LEY DE AUDITORÍA DE CUENTAS

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LEY DE AUDITORÍA DE CUENTAS
Transcripción de la presentación:

LEY DE AUDITORÍA DE CUENTAS Proyecto de Ley por el que se modifica la LEY DE AUDITORÍA DE CUENTAS PRINCIPALES CAMBIOS INTRODUCIDOS Huertas 26, 28014 Madrid Tel. 913895600 www.icac.meh.es 24-mar-17

SUMARIO Objeto de regulación: actividad de auditoría de cuentas Ejes de la modificación: justificación y objetivos Sistema de supervisión pública: fortalecimiento Cambios en la labor del auditor Antes de la realización de la auditoría Durante la realización del trabajo Después del trabajo Conclusiones 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

LA FUNCIÓN DEL AUDITOR CUENTAS ANUALES INFORME DE AUDITORÍA CONTRATA TERCEROS Proveedores, acreedores Bancos, Administraciones … INFORME DE AUDITORÍA Opinión  Sin salvedades  Con salvedades  Denegación  Abstención CONTRATA ENTIDAD AUDITADA Se depositan y hacen públicos para general conocimiento en el Registro Mercantil CUENTAS ANUALES (imagen fiel de la situación y actividad de la entidad) FORMULA PROPIETARIOS ENTIDAD AUDITADA 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

68.882 trabajos de auditoría realizados 24-mar-17 Fuente: BOICAC Nº 78

EJES DE LA MODIFICACIÓN OBLIGACIÓN: trasposición de la Directiva 2006/43/CE, relativa a la auditoría de cuentas JUSTIFICACIÓN: reforzar la función de interés público de la auditoría de estados financieros y otros documentos  Confianza de personas e instituciones  Contribución al funcionamiento de los mercados  integridad y eficacia de la información empresarial OBJETIVOS:  Armonización de los requisitos que se exigen para el ejercicio la auditoría con los países de la UE y  Establecimiento de un sistema de supervisión pública de la actividad auditora, con principios comunes 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

SISTEMA DE SUPERVISIÓN PÚBLICA (SPS) RESUMEN DE LOS CAMBIOS SISTEMA DE SUPERVISIÓN PÚBLICA (SPS) Ejercicio de la auditoría de cuentas ANTES DURANTE DESPUÉS Controles * de calidad * técnicos Responsabilidad * auditor * terceros Publicidad y transparencia de actuaciones (EIP) Normas Internacionales de Auditoría Alcance pleno en la auditoría de grupos Colaboración entre auditores sucesivos Autorización y registro público Independencia Formación continuada 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

SISTEMA DE SUPERVISIÓN PÚBLICA Fortalecimiento El ICAC es el organismo encargado de su aplicación Competencias: Autorización y registro de auditores Adopción de normas Supervisión del cumplimiento de formación continuada Realización de investigaciones e imposición de sanciones Realización del control de calidad externo Supervisión especial de auditores de entidades de interés público Cooperación internacional 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

ANTES DE LA REALIZACIÓN DE LA AUDITORÍA: AUTORIZACIÓN Y REGISTRO DE AUDITORES SPS es responsable de la habilitación y del registro público de auditores y sociedades de auditoría (Registro Oficial de Auditores de Cuentas – ROAC) Formación continuada: Fortalecimiento de su observancia; incumplimiento como infracción grave Modificaciones importantes: Se permite a las sociedades que pueden tener participación de auditores y firmas europeas Se obliga a inscribir en el ROAC a los auditores de países fuera de la UE que auditen firmas cotizadas en España, a efectos de control Se permite que las sociedades de auditoría designen auditores no socios para que firmen informes (auditores designados) FORMACIÓN CONTINUADA 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

ANTES DE LA REALIZACIÓN DE LA AUDITORÍA: LA INDEPENDENCIA Se responsabiliza al auditor del análisis de las amenazas y de la adopción de las salvaguardas que las reduzcan o anulen. Se revisan ciertas causas de incompatibilidad: Relaciones empresariales Selección de directivos Servicios distintos de la auditoría Se clarifica la aplicación de otras: Participación financiera sólo si es significativa Valoración y abogacía sólo si tiene incidencia en ejercicio auditado Auditoría interna y diseño e implementación de TI en todo caso Se reduce el periodo de cómputo temporal de 3 a 2 años Se someten al régimen general de salvaguardas 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

ANTES DE LA REALIZACIÓN DE LA AUDITORÍA: LA INDEPENDENCIA Se incorpora el concepto de red del auditor (sujetos vinculados) Se limitan los casos en que los sujetos vinculados hacen incompatible al auditor: Por razones de parentesco Personas con capacidad de influir en el resultado Prohibiciones posteriores a la realización de la auditoría Se reduce el plazo a 2 años Se limitan los sujetos a los que es de aplicación 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

DURANTE LA REALIZACIÓN DE LA AUDITORÍA: NORMAS DE AUDITORÍA OBJETIVO PRINCIPAL: TODAS LAS AUDITORÍAS DE LA UNIÓN EUROPEA SE HAN DE REALIZAR CON LAS MISMAS NORMAS DE AUDITORÍA Normas Internacionales de Auditoría adoptadas por la UE NORMAS DE AUDITORÍA Competencia profesional Diligencia debida Integridad y objetividad NORMAS DE ÉTICA NORMAS DE CONTROL DE CALIDAD INTERNO Diseño e implementación de y aplicación a trabajos concretos 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

DURANTE LA REALIZACIÓN DE LA AUDITORÍA: RESPONSABILIDAD Responsabilidad plena del auditor del grupo Se incorpora por 1ª vez de forma expresa No cabe limitar la responsabilidad Mayores obligaciones en relación al trabajo realizado por los auditores de las entidades que componen el grupo COLABORACÍON ENTRE AUDITORES Colaboración entre auditores sucesivos En caso de cambio de auditor Obligación de facilitar papeles de trabajo del auditor anterior No consentimiento de entidad auditada 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

DESPUÉS DE LA AUDITORÍA: ACTIVIDAD DE CONTROL Terceros ICAC CONTROL DE CALIDAD Corporaciones CONTROL TÉCNICO Preventivo Se comprueba la organización y procedimientos internos Correctivo Se comprueban trabajos específicos Requerimientos Procedimiento sancionador NO Seguimiento 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

RESPONSABILIDAD - SECRETO PROFESIONAL DESPUÉS DE LA AUDITORÍA: RESPONSABILIDAD Y DEBER DE SECRETO RESPONSABILIDAD - SECRETO PROFESIONAL RESPONSABILIDAD: ADMINISTRATIVA CIVIL  Incrementa la seguridad jurídica al declarar su limitación al daño causado por el auditor  se exige al auditor y a la sociedad de auditoría  solidaria solo cuando no pueda individualizarse  máximo plazo: 4 años (contractual) PENAL EL AUDITOR TIENE DEBER DE SECRETO PROFESIONAL, SALVO EN LOS CASOS CONTEMPLADOS POR LA LEY (DEBE DENUNCIAR LOS DELITOS QUE CONOZCA POR SU EJERCICIO PROFESIONAL) 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

AUDITORES DE ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO (EIP) Entidades cuya información financiera es importante en el entorno económico español: Sociedades cotizadas, supervisadas (bancos, seguros o de valores) y las muy grandes Obligaciones específicas: El auditor, para preservar su independencia, debe rotar cada 7 años Los auditores y sociedades de auditoría de EIP deben publicar un informe anual de transparencia, a través de su página Web Se pretende incidir especialmente en el control de calidad de estos auditores y sociedades de auditoría 24-mar-17 Proyecto reforma LAC

EL PROYECTO DE LEY, EN CONCLUSIÓN PRETENDE Actualizar el régimen normativo de los auditores y las auditorías de cuentas Flexibilizar la estructura de las sociedades de auditoría Reformular los requisitos de independencia Homogeneizar los procedimientos de trabajo con los de otros países de la Unión Europea Reforzar el control de calidad de los trabajos de auditoría Incidir especialmente en las auditorías de entidades de interés público 24-mar-17 Proyecto reforma LAC