El dominio español en América comprendió desde el sur de Estados Unidos hasta la Tierra de Fuego, abarcando territorios de Centro y Suramérica.

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Transcripción de la presentación:

El dominio español en América comprendió desde el sur de Estados Unidos hasta la Tierra de Fuego, abarcando territorios de Centro y Suramérica .

Desde un comienzo, España centralizó todo lo referente a la administración de las colonias que poseía en América y Asia, teniendo a la cabeza al rey, quien era asesorado por el Consejo de Indias

España era regida por una monarquía absolutista Las instituciones se crean para gobernar las colonias Desde España se estipularon las leyes, formas de gobierno y las autoridades. Las principales instituciones administrativas son Fue fundado en 1511 y reformado en 1524 por Carlos V. Era el órgano más importante de la administratción indiana. Asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial. Las leyes y mandatos del Consejo de Indias se llamaban Cedulas Reales. Esta institución desapareció con el ascenso de los Borbones

Se encargaba de elaborar los mapas de los nuevos Dependía del Real Consejo de Indias Fundada en 1503 y se estableció en Sevilla Tenía a su cargo los asuntos relacionados con el comercio entre España y sus colonias Controlaba las exportaciones e importaciones Se encargaba de elaborar los mapas de los nuevos territorios Tenia facultades judiciales para decidir sobre pleitos relacionados con la actividad comercial.

:. (AYUNTAMIENTO) principal autoridad : (AYUNTAMIENTO) principal autoridad de cada ciudad Sesionaba de dos formas: ordinaria y abierta Cabildo ordinario, se reunían únicamente los miembros que pertenecían a él. Cabildo abierto participaban los mandatarios y los habitantes Funciones del cabildo: velar por el aseo; calles, plazas y paseos; servicios públicos como el de agua potable; higiene, etc., de la ciudad. También se preocupaba del estado de las cárceles. Llevaba el control de la calidad y precios de los alimentos, y de otros artículos y servicios esenciales para la comunidad, entre ellos de la medicina y la farmacia. Poseía atribuciones judiciales. Ocuparse de la policía local, pudiendo reclutar hombres para proveer a la defensa de la ciudad o de su territorio cuando fuese necesario. Dictar normas para la edificación. Inspeccionar y controlar los hospitales, el estado de los caminos, el culto público divino, el abastecimiento local y los precios de los productos esenciales.

Durante la Colonia eran cuatro capitanías generales: Fueron territorios dirigidos por un jefe militar que desarrollaba el poder civil y judicial. Durante la Colonia eran cuatro capitanías generales: Cuba, Guatemala, Venezuela y Chile. Estaban localizadas en territorios que podían ser atacados por extranjeros.

Estaba conformada por la unión de varias ciudades. Estaba a cargo de un gobernador que ejercía funciones políticas y administrativas supremo tribunal de justicia durante la época colonial. Fue un organismo político-administrativo que residía en las principales ciudades de América. Formado por cuatro oidores o magistrados, era tribunal de primera instancia en algunos casos, y de apelación de las sentencias de los jueces inferiores. Protegían a los indígenas, y fiscalizaban a los virreyes y gobernadores. Era el órgano político-administrativos más importante de la América española, en los que se designaba a un virrey para que gobernase en nombre de la Corona. El virrey poseía atribuciones administrativas, militares, judiciales y financieras.

LA MINERÍA El principal metal de explotación fue el oro y, durante todo el siglo XVI y buena parte del XVII, se convirtió en el principal producto de exportación hacia la metrópoli . La extracción del oro se llevó a cabo mediante la utilización de mano de obra indígena y el sistema de encomienda. La plata constituyó otro metal de extracción en Mexico y Potosí (Bolivia)

Los únicos puertos autorizados para el comercio fueron: Sevilla y Cádiz en España; La Habana, Veracruz, Portobello y Cartagena en América. El control del comercio estaba a cargo de la Casa de Contratación de Sevilla

Resguardo: Los resguardos fueron tierras que la corona española entregó a los indígenas, para que fueran trabajadas y explotadas por la comunidad. Estas tierras no eran transables y los indígenas poseían una relativa autonomía para manejar sus propios asuntos.

La sociedad colonial era de tipo estamental La sociedad colonial era de tipo estamental. Había separación jurídica y de nacimiento entre los grupos sociales. Una persona nacida esclava no podía dejar de serlo nunca, y sus hijos heredaban esta misma condición social.