ESTRUCTURA DEL ESTADO.

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Transcripción de la presentación:

ESTRUCTURA DEL ESTADO

Estructura del Estado La Constitución consagra la clásica tridivisión del poder público entre las ramas Legislativa, Ejecutiva y Judicial, continuando el esquema implantado desde la Constitución de 1886. Pero reconoce la existencia de otros órganos, autónomos e independientes, que cumplen funciones igualmente trascendentales dentro del Estado.

Rama Legislativa Representada por el Congreso, FUNCIONES BÁSICAS: hacer las leyes y ejercer el control político sobre la rama Ejecutiva. COMPOSICIÓN: Está compuesto de dos Cámaras: 1. El Senado - integrado por 102 Senadores elegidos por voto popular: 100 en circunscripción nacional y 2 por circunscripción especial indígena.

Rama Legislativa 2. La Cámara de Representantes - integrada por dos Representantes por cada departamento y el Distrito Capital, y uno más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor de 125.000 que tengan en exceso sobre los primeros 250.000 habitantes. Adicionalmente se eligen cinco Representantes por circunscripción especial así: dos por las comunidades negras, uno por las comunidades indígenas, uno por las minorías políticas y uno por los colombianos residentes en el exterior. Conforme a lo anterior, actualmente la Cámara está integrada por 168 Representantes.

Rama legislativa Comisiones 7 comisiones constitucionales permanentes 3 legales de Instrucción (Senado) de Cuentas (Cámara) de Investigación y Acusación (Cámara) 3. comisiones especiales 4. comisiones accidentales

Rama Legislativa Otras Comisiones Comisión de Derechos Humanos y Audiencias Comisión de Ética y Estatuto del Congresista Comisión de Acreditación Documental Comisión de Crédito Público 3 Comisiones de Seguimiento a los organismos de control (Contraloría y Procuraduría) al organismo electoral (CNE y Registraduría Nacional) al proceso de ordenamiento territorial.

Rama Ejecutiva Funciones: Tiene a su cargo la función administrativa, es decir, ejecutar las políticas, planes y programas orientados a satisfacer las necesidades de la comunidad. En otras palabras, le corresponde gobernar. También le corresponde cumplir y hacer cumplir las leyes y las sentencias de los jueces. Sectores: 1. Central 2. Descentralizado

Rama Ejecutiva El sector central está conformado por: La Presidencia y la Vicepresidencia de la República El Presidente es el Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa. Los ministerios Los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia. Los ministros son los voceros del gobierno ante el Congreso

Rama Ejecutiva Los ministerios son trece actualmente, con el siguiente orden de precedencia: De Justicia y del derecho. De Relaciones Exteriores De Hacienda y Crédito Público De Defensa Nacional De Agricultura y Desarrollo Rural De la salud y Protección Social De Minas y Energía De Comercio, Industria y Turismo De Educación De Ambiente y Desarrollo sostenible De vivienda ciudad y territorio De TI y las Comunicaciones De Transporte De Cultura

Rama Ejecutiva Los departamentos administrativos Las superintendencias De la Presidencia de la República Nacional de Estadística (DANE) De la Función Pública Nacional de Planeación (DNP) De la Economía Solidaria (DANSOCIAL) Las superintendencias Las superintendencias son organismos adscritos a un ministerio que cumplen algunas de las funciones de vigilancia y control que corresponden al Presidente como suprema autoridad administrativa. Actualmente existen 11 superintendencias

Rama Ejecutiva Notariado y Registro Bancaria De Valores De Vigilancia y Seguridad Privada Subsidio Familiar Nacional de Salud Industria y Comercio Sociedades General de Puertos y Transporte Servicios Públicos Domiciliarios De Economía Solidaria

Rama Ejecutiva El sector descentralizado Los establecimientos públicos – Ej: : ICBF y SENA (Protección Social), INPEC (Interior y Justicia), ICA (Agricultura y Desarrollo Rural), COLDEPORTES (Educación). Las empresas industriales y comerciales del Estado. Ej: ECOPETROL, Fondo Nacional del Ahorro, Imprenta Nacional. Las Empresas sociales del Estado Las sociedades de economía mixta. Ej: Banco Agrario, IFI, Carbocol. Las gobernaciones y las alcaldías también hacen parte de la Rama Ejecutiva.

Rama Judicial INTEGRADA POR: La Corte Constitucional La Corte Suprema de Justicia El Consejo de Estado El Consejo Superior de la Judicatura La Fiscalía General de la Nación Los tribunales Los jueces.

Rama Judicial JURISDICCIONES: Jurisdicción ordinaria (asuntos civiles, laborales, penales, agrarios, de familia, de ejecución de penas) Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Jurisdicción Constitucional: Corte Constitucional Jurisdicciones especiales:

Órganos autónomos e independientes 1. Órganos de control 1.1. Contraloría General de la República vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación. La vigilancia fiscal debe incluir el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, es decir, no se limita a verificar operaciones numéricas. El Contralor es elegido por el Congreso en pleno (Senado y Cámara) para un período igual al del Presidente de la República, de terna integrada por sendos candidatos de la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional y el Consejo de Estado

Órganos autónomos e independientes

Órganos autónomos e independientes 2. Organización Electoral La Organización Electoral tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, y lo relativo a la identidad de las personas. 2.1. Consejo Nacional Electoral 2.2. Registrador Nacional del Estado Civil 3. Comisión Nacional de Televisión Tiene a su cargo la intervención del Estado en el espectro electromagnético utilizado para los servicios de televisión. Con ese fin desarrolla y ejecuta los planes y programas del Estado relativos a la televisión.

Órganos autónomos e independientes 4. Banco de la República Sus funciones básicas son: regular la moneda, los cambios internacionales y el crédito; emitir la moneda legal; administrar las reservas internacionales; ser prestamista de última instancia y banquero de los establecimientos de crédito; y servir como agente fiscal del gobierno. Las anteriores funciones las debe ejercer en coordinación con la política económica general. La junta directiva de Banco es la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia. Está compuesta por siete miembros, entre ellos el Ministro de Hacienda que la preside. El Gerente del Banco hace parte de la junta y es elegido por ésta. Los cinco miembros restantes son elegidos por el presidente, para períodos de cuatro años.