Código Civil Alemán. Alemania en los siglos XVII, XVIII y principios del XIX a diferencia de Inglaterra y Francia era por su régimen económico, social.

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Transcripción de la presentación:

Código Civil Alemán

Alemania en los siglos XVII, XVIII y principios del XIX a diferencia de Inglaterra y Francia era por su régimen económico, social y político uno de los países más atrasados de Europa Occidental. Su estructura económica, predominio, nobleza aristocrática, seguían aumentando sus tierras a expensas del despojo de los campesinos.

La Revolución Francesa y el gobierno de Napoleón fueron duramente combatidos por la nobleza feudal alemana pero sin lograr impedir las conquistas por Francia, que conmovieron el sistema feudal, destruyeron el Antiguo Imperio alemán y sembraron las ideas revolucionarias entre la incipiente burguesía y los intelectuales progresistas alemanes. El nuevo régimen que implantó Francia en territorio alemán contó con el apoyo de los sectores de la burguesía que encontraban en el Código de Napoleón, protección y garantía a sus privilegios de clase.

En el aspecto político, Alemania se caracterizaba por las numerosas posesiones o Estados (más de 300) en que estaba dividida y en los cuales los príncipes y nobles feudales ejercían un absoluto dominio y autoridad.

“ Luego de la derrota de Napoleón, a iniciativa del Zar Alejandro I se funda la trístemente célebre Santa Alianza, conformada por Rusia, Austria, Prusia, Inglaterra y Francia, cuyo objetivo fue asegurar la defensa y permanencia del régimen absolutista feudal. Las insurrecciones populares surgidas el año 1830 terminaron con esta terrorífica institución feudal.

El Derecho Alemán y la legislación de entonces, se distinguían por sus rasgos feudales y su carácter señorial, protegiendo los privilegios de casta de la nobleza alemana. Sin embargo, conducía a Alemania hacia su Revolución Burguesa, la que se produjo durante los últimos años de la primera mitad del s. XIX.

El conjunto de condiciones histórico- sociales, previas a la Revolución burguesa alemana, dieron origen a diversas teoría idealistas como la teoría del “idealismo jurídico alemán” teniendo como representante a Kant, Fichte y Hegel y la Escuela Histórica del Derecho.

La Escuela Histórica del Derecho se oponía tenazmente a la codificación del Derecho planteada por el jurista Thibaut quien sostenía la necesidad de reunir en un solo cuerpo orgánico las leyes de los diferentes Estados germánicos basándose en el Derecho romano y en el Código de Napoléon. Savigny sostenía, contrariamente, que el Derecho lejos de ser la obra arbitraria del legislador, nace, se desarrolla y muere junto con las ideas, creencias y costumbres de un pueblo y codificarlo sería fijar el Derecho en fórmulas estrictas y decretar su decadencia y su muerte.

En contra de estas teorías jurídicas raccionarias e idealistas se erigieron las teorías revolucionarias del Estado y del derecho sustentadas por los socialistas y por Marx y Engels. Ambas, expresiones teóricas de los interéses de la clase obrera alemana y de las necesidades de su liberación total mediante una mejor organización de la producción y una distribución más justa de la riqueza.

Las revoluciones de los años de 1848 y 1849 tuvieron como objetivo el fortalecimiento del capitalismo mediante la sustitución de la monarquía burguesa por la reppublica parlamentaria también burguesa (Francia) y el derrocamiento de la monarquía absolutista feudal y el establecimiento de las relaciones sociales capitalistas (Alemania).

Simultáneamente, es el período en el cual surge, crece, se afianza, y se organiza el proletariado bajo la guía de la doctrina marxista que ha surgido y se desarrolla como la ideología cintífico-filósofica del proletariado. Es dentro de este marco histórico-social en que se inició la elaboración del Código Civil alemán en 1874.

 El Código alemán sancionó el derecho a la propiedad privada, la libertad de testar, el libre contrato, el matrimonio monogámico, el derecho de sucesión, la persecusión de los socialdemócratas. El Código alemán es una codificación de las ideas jurídicas consagradas ya como existentes al final de la época de la burguesía. Prácticamente la era de la codificación capitalista iniciada en el s. XVIII en Europa Occidental concluyó con el Código Civil alemán.