RAMA JUDICIAL Es un poder básico del estado, su soberanía con referencia a la función pública de administración de justicia.
MANIFESTACIONES DE JURISDICCIÓN La jurisdicción es única, no obstante se distingue por aspectos que corresponden a factores de competencia. Dentro de la jurisdicción se encuentran especialidades por materias: civil, penal, laboral, comercial, de familia, agraria y frente a estas se conocen las jurisdicciones especiales.
JURISDICCIONES ESPECIALES Jurisdicción contencioso administrativa Jurisdicción penal militar Jurisdicción arbitral Jurisdicción disciplinaria Jurisdicción contenciosa y voluntaria.
INSTRUMENTO POR EL CUAL SE PROCESA LA JURISDICCION El proceso es el instrumento por el cual se ejerce la jurisdicción, mediante ₫l se procesa el derecho sustancial a trav₫s de los actos procesales.
EXCLUSIVIDAD La exclusividad es una cualidad de la jurisdicción, mediante ella se pregona que la jurisdicción debe ser ejercida por el Estado y dentro del Estado por el órgano jurisdiccional el cuál denominamos Juez Común de quien se requiere su permanencia y que se debe disponer al juez encargado de recibir, atender y dirimir controversias de manera constante.
SENTENCIA Es el acto que plasma el ejercicio de la jurisdicción mediante el instituto de la cosa juzgada.
ORGANOS DE LA RAMA JUDICIAL La corte constitucional El Consejo Superior de la Judicatura La Fiscalía General de la Nación
CORTE CONSTITUCIONAL Su función es controlar, constatar y examinar, para borrar del panorama jurídico la ley o el acto de autoridad que sean contrarios a la Constitución.
CONSEJO SUPERIOR DE JUDICATURA Administra la rama judicial, su personal y su patrimonio, y como una manifestación tambi₫n de su función administrativa, ejerce la actividad disciplinaria que tampoco traspasa los umbrales de lo administrativo.
FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN Investiga y acusa, investigar los delitos en una función de control, ella constata los hechos a los efectos de formular o no una acusación como titular que es del IUS PUNIENDI del Estado.