DIRECCIÓN JURÍDICA COPLADE

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Transcripción de la presentación:

DIRECCIÓN JURÍDICA COPLADE

SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN. Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; Código Penal Federal, Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

FALTAS GRAVES DELITOS Utilización Indebida de Información Actuación bajo conflicto de intereses Ejercicio ilícito de servicio público. Desvío de recursos públicos Contratación Indebida Uso ilícito de atribuciones y facultades Abuso de funciones Abuso de Autoridad Coalición de servidores públicos Cohecho Peculado Trafico de influencias Tráfico de Influencias concusión Encubrimiento Desacato Obstrucción de la justicia Intimidación y ejercicio abusivo de funciones Enriquecimiento oculto u ocultamiento de Conflicto de Intereses Enriquecimiento Ilícito

FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Omitir Cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas. No Denunciar los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir, que puedan constituir una Falta Administrativa No atender las instrucciones de sus superiores, siempre que estas sean acordes con las disposiciones relacionadas con el servicio publico. . No Presentar en tiempo y forma las declaraciones de situación patrimonial y de intereses.

Deberán Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones. No Registrar, integrar, custodiar y cuidar la documentación e información que tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso, divulgación, sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos. No Supervisar que los Servidores Públicos sujetos a su dirección, cumplan con las obligaciones Deberán Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones. Colaborar en los procedimientos judiciales y administrativos en los que sea parte. 9.- Cerciorarse, antes de la celebración de contrato de adquisiciones, arrendamientos o para enajenación de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza o la contratación de obra publica o servicios relacionados con esta, que el particular manifieste bajo protesta de decir verdad que no desempeña su empleo, cargo o comisión en el servicio publico, en su caso, que ha pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza en conflictos de interés;

FALTAS GRAVES

1 Cohecho Incurrirá en cohecho el servidor público que. - Para sí, o Exija, acepte, obtenga o pretenda obtener, por si o a través de terceros, con motivo de sus funciones, cualquier beneficio no comprendido en su remuneración como servidor público. Que podría constituir en: -Dinero -Valores -Bienes muebles o inmuebles, incluso mediante enajenación en precio notoriamente inferior al que se tenga en el mercado; -Donaciones -Servicios -Empleos y demás beneficios indebidos. - Para sí, o - Para su cónyuge -Parientes consanguíneos -parientes civiles, o - Para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o - Para socios o sociedades de las que el servidor publico o las personas antes referidas formen parte.

2 Peculado Cometerá peculado el servidor público que: Autorice, solicite o realice actos Para el uso o apropiación para siPara su cónyuge -Parientes consanguíneos -parientes civiles, o - Para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o De recursos públicos: -Materiales -Humanos o -Financieros

Sin fundamento jurídico o en contraposición a las normas aplicables. 3 Desvíos de Recursos Públicos Serán responsables de desvió de recursos públicos el servidor público que: Autorice, solicite o realice actos Para la asignación o desvió De recursos públicos: -Materiales -Humanos o -Financieros Sin fundamento jurídico o en contraposición a las normas aplicables.

4 Utilización indebida de información Incurrirá en utilización indebida de información el servidor público que: Adquiera bienes inmuebles, muebles y valores que pudieren incrementar su valor o, en general, que mejoren sus condiciones, así como obtener cualquier ventaja o beneficio privado. Así o para las personas a que se refiere el articulo 52 de la LGRA. Como resultado de información privilegiada de la cual haya tenido conocimiento. Se considera información privilegiada la que obtenga el servidor publico con motivo de sus funciones y que no sea del dominio publico. La restricción será aplicable inclusive cuando el servidor publico se haya retirado del empleo, cargo o comisión, hasta por un plazo de un año.

5 Abuso de funciones Incurrirá en abuso de funciones el servidor público que:. Ejerza atribuciones que no tenga conferidas o se valga de las que tenga. Para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarias. Para generar un beneficio para si o para las personas a las que se refiere el articulo 52 de la LGRA o para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público.

6 Actuación bajo Conflicto de Interés Incurrirá en actuación bajo Conflicto de Intereses el servidor público que: Intervenga por motivo de su empleo, cargo o comisión en cualquier forma, en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga Conflicto de Intereses o impedimento legal. Conflicto de intereses; La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios.

7 Contratación Indebida Sera responsable de contratación indebida el servidor público que: Autorice cualquier tipo de contratación, así como la selección, nombramiento o designación de quien. - Se encuentre impedido por disposición legal o inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. -inhabilitado para realizar contrataciones con los entes públicos. Siempre que el caso de las inhabilidades, al momento de la autorización, estas se encuentren inscritas en el sistema nacional de servidores Públicos y particulares sancionados de Plataforma digital nacional.

8 Utilización indebida de información El servidor público que falte a la veracidad en la presentación de las declaraciones de situación patrimonial o de intereses. Que tenga como fin ocultar, respectivamente, el incremento en su patrimonio o el uso y disfrute de bienes o servicios que no sea explicable o justificable, o un Conflicto de Interés

9 Trafico de Influencias Incurrirá en trafico de influencias el servidor público que: El servidor público que utilice la posición que su empleo, cargo o comisión le confiere para inducir a que otro servidor público efectúe. Retrase u omita realizar algún acto de su competencia, para generar cualquier beneficio, provecho o ventaja para sí o para otra persona.

10 Encubrimiento El servidor público que cuando en el ejercicio de sus funciones llegare a advertir actos u omisiones que pudieren constituir Faltas administrativas, realice deliberadamente alguna conducta para su ocultamiento.

11 Desacato Incurrirá en desacato el servidor público que. El servidor público que, tratándose de requerimientos o resoluciones de autoridades fiscalizadoras, de control interno, judiciales, electorales o en materia de defensa de los derechos humanos proporcione información falsa O no dé respuesta alguna, retrase deliberadamente y sin justificación la entrega de la información, a pesar de que le hayan sido impuestas medidas de apremio conforme a las disposiciones aplicables.

12 Obstrucción de la justicia Serán responsables de la investigación, substanciación y resolución de las Faltas administrativas los servidores públicos que: - Realicen cualquier acto que simule conductas no graves durante la investigación de actos u omisiones calificados como graves en la LGRA - No inicien el procedimiento correspondiente ante la autoridad competente, dentro del plazo de treinta días naturales. - Revelen la identidad de un denunciante anónimo protegido bajo los preceptos establecidos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.