Tema V El sistema de fuentes Él era consciente de que un hombre sabio siempre debería respetar las costumbres de los demás, (...) pero a menudo encontraba.

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Transcripción de la presentación:

Tema V El sistema de fuentes Él era consciente de que un hombre sabio siempre debería respetar las costumbres de los demás, (...) pero a menudo encontraba dificultades con esta idea. Por ejemplo, había gente en el mundo cuyas costumbres consistían en destripar a otra gente como si fueran moluscos, y ése no era un procedimiento que pudiera reclamar ninguna clase de respeto en absoluto. Terry Pratchett, The Fifth Elephant © Luis Javier Capote Pérez

Las fuentes escritas. Concepto y clases de leyes LEYLEY EN SENTIDO AMPLIO (Art. 348 C.C.) EN SENTIDO ESTRICTO (Art. 662 C.C.) EN SENTIDO AMPLIO (Art. 348 C.C.) EN SENTIDO ESTRICTO (Art. 662 C.C.) LEY FORMAL LEY MATERIAL LEY FORMAL LEY MATERIAL

Las fuentes escritas. Concepto y clases de leyes CARACTERES DE LA LEY (SENTIDO AMPLIO) Se engloban las normas expresamente emanadas del poder público (Derecho escrito.) Se engloban las normas expresamente emanadas del poder público (Derecho escrito.) Incluyen las leyes en sentido estricto y las llamadas disposiciones de rango inferior. Incluyen las leyes en sentido estricto y las llamadas disposiciones de rango inferior. Son normas con vocación de duración indefinida (Art Código Civil.) Son normas con vocación de duración indefinida (Art Código Civil.) Entran en vigor cuando a su creación sigue este proceso: Entran en vigor cuando a su creación sigue este proceso: Sanción: Art. 62 CE Sanción: Art. 62 CE Promulgación: Art. 91 CE Promulgación: Art. 91 CE Publicación: Art. 2.1 C.C. Publicación: Art. 2.1 C.C.

Las fuentes escritas. Concepto y clases de leyes CARACTERES DE LA LEY (S. ESTRICTO) Se engloban las normas creadas por el poder legislativo (Cortes Generales, Parlamentos Autonómicos.) y excepcionalmente por el poder ejecutivo (Gobierno.) Se engloban las normas creadas por el poder legislativo (Cortes Generales, Parlamentos Autonómicos.) y excepcionalmente por el poder ejecutivo (Gobierno.) Regulan materias que la carta magna reserva expresamente para ellas (Art CE) Regulan materias que la carta magna reserva expresamente para ellas (Art CE) Son leyes en sentido estricto: Son leyes en sentido estricto: –Las leyes orgánicas (Art. 81 CE) –Las leyes ordinarias (Art. 82 CE) –La legislación de urgencia y la delegada Decretos-Leyes Decretos-Leyes Decretos Legislativos Decretos Legislativos

Las fuentes escritas. Concepto y clases de leyes LEYES ORGÁNICAS (Art. 81 CE) –REGULAN LAS SIGUIENTES MATERIAS DERECHOS FUNDAMENTALES DERECHOS FUNDAMENTALES LIBERTADES PÚBLICAS LIBERTADES PÚBLICAS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA ESTATUTOS DE AUTONOMÍA –PARA SU APROBACIÓN Y REFORMA REQUIEREN MAYORÍA ABSOLUTA

Las fuentes escritas. Concepto y clases de leyes LEYES ORDINARIAS (Art. 81 CE) –REGULAN MATERIAS PARA LAS QUE NO SE ESTABLECE LEY ORGÁNICA. (Materias delegables) –LOS CÓDIGOS SON LEYES ORDINARIAS (SALVO EL CÓDIGO PENAL)

Las fuentes escritas. Concepto y clases de leyes LEGISLACIÓN DELEGADA (Art. 82 CE) –LEYES DE BASES (Art CE) –TEXTOS REFUNDIDOS (Art CE)

Las fuentes escritas. Concepto y clases de leyes LEGISLACIÓN DE URGENCIA (Art. 86 CE) (Art. 86 CE)Decretos-Leyes Extrema y urgente necesidad

Las fuentes escritas. Jerarquía de las disposiciones normativas CECECECE LEYES REGLAMENTOS COSTUMBRE PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Principio de Jerarquía: Art.9.3 CE y 1.2 C.C.

Las fuentes escritas. El Reglamento Art. 97 CE y Ley del Gobierno Son normas de Derecho escrito provenientes del poder ejecutivo pero con carácter secundario: están supeditadas a las leyes en sentido estricto. REGLAMENTOS El Real Decreto: norma jurídica emanada del Gobierno en su conjunto a propuesta de uno o más de sus componentes. La Orden Ministerial: norma jurídica proveniente de un solo ministro

Las fuentes escritas. Tratados internacionales Art º CE (Competencia exclusiva del Estado) Art. 94 y 96 CE Art. 1.5 Código Civil

Las fuentes escritas. El Derecho Comunitario europeo CARACTERES VINCULACIÓN CON EL D. ESPAÑOL (Art. 93 CE) –Es un Derecho autónomo respecto a los Derechos nacionales. –Se inserta en el ordenamiento jurídico de cada Estado miembro. –Prima sobre las normas de Derecho interno. –Ambos Derecho se complementan.

Las fuentes escritas. El Derecho Comunitario europeo Fuentes del D. Comunitario (*) Derecho originario (Tratados Int.) Derecho derivado ReglamentoscomunitariosDirectivascomunitariasDecisiones

La costumbre CARACTERES –Tienen carácter extra-estatal –Son producción, expresión y manifestación de grupos sociales. –Reguladas en el Art. 1.3 C. C.

La costumbre COSTUMBRE USO OPINIO IURIS OPINIO IURIS

La costumbre CLASESGeneralComarcalLocal Praeter Legem Secundum Legem Contra Legem

Los principios generales del derecho Art. 1.4 C. C. Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de Ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico. Art. 1.7 C. C. Los Jueces y Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los asuntos de que conozcan, ateniéndose al sistema de fuentes establecido.