El Derecho
Etimología La palabra derecho deriva de la voz latina "directum", que significa "lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma". La expresión "directum" aparece, en la Edad Media para definir al derecho con connotaciones morales o religiosas, el derecho "conforme a la recta razón". DERECHO
En general se entiende por Derecho, conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento esta prevista de una sanción judicial. “El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia”.
1.1.- DERECHO COMO ORDENAMIENTO.- Es aquel conjunto de normas que tratan de regular la conducta humana mediante ordenamientos, permisiones y prohibiciones DERECHO COMO FENÓMENO SOCIAL.- Aquel ordenamiento Jurídico que nace para el efecto de regular la conducta entre los individuos, como grupo DERECHO COMO VALOR.- Es el conjunto de disposiciones que adquieren rango obligatorio y que se encuentran al servicio de valores sociales, además de tener una finalidad axiológicamente respetable DERECHO COMO ARGUMENTACIÓN.- Es aquel conjunto de normas que se materializan a través del lenguaje, pues éste es el instrumento fundamental del legislador, las palabras que diseñan las normas jurídicas
Reglas Técnicas: Prescriben siempre los medios idóneos para la realización de fines determinados. Normas Éticas: Son aquellas conductas en las que se tiene en cuenta la bondad y perfección misma del hombre que actúa, o bien el libre uso que hace de sus facultades. Las normas éticas son imperativas en el sentido de que imponen deberes, y su inobservancia perturba el orden establecido por Dios O el orden social impuesto para regir las relaciones entre los hombres.
Conjunto de REGLAS que regula la conducta humana en un tiempo y lugar definidos, estableciendo sanciones para casos de incumplimiento. Establecen derechos, deberes, prohibiciones y sanciones
CARACTERÍSTICAS DIFERENCIALES a) Los preceptos jurídicos emanan de la autoridad competente del Estado; mientras que las normas religiosas son dictadas por la divinidad. b) Las normas jurídicas están circunscritas a un determinado país y se aplican a todos los habitantes nacionales o extranjeros, independientemente de la confesión religiosa a la que pertenezcan; mientras que, las normas religiosas son comunes a todos los miembros de una determinada confesión religiosa cualquiera sea el país en que se encuentren. c) Las normas jurídicas imponen deberes para con los demás, la justicia es el bien para todos; mientras que las normas religiosas imponen deberes para con Dios.
Normas Morales: Formulan imperativamente los deberes ordenados al bien personal del hombre, considerado éste individualmente. AFINIDADES Ambas pertenecen al reino del DEBER SER
a) La moral es unilateral y el Derecho es bilateral. c) La autonomía de la moral y la heteronomía del derecho. d) La moral es incoercible y el Derecho es coercible. e) El Derecho obliga y la moral aconseja. f) La moral regula la vida auténtica y el Derecho a la vida social.
Son prácticas, modos o reglas de comportamiento generalmente admitidos en una sociedad o en uno de sus sectores. En una sociedad determinada encontramos reglas de conducta que son indispensables para que la sociedad pueda subsistir civilizadamente, como son las normas jurídicas y las morales, y otras que pueden modificarse o desaparecer sin que por ello la sociedad deje de ser tal como la conocemos, como sucede con las reglas de trato social.
Derecho es un orden concreto, instituido por el hombre para la realización de valores colectivos, cuyas normas integrantes de un sistema que regula la conducta de manera bilateral, externa y coercible son normalmente cumplidas por los particulares, y en caso de inobservancia, aplicadas o impuestas por los órganos del poder público”
Es la necesidad de conservar la vida. Es un factor indispensable para la convivencia humana. Sin el Derecho no hay existencia social posible.
DERECHO NATURAL: Se la define como universal, inmutable y superior a las leyes humanas. DERECHO POSITIVO: Conjunto de normas jurídicas, dictadas por autoridad competente, destinadas a regular la vida de un pueblo en una época determinada, con carácter obligatorio. Comprende el derecho escrito, el consuetudinario, el vigente y el histórico.
Hoy en día, sería inconcebible la existencia de una sociedad que no esté regida por el Derecho, instrumento indispensable para preservar la armonía y la paz social El Derecho es un aliado de la sociedad para preservar el orden que permita la sana convivencia entre los individuos y el mismo debe estar en constante transformación para adecuarse a los cambios que se van dando en la vida social, inclusive debe ir ajustándose a los avances tecnológicos, para ir creando nuevas normas que cubran las necesidades del mundo cambiante en que vivimos.