Sesión 3: Contribuciones

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Transcripción de la presentación:

Sesión 3: Contribuciones Bases Fiscales Sesión 3: Contribuciones

Contextualización En esta sesión estudiaremos la ley de ingresos y el presupuesto de egreso ya que en ellos se encuentra la prelación de las normas constitucionales, en las cuales recordaremos el Artículo 74 de la Constitución y los pasos a seguir para que una iniciativa se convierta en Ley. Asimismo, estudiaremos el Artículo 90 de la Constitución que se refiere a los poderes del ejecutivo y a su deber para la creación de las administraciones que se encargarán en administrar los ingresos y las contribuciones necesarias para obtener los mismos. También analizaremos la estructura de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Reflexionaremos entorno a los artículos 115 y 124 Constitucional, en los cuales se establece la concurrencia del Estado para la creación de leyes que les ayuden al recaudo de contribuciones. sprconsultores.com

Introducción El derecho fiscal, como ya lo hemos estudiado, es el conjunto de normas jurídicas que regulan la determinación, recaudación y administración por parte del Estado El Estado tiene como principal función financiera la obtención de ingresos, los cuales se consiguen a través de los ciudadanos y son utilizadas para satisfacer las necesidades del los mismos; los cuales se hace a través de las contribuciones. Por eso constituyen la principal fuente de ingresos de todo el Estado moderno; el termino contribución es un concepto genérico que engloba a todo lo que auxilia a sufragar los gastos del Estado. En esencia significa que son las aportaciones económicas que hacen los particulares al Estado.

Explicación Concepto de Contribución y Clasificación. Las contribuciones constituyen la principal fuente de ingresos de todo el Estado moderno, el término contribución es un concepto genérico que engloba a todo lo que auxilia a sufragar los gastos del Estado. Significa las aportaciones económicas que hacen los particulares al Estado, para que éste pueda realizar sus atribuciones, que a su vez se traducen dentro de otras, en servicios públicos en beneficio de la comunidad que los recibe.

Marco constitucional de las contribuciones

La Concurrencia Tributaria La facultad concurrente entre la Federación, estados y municipios tiene como fundamento el artículo 124 constitucional, el cual señala que todas las facultades que no están expresamente mencionadas se reservan para los estados, lo que hace necesario que exista una coordinación entre éstos y la Federación en el ámbito fiscal. En el artículo 40 constitucional encontramos el fundamento de la concurrencia, el cual dispone que sea voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una Federación.

El sistema fiscal mexicano se divide en tres sujetos activos de la obligación contributiva, los cuales son: La Federación. Constituida por las diversas entidades territoriales de la República Mexicana. Las entidades Federativas. Son las partes integrantes de la Federación, libres y soberanas, en lo que toca a su régimen interior; en otras palabras es su extensión territorial. Los Municipios. Los cuales se definen como la cédula de la organización política del Estado Mexicano, al servir de base para la división territorial y para su estructura política y administrativa de las entidades federativas. tolucadelerdo.olx.com.mx

Conclusión El cumplimiento de las contribuciones tiene como propósito el dotar al Estado de recursos económicos para que pueda sufragar sus gatos; existen amplias posibilidades para fortalecer la recaudación de impuestos mediante una reforma tributaria que amplié la base tributaria y aumenten los recursos para satisfacer las necesidades del gasto público. Asimismo, la concurrencia tributaria en una Federación es necesaria para la coordinación gubernamental y eliminar los efectos negativos de la coexistencia sin coordinación de sistemas fiscales que funcionan en el mismo espacio y con los mismos contribuyentes. Este poder tributario está limitado por la Constitución de la República Federal y por la propia en el ámbito estatal. La existencia de lo anterior, ayuda a definir una mejor distribución en materia de gasto público y de potestades tributarias.

Para aprender más Hernández, M. (s/p). Las contribuciones en México. Consultado el 16 de octubre de 2013: http://www.fiscalistas.net/colabora/marcelo/contribumex.html Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (2013). Ley de Ingresos de la Federación. Consultado el 16 de octubre de 2013: http://www.shcp.gob.mx/INGRESOS/Paginas/leyIngresos.aspx

Cibergrafía Carrasco, H. (2001). Derecho Fiscal I. Consultado el 16 de octubre de 2013: http://descargas.institutosigloxxi- moodle.com/prueba/descargas/D27%20Derecho%20Fiscal%20I/DERECHO%20FISC AL%20I.pdf   Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (2013). En Instituto de Investigaciones Jurídicas. Consultado el 16 de octubre de 2013: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/75.htm?s= Fernández, R. (1998). Derecho Fiscal. Consultado el 16 de octubre de 2013: http://descargas.institutosigloxxi- moodle.com/prueba/descargas/D27%20Derecho%20Fiscal%20I/DERECHO%20FISC AL.pdf