Articulo 67. Facturación de Líneas Aéreas afiliadas al IATA Para llenar los boletos de avion en el LCV vamos a tomar la última normativa al respecto, la RND
El nro. de DUI y número de autorización Según el anexo de la RND dice que cuando no sea DUI, y se haya registrado una Factura, Nota Fiscal o Documento Equivalente, consignar el valor cero (0). Y en caso de boleto de avión indica que en la parte del número de autorización se debe consignar con el nro 1 = cuando se registre un Boleto Aéreo
INFORMAR A LOS PASAJEROS EL MONTO SUJETO A CRÉDITO FISCAL EN LOS BOLETOS AÉREOS 529 = 444 (FARE) + 69 (IVA BO) + 16 QM FARE es el costo del servicio de vuelo IVA BO es el IVA de FARE más QM QM, Millas de Calificación – QM Estos montos están tomando los valores sin impuestos. Si sumamos los items que no son impuestos, tendremos: = 460.
Estos montos están tomando los valores sin impuestos. Si sumamos los items que no son impuestos, tendremos: = 460. Si a esto le cargamos su IVA, llegamos al monto del IVA BO: 460 x 14.94% = 68.72, redondeado sale 69. Finalmente los 3 items suman 529, redondeado de = =# 529
Llenado del boleto de avion en el Libro de Compras