facilitador Ollantay González

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
REFORMA DEL COPP Y LAS ACTUACIONES POLICIALES
Advertisements

NUEVO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES
PRINCIPIOS RECTORES Y GARANTIAS PROCESALES EN EL DERECHO PENAL “LIBERTAD” PRESENTADO POR: GERMAN D. CASTAÑO JARAMILLO.
Stephanie De Jesus Just 2020 Prof. Alexis Sanchez.
ENRIQUE HUGO MULLER SOLON
María I. López JUST Ensayo. Los fundamentos con los que puede el tribunal conceder un nuevo juicio son varios. Existe lo que se llama un ‘’nuevo.
JUZGADO MUNICIPAL Lic. José Adán Ruiz Buenrostro Lic. Carlos Arturo Cisneros.
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS ARTICULO DECRETO 0734 DE “CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMO APOYO A LA GESTIÓN RESPECTO A ACTIVIDADES.
UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DE PR RECINTO DE FAJARDO DEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CS. SOCIALES CIENCIAS DE LA CRIMINALIDAD POR: PROFA. ARLENE PARRILLA.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios Sábado 30 de abril Toluca, Estado de México.
CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA ASPECTOS MAS SALIENTES. Curso Posgrado de Derechos Humanos y Humanitario Prof. Eduardo J.
PRINCIPIOS DEL JUICIO ORAL DERECHO PROCESAL PENAL II.
FACULTADES DE COMPROBACION ART. 42 CFF Rectificar errores aritméticos, omisiones u otros Declaraciones solicitudes avisos Solicitar la contabilidad para.
LA PRISIÓN PREVENTIVA (Cumplimiento de los Presupuestos Materiales desde la perspectiva jurisdiccional) RENE S. ZELADA FLORES Juez Titular Juzgado Penal.
G UILLERMO G ÁLVEZ C ASTRO DERECHO PROCESAL CIVIL.
PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA. Términos relaciones con el procedimiento de ejecución coactiva  Entidad o entidades  Obligado  Ejecutor Coactivo.
INTERPRETACIÓN PREVIA DE LA ESCENA DEL CRIMEN. Interpretación Previa de la Escena del Crimen.
ASPECTOS GENERALES DEL DERECHO PENAL GENERAL
CADENA DE CUSTODIA. ¿QUÉ ES LA CADENA DE CUSTODIA? Es un procedimiento de control que se aplica al indicio, que bien puede ser una mancha, una huella,
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
JUEZ MUNICIPAL JUZGADO MUNICIPAL Lic. José Adán Ruiz Buenrostro
Fuentes legales del Contrato de Trabajo
EL ORDENAMIENTO JURIDICO
Límites a la facultad de imponer sanciones por la Administración dispuestos por el Decreto 1410/2014 Andrés Ruiz Ibáñez.
“RESOLUCIONES ELECTRÓNICAS: COMUNICACIÓN SAT- CONTRIBUYENTES”
Formalización del recurso
Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión
Reflexión de Seguridad
FUENTES DEL DERECHO.
Administración de Oficinas
FACULTAD SANCIONADORA
Licenciatura en Derecho Tema: «INVESTIGACIÓN INICIAL”
AUDITORIA FORENSE “EXTENSION, PERTINENCIA Y VALORACION DE LA PRUEBA”
U.E.P Colegio Las Acacias
José Antonio Neyra Flores
RURAL GED PIP SESIÓN 1:Denuncia Administrativa.
FASE INTERMEDIA En esta fase se realizan actos de una gran importancia para el proceso, debido a que el juez de control, en conocimiento de las partes,
USO DE LA FUERZA DIRECTIVA N° DPNP B  APRECIACION DE SITUACION TENIENDO EN CUENTA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD O EQUIPARIDAD.  EN.
JUEZ MUNICIPAL JUZGADO MUNICIPAL Lic. José Adán Ruiz Buenrostro
SEGUNDO ELEMENTO DEL DELITO LA TIPICIDAD
LIMITES PARA LAS DEMANDAS Y OFERTAS DE LAS PERICIAS…
Objetivo General El Tribunal, es un Órgano Colegiado, integrado por Cinco Salas Ordinarias (cada una con tres Magistrados) y una Sala Superior (compuesta.
2) Cuál es el contenido de la Tutela Judicial Efectiva.
Corporaciones Municipales
Artículo 1. Obligación de Respetar los Derechos
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y ADMINISTRATIVAS JUSTICIA TRANSICIONAL ANALISIS JURISPRUDENCIAL SENTENCIA C-370 DE 2006.
Límites constitucionales a la potestad sancionadora de la Administración Pública Francisco Carruitero Lecca.
EL PROCESO INMEDIATO EN CASOS DE FLAGRANCIA Y EL DERECHO DE DEFENSA Por: Abog. Lady D. Cueva Vizcarra.
INDEPENDENCIA Cuando ejerce su función con libertad e independencia sin otros limites que la Ley y las Normas. Evitar cualquier influencia externa que.
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas
Poder judicial.
El acceso de los medios de comunicación a la información judicial y a las audiencias en materia penal Montevideo, 9 de abril de 2018.
PROF. JUAN CARLOS MARTÍNEZ ORTEGA
JUZGADO MUNICIPAL Lic. Silvia Elena Sánchez López.
PRINCIPIOS PROCESALES EN MATERIA PENAL REYNA CALDERÓN PRINCIPIOS PROCESALES EN MATERIA PENAL.
¿Qué es oralidad? En lingüística, designa el modo de comunicación verbal a través de sonidos implica toda la actividad procesal del debate Producción.
DEFENSA FISCAL Mtro. Ricardo Luna Magallón. 1. Código Fiscal de la Federación 1.1 Jerarquía de la Leyes Fiscales 1.2 Facultad Constitucional 1.3 Facultades.
Criminalización de la huelga
DEFINICIÓN, CLASES, CONSIDERACIONES PARA SU FORMULACIÓN Y ESTRUCTURA DE LA DOCUMENTACION.
DR. ELDER J MIRANDA ABURTO. El Código procesal penal  La define: Art 268°: Presupuestos materiales El juez, a solicitud del Ministerio Público, podrá.
 En el Perú, el Código Penal y Procesal Penal, han prohibido el uso de la tortura para obtener confesiones.  Todos los actos de investigación urgentes.
DEBIDO PROCESO:. El debido proceso tiene su origen en el due process of law anglosajón, se descompone en: el debido proceso sustantivo, que protege de.
Expositora: Bessy Braida Pasquel Sotelo
Cadena de Custodia Diana M González S. Manual de Cadena de Custodia Esta dirigido a los servidores públicos y particulares que tengan contacto con los.
Medicina Legal Deontología Médica La Actividad o Labor Médico Legal.
¿IMPORTAN LOS DERECHOS EN LA PRÁCTICA?
DEFENSORIA DEL PUEBLO La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo creado por la Constitución de Su misión es proteger los derechos.
Unidad 5.   El Proceso Penal: concepto. Garantías procesales. Garantías constitucionales (Habeas Corpus y Recurso de Amparo).  Funciones y atribuciones.
Código de Procedimiento Penal
Transcripción de la presentación:

facilitador Ollantay González ACTO POLICIAL legalidad vicios facilitador Ollantay González

¿QUE ES UN ACTO POLICIAL DE INVESTIGACIÓN? Es el medio escrito, en el que los funcionarios actuantes describen la morfología del fenómeno abordado en tiempo y espacio, con la identificación de sus partícipes; funcionarios, victimas, testigos y sospechosos en caso de ser posible, así como la mención de las evidencias colectadas en el sitio del suceso (cadena de custodia) y la lectura de los derechos del imputado en caso de aprehensión en flagrancia. Es la radiografía del proceder policial

Entonces … ¿QUE ES UN ACTA POLICIAL? Es la conducta desplegada por la autoridad de policía en el curso de un hecho punible, expresada a través de un medio escrito (actas policiales), tendiente a individualizar el o los autor(es) criminal(es), mediante el examen de las evidencias forenses.

TIPOS DE ACTAS POLICIALES Acta policial de mero trámite administrativo. Art. 55 CN Acta policial de investigación penal. Art. 110 COPP Acta policial de flagrancia. Art. 117 COPP. Art. 44,n 2 CN

ESTRUCTURA DEL ACTA POLICIAL Lugar, fecha y hora de iniciación del acto. Identidad de las personas que intervienen. Motivo del acta. Indicación de las diligencias realizadas y sus resultados. Firmas de todos los intervinientes (secretario o testigo de actuación), la cual se firmará previa lectura y si alguno no pudiere o no quisiere firmar se hará mención de ello.

VICIOS DE LAS ACTAS POLICIALES Vicio del Omnisciente. El instructor sabe más que los personajes. Vicios del Deficiente. El narrador comunica solo lo que ve, oye o le cuentan, se lo denomina narrador testigo o cronista. Del Equisciente. El narrador conoce lo mismo que sus personajes.

NATURALEZA DEL ACTA POLICIAL Tiene carácter de documento administrativo. Se evita el punto y aparte, para no dejar espacios de papel en blanco. No se borra ningún error, se salva al final. Da fe de un acto realizado por el funcionario policial o realizado en su presencia.

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DEL ACTO POLICIAL CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA Artículo 55 Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes. OMISSIS Los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por parte del funcionariado policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley.

CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL FUNDAMENTO LEGAL DEL ACTA POLICIAL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL Artículo 117 (reglas para actuación policial) Las autoridades de policía de investigaciones deberán detener a los imputados en los casos que este Código ordena, cumpliendo con los siguientes principios de actuación: Hacer uso de la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la proporción que lo requiera la ejecución de la detención; No utilizar armas, excepto cuando haya resistencia que ponga en peligro la vida o la integridad física de personas, dentro de las limitaciones a que se refiere el ordinal anterior; No infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o castigoscrueles, inhumanos o degradantes, tanto en el momento de la captura como durante el tiempo de la detención; Informar al detenido acerca de sus derechos; Asentar el lugar, día y hora de la detención en un acta inalterable.

PODER DISCIPLINARIO Código Orgánico Procesal Penal Artículo 116. Los órganos de policía de investigaciones que infrinjan disposiciones legales o reglamentarias, omitan o retarden la ejecución de un acto propio de sus funciones o lo cumplan negligentemente, serán sancionados según la ley que los rija. No obstante, el Fiscal General de la República podrá aplicar directamente cualquiera de las sanciones que en ella se prevean, cuando las autoridades policiales no cumplan con su potestad disciplinaria.

PODER DISCIPLINARIO Decreto Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística Artículo 30. El tratamiento irregular del sitio del suceso y las evidencias, así como el desarrollo de actividades que involucren técnicas de investigación criminal, por parte de órganos de seguridad ciudadana distintos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, será considerada como modificación del lugar y generará las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar de conformidad con la ley.

CONFORME LA JURISPRUDENCIA AREOPAGA VALOR PROBATORIO DE LAS ACTAS POLICIALES CONFORME LA JURISPRUDENCIA AREOPAGA Sentencia Nº 03 de Sala de Casación Penal, Expediente Nº 99-465 de fecha 19/01/2000 Materia :Derecho Procesal Penal Tema: Pruebas Asunto Testimonio de Funcionarios Policiales. Valor Probatorio LOSSEP. (Jurisprudencia Reiterada) El solo dicho de los funcionarios policiales no es suficiente para inculpar a los procesados, pues sólo constituye un indicio de culpabilidad. Sentencia Nº 130 de Sala Constitucional, Expediente Nº 00-0858 de fecha 01/02/2006 Materia :Derecho Procesal Penal Tema: Órganos auxiliares de los órganos que imparten justicia Asunto Naturaleza de los Cuerpos Policiales I Las fuerzas de policía son, en realidad, imprescindibles en la labor de los tribunales penales. Las policías aprehenden a personas en el mismo momento en que se les observa cometiendo el hecho tipificado como punible o investigan para dar con los sospechosos y solicitar del tribunal que les permita capturarlos y ponerlos luego a sus órdenes. Los jueces, así, juzgan a quienes los órganos policiales suelen traer ante ellos. Sin órganos de policía el sistema de justicia estaría incompleto. Negar a los cuerpos policiales el poder para efectuar detenciones cuando en sus tareas diarias observan cómo algunas personas violan la ley o cuando se esfuerzan en investigar para descubrir quién lo ha hecho, implicaría vaciar de contenido su misión, en franco perjuicio para la colectividad. Lo que no puede permitirse es que los órganos policiales cuenten con el poder para ser ellos mismos los que sancionen o que se les permita alargar las detenciones antes de poner a las personas frente a los jueces. Tal vez sólo en sociedades extremadamente refinadas los cuerpos policiales pueden proporcionar garantías suficientes. La misión de los órganos de policía es, entonces, fundamental (la seguridad de los ciudadanos) y sus medios deben ser proporcionales, pero no puede ocultarse que, por su magnitud, la Administración (de la que la policía forma parte) es la que necesita control para evitar los excesos en que pudiera incurrir en el ejercicio de sus poderes.

LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO (01/03/2007) Artículo 16. Son competencias del Ministerio Público: 3. practicar por sí mismo o por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, o por los órganos con competencia especial y de apoyo en materia de investigaciones penales, las actividades indagatorias para demostrar la perpetración de los actos punibles; hacer constar su comisión con todas las circunstancias que puedan influir en la calificación y establecer la responsabilidad de los autores o las autoras y demás partícipes, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con su perpetración. DECRETO CON FUERZA DE LEY DE LOS ORGANOS DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS (02/11/2001) Artículo 15. Corresponde a los órganos de apoyo a la investigación penal, en el ámbito de su competencia: Realizar las actividades encaminadas a resguardar el lugar del suceso. Impedir que las evidencias del hecho delictivo, rastros o materialidades desaparezcan y proteger el estado de las cosas de tal forma que no se modifiquen hasta que llegue al lugar la autoridad competente. Disponer que ninguna de las personas que se hallaren en el lugar del hecho, o en sus adyacencias, se aparten del mismo mientras se realicen las diligencias que corresponda. Identificar y aprehender a los autores de delitos en casos de flagrancia y ponerlos a disposición del Ministerio Público. Asegurar la identificación de los testigos del hecho. Brindar asesoría técnica en la investigación criminal, a solicitud del Ministerio Público, con excepción de lo prevista en el numeral 1 del articulo anterior. Las que les sean atribuidas por la ley.

FRENTE A LAS ACTAS POLICIALES Y LAS EVIDENCIAS CRIMINALÍSTICAS QUE DEBE HACER EL O LA JUEZ(A) FRENTE A LAS ACTAS POLICIALES Y LAS EVIDENCIAS CRIMINALÍSTICAS CONFORME AL COPP Artículo 22 Apreciación de las Pruebas Artículo 282 Control Judicial Las pruebas se apreciarán por el tribunal según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de la experiencia. Al Juez de Control le corresponde controlar el cumplimiento de los principios y garantías establecidos en el Código Procesal Penal, en la Constitución de la República, tratados, convenios o acuerdos internacionales suscritos por la República y practicar pruebas anticipadas, resolver excepciones, peticiones de las partes y otorgar autorizaciones.

FRENTE A LAS ACTAS POLICIALES Y LAS EVIDENCIAS CRIMINALÍSTICAS QUE DEBE HACER EL O LA JUEZ(A) FRENTE A LAS ACTAS POLICIALES Y LAS EVIDENCIAS CRIMINALÍSTICAS CONFORME AL COPP Artículo 199 Presupuesto de la Apreciación de las Pruebas Artículo 197 Licitud de las pruebas Los elementos de convicción solo tendrán valor si han sido obtenidos por un medio lícito e incorporados al proceso conforme a las disposiciones de este código. Para que las pruebas puedan ser apreciadas por el tribunal, su practica debe efectuarse con estricta observancia de las disposiciones establecidas en este Código.

RECOMENDACIÓN REFLEXIÓN El manejo adecuado de las actas policiales, las evidencias criminalísticas y su justa valoración hacen posible una justicia expedita. Para ello, tenemos que educar RECOMENDACIÓN