CONFORMACIÓN Y CONSTITUCIÓN DE LOS PODERES DEL ESTADO.

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Transcripción de la presentación:

CONFORMACIÓN Y CONSTITUCIÓN DE LOS PODERES DEL ESTADO

PODERES DEL ESTADO: El sistema presidencial es una forma de gobierno representativa, donde los poderes del Estado están separados: o Poder Legislativo o Poder Ejecutivo. o Poder Judicial. Siendo cada uno de ellos autónomo e independiente

Poder Legislativo El Poder Legislativo reside en el Congreso de la República: Funciones del Poder Legislativo Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes. Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores. Aprobar los tratados de conformidad con la Constitución. Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General. Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución. Ejercer el derecho de amnistía. Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo. Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía nacional. Autorizar al Presidente de la República de la República para salir del país.

CARACTERÍSTICAS: Formado por una sola cámara de 130 miembros actualmente que son congresistas elegidos por sufragio directo y en distrito múltiple proporcionalmente a la población de cada Región Su sede principal es el Palacio Legislativo del Perú, ubicado en el centro histórico de Lima, frente a la plaza Simón Bolívar y a escasas cuadras de la Casa de Pizarro. El Congreso se elige por un período de cinco años. Para ser elegido congresista se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido 25 años y gozar de derecho de sufragio. La función de congresista es de tiempo completo; le está prohibido desempeñar cualquier cargo o ejercer cualquier profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del Congreso.

El mandato del congresista es incompatible con el ejercicio de cualquiera otra función pública, excepto la de Ministro de Estado, y el desempeño, previa autorización del Congreso, de comisiones extraordinarias de carácter internacional. La función de congresista es, asimismo, incompatible con la condición de gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista mayoritario o miembro del Directorio de empresas que tienen con el Estado contratos de obras, de suministro o de aprovisionamiento, o que administran rentas públicas o prestan servicios públicos. La función de congresista es incompatible con cargos similares en empresas que, durante el mandato del congresista, obtengan concesiones del Estado, así como en empresas del sistema crediticio financiero supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

CONFORMACIÓN : 72 Fuerza Popular 20 Frente Amplio 17 Peruanos Por el Kambio 9 Alianza Para el Progreso 5 Acción Popular 5 APRA 2 Sin Bancada

Poder Ejecutivo El Poder ejecutivo es el encargado de ejercer el gobierno, hacer cumplir las leyes e impulsar a la sociedad las políticas de Estado. FUNCIONES: Proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema la Política General del Poder Judicial y aprobar el Plan de Desarrollo del mismo. Fijar el número de Vocales Supremos Titulares. Determinar el número de Salas Especializadas Permanentes y excepcionalmente el número de Salas Transitorias de la Corte Suprema. Aprobar el Proyecto de Presupuesto del Poder Judicial propuesto por la Gerencia General y ejecutarlo una vez sancionado legalmente. Velar por el respeto de las atribuciones y garantías del Poder Judicial. Resolver en última instancia las medidas de apercibimiento, multa y suspensión, impuestas por la Oficina de Control de la Magistratura, en contra de los magistrados. Resolver conforme a su Reglamento, los asuntos relativos a traslados de magistrados, funcionarios y demás servidores del Poder Judicial.

La Presidencia de la República: integrada por el Presidente de la República (quien es a su vez Jefe del Estado y Jefe de Gobierno, y personifica a la Nación), el Despacho Presidencial y los Vicepresidentes de la República. El Consejo de Ministros del Perú: integrado por los Ministros de Estado y encabezado por el Presidente del Consejo de Ministros. Además lo complementan el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros y las Comisiones Intersectoriales, entre las cuales, destacan las comisiones permanentes: La Comisión Interministerial de Asuntos Económicos y Financieros (CIAEF) y La Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS). La Presidencia del Consejo de Ministros: responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. Coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil. Los Ministerios: organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores considerando su homogeneidad y finalidad. Son los siguientes:

Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR Ministerio de Defensa Ministerio de Economía y Finanzas - MEF Ministerio de Educación - MINEDU Ministerio de Energía y Minas - MINEM Ministerio del Interior - MININTER Ministerio de Justicia - MINJUS Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Ministerio de la Producción Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Salud - MINSA Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Ministerio de Transportes y Comunicaciones Ministerio de Vivienda, Saneamiento y Construcción Ministerio del Ambiente - MINAM Ministerio de Cultura Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS

Las entidades públicas del Poder Ejecutivo: entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de Derecho Público. Están adscritas a un ministerio y son de dos tipos: Organismos públicos ejecutores: Entidades públicas autónomas del Poder Ejecutivo, con funciones específicas dentro de su ramo. Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad – CONADIS Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN Instituto de investigación de la Amazonía Peruana - IIAP Instituto del Mar del Perú – IMARPE Organismos públicos especializados: Tienen independencia para ejercer sus funciones con arreglo a su Ley de Creación. Están adscritas a un ministerio. Autoridad Nacional del Agua – ANA Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR

Organismos supervisores: Son organismos encargados de regular y supervisar los mercados o garantizar el adecuado de los mismos. Están adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL Superintendencia Nacional de Servicios y Saneamiento - SUNASS

Poder Judicial El Poder Judicial del Perú es un organismo autónomo de la República del Perú constituido por una organización jerárquica de instituciones, que ejercen la potestad de administrar justicia, que en teoría emana del pueblo, no obstante no es elegido directa ni indirectamente. Está encabezado por el presidente Duberlí Rodríguez y por la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú que tiene competencia en todo el territorio. El segundo nivel jerárquico lo forman las Cortes Superiores de Justicia con competencia en todo un Distrito Judicial. El tercer nivel es formado por los Juzgados de Primera Instancia cuya competencia es, aproximadamente, provincial. Luego, se encuentran los Juzgados de Paz Letrados, con competencia distrital. Y finalmente los Juzgados de Paz(no letrados),encargados de resolver asuntos judiciales sencillos. ´

Corte Suprema de Justicia del Perú La Corte Suprema, también conocida como Tribunal Supremo, se encarga de interpretar la Constitución y de controlar la constitucionalidad de las leyes y de los fallos judiciales. Por lo tanto, es el máximo órgano de justicia. Se trata del tribunal de última instancia, por lo que sus decisiones no pueden ser impugnadas. Cabe destacar, que el concepto puede interpretarse de distintas formas según el país ya que, no designa al tribunal de mayor jerarquía. Es el máximo órgano jurisdiccional del Perú. Su competencia se extiende a todo el territorio del país, siendo su sede el Palacio de Justicia ubicado en la ciudad de Lima. El actual Presidente de la Corte Suprema es Duberlí Apolinar Rodríguez Tineo. En el Perú, la Constitución garantiza el derecho a la doble instancia por lo que la Corte Suprema sólo conoce, como órgano de instancia de fallo, las apelaciones en los procesos que se interpongan ante las Salas Superiores, o los procesos que se interpongan ante la misma Corte Suprema. También conoce exclusivamente los Recursos de Casación, los que no constituyen de ninguna manera una tercera instancia de fallo, aunque por desconocimiento muchas personas creen que los Recursos de casación son una tercera instancia judicial.

La Corte Suprema se compone por siete Salas Supremas: Sala Civil Permanente Sala Civil Transitoria Sala Penal Permanente Sala Penal Transitoria Sala Constitucional y Social Permanente Primera Sala Constitucional y Social Transitoria Segunda Sala Constitucional y Social Transitoria

GRACIAS