De acuerdo con el artículo 71, fracción II, de la LTAIPDF, el Pleno del InfoDF es el órgano facultado para investigar, conocer y resolver los recursos.

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Expedientes resueltos por la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo (DJDN) De acuerdo con el artículo 71, fracción II, de la LTAIPDF, el Pleno del InfoDF.
Expedientes resueltos por la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo (DJDN) De acuerdo con el artículo 71, fracción II, de la LTAIPDF, el Pleno del InfoDF.
Expedientes Resueltos por la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo (DJDN) De acuerdo con el artículo 71, fracción II, de la LTAIPDF, el Pleno del InfoDF.
Transcripción de la presentación:

De acuerdo con el artículo 71, fracción II, de la LTAIPDF, el Pleno del InfoDF es el órgano facultado para investigar, conocer y resolver los recursos de revisión que en términos de dicho ordenamiento legal se interpongan; por su parte, la fracción VII del mismo artículo le otorga la facultad de emitir su Reglamento Interno. La fracción III, del mismo artículo de este último ordenamiento dispone que, en relación con los recursos de revisión que se interpongan con base en la LTAIPDF y la LPDPDF, es atribución de la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo (DJDN): 1)Desecharlos cuando no encuadren en las hipótesis de procedencia previstas en dichas leyes; 2)Tenerlos por no interpuestos cuando no cubran los requisitos establecidos en el artículo 78 de la LTAIPDF; y, 3)Sobreseerlos ante el desistimiento expreso del recurrente. De acuerdo con el artículo 71, fracción II, de la LTAIPDF, el Pleno del InfoDF es el órgano facultado para investigar, conocer y resolver los recursos de revisión que en términos de dicho ordenamiento legal se interpongan; por su parte, la fracción VII del mismo artículo le otorga la facultad de emitir su Reglamento Interno. La fracción III, del mismo artículo de este último ordenamiento dispone que, en relación con los recursos de revisión que se interpongan con base en la LTAIPDF y la LPDPDF, es atribución de la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo (DJDN): 1)Desecharlos cuando no encuadren en las hipótesis de procedencia previstas en dichas leyes; 2)Tenerlos por no interpuestos cuando no cubran los requisitos establecidos en el artículo 78 de la LTAIPDF; y, 3)Sobreseerlos ante el desistimiento expreso del recurrente. Expedientes Resueltos por la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo (DJDN)

Recursos de Revisión interpuestos (pendientes y resueltos por el Pleno y por la DJDN) (Periodo: Ene–Mzo 2014) FUENTE: INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, DIRECCIÓN JURÍDICA Y DESARROLLO NORMATIVO.

Sentido de la Resolución resueltos por Acuerdo (Ene–Mzo 2014) FUENTE: INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, DIRECCIÓN JURÍDICA Y DESARROLLO NORMATIVO.

Sentido de la Resolución resueltos por el Pleno (Ene–Mzo 2014) FUENTE: INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, DIRECCIÓN JURÍDICA Y DESARROLLO NORMATIVO.

Estatus de cumplimiento de la Resolución (Ene–Mzo 2014) FUENTE: INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, DIRECCIÓN JURÍDICA Y DESARROLLO NORMATIVO.

Los datos, cantidades y estadísticas que se señalan están actualizadas con lo recibido durante el primer trimestre de 2014, (hasta el día 31 de marzo). Nota FUENTE: INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, DIRECCIÓN JURÍDICA Y DESARROLLO NORMATIVO.