Xalapa, Veracruz. Agosto de 2018

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Xalapa, Veracruz. Agosto de 2018 REGISTRO PRESUPUESTAL Y CONTABLE DE BIENES PATRIMONIALES BIENES INMUEBLES BIENES MUEBLES OBRA PÚBLICA Xalapa, Veracruz. Agosto de 2018

CONTENIDO Operaciones presupuestales más relevantes de Gasto de Inversión Integración automática del ejercicio presupuestario con la operación contable Bienes Patrimoniales dentro de la Hacienda Pública Reglas de Registro de los Bienes Patrimoniales 6 2 4 1 3 5 7 Aplicación de Momentos Contables en las Cuentas Presupuestarias del egreso Objetivo Manejo de los Clasificadores del Gasto de Inversión y Clave Presupuestaria Registro patrimonial de los gastos

OBJETIVO A través de la aplicación de casos prácticos los participantes reforzarán su conocimiento en el registro adecuado de las erogaciones que realizan los entes públicos en el ejercicio del gasto de inversión.

Bienes Patrimoniales dentro de la Hacienda Pública 1 Bienes Patrimoniales dentro de la Hacienda Pública

ORDENAMIENTOS JURIDICOS INHERENTES A LA HACIENDA PÚBLICA LOCAL FEDERALES Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Ley General de Contabilidad Gubernamental. Ley General de Responsabilidades Administrativas . Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (Entre otros).

ORDENAMIENTOS JURIDICOS INHERENTES A LA HACIENDA PÚBLICA LOCAL ESTATALES Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Ley de Responsabilidades Administrativas Ley de Obra Pública Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles Ley de Hacienda del Estado (Entre otros).

ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES PATRIMONIALES REGISTRO Y CONTROL PATRIMONIAL: Integración y actualización de inventarios Formulación de cartas y tarjetas de resguardo Integración de expedientes sobre bienes Patrimoniales PATRIMONIO USO Y APROVECHAMIENTO DE LOS BIENES Asignación de bienes Análisis de bienes susceptibles de enajenarse, reasignarse, concesionarse, entregarse en Comodato, etc.

DE LA INCORPORACIÓN Y DESINCORPORACIÓN DE ACTIVOS I. El Departamento de Economía y Hacienda llevará un registro de los bienes muebles e inmuebles del Estado, este registro será público; II. Los bienes del dominio público que lo sean por disposición legal y no por su naturaleza, podrán ser enajenados sólo previa desincorporación dictada por el Congreso del Estado. Ley que Divide los Bienes Pertenecientes al Estado de Michoacán en Bienes de Dominio Público y Bienes de Dominio Privado Arts.10 y 26 VIII. Desincorporar. Excluir un bien del patrimonio estatal o municipal, para ejercer actos de dominio; Ley del Patrimonio Público del Estado de Tlaxcala. Art. 5 XVIII. Desincorporación: La determinación de vender o donar los bienes no útiles; Reglamento desincorporación de bienes CEEPAC (Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana) del Estado de San Luis Potosí Art. 3

LEY DE BIENES DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DE LA DESINCORPORACIÓN Desincorporación de Activos en el Estado de Baja California   BAJA CALIFORNIA LEY DE BIENES DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DE LA DESINCORPORACIÓN PROCEDIMIENTO  ARTÍCULO 10.- Corresponde al Ejecutivo del Estado:  … II.- Decretar la incorporación al dominio público, de un bien que forme parte del dominio privado Estatal, siempre que su posesión corresponda al Estado. III.- Solicitar de la Legislatura del Estado, la desincorporación del dominio público, en los casos en que la Ley lo permita, un bien que haya dejado de utilizarse en el fin respectivo. … ARTÍCULO 16.- Los bienes de dominio público podrán ser enajenados, previo Decreto de desincorporación que expida la Legislatura del Estado, cuando por algún motivo dejen de servir para el fin respectivo. La solicitud deberá presentarse al Congreso del Estado, mediante Iniciativa de Decreto del Ejecutivo del Estado, a la cual acompañará tratándose de inmuebles: I.- Un Dictamen Técnico que justifique la desincorporación; II.- Un plano de localización de los mismos, así como un deslinde en el que se señale la superficie total del inmueble, y sus medidas y colindancias; III.- La especificación de que su aprovechamiento es compatible con las correspondientes declaratorias de provisiones, reservas, usos y destinos que señalen los planes y programas de desarrollo urbano; La Iniciativa de Decreto especificará el aprovechamiento que se le dará al bien y el uso que se le dará al producto que se obtenga de la enajenación en su caso, debiendo acompañarse de avalúo practicado por la Comisión Estatal de Avalúos.

LEY DE BIENES DEL ESTADO DE MEXICO DE LA DESINCORPORACIÓN Desincorporación de Activos en el Estado de México   ESTADO DE MEXICO LEY DE BIENES DEL ESTADO DE MEXICO DE LA DESINCORPORACIÓN PROCEDIMIENTO Artículo 5.- Corresponde al Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Finanzas: III. Determinar cuando un bien del domino privado se incorpora al dominio público; … V. Desafectar del dominio público los bienes cuando éstos no sean necesarios… VI. Desincorporar bienes … VII. Incorporar al dominio público…  Artículo 31.- …una vez realizada la desincorporación, los inmuebles de dominio privado del Estado o municipios podrán ser objeto de los siguientes actos jurídicos: I. Transmisión de dominio a título oneroso o gratuito, II. Permuta, III. Enajenación a título oneroso para la adquisición de otros inmuebles que se requieran para la atención de los servicios a cargo de los poderes del Estado y municipios, o para el pago de pasivos; Artículo 50.- En los acuerdos de desincorporación del gobierno del Estado, se deberá contar con la aprobación previa del Grupo Intersecretarial Gasto Financiamiento. Artículo 51.- Los acuerdos de afectación de bienes del dominio público deberán atender las características y vocación de aprovechamiento del bien, la compatibilidad entre el uso para el que se le requiere y las atribuciones que señalen las leyes y los reglamentos respectivos. Artículo 52.- Tratándose de muebles, éstos serán considerados en lo individual y en conjunto como integrantes del dominio público, por lo tanto bastará que los bienes se encuentren inventariados y asignados a la dependencia, organismo auxiliar estatal o municipal, para que se

LEY DE BIENES DEL ESTADO DE MEXICO DE LA DESINCORPORACIÓN Desincorporación de Activos en el Estado de México   ESTADO DE MEXICO LEY DE BIENES DEL ESTADO DE MEXICO DE LA DESINCORPORACIÓN PROCEDIMIENTO V. Donación o comodato en favor de asociaciones e instituciones privadas que realicen actividades de interés social y no persigan fines de lucro; VI. Enajenación a título oneroso en favor de personas físicas o morales que requieran disponer de estos inmuebles para la creación, fomento o conservación de una empresa que beneficie a la colectividad; y  VII. Dación en pago por concepto de indemnización, …. Artículo 49.- Los actos a que se refiere el artículo anterior deberán documentarse en un acuerdo administrativo, que deberá reunir los siguientes requisitos: I. Ser emitido por el Secretario de Finanzas, o por los ayuntamientos; y … II. Estar fundado y motivado. Artículo 53.- Para cambiar el uso, destino o usuario de los bienes de dominio público, los poderes Legislativo y Judicial, informarán al Ejecutivo del Estado, para que la Secretaría de Finanzas realice los actos jurídicos que se requieran. Las dependencias, organismos y entidades públicas, estatales y municipales, deberán solicitarlo a la Secretaría de Finanzas o a los ayuntamientos, exponiendo las razones y conveniencia que sustenten la petición, misma que podrá ser autorizada considerando los beneficios o utilidad que tenga la administración con el cambio respectivo. (Reformado mediante decreto número 227 de la “LVIII” Legislatura, publicado en la Gaceta del Gobierno el 14 de mayo de 2014.) Artículo 63.- En el Registro Administrativo de la Propiedad Pública Estatal o Municipal, según corresponda, se inscribirán: VIII. Los decretos y acuerdos que incorporen o desincorporen del dominio público bienes inmuebles;

SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Desincorporación de Activos según la Secretaría de la Función Pública   SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ***** ACUERDO POR EL QUE SE CREA CON CARÁCTER PERMANENTE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE GASTO PÚBLICO, FINANCIAMIENTO Y DESINCORPORACIÓN. Que la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento fue creada por acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto de 1979, para el despacho de asuntos en materia de gasto público y su financiamiento, así como para la atención de los programas de competencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la entonces Secretaría de la Contraloría General de la Federación; considerándola una instancia de coordinación entre dichas dependencias y de asesoría del Ejecutivo Federal para la toma de decisiones en el proceso de planeación, programación, presupuestación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública; Que por su parte la Comisión Intersecretarial de Desincorporación se creó por acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de abril de 1995, con el objeto de coordinar y supervisar las funciones o actividades que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal ejerzan en los procesos de desincorporación de las propias entidades o de enajenación de sus activos susceptibles de ser utilizados como unidades económicas con fines productivos; Que entre otras funciones, corresponde a las citadas comisiones cuidar que las decisiones que se tomen en materia de gasto público y su financiamiento, mantengan congruencia en su contenido y con la planeación nacional del desarrollo, así como garantizar la congruencia y efectividad en la toma de decisiones por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en los procesos de desincorporación y enajenación de activos ARTICULO QUINTO.- La Comisión realizará las funciones siguientes: I. Someter a la Comisión la estrategia para la desincorporación.

2 Manejo de los Clasificadores del Gasto de Inversión y Clave Presupuestaria

CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO PARTIDA ESPECÍFICA XXXX 4 PARTIDA GENÉRICA XXX0 3 CONCEPTO XX00 2 CAPITULO X000 1 CODIFICACIÓN COG NIVELES Resume, ordena y presenta los gastos programados en el presupuesto, de acuerdo con la naturaleza de los bienes, servicios, activo y pasivos financieros. NIVEL DE ARMONIZACIÓN

COMPOSICIÓN DEL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO CAPITULO NOMBRE No. CONCEPTO PARTIDA GENÉRICA 1000 SERVICIOS PERSONALES 6 29 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 9 55 3000 SERVICIOS GENERALES 9 79 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 9 50 5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 9 49 6000 INVERSIÓN PÚBLICA 3 18 7000 INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 7 40 8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 3 14 9000 DEUDA PÚBLICA 7 25 TOTAL 9 62 359

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO 1.Corriente 2.Capital 3. Amortización Deuda y Disminución Pasivos Relaciona las transacciones públicas que generan gastos con los grandes agregados de la clasificación económica presentándolos en: 4. Pensiones y Jubilaciones 5. Participaciones Reforma 30 de septiembre de 2015

Funcional- programática CLAVE PRESUPUESTARIA Clasificación Funcional- programática Económica Administrativa Finalidad Función Subfunción Actividad Institucional Programa presupuestario Unidad Respon-sable Objeto de Gasto Tipo de Fuente de Finan- ciamiento Ramo y/o sector R Geográfica Entidad / Municipio UR F SF AI PP OG TG FF 3 140 2 1 E 6 05 3558 CG Suma de las claves resultantes de los diversos clasificadores

Reglas de Registro de los Bienes Patrimoniales 3 Reglas de Registro de los Bienes Patrimoniales

ELEMENTOS DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVO Recurso controlado por un ente público 1 Identificado 2 Cuantificado en términos monetarios 3 Se esperan fundadamente beneficios futuros 4 Derivado de operaciones ocurridas en el pasado 5 6 Afectado económicamente a dicho ente público

BIENES QUE SE REGISTRAN EN EL ACTIVO Cualquier otro que determine el CONAC. Inmuebles destinados a un servicio público. Obras en proceso. Mobiliario y equipo y demás bienes muebles al servicio de los entes públicos. Fideicomisos sin Estructura Orgánica

RECONOCIMIENTO DE UN ACTIVO No es esencial que esté asociado a derechos de propiedad legal Puede no tener la característica de tangibilidad. Sustancia económica Reconocimiento en los estados financieros de la esencia de las operaciones Independientemente de la forma jurídica Finalidad es la de informar

VALUACIÓN INICIAL Valor Inicial Reconocimiento Inicial Valor Se registrarán todos los eventos que afecten económicamente al ente publico Valor Inicial Cuantificados en términos monetarios Costo histórico o valor económico mas objetivo En moneda nacional Reconocimiento Inicial Valor Reposición Costo incurrido para adquirir un activo idéntico a uno que está actualmente en uso. Valor que se pagó Valor Equivalente Valor de Remplazo Equivalente en el momento de su adquisición Al costo de un activo similar, pero no idéntico. Valor Razonable Reconocimiento según la norma especifica. -Cotizaciones -Valor de mercado -Métodos de valuación No podrá establecerse un valor inferior al catastral Bienes Inmuebles

Depreciación Acumulada y/o Pérdidas por Deterioro Acumuladas. VALUACIÓN POSTERIOR Reconocimiento Posterior Acuerdo a las mejores Practicas nacionales e internacionales A valor razonable Valor de Adquisición o Equivalente Depreciación Acumulada y/o Pérdidas por Deterioro Acumuladas. DEPRECIACIÓN El importe del costo de adquisición del activo depreciable, menos su valor de desecho, entre los años correspondientes a su vida útil o su vida económica PÉRDIDA POR DETERIORO La cantidad en exceso del valor neto en libros de un componente sobre su monto recuperable. Vida Útil Definida Vida Útil Indefinida Se depreciarán durante su vida útil. No se depreciarán. Limitada al activo producir beneficios futuros Parcial o totalmente Disminuir o eliminar el valor del activo La obsolescencia técnica. VIDA ÚTIL El deterioro natural esperado. El uso que el ente público espera realizar del activo. Los límites legales o restricciones similares sobre el uso del activo. Reconociendo como un gasto Es la mejor estimación del valor que tendrá el activo en la fecha que dejará de ser útil para el ente público. VALOR DE DESECHO COSTO DE ADQUISICION AÑOS DE VIDA UTIL VALOR DE DESECHO / Cargos por Depreciación

Estimación de Vida Útil GUIA DE ESTIMACION DE VIDA ÚTIL Tabla Guía de Estimación de Vida Útil Cuenta Concepto Años vida útil % de depreciación anual 1.2.3 BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO 1.2.3.2 Viviendas 50 2 1.2.3.3 Edificios No Habitacionales 30 3.3 1.2.4 BIENES MUEBLES 1.2.4.1 Mobiliario y Equipo de Administración 1.2.4.1.1 Muebles de Oficina y Estantería 10 1.2.4.1.2 Muebles, Excepto De Oficina Y Estantería Utilizar el criterio basada en la experiencia que el ente público tenga con activos similares

OBLIGACIONES EN MATERIA DE INVENTARIOS DE BIENES Servir de base para integrar al cierre del ejercicio el Libro de Inventario y balances. Inventario físico deberá coincidir con los saldos de las cuentas de activo correspondientes y sus auxiliares INVENTARIOS Realizarlo por lo menos una vez al año y básicamente al cierre del ejercicio 30 días para incluir en el inventario Físico, los bienes que se adquieran Verificación periódica de las existencias con que cuentan los entes públicos Publicarse a través de internet y actualizarse por lo menos cada 6 meses

ACTIVOS INTANGIBLES 01 DEFINICIÓN 03 DESEMBOLSOS POSTERIORES. Representa el monto de derechos por el uso de activos de propiedad industrial, comercial, intelectual y otros. 01 DEFINICIÓN 03 DESEMBOLSOS POSTERIORES. Incorporarse en el activo sólo cuando sea posible que este desembolso vaya a permitir a dicho activo generar rendimientos económicos futuros o un potencial de servicio y el desembolso pueda estimarse y atribuirse directamente al mismo Deben cumplir la definición de activo y los criterios de registro o reconocimiento de las Principales Reglas del Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales). 02 RECONOCIMIENTO 05 PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL Es el importe reconocido por la propiedad o por el derecho al uso, o a la concesión del uso de las distintas manifestaciones de la propiedad industrial o intelectual 06 APLICACIONES INFORMÁTICAS Se incluirá en el activo el importe reconocido por los programas informáticos, el derecho al uso de los mismos, o el costo de producción de los elaborados por el propio ente, cuando esté prevista su utilización en varios ejercicios. 04 GASTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO. La investigación es el estudio original y planificado realizado con el fin de obtener nuevos conocimientos científicos o tecnológicos.

ADMINISTRACIÓN DIRECTA FORMAS DE GESTIÓN DE LA OBRA PÚBLICA ADMINISTRACIÓN DIRECTA POR CONTRATO OBRAS PÚBLICAS CAPITALIZABLES Transferibles al Activo NO circulante al termino de la obra Realizadas en ACTIVOS propios OBRAS DE DOMINIO PÚBLICO Para USO de la población en general Transferible a GASTOS al termino de la obra Afectación a Ejercicios Anteriores OBRA TRANSFERIBLE Afectación a Ejercicios Anteriores Hecha en favor a otro ente público Registro en Activo NO circulante hasta su aprobación de entrega Transferencia a Gastos posterior a su entrega al ente beneficiario INFRAESTRUCTURA Bienes previstos en la “Ley General de Bienes Nacionales” Sean parte de un sistema o Red No tenga otro uso alternativo Se materializan por obras de ingeniería civil o en inmuebles; Son obtenidos a título oneroso o gratuito, o construidos por el ente público;

CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES BIENES DE DOMINIO PÚBLICO IMPRESCRIPTIBLES No podrá emplearse ninguna vía de apremio, mandamiento de ejecución INALIENABLES No son enajenables CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO INEMBARGABLES Ningún particular podrá adquirir estos bienes por tenerlos en su posesión por un tiempo determinado

INTEGRACIÓN DEL COSTO DE LA OBRA* Construcción Supervisión Elaboración del proyecto Gastos y costos generados hasta su conclusión Las obras en proceso deberán registrarse, invariablemente, en una cuenta contable específica del activo

4 Aplicación de Momentos Contables en las Cuentas Presupuestarias del Egreso

RECIBOS, ESTIMACIONES DE OBRA MOMENTOS CONTABLES DEL EGRESO 8.2.2 Presupuesto de Egresos por Ejercer APROBADO 1 MODIFICADO 2 COMPROMETIDO 3 DEVENGADO 4 EJERCIDO 5 PAGADO 6 APROBACION POR AUTORIDAD COMPETENTE DE UN ACTO ADMINISTRATIVO FACTURA, RECIBOS, ESTIMACIONES DE OBRA OFICIO DE ADECUACIÓN PRESUPUESTARIA CUENTA POR LIQUIDAR CERTIFICADA CHEQUE, TRANSFERENCIA, EFECTIVO ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS ANUALES 8.2.1 Presupuesto de Egresos Aprobado 8.2.3 Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado 8.2.4 Presupuesto de Egresos Comprometido 8.2.5 Presupuesto de Egresos Devengado 8.2.6 Presupuesto de Egresos Ejercido 8.2.7 Presupuesto de Egresos Pagado

Operaciones Presupuestales más Relevantes de Gasto de Inversión 5 Operaciones Presupuestales más Relevantes de Gasto de Inversión

Bienes Patrimoniales con Tratamientos Especiales BIENES ARQUEOLOGICOS Bienes muebles e inmuebles, producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna 7.X.1 Bienes Arqueológicos en Custodia VALOR SIMBÓLICO Una unidad monetaria (un peso) o valuación que determine el ente publico. BIENES ARTISTICOS Bienes muebles e inmuebles que revistan valor estético relevante, los declarados como tales por la autoridad competente. 7.X.3 Bienes Artísticos en Custodia BIENES HISTORICOS Inmuebles construidos en los siglos XVI al XIX, destinados a templos y sus anexos; Los documentos y expedientes; Documentos originales manuscritos relacionados con la historia de México Colecciones científicas y Técnicas; 7.X.5 Bienes Históricos en Custodia BIENES EN CONCESIÓN Recibidos por el ente publico mediante contrato en el cual una de las partes (concedente) entrega a otro (concesionario) un bien destinado al servicio o uso publico. 7.6.1 Bienes Bajo Contrato de Concesión BIENES EN COMODATO Recibidos en préstamo por medio de un contrato en el cual una de las partes (comodante) entrega gratuitamente a otro (comodatario) un bien, para su uso por un determinado tiempo 7.6.3 Bienes Bajo Contrato de Comodato La excepción que señala el art. 33 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos para el registro de los bienes en la cuenta de activo. 1.2.4.7 Colecciones, Obras de Arte y Objetos Valiosos

RUBROS DEL ACTIVO DONDE SE REGISTRAN LOS BIENES PATRIMONIALES GÉNERO GRUPO 1 ACTIVO RUBRO 1.2 Activo no Circulante CUENTA 1.2.3 Bienes Inmuebles, Infraestructura y Construcciones en Proceso SUBCUENTA 1.2.3.1 Terrenos 1.2.3.2 Viviendas … 1.2.3.5 Construcciones en Proceso en Bienes de Dominio Público 1.2.3.6 Construcciones en Proceso en Bienes Propios 1.2.3.5.1 Edificación Habitacional en Proceso (dominio Público) 1.2.3.6.1 Edificación Habitacional en Proceso (bienes propios) Desagregación Obligatoria a Quinto Nivel

RUBROS DEL ACTIVO DONDE SE REGISTRAN LOS BIENES PATRIMONIALES 1.2.4 Bienes Muebles 1.2.4.1 1.2.4.2 1.2.4.3 1.2.4.4 Mobiliario y Equipo de Administración Educacional y Recreativo Equipo e Instrumental Médico y de Laboratorio Vehículos y Equipo de Transporte 1.2.5 Activos Intangibles Software 1.2.5.1 1.2.5.2 Patentes, Marcas y Derechos Concesiones y Franquicias 1.2.5.3 Licencias 1.2.5.4 1.2.6 Depreciación, Deterioro y Amortización Acumulada de Bienes 1.2.6.1 1.2.6.2 1.2.6.4 Depreciación Inmuebles de Infraestructura Acumulada de Bienes Muebles Acumulado de Activos Biológicos 1.2.9 Otros Activos no Circulantes 1.2.9.1 Bienes en Concesión 1.2.9.2 Arrendamiento Financiero 1.2.9.3 Comodato

RUBROS DEL PASIVO DONDE SE REGISTRAN LOS BIENES PATRIMONIALES RUBROS DEL PASIVO DONDE SE REGISTRAN LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES Y OBRA PÚBLICA 2.1.1 Cuentas por Pagar a Corto Plazo Retenciones y Contribuciones por Pagar a Corto Plazo 2.1.1.2 Proveedores por Pagar a Corto Plazo 2.1.1.3 Contratistas por Obras Públicas por Pagar a Corto Plazo 2.1.1.7 2.1.2 Documentos por Pagar a Corto Plazo Documentos con Contratistas por Obras Públicas por Pagar a Corto Plazo 2.1.2.2 2.2.1 Cuentas por Pagar a Largo Plazo Contratistas por Obras Públicas por Pagar a Largo Plazo 2.2.1.1 Proveedores por 2.2.1.2 2.2.2 Documentos por Pagar a Largo Plazo Documentos con Contratistas por Obras Públicas por Pagar a Largo Documentos Comerciales por Pagar a Largo P. 2.2.2.1 2.2.2.2

RUBROS DEL GASTO DONDE SE REGISTRAN LOS BIENES PATRIMONIALES 5.1 Gastos de Funcionamiento Servicios Generales 5.1.1 Personales 5.1.2 Materiales y Suministros 5.1.3 5.5 Otros Gastos Y Perdidas Extraordinarias Estimaciones, Depreciaciones, Deterioros, Obsolescencia y Amortizaciones 5.5.1 5..6 Inversión Publica Construcción en Bienes no Capitalizable 5.6.1 Pública no 5.6.1.1

ejercicios anteriores REGISTRO DE OBRAS PÚBLICAS A SU CONCLUSIÓN A B C D Al final de proceso se registrará: OBRA PÚBLICA Bienes Propios Activo no circulante Bienes Dominio Público Resultado de ejercicios anteriores Gastos Obra Transferible Transferencia Resultado de ejercicios anteriores Gastos Activo no circulante Infraestructura A B Bienes Propios Dominio Público

Constitución de Fideicomisos sin Estructura Orgánica Administrar recursos públicos destinados al apoyo de programas y proyectos específicos, que auxilien a los entes públicos en las atribuciones del estado, impulsando las áreas prioritarias del desarrollo. FINES Por la entrega de recursos Cargo 1213 Fideicomiso, Mandatos y Contratos Análogos. Abono 2164 Fondos de Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos a Corto Plazo. Cargo 2164 Fondos de Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos a Corto Plazo. Abono1112 Bancos/ Tesorería Pago de fideicomiso sin estructura Orgánica.

6 Registro Patrimonial de los Gastos

BIENES SIN VALOR DE ADQUISICIÓN O SOBRANTES de algún bien, el mismo, para fines de registro contable por el del ente público, o, en su defecto, el que se BIENES SIN VALOR DE ADQUISICIÓN O SOBRANTES Considerar el valor de otros bienes con características similares 05 Asignar valor para registrarlo contablemente 03 Bienes sin valor de adquisición o sobrantes 01 Otros Mecanismos que juzgue pertinentes 06 No conocerse el valor de adquisición 02 Área que designe La autoridad competente 04 Asiento Contable (Únicamente Patrimonial): Cuenta: Respectiva del Activo no Circulante Cuenta 3.2.2 Resultado de Ejercicios Anteriores

BIENES NO LOCALIZADOS Investigaciones Necesarias 02 Bienes no localizados 01 Levantar Acta Administrativa 04 Extraviado, Robado o Siniestrado 03 Cumplir los demás Actos y Formalidades 05 Asiento Contable (Únicamente Patrimonial) Cuenta 5.5.1.8 Disminución de Bienes por pérdida, obsolescencia y deterioro Cuenta: Respectiva del Activo no Circulante

= MONTO DE CAPITALIZACIÓN DE BIENES MUEBLES E INTANGIBLES 70 UMA $ 80.60 $5,642 70 UMA POR LO TANTO = X 70 Unidades de Medida y Actualización UMA’S BIENES MUEBLES E INTANGIBLES Cuyo Costo Unitario de Adquisición Sea Menor Gasto REGISTRO CONTABLE

01 02 03 CONCEPTOS DE BAJA DE BIENES MUEBLES INMUEBLES VENTA TERMINACIÓN DE VIDA ÚTIL 02 OTRAS CAUSAS: Bienes no localizados, extraviados, robados o siniestrados 03

DIFERENCIAS CONTRA INVENTARIOS FÍSICOS Conciliación Inventario vs Registros. (Bienes no localizados) Cuenta 3.2.2 Resultado de Ejercicios Anteriores Cuenta: Respectiva del Activo no Circulante Diferencias Posteriores (Valores) Cuenta 3.2.3 Revalúos Cuenta: Respectiva del Activo no Circulante Pérdida, Obsolescencia Deterioro, Extravío, Robo o Siniestro. (Bienes Inútiles) Cuenta 5.5.1.8 Disminución de Bienes por pérdida, obsolescencia y deterioro Cuenta: Respectiva del Activo no Circulante

ENAJENACIÓN DE BIENES PATRIMONIALES CUENTAS PARA REGISTRO PATRIMONIAL Utilidad en Enajenación Cuenta 4.3.9.9 Ingresos y Beneficios Varios Perdida en Enajenación Cuenta 5.5.9.9 Otros Gastos Varios CUENTAS PARA REGISTRO PRESUPUESTARIO Ingresos Recibidos 52 CRI Producto de Capital* (Ver Clasificador Económico)

REPARACIONES, ADAPTACIONES O MEJORAS, RECONSTRUCCIONES Y GASTOS POR CATASTROFES No son Capitalizables debido a que su efecto es conservar el activo en condiciones normales de servicio. Su importe debe aplicarse a los gastos del periodo Serán capitalizable el costo incurrido cuando prolongue la vida útil del bien por lo tanto incremente su valor. RECONSTRUCCIÓN ADAPTACIÓN O MEJORAS Modificaciones tan completas que mas que adaptaciones o reparaciones son reconstrucciones, con lo que aumenta el valor del activo, ya que la vida de servicio de la unidad reconstruida será considerablemente mayor al remanente de la vida útil estimada en un principio para la unidad original. GASTOS POR CATASTROFES No deben capitalizarse en virtud de que las erogaciones son para reestablecer el funcionamiento original de los bienes.

IVA TRATAMIENTO DE IVA EN EL COSTO DE ADQUISICIÓN El IVA no recuperable para los entes públicos forma parte del costo de adquisición del bien. IVA Valores de Activos y Pasivos se establece que en la determinación del costo de adquisición deben considerarse cualesquier otros costos incurridos, asociados directa e indirectamente a la adquisición, los cuales se presentan como costos acumulados. PRRVP El IVA recuperable para los entes públicos debe registrarse en forma separada del costo de adquisición del bien Presupuestaria y Patrimonialmente. Ejemplo: Adquisición de un escritorio con valor de $ 5,000 mas $ 800 de IVA

7 Integración Automática del Ejercicio Presupuestario con la Operación Contable

MATRIZ DE CONVERSIÓN DEVENGADO DE GASTOS DEVENGADO DE INGRESOS Tabla de relaciones entre Plan de Cuentas y los Clasificadores por Objeto del Gasto, por Tipo de Gasto o el Clasificador por Rubro de Ingresos, permite que toda transacción registrada en los distintos momentos del ejercicio presupuestario, se transforme en un asiento de partida doble en la contabilidad general PAGADO DE GASTOS RECAUDADO DE INGRESOS

Integración automática del ejercicio presupuestario con la operación contable 823 MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO EGRESOS APROBADO 821 PRESUPUESTO DE EGRESOS APROBADO 822 PRESUPUESTO DE EGRESOS POR EJERCER 824 PRESUPUESTO DE EGRESOS COMPROMETIDO (1) (1) (4) (3) (2) (4) (5) (2) (3) R 825 PRESUPUESTO DE EGRESOS DEVENGADO 826 PRESUPUESTO DE EGRESOS EJERCIDO 827 PRESUPUESTO DE EGRESOS PAGADO (5) (6) (6) (7) (7) Presupuesto de Egresos Aprobado Modificación positiva al Presupuesto de Egresos Modificación Negativa al Presupuesto de Egresos Se hace pedido de Alimentos (5) Se reciben de conformidad los alimentos (6) Se ordena el pago al proveedor Se hace la transferencia de pago al proveedor

Integración automática del ejercicio presupuestario con la operación contable 823 MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO EGRESOS APROBADO 821 PRESUPUESTO DE EGRESOS APROBADO 822 PRESUPUESTO DE EGRESOS POR EJERCER 824 PRESUPUESTO DE EGRESOS COMPROMETIDO (1) (1) (4) (3) (2) (4) (5) (2) (3) R 825 PRESUPUESTO DE EGRESOS DEVENGADO 826 PRESUPUESTO DE EGRESOS EJERCIDO 827 PRESUPUESTO DE EGRESOS PAGADO 12441 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE (5 a) (5) (6) (6) (7) (7) Presupuesto de Egresos Aprobado Modificación positiva al Presupuesto de Egresos Modificación Negativa al Presupuesto de Egresos Se finca pedido de automóvil. Se reciben de conformidad el automóvil (5 a) Registro automático del devengo patrimonial (6) Se ordena el pago al proveedor Se extiende el cheque de pago al proveedor (7 a) Registro automático del pago patrimonial 2112 PROVEEDORES POR PAGAR A CORTO PLAZO 1112 BANCOS / TESORERÍA (7 a) (5 a) (7 a)

Integración automática del ejercicio presupuestario con la operación contable 823 Modificaciones al Presupuesto Egresos Aprobado 824 Presupuesto de Egresos Comprometido 821 Presupuesto de Egresos Aprobado 822 Presupuesto de Egresos por Ejercer (242 Cemento y productos de concreto) (242 Cemento y productos de concreto) (242 Cemento y productos de concreto) (242 Cemento y productos de concreto) (1) (1) (4) (3) (2) (4) (5) (2) (3) R 825 Presupuesto de Egresos Devengado 826 Presupuesto de Egresos Ejercido 827 Presupuesto de Egresos Pagado 1235 Obra en Proceso en Bienes de Dominio Público Ó 1236 Obra en Proceso en Bienes Propios (242 Cemento y productos de concreto) (242 Cemento y productos de concreto) (242 Cemento y productos de concreto) (5 a) (8) (5) (6) (6) (7) (7) 2113 Contratistas por Obras Públicas por Pagar a Corto Plazo 1112 Bancos / Tesorería 5611 Construcción en Bienes NO Capitalizables 1233 Edificios NO Habitacionales (7 a) (5 a) (8) (8) (7 a)

L.C. María de los Ángeles Díaz Bolaños Guadalajara, Jalisco, México mdiazb@indetec.gob.mx www.indetec.gob.mx Domicilio: Lerdo de Tejada No. 2469, Col. Arcos Sur. C.P. 44500 Tel. (01 33) 3669 5550 al 59 Ext.505 Guadalajara, Jalisco, México