Liquidación cotización SS

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Transcripción de la presentación:

Liquidación cotización SS TEMA 6. Liquidación cotización SS y retención IRPF

Cotizaciones a la Seguridad Social Sistema Cret@ Deducciones Cotizaciones a la Seguridad Social Sistema Cret@ RELACIÓN NOMINAL DE TRABAJADORES RNT RELACIÓN LIQUIDACIÓN DE COTIZACIÓN RLC Retenciones a cuenta IRPF Modelo 111 Modelo 190 Certificado retenciones

Recaudación e ingreso de la cotización a la Seguridad Social Bases de cotización Tipos de cotización Cuota Bonificaciones - Reducciones Recargos Importe de la liquidación Los empresarios son los responsables de la recaudación y del ingreso de su propia cotización y la de sus trabajadores en la TGSS. En ocasiones la cuota se ve aminorada con bonificaciones y reducciones con la finalidad de incentivar la contratación de determinados colectivos.

Minoraciones en las cotizaciones para fomentar el empleo . Bonificaciones SOLO EN LA CUOTA EMPRESARIAL CONTINGENCIAS COMUNES Y PROFESIONALES Reducciones TRABAJADOR Y EMPRESARIO CONTINGENCIAS COMUNES Minoraciones en las cotizaciones para fomentar el empleo . SOLO LAS EMPRESAS AL CORRIENTE DE SUS PAGOS EN LAS COTIZACIONES PUEDEN BENEFICIARSE

Recaudación e ingreso de la cotización a la Seguridad Social Podemos señalar 2 grandes grupos dentro de lo que ha de aportarse económicamente: Cotización AT y EP. Corre exclusivamente a cargo del empresario y las cuotas están destinadas a la cobertura de incapacidad temporal (IT) y a cubrir las contingencias de la incapacidad permanente, muerte y supervivencia (IMS). Estas cotizaciones están establecidas en función de la actividad económica principal de la empresa según el riesgo de cada actividad y conforme al CNAE como podéis ver aquí. Bonificaciones y Reducciones en la Cotización. Para fomentar el acceso de determinados colectivos al mercado laboral. Suponen una reducción en los costes de la Seguridad Social. Bonificaciones. Se aplican solo en la cuota empresarial. Pueden ser cantidades fijas (no dependen de las bases de cotización) o porcentajes (sobre la BCC y la BCP). Si la empresa realiza formación continua a sus trabajadores podemos hablar también de bonificaciones. Reducciones. Se pueden dar en la aportación del trabajador y del empresario en la cotización de BCC. Algunos colectivos bonificados han sido mujeres, jóvenes, mayores de 45, personas con discapacidad, parados de larga duración, personas en riesgo de exclusión. UNICAMENTE podrán obtener estos beneficios las empresas que se encuentren al corriente de pago en la fecha de concesión. No ingresar en plazo supone la pérdida de estos beneficios. También podrán minorarse las cuotas si la empresa está excluida de cotizar como las que colaboran voluntariamente en la gestión con la SS. Aquí

Contratos inferiores a 7 días. Superación plazo de Ingreso Recargos Contratos inferiores a 7 días. Superación plazo de Ingreso Incumplimiento de las obligaciones preventivas. Intereses de demora

Recaudación e ingreso de la cotización a la Seguridad Social La cuota a ingresar a la SS se puede ver incrementada en las siguientes situaciones: Contratación temporal de corta duración. Si la duración del contrato es inferior a 7 días, la cuota empresarial por CC se incrementará en un 36%, excepto en los contratos de interinidad, entre otros Superación del plazo de ingreso. La falta de presentación de los documentos de cotización o el pago fuera de plazo ocasionan la aplicación de recargos e intereses. Recargos: El importe puede ir del 20% al 35% de la deuda. Intereses de demora: El tipo de interés de demora aplicable es el tipo legal vigente del dinero fijado anualmente por el Gobierno, incrementado en un 25% Incumplimiento de las obligaciones preventivas de las empresas. Aumentará las cuotas por CP hasta un 10% o excepcionalmente hasta un 20%. Los obligados al pago de las deudas pueden solicitar el aplazamiento del pago fuera del plazo reglamentario de ingreso. La concesión del aplazamiento tiene los siguientes efectos: Suspensión del proceso recaudatorio en cuanto a las deudas aplazadas. El deudor será considerado al corriente de sus obligaciones con SS. El aplazamiento da lugar al devengo del interés al tipo legal del dinero vigente. Las cuotas se liquidan mensualmente y se ingresarán dentro del mes natural siguiente al que corresponda su devengo . Esto se conoce como Período Voluntario.

Recaudación e ingreso de la cotización a la Seguridad Social ¿Y si pagamos de más por error? Pues tendremos derecho a la devolución total o parcial del importe de los ingresos que sean erróneos. Las devoluciones incluyen el interés de demora desde la fecha del ingreso hasta la fecha de la propuesta de pago. El derecho de la TGSS a exigir el pago de las cuotas adeudadas y el derecho del contribuyente al reintegro de las cantidades indebidamente abonadas prescribe a los cuatro años. El modelo para solicitar esta devolución puedes encontrarlo aquí.

Liquidación e ingreso de las retenciones a cuenta del IRPF Trimestralmente PYMES Ingresan retenciones por modelo 111 Mensualmente Grandes empresas SA y SL Empresas que satisfacen retribuciones Retienen IRPF Informan a AEAT de retribuciones y retenciones modelo 190 Anualmente Anualmente Entregan a quienes han retenido un certificado

Certificados de retenciones Documentos IRPF Modelo 111 Mensual >6,01M Trimestral <6,01 M Modelo 190 Anual Certificados de retenciones

Liquidación e ingreso de las retenciones a cuenta del IRPF Los empresarios deben practicar retenciones sobre los rendimientos del trabajo ya sean en dinero o en especie (ya lo vimos con las nóminas). Cuando se pagan Retribuciones en Especie no existe un importe dinerario sobre el que practicar la retención. Por ello, el pagador estará obligado a efectuar un ingreso en Hacienda en concepto de pago a cuenta del IRPF correspondiente al perceptor de la retribución en especie. Como norma general, las retribuciones en especie se valoran por el Precio Normal de Mercado (Precio de coste * 1,2. Es decir, se incrementa el precio de coste en un 20% si la retribución se valoró a este precio de coste) Puedes consultar los porcentajes vigentes de retención en función del rendimiento obtenido aquí.

Modelo 111. Retenciones e Ingresos a Cuenta Liquidación e ingreso de las retenciones a cuenta del IRPF Declaraciones periódicas de Retenciones. Los empresarios que han practicado retenciones e ingresos a cuenta, deberán presentar mensual o trimestralmente, según sea, una declaración de las retribuciones y de las retenciones a ingresar en e Tesoro. La periodicidad depende del volumen de operaciones realizadas por la empresa en el ejercicio económico anterior según podemos ver en el cuadro adjunto: Modelo 111. Retenciones e Ingresos a Cuenta Trimestrales PYMES Volumen de operaciones en el año anterior <= 6,01 millones €. Plazo presentación 20 primeros días de abril, julio, octubre y enero. Mensuales (grandes empresas, SA y SL) Volumen de operaciones en el año anterior > 6,01 millones de €. Plazo presentación 20 primeros días naturales del mes siguiente al declarado.

Formas de Presentación Liquidación e ingreso de las retenciones a cuenta del IRPF Resumen anual de Retenciones. Los retenedores deben presentar un resumen anual de las retribuciones satisfechas y de las retenciones practicadas. El resumen anual de retenciones se efectúa en el modelo 190 que tiene un programa de ayuda que hay que descargar y montar sobre una plataforma denominada informativas y que puedes conseguir aquí . Modelo 190. Declarante Formas de Presentación Personas Jurídicas Mediante firma electrónica y a través de Internet. Personas Físicas Mediante firma electrónica o con clave de acceso (PIN 24h) a través de Internet ambas. Plazo de Presentación Entre los días 1 y 31 de enero, en relación con las cantidades retenidas el año anterior.

Liquidación e ingreso de las retenciones a cuenta del IRPF Certificados de Retenciones. Los retenedores deben expedir, a favor de sus trabajadores, y de las personas a las que hayan satisfecho retribuciones y premios en dinero y especie, certificaciones de las retribuciones y de las retenciones practicadas. La utilidad es que estos puedan realizar la declaración anual del IRPF. El certificado deberá entregarse antes del inicio del plazo de presentación de la declaración anual del IRPF que suele abarcar los meses de mayo y junio. Existen varios modelos oficiales y su utilización es voluntaria. Las empresas suelen utilizar los suyos (expedidos por sus aplicaciones de gestión laboral) , pero en ellos deberán aparecer los datos exigidos en el modelo oficial. Los modelos que facilita la AEAT son: Rendimientos de trabajo, dietas exentas de gravamen y rentas exentas. Rendimientos de Actividades económicas. Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias. Imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen. Ganancias patrimoniales de los vecinos derivados de los aprovechamientos forestales en montes públicos. Puedes ver un modelo de certificado de retenciones aquí.