debe pagarse dentro de los 7 días de recibida la Garantía) Las 5 primeras condiciones deben cumplirse dentro de los 15 días de firmado el contrato, si no se solicita adelanto plazo corre a partir de entrega de terreno. Si entidad incumple: Daños y Perjuicios: 0.05% MC/día,máx.0.75% MC Vencido plazo cont. Resolución de Contrato

Residente de Obra ( Art. 147°) PRESENCIA PERMANENTE Y DIRECTA PROFESIONAL COLEGIADO, HABILITADO Y ESPECIALIZADO Ingeniero ó Arquitecto Mínimo un año de ejercicio profesional Representa al Contratista No puede pactar modificaciones al contrato Puede adoptar medidas indispensables solo en caso fortuito o fuerza mayor Sustitución previa autorización escrita de la ent. CALIFICACIONES Y EXPERIENCIAS ADICIONALES Dependiendo de la naturaleza de la obra, si así está establecido en las Bases.

Inspector ó Supervisor de Obras (Arts Inspector ó Supervisor de Obras (Arts. 148° y 149º) MODO PERMANENTE DIRECTO INSPECTOR: Funcionario (Gasto: < ó = 3% VR) SUPERVISOR: P. Natural o Jurídica Contratada Costo: < ó = 8% VR ó Monto Total Obra (el que resulte mayor) MAYORES PRESTACIONES (Para casos de variaciones en el plazo de la obra ó ritmo de trabajo distintos a adicionales de obra) Si es < ó = 15% Monto Contratado (Autoriza MAA ó TP) Si es > 15% Aprobación Previa CGR. Pronunciamiento máx. 15 días hábiles, sinó aprobadas ADICIONALES EN EJECUCIÓN DE OBRA: Arts.135 ° Y 160° del RECAE SUPERVISIÓN OBLIGATORIA : Valor Obra >ó = S/.4´050,000 (Lo establece la Ley Anual de Psto.) CALIFICACIONES FACILIDADES

Cuaderno de obra (Art. 150º) Original + 3 copias Anotaciones y consultas Entidad Contratista Supervisión Profesionales Autorizados La Supervisión El Residente

Valorizaciones y Metrados (Art. 153º) Elaboración Fechas y Plazos para su presentación Plazo para su pago Intereses

Atraso en la ejecución de la obra (Art. 158°) Se configura cuando el monto de la valorización acumulada a una fecha determinada sea menor al 80% del monto de la valorización acumulada programada para dicha fecha. Se interviene económicamente la obra ó 7 días siguientes I ó S nuevo calendario de aceleración de trabajos que garantice cum- plimiento de obra.Anota C/O Si no Presenta Se resuelve el Contrato

Obras Adicionales (Art. 159°) Ley Nº 28128 (Ley Ppto 004) Menores o iguales al 10% del Contrato 1 Resolución previa Art. 160º Mayores al 10% del Contrato 2 Resoluciones previas

Intervención Económica de la Obra (Art Intervención Económica de la Obra (Art. 161°) Resolución N° 010-2OO3 - CONSUCODE/PRE del 15/01/2003 (Pub.17/01/2003) De Oficio ó a solicitud de parte CONSIDERACIONES: Orden Técnico -Económico Casos Fortuitos Fuerza mayor (Art. 1315° Código Civil ) Incumplimiento Contractual Objetivo Culminar la obra sin resolver el contrato

Resolución del Contrato de Obra ( Art. 162º) Acta constatación física Por incumplimiento del contratista La entidad podrá culminar la obra por administración directa o por encargo Ejecuta la garantía de fiel cumplimiento Por incumplimiento de la entidad Reconocimiento al contratista del 50% de la utilidad prevista, del saldo sin ejecutarse

ART 49 LEY : RECONOCIMIENTO DE INTERESES ART 153 RECAE: VALORIZACIONES Y METRADOS NUEVO CODIGO CIVIL : PAGO DE INTERESES (Libro VI, Sección Segunda, Titulo II, Capitulo II) Articulo 1244.- La tasa de interés legal es fijada por el Banco Central de Reserva del Perú Articulo 1245.- Cuando deba pagarse interés, sin haberse fijado la tasa, el deudor debe abonar el interés legal. Articulo 1246.- Si no se ha convenido el interés moratorio, el deudor solo esta obligado a pagar por causa de mora el interés compensatorio pactado y en su defecto, el interés legal.

ART 50 LEY : CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO CODIGO CIVIL ART 50.- Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada , que hayan aportado adicionalmente en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato , así como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) del Articulo 1774 del Código Civil. INC 2.- “A dar inmediato aviso al comitente de los defectos del suelo o de la mala calidad de los materiales proporcionados por este, si se descubren antes o en el curso de la obra y pueden comprometer su ejecuciónregular”. INC 3 .- “A pagar los materiales que reciba, si estos por negligencia o impericia del contratista, quedan en imposibilidad de ser utilizados para la realización de la obra”

AMPLIACIONES DE PLAZO CONTRACTUAL Art. 42° Ley, Arts 155°, 156° RECAE) SOLICITA EL CONTRATISTA POR: Atrasos y/o paralizaciones ajenas a su voluntad. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la entidad contratante. Caso fortuito o de fuerza mayor debidamente comprobados que modifiquen el calendario contractual (Art.1315° Código Civil). Obras adicionales si modifican calendario de Avance de obra. POR CAUSAS AJENAS AL CONTRATISTA Cont / res C/obra Circunst A. Plazo Contratista INS / SUP (opinión) SOLICITA CUANTIFICA SUSTENTA ENTIDAD RESUELVE Plazo. máx,. 10 d. RECEPCIONADO INFORME A ENTIDAD Concluido HECHO INVOCADO 15 d 7 d/s remite Máx.17 recepción solicitud por Insp. ó Sup. PRONUNCIAMIENTO Pago Gastos Generales = # días amp. x G.G Diario (Salvo obras adicionales con presup. Específicos) SE PRON N/S PRON ARBITRAJE G.G.D = G.G.C / Días P.C x Ip/Io (coef. Reajuste) Bajo Resp. Entidad Desaprueba Discrepancias Art 41 - b- Ley Plazo Ampliado Ip:(039) INEI mes calendario de los días que se ejecuta la ampliación. Io:(039) INEI mes del presupuesto de referencia. Aprueba Max.10 d Máx.10d eleva ENTIDAD (OPINION del INSP ó SUP) Contratista Presenta C/A/Obra/Act INSP/SUP INFORME En virtud de la ampliación otorgada, la entidad prorrogará el plazo de los otros contratos que hubieran podido celebrarse, vinculados directamente al contrato principal

DEMORAS INJUSTIFICADAS EN LA EJECUCION DE OBRA (ART 158° - RECAE) “Durante la ejecución de la obra el contratista esta obligado a cumplir los plazos parciales establecidos en el calendario valorizado de avance” Problemas RETRASO INJUSTIFICADO MVA < 80% MVA Programada MVA : Monto Valorización Acumulada 7 d/s Insp/Sup/Ordena Nuevo Calendario Acelerado garantice cump. Obra, plazo previsto C/Obra Retraso Obra Contratista PRESENTA NUEVO CALENDARIO NO PRESENTA Podra Causal 2do RETRASO INTERV. OBRA ó RES. PREV. (144° Reg) No excede Plazo Responsabilidad Demoras Injust Monto Acumulado Programado Nuevo Calendario Posible Conc/Arb MVA < 80% MAPNC OK Res/contrato salvo Entidad decida Interv/Econ/Obra Informa a Entidad Insp. Ó Sup. Anota c/obra Retraso Causal

Valor Adic - Psptos Deductivos < 1O% Monto Total Contrato Original ADICIONALES - REDUCCIONES - AMPLIACIONES (ART 42 LEY - ARTS 159, 160 RECAE) OBRAS ADICIONALES O REDUCCIONES < 10% DE M.T.C.O Previa Resolución del Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa (Ordena y paga) Modifican plazo Contractual (Si lo afecta) Modifican garantías Asignación presupuestal necesaria. Ordena y paga entidad directamente Aprueba titular del pliego o máxima Autoridad Adm, de la entidad Autoriza Ejecución y Pago Contraloría General de la República Conocimiento:Mas Alta Autoridad de la Entidad,de la Comisión de Presupuesto y Cuenta general del Congreso de la República y del MEF (bajo responsabilidad) Responsabilidad Proyectista si la hubiera Entidad podrá resolver el Contrato sin responsabilidad para las partes (Queda Liquidado) Autorizada la entidad,aprobará prestaciones adicionales para supervisión de obra Valor Adic - Psptos Deductivos < 1O% Monto Total Contrato Original Art. 160°: OBRAS ADICIONALES MAYORES AL 10% C.O.( DS 079) CUAD

PLAZOS DE LA C. G. R. PARA AUTORIZAR ADICIONALES Autoriza No Autoriza Si Motivado todos casos ENTIDAD presenta doc.sustentatoria aprob. Max 15 dias PRONUNCIAMIENTO No + termino distancia Max 10 dias Ejecuta Obra Monto Solic Control Post Entidad Autorizada Solicita Inf (1 Vez) Complementaria En virtud de la autorización otorgada, la Entidad aprobará sin necesidad de trámite a que se contrae los párrafos precedentes, las prestaciones adicionales que requiera el CONTRATO DE SUPERVISIÓN DE LA OBRA. Reinicia Plazo Entidad Cumple Max 5 dias

RECEPCION DE OBRA (ART 163° - RECAE) DS 079 CRO Y CONT VERIFICAN FIEL CUMPLIMIENTO ESTABLECIDO Planes + Esp.Tec + Pruebas: LEVANTA ACTA: CRO + C ó IR ENT. DESIGNA COM.RECEPCION OBRA (CRO) MÍNIMO 01 Rep. Ent (I/A) INSP o SUPERV 1)Cont (I.R) SOLICITA RECEPCION C/Obra ind/f/CULMIN I o S Comunica Entidad Max.5d Max.7d Max.20 d * OBSERVACIONES 2)SI NO OBS/ACTA NO REC. OBRA 3DISCREP a/obs SIGUE RECEP OBRA * 1/10 P.E.C OK SUBSANAR Previsto/CONTRATO, BASES S/CONVENGAN PARTES(aplicación de penalidades correspondientes, de ser el caso). 5)RECEP. PARCIAL SECCIONES TERM NO PAGO CONT NO PENALID Computo:5d suscrita Acta C/INICIA (Termina) INCUMPLE C.R.O VERIF. OBSERV SIGUE CONT. SOLICITA REC. OBRA / C.O No se formularan nuevas observaciones OK

DEMORA :Penalidades:Tope Señalad RECEPCION DE OBRA (ART. 163- RECAE) 3) DISCREPANCIA EN OBSERVACIONES CR.ELEVA INFORME SUSTENTATORIO TITULAR DEL PLIEGO MAX. AUT. ADM. ENT C ó R ANOTA DISC. ACTA PRONUNCIAMIENTO ENTIDAD Max. 5d igual plazo DISCREPANCIA ACUERDO Conciliación y/o Arbitraje OK CONTRATISTA INCUMPLE LEVANT. OBSERVACIONES 6)RETRASO REC/O CAUSAS AJENAS CONTRATISTA Vencido el 50% del Plazo Sub. Observ 4)TODO RETRASO EXCEDA PLAZO OTORGADO NO INICIA DA POR VENCIDO SALVO JUSTIFICACION ACREDITADA ADICION DEMORA PLAZO EJECUCION Considera DEMORA :Penalidades:Tope Señalad ENT. TOMA CONTROL/int.econ,sub.obs Procedimiento art.164 , 3er. Párrafo(liq.obra) RECONOCIMIENTO G/G CONTRATISTA Podrá ENT. RESOLVER POR INCUMPLIM Posible Conciliación y/o arbitraje

OK LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRA ART 164° - RECAE (DS O79) PRESENTA CONTRATISTA DOCUMENTACION DEBIDAMENTE SUSTENTADA CALCULOS DETALLADOS PLAZO: 60 DIAS 1/10 PLAZO EJEC / OBRA desde1 día despues de rec. DEC. FAB O MEM. DESC VALORIZADA CONTRATISTA NO PRESENTA LIQ. CONTRATISTA PRESENTA LIQ. RECEPCION DE OBRA DÍA SIGUIENTE DENTRO DE 30 d/RECIBIDA ENTIDAD ELABORA LIQUIDACION PRONUNCIAMIENTO DE LA ENTIDAD MAYOR ACUERDO OBSERVA Ó IDENTICO PLAZO BAJO SU RESPONSA BILIDAD . GASTOS C/CONTRATISTA,debe Pronunciarse en 15 d/s ENTIDAD ELABORA OTRA, NOTIFICA AL CONTRATISTA PRONUNCIA 15 D/SGTES OK CONTRATISTA PUEDE OBSERVAR A 15 DIAS sgt. DOC. SUST. CALCULOS DETALLADOS LIQ.CONSENTIDA CUANDO PRACTICADA POR UNA DE LAS PARTES NO ES OBSERV. POR LA OTRA DENTRO PLAZO ESTABLECIDO OBSERVACION UNA DE LAS PARTES OBSERVA, PRONUNCIA 15 d/Rec/Nó ent.Apro OK CONTRATO CONCLUIDO CIERRA EXPEDIENTE DE CONTRATACION DISCREPANCIAS Si una de las partes no acoge Observaciónes CONCILIAC.I/O ARBITR. Dentro de los 7 d/s. Sin Perjuicio cobros parte no controvertida OK Solución de Controversias a/Ley y Reglamento

Solución de Controversias En la Etapa Contractual

La Conciliación Medio autocompositivo o no adjudicativo. El Conciliador asiste a las partes para que ellas mismas den solución a su controversia Materiales conciliables. Todas las controversias que surjan durante la ejecución de los contratos LCE: Pretensiones determinadas o determinables sobre derechos disponibles de las partes. Art. 53| del T.U.O de la Ley y el 185° de su Reglamento

Plazos y la oportunidad para solicitar la Conciliación Desde surgida la controversia hasta antes que quede consentida la liquidación final. La solicitud se presenta ante cualquier Centro de Conciliación, de conformidad con la normativa de conciliación extrajudicial

Formas de conclusión de la Conciliación Acuerdo total. Acuerdo parcial. No acuerdo. Inasistencia de una de las partes a dos sesiones. Inasistencia de ambas partes a una sesión. Respecto de las controversiasno resueltas, deberán ser sometidas a arbitraje.

Medio heterocompositivo o adjudicativo. El Arbitraje Medio heterocompositivo o adjudicativo. Materias Arbitrables Las controversias surgidas en: La ejecución de los contratos. La interpretación LGA: controversias determinadas o determinables sobre las cuales las partes tienen facultad de libre disposición Contratos que celebre el Estado con nacionales o extranjeros domiciliados

El Arbitraje Excepciones: Materias Arbitrables Excepciones: Ley y Reglamento: Adicionales de obra mayores al 10% (Ley del Presupuesto) Vicios ocultos y garantías comerciales. ¿Pagos resultantes de liquidación debidamente consentida? LGA: Controversias que interesan al orden público Directamente concernientes a las atribuciones o funciones de imperio del Estado,

Plazos y oportunidad Se solicita como máximo hasta antes del consentimiento de la Liquidación Final del Contrato. Artículos 139 y 164 del Reglamento

Ejemplo de Convenio Arbitral “Todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidas las que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos mediante arbitraje, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje - CONSUCODE y de acuerdo con su Reglamento”.

Tipo de Arbitraje Arbitraje de Derecho. Árbitro Único y Presidente del Tribunal, deben ser necesariamente abogados. Arbitraje de Conciencia no está permitido.

Número de árbitros Art. 189 del Reglamento Árbitro Único o Tribunal Arbitral (3 árbitros). Las partes deciden. A falta de acuerdo de las partes: Tribunal Arbitral : LP, CP, AD (obras y consultoría de obras) Árbitro Único: AD (bienes y servicios), AMC En caso de exoneraciones: De acuerdo al proceso de selección que correspondería convocar.

Designación de Árbitros Arbitro único SOLICITUD DE ARBITRAJE CONTESTACION A LA SOLICITUD ARBITRO POR ACUERDO DE PARTES 5 DIAS 5 DIAS SOLICITUD AL CONSUCODE DESIGNACION POR CONSUCODE FALTA DE ACUERDO

Designación del Tribunal Arbitral SOLICITANTE DESIGNA ARBITRO 5 DIAS ARBITROS DESIGNAN PRESIDENTE 3 DIAS 3 DIAS EMPLAZADO DESIGNA ARBITRO FALTA ACUERDO DE ARBITROS SOLICITUD A CONSUCODE CONSUCODE DESIGNA 3 DIAS 3 DIAS EMPLAZADO NO DESIGNA ARBITRO SOLICITUD A CONSUCODE CONSUCODE DESIGNA

Recusación de los árbitros Causales. Aplicación complementaria: Artículo 197 del Reglamento: Art. 196 del Reglamento Art. 307 del CPC Artículo 28 de la LGA Procedimiento: Árbitro Único y Tribunales Arbitrales no instalados. Tribunales Arbitrales instalados

Procedimiento Recusación de Árbitros en Arbitrajes Ad Hoc Arbitro único y Tribunal no instalado 2 DIAS 3 DIAS 5 DIAS COMUNICACIÓN AL CONSUCODE DE CAUSAL CONSUCODE NOTIFICA AL ARBITRO ARBITRO ABSUELVE RECUSACION CONSUCODE RESUELVE Y NOTIFICA Este procedimiento se aplica al caso de recusación de 2 o 3 miembros del Tribunal arbitral instalado Tribunal instalado 3 DIAS 5 DIAS TRIBUNAL NOTIFICA AL RECUSADO COMUNICACIÓN AL TRIBUNAL DE CAUSAL ARBITRO ABSUELVE RECUSACION TRIBUNAL RESUELVE Y NOTIFICA

El Laudo Arbitral Es la decisión del Tribunal Arbitral o Árbitro Único. Una suerte de sentencia judicial que puede ser ejecutada ante el Poder Judicial. La inapelabilidad del Laudo Arbitral Se encuentra contemplada en el Art. 199° del Reglamento. Remisión del Laudo Arbitral al CONSUCODE Art. 200° del Reglamento

Flujograma del Procedimiento Arbitral Ad Hoc INSTALACION DE TRIBUNAL ARBITRAL SOLICITUD DE ARBITRAJE DESIGNACION DE ARBITRO CONTESTACION 5 DIAS 5/10 DIAS CONTESTACION DE LA DEMANDA PRESENTACION DE LA DEMANDA ALEGATOS AUDIENCIAS 20 DIAS + 15 DIAS CONTESTACION A LA RECONVENCION RECONVENCION LAUDO EJECUCION CORRECCION INTEGRACION ACLARACION PLAZO 10 DIAS ANULACION

Registro de Árbitros del CONSUCODE Designación de Arbitros por el CONSUCODE Recaerá en profesionales que estén inscritos en su Registro de Árbitros. Asimismo, éste procederá a la instalación del Árbitro Único o Tribunal Arbitral. Responsabilidad penal de los árbitros