JUSTICIA INTRAPARTIDARIA

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Transcripción de la presentación:

JUSTICIA INTRAPARTIDARIA

Partidos políticos Organizaciones de ciudadanos Fines: la realización de actividades indispensables para hacer realidad, mantener y mejorar la democracia Entidades de interés público

Participación de los ciudadanos (afiliados, militantes, adherentes) Intervienen en la formación, organización y permanencia de los partidos Defienden intereses comunes Buscan el acceso al poder Su participación optimiza y potencializa derechos fundamentales

Bases para su organización, estructura y funcionamiento División de labores, funciones y responsabilidades Establecimiento de órganos y/o funcionarios con poderes de decisión y ejecución Regulación entre órganos y entre estos e individuos Adopción de medidas necesarias para vigilar su cumplimiento y restituir a la militancia afectada

Deben adecuarse a los principios del Estado Democrático (39, 40 y 41 Constitución y 38 COFIPE) Elementos relacionados con el aspecto organizativo Elementos concernientes al respeto de los derechos fundamentales de los afiliados

Aspecto organizativo 1. Carácter electivo de los cargos directivos 2. Derecho de todos los afiliados al sufragio activo y pasivo 3. Facilidad de construcción de corrientes al interior del partido 4. Naturaleza colegiada de los órganos decisores 5. Adopción de la regla de la mayoría 6. Fomentar la aplicación de instrumentos de democracia directa 7. Participación de los niveles inferiores

Respeto a los derechos fundamentales 1. Libertad de expresión 2. Acceso a cargos del partido 3. Acceso a información 4. Libre acceso y salida del partido 5. Procedimientos disciplinarios, con garantías procesales 6. Reconocimiento de derechos fundamentales

Evolución de la justicia intrapartidaria 1ª fase. No se podían ventilar esas controversias en tribunales Los partidos políticos no podían considerarse como sujetos pasivos, dado que los únicos actos impugnables eran los de las autoridades del Estado.

Evolución de la justicia intrapartidaria 2ª fase. Se encontraron mecanismos de tutela parcial. Al analizar los actos de la autoridad electoral si se encontraba que estos estaban viciados debían invalidarse.

Evolución de la justicia intrapartidaria 3ª fase. Se estimó que el control lo podía realizar el IFE Se ejerció control por vía administrativa, a través de un procedimiento sancionador.

Evolución de la justicia intrapartidaria 4ª fase. Tutela mediante la revisión estatutaria La ilegalidad o inconstitucionalidad de los estatutos podía impugnarse en 3 momentos distintos: 1. Cuando se encuentre en el texto original y pese a ello se conceda el registro como partido político 2. Cuando los vicios surgen en una modificación a los estatutos 3. Contra el primer acto de aplicación

Evolución de la justicia intrapartidaria 5ª fase. Se admitió la procedencia del JDC contra actos de partidos El derecho a la jurisdicción no establece excepción. Existe normatividad internacional que obliga a contar con un medio para defender los derechos humanos. Una de las finalidades del sistema de medios de impugnación es garantizar la protección de los derechos político-electorales.

Solución de controversias intrapartidistas Órganos y medios de impugnación internos Tribunales y medios de impugnación locales Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Jurisdicción en los conflictos intrapartidistas Función de amigable componedor Con resoluciones obligatorias Establecimiento de órganos especializados Creación de procedimientos en los que se respeten las garantías del debido proceso Con aptitud de restituir, adecuada, oportuna y totalmente los derechos infringidos Imponiendo la carga de ocurrir, prima facie, a ellos (definitividad)

Jurisdicción del Estado Después de agotar las instancias intrapartidistas Per saltum Cuando los órganos no estén establecidos No se garantice su independencia e imparcialidad No se respeten las formalidades esenciales del procedimiento No resulten eficaces para restituir a los promoventes en el goce de sus derechos Cuando su agotamiento se traduzca en una merma

Medios de impugnación PAN

PAN Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Juicio de Inconformidad 2 días siguientes a la fecha de la Jornada Electoral En contra de todos los actos relacionados con el proceso de selección de candidatos. Salas de la Comisión Nacional de Elecciones Los que se interpongan con motivo de los resultados de procesos de selección para candidatos o que soliciten la nulidad de todo un proceso de selección de candidato deberán quedar resueltos a más tardar 9 días después de la fecha de la Jornada Electoral. En los demás casos deberá quedar resuelto a más tardar 20 días después de su presentación. Recurso de Reconsideración Dentro de los 2 días siguientes a la notificación de la resolución de la Sala correspondiente Las resoluciones dictadas por las Salas de la Comisión Nacional de Elecciones en los Juicios de Inconformidad. Pleno de la Comisión Nacional de Elecciones Los que versen sobre los resultados de la elección de candidatos a Diputados Federales, Senadores y Presidente de la República, deberán ser resueltos a más tardar 14 días después de la fecha de la Jornada Electoral. *Los medios de impugnación previstos en el Reglamento de Selección de Candidatos deberán presentarse dentro de los 4 días, salvo las excepciones previstas expresamente.

Comité Ejecutivo Nacional PAN Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver (cont. Recurso de Reconsideración) Los que versen sobre los resultados de los procesos de selección de candidatos distintos, así como los que demanden la nulidad de todo un proceso deberán ser resueltos a más tardar 3 días antes de la fecha prevista por la legislación electoral correspondiente o en su defecto dentro de los 20 días siguientes al que se interpuso el recurso. Juicio de Revisión No se señala Contra los actos de la Comisión Nacional de Elecciones, que no sean resoluciones recaídas a los Juicios de Inconformidad o a los Recursos de Reconsideración. Comité Ejecutivo Nacional Los que versen sobre los resultados de la elección de candidatos a Diputados Federales, Senadores y Presidente de la República, deberán ser resueltos a más tardar 14 días después de la fecha de la Jornada Electoral.

Comisión Nacional de Elecciones PAN Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver (Cont. Juicio de Revisión) No procederá en contra de elecciones de candidatos a diputados locales y federales de representación proporcional, a cargos de gobierno municipal, candidatos a Gobernador o Jefe de Gobierno. Los que versen sobre los resultados de los procesos de selección de candidatos no señalados anteriormente, deberán ser resueltos a más tardar 3 días antes de la fecha prevista por la legislación electoral correspondiente o en su defecto dentro de los 20 días siguientes al que se interpuso el recurso. Queja A más tardar dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha en que hubiesen sucedido las presuntas violaciones En contra de otros precandidatos por la presunta violación a los Estatutos Generales, Reglamentos y demás normas del Partido durante el proceso interno. Comisión Nacional de Elecciones Dentro de los 3 días siguientes a su presentación. Recurso de revocación Dentro de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación Contra amonestaciones a los miembros activos, por parte de los Comités Ejecutivo Nacional, Directivos Estatales o Municipales, así como sus Presidentes. Sólo procederá ante el propio Comité o el Presidente del Comité que la haya acordado Dentro de los 20 días hábiles siguientes al de su presentación.

Comisión de Orden del Consejo Nacional PAN Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver (Cont. Recurso de revocación) La privación de cargo interno de elección del Partido acordada por los Comités Ejecutivo Nacional, Directivos Estatales o Municipales. Ante el mismo órgano La suspensión de uno o varios derechos, la inhabilitación para ser dirigente o candidato y la expulsión, acordadas por las Comisiones de Orden de los Consejos de cada entidad federativa, a solicitud del Comité Directivo Municipal o Estatal respectivo o del Comité Ejecutivo Nacional. La Comisión de Orden del Consejo Nacional y la Comisión de Orden del Consejo Estatal respectivo. En un plazo de 40 días hábiles a partir de que se reciba la solicitud de sanción o el recurso correspondiente. 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su notificación. La declaratoria de expulsión, hecha por el Comité Ejecutivo Nacional y los Comités Directivos Estatales, del miembro activo de su jurisdicción cuando se compruebe que participa, ingresa o acepta ser candidato de otro partido político. Comisión de Orden del Consejo Nacional Se sustanciarán en un término que no exceda de 15 días.

Partido políticos nacionales Medios de impugnación Coalición "Compromiso por México“ Partido políticos nacionales Revolucionario Institucional Verde Ecologista de México

“Compromiso por México” CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- De la sustanciación de las controversias intrapartidarias. Las partes acuerdan que cada partido político coaligado atenderá los medios de impugnación internos que promuevan sus militantes y sus precandidatos con motivo de los resultados de los procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular, con base en los términos y procedimientos que se establezcan en su respectiva normatividad interna que resulte aplicable a cada caso, y con sujeción a sus órganos competentes, los que deberán quedar resueltos en definitiva a más tardar catorce días naturales después de la fecha de realización de la consulta mediante voto directo, o de la asamblea en que se haya adoptado la decisión sobre candidaturas.

Medios de impugnación PRI

PRI Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Recurso de Inconformidad 48 horas En contra de la negativa de recepción de solicitud de registro para participar en procesos internos, en los términos de la Convocatoria respectiva; y en contra de los dictámenes de aceptación y/o negativa de registro de precandidatos y candidatos en procesos internos de elección de dirigentes y postulación de candidatos. Comisiones Estatales y del Distrito Federal de Justicia Partidaria, cuando el acto recurrible sea emitido por las Comisiones de Procesos Internos de ámbito municipal, delegacional, Estatal o del Distrito Federal conforme a los Estatutos; y La Comisión Nacional de Justicia Partidaria en tratándose de actos reclamados que sean emitidos por la Comisión Nacional de Procesos Internos; Dentro de las 72 horas siguientes después de su admisión, la cual deberá hacerse inmediatamente a su presentación.

PRI Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Juicio de Nulidad 48 horas En contra de los cómputos totales y la entrega de constancias de mayoría y declaración de validez en procesos internos de elección de dirigentes y postulación de candidatos. En el ámbito municipal, delegacional, distrital, estatal y del Distrito Federal, las Comisiones Estatales y del Distrito Federal de Justicia Partidaria, según corresponda; y la Comisión Nacional de Justicia Partidaria tratándose del ámbito nacional y/o federal. Dentro de las 72 horas siguientes después de su admisión, la cual deberá hacerse inmediatamente a su presentación.

Comisión Nacional de Justicia Partidaria PRI Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Recurso de Apelación 48 horas En contra de las resoluciones dictadas por las Comisiones Estatales y del Distrito Federal de Justicia Partidaria en los recursos de Inconformidad y juicios de nulidad. Comisión Nacional de Justicia Partidaria Dentro de las 72 horas siguientes después de su admisión, la cual deberá hacerse inmediatamente a su presentación. Juicio para la Protección de los Derechos Partidarios del Militante Dentro de los 4 días hábiles contados a partir del día siguiente del que se hubiese notificado, publicado o conocido el acto o resolución impugnado Contra los actos que sean recurribles conforme a los Estatutos. Comisiones nacional, estatal y del Distrito Federal de Justicia Partidaria No se señala

Medios de impugnación Partido Verde Ecologista de México

Comisión Nacional de Honor y Justicia Partido Verde Ecologista de México Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Procedimiento para dirimir conflictos internos Dentro de los 3 días contados a partir del día siguiente a que se tenga conocimiento del acto o Resolución Tendrá como objetivos básicos el sancionar a los militantes o adherentes que violen los Documentos Básicos, o cometan actos de indisciplina en detrimento del Partido, u omisión en el ejercicio de sus obligaciones partidarias o públicas, desviación de recursos o actos en contra de la honorabilidad del Partido. Comisión Nacional de Honor y Justicia Y las Comisiones Estatales de Honor y Justicia, y del Distrito Federal, en sus respectivos ámbitos No se señala Recurso de Queja Contra los actos o resoluciones de los órganos o funcionarios partidistas a nivel Estatal o municipal o delegacional en el caso del Distrito Federal, así como contra cualquier conducta que vaya en contra de los documentos Básicos del Partido que realicen sus militantes o adherentes. Recurso de Apelación Contra de las Resoluciones recaídas a los recursos de queja o contra los actos o Resoluciones de los órganos o funcionarios partidistas a nivel nacional.

Partidos políticos nacionales Medios de impugnación Coalición “Movimiento Progresista” Partidos políticos nacionales De la Revolución Democrática Del Trabajo Movimiento Ciudadano

“Movimiento Progresista” TERCERA.- Que de conformidad con lo que se establece en el artículo 98, numeral 1, inciso c) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el procedimiento que seguirá cada partido político para la selección de los candidatos que serán postulados por la coalición, será de conformidad a los Estatutos de cada uno de los partidos políticos coaligados y en los términos del presente convenio. DÉCIMA PRIMERA.- En la definición de las candidaturas a que se refieren los párrafos anteriores, cada uno de los partidos políticos coaligados observará lo previsto en sus convocatorias respectivas y sus normas estatutarias. ***De estas dos cláusulas, se desprende que se seguirán las normas aplicables en la normatividad interna de cada partido político, y por ende, sus instancias intrapartidistas.

Medios de impugnación Partido de la Revolución Democrática

Comisión Nacional de Garantías PRD Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Queja electoral Dentro de los 4 días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que se dictó el acuerdo o aconteció el acto que se reclama a) Las Convocatorias emitidas para elección interna de renovación de órganos de dirección del Partido; b) Las convocatorias emitidas para la elección interna de cargos de elección popular del Partido; c) Los actos u omisiones de los candidatos o precandidatos, que contravengan las disposiciones relativas al proceso electoral, previstas en el Estatuto o Reglamentos; d) Los actos o resoluciones de la Comisión Política Nacional que a través de la Comisión Nacional Electoral o sus integrantes, que no sean impugnables por el recurso de inconformidad y que cause perjuicio a los candidatos o precandidatos; y Comisión Nacional de Garantías Las que se presenten contra candidatos a elecciones relativas a renovación de órganos del Partido, a más tardar 3 días antes de la toma de posesión respectiva; y Las que se presenten contra precandidatos de las elecciones a cargos de elección popular, a más tardar antes del inicio del plazo de registro de candidatos, de acuerdo a lo dispuesto por las leyes electorales. Las que se presenten contra Convocatorias, a más tardar en 10 días naturales contados a partir de la integración del expediente.

La Comisión Nacional de Garantías PRD Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver (Cont. Queja electoral) e) Los actos o resoluciones de cualquiera de los órganos del Partido, que no sean impugnables a través del recurso de inconformidad y que cause perjuicio a los candidatos o precandidatos; Inconformidad Dentro de los 4 días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que se dictó el acuerdo o aconteció el acto que se reclama a) En contra de los cómputos finales de las elecciones y procesos de consulta; b) En contra de la asignación de Delegados o Consejeros del ámbito de que se trate; c) En contra de la asignación de candidatos por planillas o fórmulas; y d) En contra de la inelegibilidad de candidatos o precandidatos. La Comisión Nacional de Garantías a) Las que se reciban antes de la jornada electoral deberán resolverse dentro de los 6 días siguientes a su admisión; b) Las que se presenten en contra de resultados finales de las elecciones relativas a la renovación de los órganos del Partido se deberán resolver a más tardar 7 días antes de la toma de posesión respectiva; c) Las que se presenten en contra de los resultados finales de las elecciones en relación con

PRD Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver (Cont. Inconformidad) la postulación de candidatos a cargos de elección popular, deberán resolverse 10 días antes del inicio del plazo de registro de candidatos. d) Las que se presenten en contra de registros de candidatos o precandidatos para participar en la elección interna, deberán resolverse 15 días antes de la jornada electoral interna. Las que se interpongan con motivo de los resultados de los procesos de selección interna de candidatos federales a cargos de elección popular deberán quedar resueltas en definitiva a más tardar 14 días después de la fecha de la elección realizada.

PRD Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Recurso innominado contra la imposición de sanciones No se señala Sanciones impuestas por la Comisión Política Nacional cuando un afiliado o dirigente del Partido haya incurrido en hechos que constituyen causales de suspensión temporal, inhabilitación o de cancelación de membresía. Comisión Nacional de Garantías Procedimiento sancionatorio Actos en que incurran los afiliados del Partido por violaciones graves al Estatuto y Reglamentos que requieran urgente resolución. Comité Ejecutivo Nacional En un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir del día siguiente de su interposición. 5 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución Las resoluciones que emita el Comité Ejecutivo Nacional con motivo del procedimiento sancionatorio.

Medios de impugnación Partido del Trabajo

Comisión Nacional de Derechos, Legalidad y de Vigilancia PT Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Queja Dentro de los 4 días naturales, contados a partir del día siguiente en que se tenga conocimiento del Acto o Resolución En contra de actos u omisiones de los Órganos Nacionales. De las quejas, conflictos o controversias de significado Nacional. Comisión Nacional, Estatal o del Distrito Federal, de Garantías, Justicia y Controversias, según corresponda el caso Dentro de un plazo no mayor de 60 días naturales, salvo los casos previstos en la ley. Recurso de apelación En contra de la resolución adoptada en la queja. Comisión Nacional de Derechos, Legalidad y de Vigilancia Dentro de un plazo no mayor de 30 días naturales, salvo los casos previstos en la ley. Procedimiento para dirimir conflictos intrapartidarios No se señala Conflictos intrapartidarios a nivel Nacional, Estatal, del Distrito Federal, Delegacional y Municipal. En primera instancia por la Comisión Nacional, Estatal o del Distrito Federal, de Garantías, Justicia y Controversias, según corresponda el caso

Comisión Nacional de Derechos, Legalidad y de Vigilancia PT Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Apelación En un plazo no mayor de 4 días a partir de la notificación de la sanción Contra las sanciones aplicadas por la Comisión Nacional de Garantías, Justicia y Controversias: a) Advertencia formal. b) Revocación del mandato del cargo de dirección partidaria. c) Separación y suspensión temporal de sus derechos como militante del Partido del Trabajo. d) Expulsión definitiva, cancelación de membresía, y en su caso, promover la acción judicial que corresponda. e) Inhabilitación para ser postulado a cargos de elección popular o partidaria. f) Pérdida del derecho a ser electo como integrante de los órganos directivos. Comisión Nacional de Derechos, Legalidad y de Vigilancia No se prevé

Medios de impugnación Movimiento Ciudadano

Movimiento Ciudadano Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Recurso de apelación Dentro de los 4 días contados a partir del día siguiente a la notificación o de que se tenga conocimiento del acto o de la resolución impugnada Para impugnar actos o resoluciones emanados de los órganos de control de las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, así como de los relacionados con las elecciones internas del Movimiento Ciudadano. Para impugnar actos o resoluciones relacionados con las elecciones internas en el ámbito estatal. En segunda y definitiva instancia, la Comisión Nacional de Elecciones En primera instancia, las Comisiones Estatales de Elecciones No se señala Dentro de los 4 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución recurrida Los fallos de las Comisiones Estatales de Garantías y Disciplina. La Comisión Nacional de Garantías y Disciplina 30 días hábiles

Medios de impugnación Nueva Alianza

Nueva Alianza Recurso Plazo para promover Actos Resuelve Plazo para resolver Recurso de queja Dentro de los 3 días siguientes a que se haya notificado el acto o resolución impugnada La violación a los derechos partidarios establecidos en el Estatuto. Comisiones de Legalidad y Transparencia de cada circunscripción Dentro de los 5 días siguientes, contados a partir de la recepción del mismo. Juicio de revisión No se señala En contra de las resoluciones que emitan las Comisiones de Legalidad y Transparencia de Circunscripción en el ejercicio de las atribuciones que les son conferidas por el presente Estatuto y el Reglamento correspondiente. La Comisión Nacional de legalidad y transparencia