NOMBRES: Lizeth Natalia Hernandez Laura Viviana Cristancho Leydi Yurani Cardenas Yesica Yurany Carrillo Yuli Alexandra Prieto INSTRUCTOR: Jhonis Bermudez.

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Transcripción de la presentación:

NOMBRES: Lizeth Natalia Hernandez Laura Viviana Cristancho Leydi Yurani Cardenas Yesica Yurany Carrillo Yuli Alexandra Prieto INSTRUCTOR: Jhonis Bermudez FICHA:

LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES - LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012 La Ley de Protección de Datos Personales: Reconoce y protege el derecho que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos que sean susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada. Mediante La Ley 1581 de 2012 se expidió el Régimen General de Protección de Datos Personales, el cual, de conformidad con su artículo 1, tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma Que la Ley 1581 de 2012 constituye el marco general de la protección de los datos personales en Colombia.

¿QUE SON LOS DATOS PERSONALES? Los datos personales implican toda aquella información inherente a una persona y que como tal permiten identificarlo conforme, es decir, le aportan una existencia real. Entre estos datos podemos destacar: el nombre y apellido, la fecha y el lugar de nacimiento, edad, domicilio real, teléfono, estado civil, nombres y apellidos de sus progenitores, situación laboral, estudios cursados, por citar aquellos que están signados como datos personales básicos de una persona.

¿Cómo se recogen los datos personales? Los datos personales conforman la información necesaria para que una persona pueda interactuar con otras o con una o más empresas y/o entidades para que sea plenamente individualizada del resto de la sociedad, haciendo posible la generación de flujos de información que contribuyen con el crecimiento económico y el mejoramiento de bienes y servicios. Así por ejemplo, cuando hacemos una solicitud de crédito ante una entidad financiera, se requiere diligenciar formularios con nuestra información personal, o cuando realizamos una compra y para realizar la factura de venta solicitan datos como el número de documento de identidad, correo electrónico, dirección y teléfono de contacto, entre otros La empresa puede recoger los datos personales de diversas formas: Verbalmente: Contratación telefónica, Por escrito: Rellenando impresos de alta de cliente, Por Internet o de forma automatizada: formularios de comercio electrónico o cuando recabamos datos de usuarios en una base de datos o red social, Por imágenes: Cámaras de vigilancia y seguridad Cuando la empresa recoge los datos, -de cualquiera de estas formas- tiene dos obligaciones básicas: Informar a las personas titulares de esos datos Solicitar el consentimiento a dichos tit ulares

¿QUE TIPOS DE DATOS HAY? Las disposiciones sobre protección de datos, establecen tipologías de datos según el mayor o menor grado de aceptabilidad de la divulgación: Dato Público: Es el dato que la ley o la Constitución Política determina como tal, así como todos aquellos que no sean semiprivados o privados. Dato Semiprivado: Es el dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas. Dato Privado: Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular de la información. Dato Sensible: Es el dato que afecta la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación.

¿A qué datos personales no se aplica la ley? A las bases de datos o archivos mantenidos en un ámbito exclusivamente personal o doméstico. Las que tengan por finalidad la seguridad y defensa nacionalla prevención, detección, monitoreo y control del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Las que tengan como fin y contengan información de inteligencia y contrainteligencia. Las que contengan información periodística y otros contenidos editoriales Las bases de datos con información financiera, crediticia, comercial y de servicios, y de los censos de población y vivienda.