Constitución Política del Estado (Promulgada en febrero de 2009)

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Transcripción de la presentación:

Constitución Política del Estado (Promulgada en febrero de 2009)

CPE, octubre de 2008 Contiene 411 artículos, 10 disposiciones transitorias, la disposición abrogatoria, derogatoria y una disposición final. Estructurada en cinco partes: 1° Parte: Bases fundamentales del Estado, derechos, deberes y garantías. 2° Parte: Estructura y organización funcional del Estado. 3° Parte: Estructura y organización territorial del Estado. 4° Parte: Estructura y organización económica del Estado. 5° Parte: Jerarquía normativa y Reforma de la Constitución

Primera Parte Modelo de Estado: “unitario, Social de Derecho, Plurinacional Comunitario, descentralizado y con autonomías” (Art. 1). Reconocimiento de la pre existencia de naciones originarias (libre determinación) Libertad de culto y respeto por la pluralidad de creencias. Reconocimiento de todos los idiomas y la obligatoriedad para emplearlos.

Primera Parte Sistema de gobierno (liberal + originario): Democracia Intercultural: participativa, representativa y comunitaria. Directa y participativa: referendo, revocatoria de mandato, cabildo, derecho a la Consulta. Representativa: elección universal. Comunitaria: elección según usos y costumbres (Art. 11).

Primera Parte Derechos inviolables, universales, interdependientes - indivisibles y progresivos. Tipos de Derechos: Fundamentales: vida, agua, vivienda, servicios básicos. Civiles y políticos: Civiles, políticos, de los pueblos originarios. Ambientales, DESC.

Primera Parte: Derechos de las Naciones y Pueblos IOC: Art. 30 Definición de NyPIOC. 18 Derechos reconocidos por el Estado (art. 30) Reconocimiento y respeto de los pueblos en extinción y aislamiento voluntario (art. 31). Iguales derechos para el pueblo afroboliviano (art. 32).

Segunda Parte: distribución del Poder Órganos del Poder Público: a.) Legislativo: 166 asambleístas: 36 Senadores y 130 diputados (70 uninominales, 63 plurinominales y 7 especiales) (art. 146). Sí suplentes no inmunidad (art. 152) b.) Ejecutivo: Presidente, Vice y ministros (166). Reelección; mayoría absoluta o segunda vuelta (168). Revocatoria de mandato (171) (240). c.) Judicial y Tribunal Constitucional. Jurisdicción ordinaria: Máximo tribunal es el Tribunal Supremo con magistrados. Voto universal (180 – 181 Jurisdicción Agroambiental: Tribunal Agroambiental: velar por agroambiental (186 – 189).

Segunda Parte: distribución del Poder Jurisdicción Indígena Originario Campesino (190 – 192). Respeto a la vida y los demás derechos de la CPE. Sujetos de la jurisdicción (191). Acatamiento de las decisiones de la JIOC (192). Consejo de la Magistratura: Instancia responsable del régimen disciplinario de las diferentes jurisdicciones (193 – 195). Tribunal Constitucional Plurinacional: vela por la primacía de la CPE, control de constitucionalidad, respeto a los derechos (196 – 204) d.) Electoral Plurinacional: Tribunal Supremo electoral es máximo nivel del Órgano Electoral (205 – 208)

Segunda Parte Órganos de Control y Defensa y Seguridad: a.) Contraloría General de Estado: función de control de la administración de las entidades públicas (213 - 217). b.) Defensor del Pueblo: Vela por los DD. HH (218 – 224). c.) Ministerio Público: Defiende la legalidad e intereses generales de la sociedad: Fiscal general, fiscales deptales, fiscales de materia. (225 – 228). e.)Procuraduría General del Estado: Defiende los intereses patrimoniales y públicos (229 – 231).

Segunda Parte Órganos de Control y Defensa y Seguridad: A.) Control Social: participación del pueblo en decisiones públicas (241 – 242). B.) Fuerzas Armadas: Ejército, Fuerza Aérea, Armada. Defender la seguridad del Estado. Consejo Supremo de Defensa del Estado (243 – 250) C.) Policía: defender la sociedad y conservar el orden. No delibera ni tiene participación política partidaria (251 – 254).

Tercera Parte Estructura Territorial del Estado: 9 Departamentos, provincias, municipios y territorios IOCs (Art. 269) Régimen autonómico: Elección directa de autoridades. Potestades normativas administrativas, fiscalizadoras y técnico administrativas (Art. 272) Modalidades: Departamentales, Regionales, Municipales e indígenas). Necesidad de Ley Marco para sus características, atribuciones y organización (art. 271).

Cuarta Parte Modelo de Desarrollo Económico social: Elementos del Modelo: El ser humano como beneficiario de las políticas (sujeto de desarrollo). La variedad de sistemas económicos: público, privado y comunitario Principios orientadores: lograr la justicia social, equidad y complementariedad, reafirmando el carácter social y comunitario de la organización económico-social (= Sumaj Kawsay)

Cuarta Parte Aspectos importantes del modelo: Política económica: participación plena del Estado en la regulación de las actividades económicas (arts. 312 – 314). Fortalecer la soberanía económica y política del país. Generar empleo. Inversionistas bolivianos con preferencia sobre los extranjeros.

Cuarta Parte Política Fiscal: La Asamblea Legislativa Plurinacional puede crear más impuestos según la capacidad del país (Art. 323) Delitos Económicos: No prescribirán las deudas y daños económicos al Estado (Art. 324). Política monetaria y financiera: BCB: mantener la estabilidad de la moneda. Anulación del secreto bancario: castigo a los delitos financieros, fortunas mal habidas.

Cuarta Parte Recursos naturales: Hidrocarburos (361 – 368). Propiedad del pueblo boliviano (art. 349) Carácter estratégico y de interés público. Hidrocarburos (361 – 368). Minería (369 – 372). Recursos hídricos: agua (373 – 377). Energía (378). Biodiversidad (380 – 381). Coca (384) Áreas Protegidas (385) Recursos Forestales (386 – 388). Tierra y Territorio (391 – 403) (Dirimir: 398) Desarrollo rural: transgénicos (404 – 408)

Quinta Parte Primacía y Reforma de la Constitución: La CPE es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición. Jerarquía de la normativa: CPE Tratados Internacionales. Leyes nacionales, estatutos autonómicos, cartas orgánicas y la legislación departamental, municipal e IOC. Decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas por los órganos ejecutivos. (art. 410)