CONSTITUCIÓN NACIONAL

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Transcripción de la presentación:

CONSTITUCIÓN NACIONAL PODER JUDICIAL CONSTITUCIÓN NACIONAL

¿QUE ES UNA CONSTITUCIÓN? Es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo.

CONSTITUCION NACIONAL Preámbulo Objetivos Destinatarios Valor jurídico - Jurisprudencia

CONSTITUCION NACIONAL PRIMERA PARTE Capítulo Primero: Declaraciones, Derechos y Garantías (arts. 1 a 35) Capítulo Segundo: Nuevos Derechos y Garantías (arts.36 a 43) SEGUNDA PARTE: Autoridades de la Nación Título Primero: Gobierno Federal Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Ministerio Público Título Segundo: Gobiernos de Provincia Disposiciones Transitorias

PRIMERA PARTE DECLARACIONES Manifestaciones políticas, económicas, sociales, religiosas, culturales que configuran y perfilan la Nación argentina como entidad social (15 y 16); la forma de gobierno y estado (1; 5; 6; y 22); los recursos económicos y financieros de éste (4), la relación con la iglesia católica, el establecimiento de la Capital (3); la importancia de la agricultura, la industria y las ciencias y las artes (25).

PRIMERA PARTE DERECHOS Derechos fundamentales: Derechos civiles (art.14) Derechos sociales (art.14 bis) Supresión de la esclavitud (art.15) Igualdad (art.16) Inviolabilidad de la propiedad (art.17)

PRIMERA PARTE NUEVOS DERECHOS Estado democrático: 36 y 37 Partidos políticos: 38 Derecho de iniciativa: 39 Ambiente sano: 41 Consumidores y usuarios: 42

PRIMERA PARTE GARANTÍAS Garantías constitucionales: Debido proceso: artículo 18 Amparo: artículo 43 Amparo ambiental Habeas data Habeas corpus

PIMERA PARTE GARANTÍAS INSTITUCIONALES División de poderes: clásica; federal y constitucional: 1. Derecho a la jurisdicción: 5. Principio de razonabilidad: 28. Principio de legalidad y limitación del poder: 19 y 29. Libertad de prensa: 14 y 32 Democracia: 36 a 38.

SEGUNDA PARTE AUTORIDADES DE LA NACION PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL MINISTERIO PÚBLICO AUDITORIA GENERAL DE LA NACION DEFENSORÍA DEL PUEBLO

PODER LEGISLATIVO ¿CÓMO ESTA FORMADO? Artículo 44 Es un órgano colegiado compuesto de dos cámaras: de diputados de la Nación: 45 a 53. y de senadores de las Provincias: 54 a 62.

SEGUNDA PARTE AUTORIDADES DE LA NACION PODER LEGISLATIVO ATRIBUCIONES DEL CONGRESO: -75- Artículo 75 inciso 17 Artículo 75 inciso 22

PODER EJECUTIVO Sistema presidencialista atenuado: 76; 99 Elección directa con sistema de doble vuelta Duración del mandato: 4 años Se puede reelegir.

Jefe de Estado y Jefe del Gobierno PODER EJECUTIVO Jefe de Estado y Jefe del Gobierno Legislativas: iniciativa, veto, promulgación, decretos de necesidad y urgencia Nombra magistrados de la CSJN con acuerdo del Senado Nombra jueces inferiores de terna propuesta por el Consejo de la Magistratura Indulto y conmutación de penas

PODER EJECUTIVO Nombra y remueve embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios con acuerdo del Senado Nombra y remueve por sí solo Jefe de Gabinete de Ministros y demás Ministros, Funcionarios, Cónsules y empleados Concluye y firma tratados, concordatos, negociaciones internacionales Comandante en Jefe de las fuerzas armadas Decreta la intervención federal a una provincia o ciudad de Buenos Aires en receso del Congreso. Decreta el estado de sitio.

PODER JUDICIAL Órdenes jurisdiccionales: Federal -justicia nacional o de excepción- Provincial -justicia común u ordinaria- Atribuciones del Poder Judicial: Administración de Justicia Administrativas Constitucionales (órganos de designación y remoción)

MINISTERIO PÚBLICO Órgano independiente con autonomía funcional y financiera Promueve la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, de los intereses generales de la sociedad. Está integrado por el Procurador General de la Nación y un Defensor General de la Nación Sus miembros gozan de inmunidad funcional e intangibilidad en las remuneraciones

AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN ÓRGANOS DE CONTROL AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN Control externo del sector público nacional en aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativo. Control de legalidad, gestión y auditoria de toda actividad pública, centralizada o descentralizada. Asiste al Congreso. Interviene en el trámite de aprobación o rechazo de percepción e inversión de los fondos públicos. Presidente es designado a propuesta del el partido de oposición con mayor número de legisladores en el Congreso.

ÓRGANOS DE CONTROL DEFENSOR DEL PUEBLO Plena autonomía funcional Tutela de los derechos humanos y demás derechos y garantías de la Constitución ante hechos u actos de la Administración Tiene legitimación procesal Es designado por el Congreso con las 2/3 partes de los miembros presentes de ambas cámaras, goza de los privilegios e inmunidades parlamentarias Dura cinco años en el cargo y puede ser redesignado una vez

GOBIERNOS DE PROVINCIA Poderes reservados Se dan sus propias instituciones (autonomía plena) Celebran convenios y tratados Régimen especial ciudad autónoma de Buenos Aires.