TEMA : LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
INDICIOS Y PRESUNCIONES SANA CRITICA VALORACION DE LA PRUEBA
Advertisements

CADENA DE CUSTODIA QUÉ ES?
ESPECIALIDADES PROBATORIAS En el ámbito de la violencia de género nos encontramos con particulares dificultades probatorias, por una serie de motivos:
TESIS III: DERECHO PRIVADO
TEMA 18. LA PRUEBA. NORMAS GENERALES
VALOR PROBATORIO DE LOS SOPORTES INFORMÁTICOS.
LA INDUCCIÓN Se entiende por inducción un modo de argumento que pretende justificar a un enunciado general (conclusión) sobre la base de otros enunciados.
Medios de Pruebas Pericial.
TEMA 4 Prueba y Verdad.
Retroactividad de la leyes
VERDAD Y CONOCIMIENTO: UNA TEORÍA DE LA COHERENCIA
Interpretación Jurídica Electoral
CARACTERÍSTICAS DEL PENSAMIENTO
PARADIGMAS DE LA EVALUACIÓN
INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ACTOS LEGISLATIVOS.
Mg. Edson José Rivera Espinal
NULIDADES PROCESALES 2014.
METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION CIENTIFICA
Pericias Informáticas
Las Operaciones Intelectuales
A- 1. La sociología no se ocupa de un universo pre -dado de objetos, sino de un objeto que está constituído o es producido por los quehaceres activos.
¿CUAL ES EL FUNDAMENTO DE LA INDUCCIÓN?
EL ACTO ADMINISTRATIVO
Willemstad Curazao, Septiembre de 2014.
DERECHO PROCESAL.
Ramas de Derecho Procesal
TALLER REDACCION DE SENTENCIAS
DERECHO PROCESAL CIVIL I
PRUEBA DOCUMENTAL ELECTRONICA
JUEZ Y NORMA JURIDICA La mayoría de autores sostiene: El juez al proferir una sentencia efectúa una actividad mental expresada en un silogismo cuya premisa.
BOLILLA N° 6 1 – LA PRUEBA EN LO PENAL. 2 – OBJETO DE PRUEBA
Procesos jurisdiccionales Teoría de la prueba. La carga de la prueba es una regla procesal obligatoria que, ante la falta de prueba, le indica al juzgador.
LECCIÓN I Proceso.
DIPLOMATURA EN PERICIAS JUDICIALES Argumentación. Martín I. Cáceres.
Prevención prevención POLÍTICA CRIMINAL DEL ESTADO represión represión El Estado de Derecho: orden jurídico argentino.
“APRESTAMIENTO. EXPOSICION Y PERSUACION. DR. HECTOR CENTENO BUENDIA.
LAS PRESUNCIONES EN EL DERECHO TRIBUTARIO
El conocimiento se presenta como una relación sujeto- objeto que permanecen en ella eternamente separados el uno del otro. La función del sujeto consiste.
EL INVESTIGADOR Y EL CONOCIMIENTO. Desde los albores de la humanidad, las personas se han planteado preguntas, en especial todas aquellas que tienen que.
Pensamientos para reflexión
La prueba instrumental
TEMA  Concepto de prueba  Evolución de los medios de prueba  Valoración de la prueba.
Teoría general de la prueba
Las Ciencias Sociales Electivo de Historia III Año Medio
LIBRO I LIBRO II TÍT. I: DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD PERSONAL TÍT. II:DELITOS CONTRA LA LIBERTAD TÍT. III: DELITOS CONTRA LA LIBERTAD E INTEGRIDAD.
 Tesis  (del griego θέσις thésis 'Establecimiento, proposición, colocación', aquí en el sentido de 'lo propuesto, lo afirmado, lo que se propone'; originalmente.
NORMAS JURÍDICAS (KELSEN)
 Kleber Monlezun Cunliffe  Marco Antonio Lillo de la Cruz  Lmoabogados S.A.   Miraflores 113, oficina 81, Santiago.
Centro de Capacitación Judicial Electoral Nuevo escrutinio y recuento de votos.
SEMINARIO DE DERECHO NOTARIAL
RAMAS DEL DERECHO POSITIVO
CAUSA DE LA RELACIÓN JURÍDICA
Unidad 1 – Delimitación conceptual ¨Derechos Humanos¨
Actividad Independiente 2: Cuadro_Interpretacion_Leyes
EL PÁRRAFO.
PRESUNCIONES LEGALES Una presunción es un razonamiento lógico por medio del cual el Juez a partir de un hecho conocido llega a tomar certeza sobre otro.
DERECHO PROCESAL. INTRODUCCION La necesidad del ser humano y de la sociedad en general es lo que se ha logrado que se tenga una teoría acerca del proceso,
PRINCIPIOS RECTORES Y GARANTIAS PROCESALES EN EL DERECHO PENAL “LIBERTAD” PRESENTADO POR: GERMAN D. CASTAÑO JARAMILLO.
PRUEBA VERDAD: es la conformidad, lo más aproximada posible, entre el acontecimiento histórico prima facie delictivo contenido en la acusación – que constituye.
DE PERITOS, PERICIA Y PERITACIONES 1.- PERITO: cargo, función o calidad personal-comunitaria ? PERICIA: posee características particulares, el conocimiento?
PRUEBA PERICIAL.
CONVENCIONES PROBATORIAS
UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
 EL LEGUAJE JURÍDICO Y SU RELACIÓN CON LA ARGUMENTACIÓN:  Un discurso constituye una argumentación cuando se plantea como objetivo: justificar, motivar,
RELACION DEL DERECHO TRIBUTARIO CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO.
“El descubrimiento de nueva evidencia como fundamento para la concesión de un nuevo juicio”. Gilberto Santana Ocaña NCBTO C-JUST ONL: Rules.
Principios logicos.
La Prueba Pericial.
PRINCIPIOS LOGICOS Y TIPOS DE RAZONAMIENTO
BARRETO SAENZ WILDER BRUNELA MUÑOZ ANGELES
Transcripción de la presentación:

TEMA : LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL Mg. Edson Rivera Espinal

Acepción Jurídico Procesal Penal CONCEPTO DE PRUEBA Acepción no Jurídica Acepción Jurídico Procesal Penal

ACEPCIÓN NO JURÍDICA La prueba se refiere a la argumentación (inferencia concatenada) cuya conclusión permite afirmar la verdad o falsedad respecto al conocimiento en el caso concreto.

ACEPCIÓN JURÍDICO-PROCESAL PENAL La prueba debe ser conceptuada integral y esencialmente como : _ Actividad finalista. _ Como consecuencia Jurídica que le son inherentes. Por tanto , procesalmente la prueba consiste en una actividad cognoscitiva exhaustiva, metódica, jurídicamente regulada y conducida por el funcionario con potestad jurídica para descubrir la verdad concreta sobre el objeto de la imputación.

EN RESUMEN La prueba se concreta en la actividad cognoscitiva jurídicamente regulada que consiste en: Acopio de medios probatorios Discusión sobre la obtención regular o irregular estos medios probatorios La rigurosa valoración de los mismos.

FUENTES DE PRUEBA En consenso con el idioma castellano FUENTE es «fundamento u origen de una cosa». Desde el punto de vista procesal podemos conceptuar como fuente de prueba: aquel hecho(en sentido estricto) cosa, actitud, fenómeno (natural o psíquico ) que contiene en si una significación originaria capaz de transformarse en argumento probatorio. Lo esencial de la fuente de prueba es el argumento probatorio que fluya de ella.

EN CONCLUSIÓN Fuente de prueba consiste en: Hechos representativo o simplemente expresivos de si mismos, entendiendo por tales: Las cosas. Los objetos. Los acontecimientos físicos o naturales . Las conductas. Las relaciones.

ELEMEMENTO DE PRUEBA Propiamente dicho es todo: dato objetivo que se incorpora legalmente al proceso, capaz de producir un conocimiento cierto o probable acerca de los extremos de la imputación delictiva. En general, estos datos consisten en los rastros o huellas que el hecho delictivo pueda haber dejado en las cosas(rotura, manchas, etc) o en el cuerpo(lesión) o en la psiquis(percepción) de las personas Pero para que un dato sea prueba deberá poseer indiscutible aptitud conviccional potencial o hipotética per se para provocar conocimiento de acuerdo a las reglas de la lógica, de la ciencia y la experiencia común

CARACTERES DEL ELEMENTO DE PRUEBA OBJETIBIDAD LEGALIDAD RELEVANCIA PERTINENCIA El dato debe provenir del mundo externo al proceso, y no ser mero fruto de conocimiento privado del Juez. La legalidad del elemento de prueba será el presupuesto indispensable para su utilización en abono de un convencimiento Judicial. Su posible ilegalidad podrá obedecer a dos motivos El elemento de prueba será tal no solo cuando produzca certeza, sobre la existencia o inexistencia del hecho que con el se pretende acreditar. La relación entre el hecho o circunstancia que se quiere acreditar y el elemento de prueba que se pretende utilizar. Irregular obtención Irregular incorporación al proceso

ORGANO DE PRUEBA Es el sujeto que porta un elemento de prueba y los transmite al proceso. Su función es la de intermediario entre la prueba y el Juez (por eso a este ultimo se le considera órgano de prueba) El dato conviccional que transmite puede haberlo conocido accidentalmente(como ocurre con el testigo) o por encargo judicial (como es el caso del perito)