LA DOTE Conjunto de bienes que la mujer, u otra persona en consideración a ella, entrega al marido para subvenir a las necesidades y gastos que la vida.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Universidad Alas Peruanas Facultad de Derecho
Advertisements

Derechos Reales sobre cosa ajena
LAS MEDIDAS CONSERVATORIAS
Persona y Familia (II) Patria Potestad.
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
EFECTOS PROPIOS DE LOS CONTRATOS ONEROSOS
EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES
CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS
CONTRATO DE DEPÓSITO MERCANTIL
De las personas Naturales y Jurídicas
DERECHO Y GOBERNABILIDAD PERSONAS I TRABAJO FINAL TERCER TRIMESTRE
TEMA:ADMINISTRACION CONYUGAL
Licenciatura en Derecho Tema: Deberes Conyugales
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
Depositante y Depositario Presenta: Andrés Camilo Naranja Leal Docente: John Bonilla.
De los efectos de los actos jurídicos.
Documentación mercantil El contrato de compraventa
6.3.1.LA COMPRAVENTA CONCEPTO
La Novación. Concepto Transformación de una obligación en otra
ZURRIOLA, S.L. ZURRIOLA, S.L. – Nº Registro D.G.S. J-1478 Concertados Seguros de R.C. Profesional y Caución según Ley 26/2006 ZURRIOLA DIRECTIVOS.
Daniela Tovar Casanova María Alejandra Lizcano Lina María Mora Guzmán
Sociedad anónima Capital social Títulos Acciones Sociedad mercantil
EL PAGO.  Concepto  Regulación del pago Integridad Indivisibilidad Quien puede pagar A quien se paga. Que se paga. Donde se paga. Oportunidad del pago.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION Facultad de Derecho y Ciencias Sociales ROMANO II 2a. PARTE: DE LAS OBLIGACIONES Y SUS FUENTES UNIDAD XI.
Límites y limitaciones a la propiedad inmobiliaria
 “No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley”.  El artículo VI del título Preliminar.
LEY GENERAL DE SOCIEDADES COMERCIALES Y EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Norma General Sobre Registro Nacional de Contribuyentes e Implementación.
Acuerdo entre dos o más grupos sociales o instituciones por el que ambas partes aceptan una serie de condiciones y derechos.
DEUDAS MONETARIAS U OBLIGACIONES PECUNIARIAS.
Condominio. Concepto Especie dentro de la comunidad o comunión de bienes: Es la comunidad existente entre los copropietarios de una misma cosa.
Derechos Humanos.
Que un esposo hace al otro antes de celebrarse el matrimonio y en consideración a él, y las donaciones que un tercero a cualquiera de los esposos antes.
SUCESIÓN UNIVERSAL MORTIS CAUSA.
DERECHO DE TRANSPORTES
EL DERECHO DE USO Y HABITACION
Hospedaje Arts. 1713º º Código Civil.
PRINCIPALES ASPECTOS DE LA REFORMA CONTEMPLADA EN EL PROYECTO Fideicomiso.
Obligaciones de Objeto Múltiple. Noción
TRADICIÓN Y ADQUISICIÓN A NON DOMINO
ADQUISICION DE LA POSESION
Sistema contractual Romano
UNIDAD III CONTRATOS EN ESPECIAL.
LOCTATIO-CONDUCTIO Cosas. Clases Servicios. Obras. Concepto
EL MATRIMONIO y EL DIVORCIO
 Derecho real es la relación jurídica en virtud del cual el sujeto activo ejerce directamente poderes sobre las cosas, y puede oponerse a que éstas sean.
TEMA 3. La Financiación Básica Propia (II) Fernando Giménez Barriocanal Curso Contabilidad Financiera y Analítica II.
Mg. María Luisa Valdivia B. Docente USMP
OPERACIONES PASIVAS PROFA. GLORIA SALAZAR.
TEMA Nº 14 EL USUFRUCTO.
Alumna: Alegría Narváez Sandra Odimaris Carrera: Ingeniería en Administración Instituto tecnológico de Lerma Maestra: Arroyo Denis Candelaria Beatriz Materia:
USUFRUCTO. Integrantes: Alvear Angélica Amador Carol Ayala Julia
“LA PRENDA” ALUMNA: Velázquez Sansores Ruth M.
DERECHOS Y DEBERES ENTRE LOS CONYUGUES
Derecho Administrativo Rafael Romero Moreno
SERVICIOS AL CONSUMIDOR 2013/14. TRABAJO ELABORADO POR ANTONIO ALUMNO SERVICIOS AL CONSUMIDOR.
REGLAS RELATIVAS AL HIJO POSTUMO (ART. 243)
Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización.
Derechos reales sobre cosa ajena
RESPONSABILIDAD CIVIL PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD
Violencia sexual.
DERECHO CIVIL VI -OBLIGACIONES
MARTIN CASTRO GABALDO CONVENIO U.N.A. – C.F.N.A TALLER DOS “OBLIGACIONES Y CONTRATOS”
Bienes Inmuebles del Estado Provincial
 Las obligaciones pueden clasificarse según sus elementos, por lo que existen diferentes clases de obligaciones atendiendo:  A) El vínculo,  B) El.
En un proceso de producción pueden haber desperdicios o desechos, los cuales se generan por el proceso de producción normal o bien, por problemas relacionados.
Contratos: Poco a poco en Roma se fueron dando los requisitos para que haya contrato, los cuales se podrían resumir del siguiente modo: 1) que haya consensus.
Regímenes matrimoniales
SON LAS CONSECUENCIAS JURIDICAS DE LA POSESION
Derecho de Familia Abog. Alexander Joao Peñaloza Mamani.
كلمه رئيس البلديه السيد المحامي عادل بدير بسم الله الرحمن الرحيم برعاية بلديه كفر قاسم تم بعون الله في شهر اكتوبر 2014 افتتاح قسم الخدمات النفسية الجديد.
Transcripción de la presentación:

LA DOTE Conjunto de bienes que la mujer, u otra persona en consideración a ella, entrega al marido para subvenir a las necesidades y gastos que la vida marital supone.

CLASES: A) Dote necesaria y dote voluntaria. B) Dos profecticia y dos adventicia. C) Dos aestimata Dos aestimata venditionis causa Dos aestimata taxationis causa D) Dos recepticia MODOS DE CONSTITUCIÓN: 1.Dotis dictio 2.Promissio dotis. 3.Pactum dotis. EFECTOS: Supeditados a la celebración del matrimonio.

RESTITUCIÓN:  El propietario de la dote (titular de los derechos), es el marido. Sin embargo las facultades sobre esta fueron mermando…  Primitivamente  deber de devolver la dote si el matrimonio se disolvía.  Posteriormente  Fundos: Lex Iulia de fundo dotali  No permuta si no existía utilidad para la mujer.  Función de administrador: responsable por pérdida o dolo.

LÍMITES: Supeditados a la celebración del matrimonio.  Primitivamente:  Stipulatio o cautio rei uxoriae.  Actio ex stipulatu.  Derecho justinianeo: 1. Supresión Actio rei uxoriae. 2. Derogación retenciones dotales. 3. La dote debía ser restituida siempre. 4. La dote: -Consistente en fundos  se devolvía de forma inmediata. -Consistente en muebles  plazo de un año. 5. Refuerzo de las garantías de devolución de la dote.

ACTIO EX STIPULATU 1.Acción civil. 2.Acción de derecho estricto. 3.Devolución integra de la dote. ACTIO REI UXORIAE 1.Nace como acción penal. 2.Acción de buena fe. 3.El marido gozaba del beneficium competentiae  RETENCIONES:  Retentio propter liberos.  Retentio propter impensas.  Retentio propter res donatas.  Retentio propter res amotas.  Retentio propter mores.