Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 2005

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Transcripción de la presentación:

Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 2005 Ley 26.601 Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 2005

Sistema de Protección de Ds. Para niños/as y adolescentes Sujetos de Derechos. Objetivo: protección integral por parte del Estado de todos los derechos de este sector de la sociedad, para que su ejercicio pueda ser pleno, efectivo y permanente. Los ds. reconocidos están sustentados en el principio del interés superior de niños y son de orden público, irrenunciables, interdependientes, indivisibles e intransigibles.

Interés superior del niño “la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos en la ley”. Debiéndose respetar: Su condición de sujetos de ds. Su d. a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta El pleno desarrollo personal de sus ds. en su medio familiar, social y cultural Su edad, grado de madurez y demás condiciones personales El equilibrio entre sus ds. y las exigencias del bien comun Su centro de vida (lugar donde transcurren en condiciones legítima la mayor parte de su existencia. Caso de conflicto ds. del niño/a o adolescente frente a otros ds. o intereses igualmente legítimos: prevalecen los Ds. de niño.

Derechos y Garantías D. a la vida (art. 8) D. a la dignidad y a la integridad personal (9) D. a la vida privada e intimidad familiar (10) D. a la identidad (11) D. a la documentación (13) D. a la salud (14) D. a la educación (15). Gratuidad de la educación (16). Prohibición de discriminar por embarazo o maternidad y paternidad (17) D. a la libertad (19) D. al deporte y al juego recreativo (20) D. al medio ambiente (21) D. a la dignidad (22) D. a la libre asociación (23) D. a opinar y a ser oído (24) D. al trabajo de los adolescentes (25) D. a la seguridad social (26)

Garantías mínimas de procedimiento (27) D. a ser oído D. a que su opinión sea tomada primordialmente en cuenta. D. a ser asistido por un letrado especializado D. a participar activamente en cualquier proceso que lo involucre D. a recurrir ante el superior ante cualquier decisión que lo afecte.

Principios Igualdad y no discriminación (28) Efectividad (29) Deberes De comunicar (30) Del funcionario de recepcionar denuncias (31)

Sistema de protección integral Conjunto de políticas que consideran a la niña, el niño y el adolescente como un sujeto activo de derechos, en un sentido abarcativo de los mismos y durante todo su crecimiento. Define las responsabilidades de la familia, la sociedad y el Estado en relación con los ds. Universales y especiales por su condición de personas en desarrollo.

Base del Sistema de Protección Integral Conjunto de políticas públicas que los Organismos del Estado deben garantizar, lo cual implica: Protección y auxilio en cualquier circunstancia; Prioridad en la exigibilidad de protección jurídica cdo. sus ds. colisionen con los ii. de los adultos, de las personas jurídicas; Preferencia en la atención, formulación y ejecución de políticas públicas y asignación privilegiada e intangibilidad de los recursos públicos que las garantice; Preferencia de atención en los servicios esenciales.

Objetivo de las Políticas Públicas Fortalecimiento del rol de la familia en la efectivización de los ds. de las niñas, niños y adolescentes; Descentralización de los organismos de aplicación y de los planes y programas específicos de las distintas políticas de protección de los ds., a fin de lograr mayor autonomía, agilidad y eficacia; Gestión asociada de los organismos del gobierno en sus distintos niveles de coordinación con la sociedad civil, con capacitación y fiscalización permanente; Promoción de redes intersectoriales locales; Impulso a la constitución de organizaciones y organismos para la defensa y protección de los ds. del niño/a y adolescente.

Medidas de Protección Integral de Ds. Aquellas emanadas del órgano administrativo competente local ante la amenaza o violación de los ds. o garantías de uno o varias niñas/os o adolescentes individualmente considerados, con el objeto de preservarlos, restituirlos o reparar su consecuencias.(orden de prioridad) Ahora es el Estado, en su esfera administrativa, el encargado de asegurar la efectiva realización y goce de los ds. de los niños. Ya no pasan a la órbita de la justicia.

Medidas de Protección. Medidas que tengan por finalidad la preservación y el fortalecimiento de los vínculos familiares. Medidas tendientes a que las niñas/os y adolescentes permanezcan conviviendo con su grupo familiar; Becas de estudio o para jardines maternales o de infantes, inclusión y permanencia en programas de apoyo escolar; Asistencia integral a la embarazada; Inclusión de la niña/o o adolescente y la familia en programas destinados al fortalecimiento y apoyo familiar. Cuidado de la niña/o o adolescente en su propio hogar, orientado y apoyado en los padres, conjuntamente con el seguimiento temporal de la familia a través de un programa; Tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico de la niña/o o adolescente o de alguno de sus padres; Asistencia económica.

Medidas de Protección 2- Programas dirigidos a brindar ayuda y apoyo con miras al mantenimiento y fortalecimiento de los vínculos familiares. Esto se aplica cuando la amenaza o violación de ds. sea consecuencia de necesidades básicas insatisfechas. Límite: la falta de recursos materiales no autoriza la separación de su familia nuclear, ampliada o con quienes mantenga lazos afectivos, ni su institucionalización. EN NINGÚN CASO PODRÁN CONSISTIR EN PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD.

Medidas excepcionales (39) Se adoptan cuando las niñas/os o adolescentes esten temporal o permanentemente privados de su medio familiar o cuyo superior interés exija que no permanezcan en este medio. Objetivo: conservación o recuperación por parte del sujeto del ejercicio y goce de sus ds. vulnerados y la reparación de sus consecuencias. Son limitadas en el tiempo y solo se pueden prologar mientras persistan las causas que le dieron origen.