DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL
Derechos de Autor Objeto: Proteger Sujeto: A quienes protege Literarias Artísticas Titulares originarios: Es el autor (persona natural). Titulares derivados: Son los autores por herencia o por contrato.
Principios Las ideas no se protegen Ausencia de formalidades Originalidad: Hacer una obra que no es una copia de una ya existente. Destino y merito Soporte material
Tipo de derechos Morales Patrimoniales Son las facultades exclusivas que le permiten al autor controlar los actos de explotación de la obra o autorización a terceros a realizar. Abarcan la vida del autor más un periodo de derecho patrimonial por 80 años. Es aquel que protege la personalidad del autor en relación con su obra y designa sus facultades destinadas a este fin.
Características de los derechos Morales Patrimoniales Perpetuos Intransferible Irrenunciables Inembargables Temporales Transferibles Renunciable Embargables
Tipos de Derechos Morales Derecho moral de paternidad Derecho moral de integridad Derecho moral de modificación Derecho moral de ineditud Derecho moral de retracto Derecho de paternidad: Es ese derecho de reconocer al autor, el nombre o seudónimo y a su vez la facultad de reclamar o restablecer los derechos de autoría en caso de no ser reconocido u omitir el nombre de su obra. Citar mucho: Abuso del derecho de citas. Abuso de derechos de autor. (No puede exceder más del 30%). Derecho de integridad: Es el derecho que tiene el autor a oponerse a cualquier tipo de deformación, mutilación o modificación a su obra, este derecho se fundamenta en la búsqueda del respeto a la personalidad de dicho autor y como reflejo de su personalidad para que esta no sea perjudicada al mostrar su obra. Derecho de ineditud: Es el derecho que tiene el autor de permitir o no, la divulgación de su obra. Este derecho está dado con el fin de ejercerse sobre cualquier tipo o forma de posible explotación de una obra y es allí en donde el autor decide la ineditud de su obra. Derecho de modificación: Es el derecho que tiene el autor de poder realizar modificaciones a una obra, así esta fuese divulgada, puesto que el autor tiene la libertad de corregir, aclarar o adicionar elementos que fuesen necesarios para perfeccionar una obra. Pero se hace necesario tener en cuenta que si por modificaciones, se afectan terceros, estos deben ser indemnizados si fuese necesario. Derecho de retracto o retiro: Es el derecho que tiene el autor de retirar una obra que ha sido puesta al público con previa autorización del autor, pero en este caso previamente se debe realizar una compensación económica por las pérdidas o afectaciones que tengan lugar al momento de retirar dicha obra. Este derecho es otorgado con la finalidad de preservar la libertad de pensamiento por el autor y cambios de opinión al momento de divulgar una obra. Tomado del documento: Especialización en Ingeniería de Software y Curso: Industria del Software; Creado: Ing. Rafael Cuartas e Ing. Hawer Forero
Tipos de Derechos Patrimoniales Autorizan o prohíben: Reproducción Comunicación pública (medios) Transformación Distribución (vender, prestar, alquilar) Puesta a disposición: Se distribuye por internet Droit d’suit: Derecho de persecución o derecho de seguimiento.
Respetando el derecho de autor http://es.123rf.com/photo_7331036_derechos-de-autor-fondo-transparente-ilustracion-de-la-nube-de-word.html http://www.vectorizados.com/vector/4774_lapicera-de-pluma/ https://t4.ftcdn.net/jpg/00/49/18/35/240_F_49183594_z20DgzmYIjZglHrRUfw8l46Q0NiG01Sq.jpg http://www.elt-blog.com/cumplimos-nuestro-primer-aniversario-con-el-blog-de-elt/ https://cincocentros.files.wordpress.com/2014/07/hoja-arrugada.jpg?w=474