APLICACIÓN Y RESULTADOS DEL SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO

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Transcripción de la presentación:

APLICACIÓN Y RESULTADOS DEL SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO APLICACIÓN Y RESULTADOS DEL SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO INGº ALFREDO TORRES ATAIPOMA SUB DIRECTOR DE INSPECCION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

¿CUAL ES LA BASE LEGAL DEL SCTR? D.S. 042-F Reglamento de Seguridad Industrial D.S. 009-2005-TR Reglamento de SST LEY Nº 28806 Ley general de la inspección del trabajo D.S. 019-2006-TR de la Ley R.M. 090-97 TR/DM Registro de entidades que Desarrollan actividades de riesgo. D.S. No 009-97-SA Reglamento de la Ley Nº 26790 D.S. 003-98-SA Normas Técnicas del SCTR N° 26790 Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud BASE LEGAL SCTR

FACULTAD DEL M.T.P.E. PARA FISCALIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL SCTR D.S. Nº 003-98-SA Artículo 42 .- Supervisión y Sanción “El Ministerio de Trabajo y Promoción Social supervisará el cumplimiento de las obligaciones de las Entidades Empleadoras respecto del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, aplicando las sanciones que correspondan en aplicación del Art. 87 del Decreto Supremo N° 009-97-SA y demás normas concordantes”.

FACULTAD DEL M.T.P.E. PARA FISCALIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL SCTR El art. 3º numeral 1, literal b) de la Ley Nº 28806 Ley General de Inspección del Trabajo, faculta al MTPE, para verificar el cumplimiento de las normas sociolaborales, dentro de ellas el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo que también se exige cuando se investigan los accidentes de trabajo de ser el caso. El origen de la actuación inspectiva puede ser : - Por orden de autoridades competentes del MTPE - A solicitud de otro órgano del sector público. - Por denuncia - Por decisión interna del Sistema Inspección. - Por iniciativa de los inspectores. - A petición de trabajadores u organizaciones sindicales.

FORMALIDAD QUE DEBE CUMPLIRSE CUANDO ES DENUNCIA La denuncia debe ser por escrito y contendrá como mínimo: - El nombre del denunciante. - El número de su documento de identidad y su domicilio. - Descripción de los hechos denunciados como constitutivos de infracción, la fecha y el lugar en que se produjeron. - Los datos de identificación que se conozcan del sujeto supuestamente responsable. - Aquellas otras circunstancias que se consideren relevantes para la investigación.

CONTENIDO DE LA ORDEN DE INSPECCION Libro de Planillas de Pago (Registro del Trabajador, boletas de pago y formalidades). Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (Póliza y pago de prima al día a la fecha de la inspección) Registro como empresa de alto riesgo. Póliza del Seguro de Vida Seguridad Social (salud y pensiones)

PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION DE ACCIDENTE DE TRABAJO

DOCUMENTOS A EXHIBIR POR PARTE DEL EMPLEADOR Libro de Planillas de Pago y boletas de pago Inscripción como actividad de alto riesgo en el MTPE Pólizas de las coberturas de salud y de invalidez sepelio con el pago de la prima al día del SCTR Registro en el Seguro Social (salud y pensiones) Seguro de Vida ley de ser el caso, con pago de prima al día.

ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO Según anexo 5 del D. S ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO Según anexo 5 del D.S. Nº 009-97-SA Reglamento de la Ley 26790 Derivados del petróleo y carbón Fabric. productos plásticos Fabric. productos de vidrio Fabric. otros prod. minerales Industria básica del hierro y acero Industria básica de metales no ferrosos Construcción de maquinarias Electricidad, gas y vapor Construcción Servicios de saneamiento Extracción de madera Pesca Petróleo crudo y gas natural Extracción de mineral Industria del tabaco Fabricación de textiles Cuero y sucedáneos Madera y corcho Sustancias químicas indust. Fabric. de otros prod. quím. refinerías de petróleo Transporte aéreo Serv. médico, odontológico

¿Quiénes deben contratar el SCTR? Las que realizan las actividades señaladas en el Anexo 5 del D.S. 009-97-SA. Cooperativas de trabajadores Empresas de servicios especiales Instituciones de intermediación o provisión de mano de obra . Contratistas y subcontratistas

¿Qué Ocurre si la empresa Usuaria no contrata el SCTR? En caso contrario, la empresa usuaria contratará el seguro por cuenta propia a fin de garantizar la cobertura a dichos trabajadores, so pena de responder solidariamente con tales empresas proveedoras, frente al trabajador afectado, ante ESSALUD y a la ONP por las obligaciones previstas.

ASEGURADOS OBLIGATORIOS La totalidad de los trabajadores del centro de trabajo en el cual se desarrollan las actividades de riesgo, sean empleados u obreros, eventuales, temporales o permanentes. Los trabajadores de la empresa que, no perteneciendo al centro de trabajo donde se desarrollan las actividades de riesgo, se encuentran expuestos al riesgo por razón de sus funciones, a juicio de la entidad empleadora y bajo las responsabilidades previstas.

INFRACCION SOBRE SCTR Artículo Nº 27 del D.S. Nº 019-2006-TR Falta grave:… Numeral 27.15: “No cumplir las obligaciones relativas al seguro complementario de trabajo de riesgo a favor de sus trabajadores, incurriéndose en una infracción por cada trabajador afectado”.

Número de Trabajadores Afectados Gravedad de la Infracción Base de Cálculo Número de Trabajadores Afectados 1-10 11-20 21-50 51-80 81-110 110-140 141 A + Leves 1 A 5 UIT 5 A 10% 11 A 15% 16 A 20% 21 A 40% 41 A 50% 51 A 80% 81 A 100% Graves 6 A 10 UIT Muy graves 11 A 20 UIT

Nº Ordenes de Inspección Número de Ordenes generadas en materia de Seguro complementario de riesgo Año Nº Ordenes de Inspección 2007 421 2008 1128 2009 1036 Total 2585

Nº de Ordenes de Inspección según Origen Año Nº de Ordenes de Inspección según Origen Denuncia Operativo Total 2007 339 82 421 2008 403 725 1128 2009 340 696 1036 1082 1503 2585

Nº de Actas de Infracción según año 2007 75 2008 230 2009 131 Total 436

Número de Trabajadores Afectados según el Acta de Infracción, por año Nº de trabajadores afectados 2007 671 2008 2939 2009 1297 Total 4907

Montos propuestos en el acta de Infracción según año MONTO DE MULTAS PROPUESTAS 2007 1`496,230.5 2008 11`141,445.0 2009 3`933,316.25 Total 16`570,991.75

GRACIAS