Sesión 7: Notificaciones

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
MARCO JURIDICO DE LAS NOTIFICACIONES
Advertisements

El procedimiento Administrativo de Ejecución
Expositor: Marco Reynoso Guzmán
CÓDIGO TRIBUTARIO Libro Tercero 01.
EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN DE LA SUNAT
LA VISITA DOMICILIARIA Y MEDIOS DE DEFENSA
Condonación de multas y recargos de acuerdo al articulo 16, apartado C, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011.
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MEXICO Contraloría Dirección de Responsabilidades Administrativas NOTIFICACIONES.
Nuevo Esquema de Pagos Electrónicos (NEPE)
RECONOCIMIENTO ADUANERO
 Letra de Cambio.  Cheque.  Pagaré.
[Nombre y firma del trabajador]
7: DE LAS INCONFORMIDADES Y DEL PRODECIMIENTO DE CONCILIACION
En cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (en adelante, la Ley) Protección Patrimonial.
Solicitud de Cambio de Domicilio por
Sesión 5: Facultad revisora o de comprobación. Primera parte.
Sesión 11: Procedimiento Administrativo de Ejecución
Sesión 8: Los Créditos Fiscales
Sesión 3: Contribuciones
Sesión 6: Facultad revisora o de comprobación. Segunda parte.
Bases Fiscales Sesión 4: Consultas, resoluciones favorables a los particulares y negativa ficta.
Sesión 12: Medios de Defensa
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA de la PROVINCIA DE NEUQUÉN Taller de capacitación a los Oficiales de Justicia Ad-Hoc de la Provincia del Neuquén Disertante:
EJERCICIO INDEBIDO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y CATEOS ILEGALES
S.F.A. SOLUCIONES FISCALES ARECHIGA “DIA A DIA EN FISCAL”
UNIDAD VI LAS GARANTIAS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT
Sesión 2: Conceptos generales de derecho fiscal. Segunda parte.
Sesión 10: Los Delitos Fiscales
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Requerimiento de Pago.
Procedimiento administrativo en materia aduanera
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS:
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION
¿Qué es una notificación?
Sesión 1: Conceptos generales de derecho fiscal. Primera parte.
¿QUE ES UNA INSPECCIÓN DEL TRABAJO?
INFRACCIONES Por su parte, el CFF establece en su artículo 71 quien es el infractor, cuando menciona que el responsable es la comisión de infracciones,
APLICACIÓN PRÁCTICA DEL CFF
GARANTIZAR EL ACCESO DE LOS CONTRIBUYENTES A LA JUSTICIA EN MATERIA FISCAL EN EL ORDEN FEDERAL, VELANDO POR EL CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE SUS DERECHOS.
El Recurso de Inconformidad
Programa Ecex – Empresas de Comercio Exterior
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo Facultad de Contaduría y Ciencias Administrativas Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana.
EL ACTO ADMINISTRATIVO
DEVOLUCIONES AUTOMÁTICAS Fecha: 08/02/ CRITERIOS PARA DEVOLUCIONES AUTOMATICAS CRITERIOS 1.- Es una facilidad administrativa para el contribuyente.
Derechos y obligaciones de los Beneficiarios Derechos: a.Recibir asesoría por parte de las unidades responsables, delegaciones, instancias ejecutoras o.
HERNÁNDEZ-MENDIBLE & ASOCIADOS Comisión de Contrataciones, ULA QUE HACER EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE UN PROVEEDOR.
EL PROCEDIMIENTO ANTE ARBITROS. CATEGORIAS Los árbitros, son de tres clases: -de derecho, - arbitradores y -mixtos.
Licenciatura en Administración Pública
Presentación Código Fiscal de la Federación
ACTO ADMINISTRATIVO Clasificación de los Actos Administrativos.
- Definición - Requisitos - Eficacia - Extinción
Carta de los derechos Del contribuyente Auditado FCA 2015.
Auditoria GABINETE INTEGRANTES : GERARDO GURROLA YANETH ALBA
NOTIFICACIÓN POR CARTA CERTIFICADA CON AVISO DE RETORNO Lebl Price, David CNACAF SALA V 20/12/2010 ANTECEDENTE CLUB ATLÉTICO NEWELL´S OLD BOYS CNACAF SALA.
NOTIFICACIÓN DE ACTOS Y OTROS DOCUMENTOS
LA DEFENSA EN MATERIA FISCAL
INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO administrativo
“CUMPLIMIENTO DE EJECUTORIAS DE AMPARO
Marco Jurídico Mexicano
SEGUIMIENTO DE DOCUMENTOS SEGUIMIENTO DE DOCUMENTOS.
Concesión administrativa
PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS
LA ACTUACION DE LAS AUTORIDADES FISCALES
Septiembre 2015 Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Estado de Morelos.
Semblanza del Articulo 16 y 17 constitucional.
INICIACIÓN Art. 151 Código TributarioArt. 151 Código Tributario VERIFICACIÓN AUDIENCIA Art. 146 Código TributarioArt. 146 Código.
Proyecto de Ley que Modifica la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado.
IV. Los hechos que den motivo a la demanda. V. Las pruebas que ofrezca. En caso de que se ofrezca prueba pericial o testimonial se precisarán los hechos.
Actos y Procedimientos Administrativos
Transcripción de la presentación:

Sesión 7: Notificaciones Bases Fiscales Sesión 7: Notificaciones

Contextualización En esta sesión estudiaremos las notificaciones así como su concepto, ya que todos como ciudadanos estamos sujetos a ésta; por lo que es importante conocer el mismo. Asimismo, señalaremos el fundamento constitucional y el marco jurídico sobre el cual se encuentran las notificaciones, ya que por medio de ellas se producen los efectos del acto que se comunica, por lo cual también es necesario conocer las formas de notificación, el momento en el cual surten efectos, los actos que se deben notificar; así como los requisitos y los tipos de notificaciones que existen. Con la finalidad de que al terminar esta sesión se conozca, comprenda y aplique la notificación, sus formas y efectos que resultan de la misma, dentro de la materia fiscal.

Introducción Los ciudadanos normalmente estamos sujetos a diferentes tipos de avisos o notificaciones que pueden ser realizadas por escrito o en forma verbal; en materia fiscal, esta es una de las formas de publicidad de los actos administrativos, que derivan de la manera más común de comunicación entre la administración pública y los ciudadanos. Las notificaciones tienen como fundamento el Artículo 16 Constitucional, el cual en su primer párrafo establece: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento...” sheyla23490.blogspot.com

Notificación Escrita Verbal

Explicación Concepto La Secretaría de Hacienda y Crédito Público en su página del Servicio de Administración Tributaria nos menciona que: “Es el acto por el cual la autoridad le da a conocer formalmente, una situación o hecho relacionado con sus obligaciones fiscales, su objetivo es dejar constancia por escrito”. Luis Raúl Díaz González (2001) en su libro Medios de Defensa Fiscal lo define como “el acto por medio del cual se hace del conocimiento de las partes o de un tercero el contenido de una resolución dictada por el juzgador” En materia fiscal es la forma que tiene la autoridad fiscal de dar a conocer los actos y las resoluciones a los contribuyentes

Formas de Notificación Marco Jurídico Los artículos del 134 al 140 del Código fiscal de la Federación establecen la forma en que se harán del conocimiento al contribuyente los actos o las resoluciones que procedan relacionadas con las contribuciones, señalando el procedimiento específico para llevar acabo las notificaciones. Formas de Notificación Según lo dispuesto en el Artículo 136 del CFF nos menciona que los lugares para notificación son: En las oficinas de las autoridades fiscales En el último domicilio que el contribuyente haya señalado para efectos del registro federal de contribuyentes Fuera del domicilio o en las oficinas

Momento en que surten efectos El artículo 135 del Código Fiscal de la Federación menciona que: Surtirán sus efectos las notificaciones el día hábil siguiente a aquél en que fueron hechas y al practicarlas deberá proporcionarse al interesado copia del acto administrativo que se notifique. Cuando la notificación la hagan directamente las autoridades fiscales, deberá señalarse la fecha en que ésta se efectúe, recabando el nombre y la firma de la persona con quien se entienda la diligencia. Si ésta se niega a una u otra cosa, se hará constar en el acta de notificación. www.minminas.gov.co

Actos que deben notificarse El artículo 137 menciona que debe notificarse personalmente, en caso de que: El notificador no encuentre a quien deba notificar, le dejará citatorio en el domicilio, sea para que espere a una hora fija del día hábil siguiente o para que acuda a notificarse, dentro del plazo de seis días, a las oficinas de las autoridades fiscales. El procedimiento administrativo de actos de ejecución de la notificación; es que se dejara un citatorio, si la persona citada o su representante legal no esperaren, se practicará la diligencia con quien se encuentre en el domicilio o en su defecto con un vecino. En caso de que estos últimos se negasen a recibir la notificación, ésta se hará por medio de instructivo que se fijará en lugar visible de dicho domicilio, debiendo el notificador asentar razón de tal circunstancia para dar cuenta al jefe de la oficina exactora.

Conclusión Podemos entender que los ciudadanos basándonos en lo señalado en el artículo 6 Constitucional, no podemos ser molestados por ningún acto jurídico sin antes ser notificados, por lo cual la autoridad fiscal los obliga a hacer dichas notificaciones, por requerimientos de los contribuyentes, cumpliendo sus obligaciones y los requerimientos de las instancias o peticiones. En materia fiscal la diligencia de notificaciones es una acción jurídica formal y genérica, por la cual la autoridad da a conocer el contenido de un acto o resolución a la parte interesada, ya sea en directa, a sus representantes legales o alguna persona autorizada para su efecto, así como también en el caso de no estar presente ninguno de los anteriores se podrá dejar la misma en su domicilio y se tomara como efectuada la notificación.

Para aprender más Servicio de Administración Tributaria. (s/p). Asesoría. Consultado el 17 de octubre de 2013: http://www.sat.gob.mx/adeudosfiscales/asesoria6_a.htm

Referencias Díaz, L. (2001). Recursos Administrativo. Medios de defensa Fiscal. México: Gasca Sicco. Cibergrafía Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2011). Código Fiscal de la Federación. Consultado el 16 de octubre de 2013: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/8.pdf Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (s/f). Consultado el 16 de octubre de 2013: http://www.shcp.gob.mx/Paginas/default.aspx