PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL

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Transcripción de la presentación:

PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL CURSO INTRODUCTORIO SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE 13 DE DICIEMBRE, DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL OFRECIDO POR: PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL CON LA COLABORACIÓN DE:

ANTECEDENTES La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), permanece vigente desde el 15 de enero de 2000, derogando la anterior Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD).   La diferencia fundamental entre ambas es que el ámbito de la LORTAD únicamente abarcaba los ficheros que contuviesen datos de carácter personal que se almacenasen en soporte electrónico. La LOPD amplia este ámbito a cualquier tipo de soporte, es decir, los ficheros en formato papel también están sujetos a esta reglamentación. La LOPD, establece nuevas medidas de seguridad, además de mantener vigentes algunos aspectos de la LORTAD, “en todo lo que no se oponga a la Ley”. El cumplimiento de la LORTAD no exime de la adaptación y cumplimiento con la LOPD.

NATURALEZA La LOPD, es una Ley Orgánica, que tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que se refiere al tratamiento de los datos de carácter personal, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor, intimidad y privacidad personal y familiar. Su objetivo principal es regular el tratamiento de los datos de carácter personal, independientemente del soporte en el cual sean tratados o del tipo de tratamiento que se les aplique (Directiva Europea 95/46 CE de 24 de octubre), los derechos de los ciudadanos sobre ellos y las obligaciones de aquellos que los crean o tratan. CONSTITUCIÓN LEYES ORGÁNICAS LEYES ORDINARIAS REALES DECRETOS DECRETOS LEGISLATIVOS DECRETOS LEY REGLAMENTOS OTRAS NORMAS

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de LEGISLACIÓN APLICABLE La legislación vigente reconoce, protege y garantiza el derecho de los ciudadanos al honor y a la intimidad en lo referente a sus datos personales como un derecho fundamental propio. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Ley 32/2003, de 3 de noviembre, general de telecomunicaciones. Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS (AEPD) Organismo público que vigila el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos. Su sede está en Madrid y tiene su ámbito de actuación en toda España; aunque existen otras agencias de protección de datos de carácter autonómico en la Comunidad de Madrid, Cataluña y en el País Vasco. OTRAS FUNCIONES DE LA AGENCIA Ejercer la potestad sancionadora, tutela de derechos, emitir las autorizaciones previstas (transferencias de datos internacionales), ordenar, en caso de ilegalidad, el cese en el tratamiento y la cancelación de los datos. Atender a sus peticiones y reclamaciones de los afectados, promover campañas de difusión sobre la ley a través de los medios, dictar instrucciones y recomendaciones de adecuación de los tratamientos a la legislación vigente. www.agpd.es

ÁMBITO DE LA LEY Protección de los datos de carácter personal registrados en soporte informático, papel o video que los haga susceptibles de tratamiento y uso posterior por los sectores público y privado: cualquier información concerniente a las personas: físicas identificadas o identificables. FICHERO DE DATOS Todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso. RESPONSABLE DEL FICHERO Persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo, que decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento de los datos. RESPONSABLE DEL FICHERO: PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL ENCARGADO DE TRATAMIENTO La persona física o jurídica que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del Responsable del Fichero, como consecuencia de la existencia de una relación jurídica que le vincula con el mismo para la prestación de un servicio. RESPONSABLE DE SEGURIDAD Persona o personas a las que el Responsable del Fichero ha asignado formalmente la función de coordinar y controlar las medias de seguridad aplicables.

Identificativos, dirección, teléfono de contacto, etc. NIVEL MEDIO NIVELES DE SEGURIDAD La Ley Orgánica establece diferentes niveles de seguridad sobre los datos personales que deben ser protegidos: NIVEL BÁSICO Identificativos, dirección, teléfono de contacto, etc. NIVEL MEDIO Económicos, financieros y patrimoniales. Comisión infracciones administrativas y penales. Hacienda Pública. NIVEL ALTO (máxima protección) Salud. Vida sexual. Origen racial. Religión y creencias. Ideología, afiliación política y sindical.

Elaboración, mantenimiento y cumplimiento de un Plan de Seguridad: Inscripción de los Ficheros en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, así como su actualización, modificación o supresión de los mismos cuando proceda. Elaboración, mantenimiento y cumplimiento de un Plan de Seguridad: Art.4 LOPD Ppio. De Calidad de los datos. Art.5 LOPD Ppio. De Información. Art. 11 LOPD Comunicación de datos. OBLIGACIONES BÁSICAS

INSCRIPCIÓN, MODIFICACIÓN O SUPRESIÓN DE FICHEROS REGISTRO DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

Realización de copias de respaldo y recuperación. MEDIDAS DE SEGURIDAD TÉCNICAS Realización de copias de respaldo y recuperación. Gestión de soportes y documentos. Identificación y autenticación. Deber de información sobre las distintas funciones y obligaciones del personal que accede a los datos. Registro de incidencias en el tratamiento de los datos. Control de acceso a los datos. Derechos de los interesados sobre sus datos. Contratos de acceso y cláusulas de confidencialidad. Comunicación o cesión legal de datos. MEDIDAS DE SEGURIDAD ORGANIZATIVAS

Deben ser adecuados, pertinentes y no excesivos. NO pueden ser recabados sin el consentimiento del titular de los mismos. NO pueden ser destinados a usos distintos de aquel para el que fueron recabados. NO se pueden ceder o comunicar datos a terceros sin el consentimiento del titular. Deben ser adecuados, pertinentes y no excesivos. RECOGIDA DE LOS DATOS

CONSENTIMIENTO TÁCITO TRATAMIENTO DE LOS DATOS El tratamiento de los datos requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa. CONSENTIMIENTO TÁCITO Esta será la forma normal de consentimiento para los supuestos que no se exija un consentimiento expreso. CONSENTIMIENTO EXPRESO Los datos de carácter personal que hagan referencia al origen racial, a la salud y a la vida sexual sólo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado consienta expresamente. TIPOS DE CONSENTIMIENTO

DERECHOS A.R.C.O La LOPD garantiza a las personas el poder de control sobre la información y datos que de ellos tienen las organizaciones, así como del uso de esta información por las mismas. Para ello, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a la información que se posee de personas físicas, exigiendo que se facilite al ciudadano el ejercicio de estos derechos. Son derechos de carácter personalísimo, sólo pueden ser ejercidos por los interesados o representante legal. Son derechos cuyo ejercicio es gratuito, han de solicitarse por escrito acompañado de copia del DNI ante el Responsable del Fichero por cualquier medio que permita acreditar tanto el envío como su recepción. El Responsable del Fichero debe contestar tanto si procede o no atender a la solicitud. el interesado  podrá recabar la tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos. Los formularios de los Derechos A.R.C.O estarán en la Intranet a disposición de todos los empleados en el apartado “plantillas”.

DERECHO ACCESO El interesado tiene derecho a obtener y solicitar información sobre sus datos personales, el origen de los mismos, así como las cesiones realizadas o que el responsable del fichero prevé realizar. DERECHO RECTIFICACIÓN Podrá solicitar la rectificación de los datos personales que sean inexactos o incompletos, inadecuados o excesivos. DERECHO CANCELACIÓN Equivale al bloqueo de los datos por parte del responsable del fichero, conservándolos, únicamente, cuando exista obligación legal o, para mantenerlos a disposición de las Administraciones Públicas, Jueces y Tribunales, con el fin de atender las posibles responsabilidades, durante el plazo de prescripción de éstas. Finalizado el mismo los datos deberán ser suprimidos por el Responsable del Fichero. DERECHO OPOSICIÓN El afectado podrá oponerse a que se traten sus datos con fines de publicidad y prospección comercial, entre otros.

Documento de Seguridad. CONTENIDO DEL PLAN DE SEGURIDAD Documento de Seguridad. Normativa de confidencialidad, exigible a empleados y colaboradores. Contratos de acceso a datos con prestadores de servicio y compromisos de confidencialidad. Procedimientos. Registros: de usuarios, de accesos a la aplicación, de hardware y software, de funciones y derechos de los usuarios y, de acceso a los ficheros con datos personales. Formularios: ejercicio de derechos, autorizaciones para la recuperación de datos, registros de incidencias, autorizaciones para la salida de soportes del centro de tratamiento, registros de soportes informáticos, ...

No tener plan de seguridad. LEVES No tener plan de seguridad. No tener inscritos los Ficheros ante la Agencia. No tener formularios para el ejercicio de derechos. GRAVES No tener implantadas medidas de seguridad. Incumplimiento del ejercicio de derechos. Utilización con fines diferentes de los Ficheros. MUY GRAVES Obstaculizar la acción de la Agencia. Recoger datos de forma fraudulenta. No guardar confidencialidad y secreto. INFRACCIONES LEVES Multa de 900 a 40.000 € GRAVES Multa de 40.001 a 300.000 € MUY GRAVES Multa de 300.001 a 600.000 € SANCIONES

TARIFAS PROTECCIÓN DE DATOS FICHERO EN PAPEL FICHERO INFORMÁTICO MUTUALISTAS DE PREVISIÓN SANITARIA 300 € 380 € NO MUTUALISTAS 375 € 475 € SERVICIOS: Visita presencial: toma de datos, análisis tratamiento de datos... Inscripción de ficheros: altas, modificaciones o supresiones. Realización del plan de seguridad: documento de seguridad, normativas de confidencialidad, contratos con prestadores de servicios, etc. Servicio de mantenimiento por dos años

Cumpliendo con la ley, protegemos a nuestros mutualistas PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL PREVISIÓN SANITARIA SERVICIOS Y CONSULTORÍA MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN WWW.PSN.ES WWW.PSSERCON.ES