Titular Subdirección Jurídica y de Amparo Salir O r g a n i g r a m a Jefe de la Unidad de Prensa y Difusión Departamento de Capacitación y Prevención.

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Transcripción de la presentación:

Titular Subdirección Jurídica y de Amparo Salir O r g a n i g r a m a Jefe de la Unidad de Prensa y Difusión Departamento de Capacitación y Prevención del Delito Electoral Departamento de Estudios Jurídicos Dirección de Averiguaciones Previas y control de procesos Departamento de Agentes del Ministerio Público Especializados Departamento de Procedimientos Penales Departamento de Administración Departamento de Informática Subdirección de Administración e Informática F5 Para ver la presentación

Regresar a la diapositiva principal Lic. Jesús Zamora Muñoz Facultades: Responsabilidades: Fiscal Especializado para la Atención De delitos Electorales I. Despachar los asuntos de su competencia; II. Fijar la organización y funcionamiento de la Fiscalía y coordinar el desarrollo y cumplimiento de los trabajos por parte del personal que la integre; III. Fortalecer los mecanismos de cooperación y colaboración con autoridades Federales, del Distrito Federal, Estatales y Municipales en el ámbito de su competencia, atendiendo a las normas y políticas institucionales; IV. Designar y contratar al personal de apoyo que se requiera para el buen desarrollo de sus actividades; V. Coordinarse con las áreas de la Procuraduría General de Justicia del Estado para el cumplimiento de sus funciones; VI. Elaborar su reglamento interior; Ver ReglamentoVer Reglamento I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248.

Regresar a la diapositiva principal Facultades: Responsabilidades: Regresar a la diapositiva principal I.- Elaborar y distribuir a los medios de comunicación, previo acuerdo del Fiscal Especializado, los boletines, documentos informativos y materiales audiovisuales relativos a la Fiscalía. II.- Coordinar la recopilación de la información de las actividades de la Fiscalía y otras que le resulten de interés y hacerlas llegar a las unidades administrativas que la requieran. III.- Coordinar el monitoreo de los noticieros de radio y televisión. IV.- Analizar y Autorizar el resumen informativo de los diarios y revistas locales, estatales y nacionales que sean del interés de la Fiscalía. V.- Diseñar estrategias de comunicación para la prevención de delito electoral que se distribuyan y difundan de manera directa con la ciudadanía (carteles, trípticos, volantes, revistas, manuales informativos, folletos, etc.). Ver Manual de OrganizaciónVer Manual de Organización I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Lcc. Obeth Hernández Hernández Jefe de la Unidad de Prensa y Difusión

Regresar a la diapositiva principal Facultades: Responsabilidades: Regresar a la diapositiva principal I· Asumir la representación del Fiscal Especializado, Director General, Subdirectores Jefes de Departamento y Agentes del Ministerio Público Especializados, en los juicios que se promuevan en contra de éstos y que tenga su origen en acciones realizadas en el desempeño de sus funciones. II· Representar y defender los intereses legales y patrimoniales de la Fiscalía, por delegación del Fiscal Especializado ejerciendo las acciones o excepciones y defensas legales pertinentes. III· Formular y revisar los convenios, contratos y acuerdos que celebre la Fiscalía con Instituciones públicas y privadas. IV· Elaborar el proyecto de resolución que corresponda, en los casos de impedimentos planteados por el personal de la Fiscalía. V· Dictaminar en materia de no ejercicio la acción penal y archivo de la averiguación previa para lo cual estará sujeto a lo señalado por los artículos 61 y 62 del Código Adjetivo Penal del Estado. Ver Manual de OrganizaciónVer Manual de Organización I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Lic. Dulce Selene Castañeda Arellanes Subdirectora Jurídica y de Amparo

Facultades: Responsabilidades: Regresar a la diapositiva principal I· Elaborar y presentar el proyecto de presupuesto anual de la Fiscalía, para aprobación del Fiscal Especializado. II· Establecer las normas, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos financieros de la Fiscalía. III· Ejercer el presupuesto de la Fiscalía, de conformidad con la normatividad y lineamientos establecidos. IV· Proveer de los recursos materiales y suministrar los servicios generales necesarios que requiera la Fiscalía. V· Elaborar anualmente el informe financiero de la cuenta pública del cierre programático presupuestal del ejercicio fiscal. VI· Planear, organizar, vigilar y ejecutar las actividades relacionadas con la administración de los recursos humanos, financieros y materiales de la Fiscalía. Ver ReglamentoVer Reglamento I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. C.P. Virgilio Orestes Ramírez Peredo Subdirector de Administración e Informática

Facultades: Responsabilidades: Regresar a la diapositiva principal I· Elaborar y ejecutar el calendario anual de capacitación interna y externa. II· Elaborar y rendir el informe integral del diseño del material informativo. III· Establecer con las dependencias gubernamentales, organizaciones sociales, partidos políticos e instituciones educativas, enlaces de trabajo que permitan a la FEPADE realizar la capacitación en tiempo y forma. IV· Llevar el control actualizado de las capacitaciones tanto externas como internas. I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Lic. José Trinidad Antaño González Jefe del Departamento de Capacitación y Prevención del Delito Electoral

Regresar a la diapositiva principal Facultades: Responsabilidades: I· Elaborar y rendir el informe sobre los dictámenes que se realicen para las averiguaciones previas. II· Establecer los mecanismos para dotar de jurisprudencia actualizada a los Agentes del Ministerio Público especializados en delitos Electorales. III· Analizar en coordinación y dirección del Subdirector (a) Jurídico y de Amparo las respuestas oportunas de los amparos y resoluciones. IV· Investigar y producir material de análisis y consulta, para la ciudadanía en general. V· Elaborar y ejecutar en Coordinación con el Departamento de Capacitación y Prevención del delito electoral, los programas y proyectos de capacitación electoral interna y externa. I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Pendiente Jefe del Departamento de Estudios Jurídicos

Regresar a la diapositiva principal Lic. Marisela López Guzmán Facultades: Responsabilidades: Directora General de Averiguaciones Previas y Control de Procesos I· Coordinar a los Agentes del Ministerio Público Especializados para Iniciar e integrar las averiguaciones previas. II. Mantener un estricto control y seguimiento de las averiguaciones previas que se inicien, integren y resuelvan, a fin de evitar rezagos, rindiendo informe integral estadístico mensual de los movimientos realizados. III. Instruir y proveer lo necesario para el perfeccionamiento técnico y jurídico de las averiguaciones previas a su cargo. IV· Recabar de las dependencias públicas federales, del Distrito Federal, estatales, municipales o de otras autoridades o entidades federativas, así como de los particulares, los informes, documentos y opiniones necesarios para la debida integración de la averiguación previa. Ver Manual de OrganizaciónVer Manual de Organización I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248.

Regresar a la diapositiva principal Facultades: Responsabilidades I· Elaborar y rendir el informe integral estadístico mensual de los movimientos realizados en las averiguaciones previas. II· Establecer los mecanismos para evitar el rezago en el trámite de averiguaciones previas. III· Resolver las consultas que le formulen los Fiscales Auxiliares. IV· Acordar con el Director General de Averiguaciones Previas y Control de Procesos, acerca del trámite diario de las averiguaciones previas. V· Elaborar y ejecutar el calendario de diligencias foráneas, con el objeto de que no interfieran con el desarrollo de las actividades de la Dirección General. VI· Llevar el control actualizado de los procesos penales y de las órdenes de aprehensión, reaprehensión y cancelación que le entreguen los Fiscales Auxiliares, respecto a los juicios en materia penal electoral en que intervengan. VII· Recabar de los Fiscales Auxiliares, copia certificada de las resoluciones emitidas por el juez de la causa. I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Pendiente Jefe del Departamento de Agentes del Ministerio Público Especializados

Regresar a la diapositiva principal Facultades: Responsabilidades I· Coordinar con el Director General de Control de Procesos Penales de la Procuraduría, el debido cumplimiento de las actividades en materia penal electoral de los Agentes del Ministerio Público adscritos a los tribunales del fuero común. II· Remitir a la Dirección General de la Policía Ministerial las órdenes de aprehensión, reaprehensión, comparecencia, arresto, presentación y cateo, de origen jurisdiccional, para llevar el control y seguimiento de las mismas, con el objeto de actualizar la información constantemente en su archivo. III· Hacer del conocimiento del Fiscal Especializado, cuando el Ministerio Público omita la presentación de conclusiones o las proponga como no acusatorias. IV· Notificar al Fiscal Especializado sobre las solicitudes de desistimiento de la acción penal que se reciban, a fin de que éste las someta a consideración del Procurador. V· Interponer los recursos y expresar los agravios que las leyes les concedan. Ver Manual de Organización Ver Manual de Organización I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Pendiente Jefe de Departamento de Procedimientos Penales

Regresar a la diapositiva principal Facultades: Responsabilidades: I· Validar la plantilla, para efectos del proyecto del presupuesto anual de servicios personales de la Fiscalía. II· Integrar y controlar los expedientes del personal, así como tramitar la expedición de sus nombramientos, la autorización de licencias, credenciales, constancias, diplomas y todos los demás documentos correspondientes al personal de la Fiscalía. III· Tramitar altas, bajas y radicaciones de pago del personal de la Fiscalía, así como turnar los avisos de los descuentos procedentes. IV· Proporcionar los elementos para tramitar las bajas del personal de la Fiscalía, en los casos de terminación de los efectos del nombramiento y, en su caso, realizar el trámite correspondiente. V· Gestionar el pago de estímulos para aquellos trabajadores que cumplan con la normatividad establecida, conforme a la disponibilidad de recursos. VI· Aplicar el sistema de contabilidad, resguardar la documentación que la respalda y formular, analizar, conciliar y consolidar los estados financieros, para revisión y aprobación, en su caso, del Subdirector de Administración e Informática. Ver Manual de OrganizaciónVer Manual de Organización I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Lic. Othoniel Cortés Castillo Jefe del Departamento de Administración

Regresar a la diapositiva principal Facultades: Responsabilidades: I· Proporcionar apoyo y asesoría en materia de informática, a los titulares de las áreas administrativas de la Fiscalía que lo soliciten. II· Regular y controlar el desarrollo informático de la Fiscalía. III· Vigilar el buen uso y aprovechamiento de los equipos de cómputo de la Fiscalía. IV· Dar mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de cómputo. V· Crear e implementar programas especializados. VI· Elaborar, actualizar y mantener una base de datos. VII· Actualizar programas instalados en los equipos. VIII· Brindar capacitación en materia de informática a las Áreas de la Fiscalía. IX· Actualizar la página web de la Fiscalía. X· Instalación de programas útiles para la elaboración de trabajos. XI· Realizar el respaldo de la información de la Fiscalía. I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Pendiente Jefa del Departamento de Informática

Gracias por entrar al Organigrama de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales del Estado de Guerrero