AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE: LA PROPIEDAD INTELECTUAL DESPUÉS DE LOS TLC’S Galo Pazmiño Egas Ana Emilia Albán Carolina Aguinaga.

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Transcripción de la presentación:

AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE: LA PROPIEDAD INTELECTUAL DESPUÉS DE LOS TLC’S Galo Pazmiño Egas Ana Emilia Albán Carolina Aguinaga

¿QUÉ PASABA CON ESTADOS UNIDOS? 2005 Estas economías representaron: 5.8% del PIB mundial y el 6.3% de la población 2007 Abarcaron 20 países  Australia, Corea y 10 en AL y Caribe ESTADOS UNIDOS (2002) Estrategia: suscribir TLC bilaterales

PERSPECTIVA DE LOS ESTADOS UNIDOS Influyó las dificultades de la Ronda de Doha para buscar más acuerdos bilaterales. VOLUNTAD POLÍTICA: impulsar y fortalece DPI, más allá de los ADPIC y OMPI. ACUERDOS COMERCIALES: acumulan poder para futuras rondas multilaterales

PERSPECTIVA DE LOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA El patrón de conversaciones se repite: ADPIC Consolidar, diversificar y aumentar sus exportaciones al mercado más importante, incentivando una mayor corriente de inversión extranjera Negociar mayor apertura comercial

DINÁMICA DE NEGOCIACIÓN Y APLICACIÓN PRIMER ENFOQUE Temas con consecuencias significativas: económico, social – ambigüedades. Centrar al TLC desde la perspectiva de economía política.

NATURALEZA DE LOS TRATADOS Incompletos: no prevé situaciones futuras. Tiene vacíos y textos susceptibles a varias interpretaciones. Los TLC’s tienen que coincidir con las modalidades y requerimientos de cada país Alta conflictividad e incertidumbre – países con TLC’s con Estados Unidos han emprendido iniciativas legales para adecuar el sistema jurídico. SEGUNDO ENFOQUE Afirmar que: TLC no sólo se basa en las negociaciones  implementación normativa y legislativa. DINÁMICA DE NEGOCIACIÓN Y APLICACIÓN

TLC CON USA DEBE CONSTAR 3 PARTES NegociaciónAplicación inmediata Ejecución a mediano plazo Los TLC’s generan costos de supervisión PROPIEDAD INTELECTUAL: costos no elevados – construir compleja estructura de regulaciones – dependen de instituciones. SEGUNDO ENFOQUE EJEMPLO: licencias obligatorias en los ADPIC tienen un margen de flexibilidad – se negocian en términos diferentes –futuras polémicas. DINÁMICA DE NEGOCIACIÓN Y APLICACIÓN

LAS POSICIONES NEGOCIADORAS Sistematizar los objetivos explícitos o implícitos de los países negociadores. Intentar construir la estructura de los principios – posiciones opuestas a las negociaciones Evaluar los principales resultados

OBJETIVOS DE ESTADOS UNIDOS Acuerdo entre republicanos y demócratas Ley del comercio 2002 – facultad de negociar – Autoridad para la Promoción Comercial PATENTES: USTR – exclusión de los medicamentos genéricos Proteger información no divulgada: farmacéuticos y químico – agrícolas (5/10 años) DERECHOS DE AUTOR: omitir toda referencia a excepciones y limitaciones Protección de derechos hasta 70 años Desconectar el acceso a portarles (ISP)

Planteamientos en las entrevistas Equilibrar la protección de los derechos de propiedad intelectual con las necesidades de difusión del conocimiento y la información, especialmente el Internet. Asegurar los criterios de equilibrio tales como: acceso a la salud, defensa de la competencia, derechos de consumidor y los intereses de los pequeños productores agrícolas Los gobiernos procuraron que las propuestas se acercan lo más posible al Acuerdo sobre los ADPIC Las obligaciones de los DPI (Se igualaran lo más posible a los ya establecidos en las legislaciones nacionales y a los requerimientos del proceso). Protección de las MTP y la regulación de los ISP y las copias electrónicas Pacto Andino y del Mercado Común Centroamericano existieron discrepancias entre los miembros USA y los países de la región negociaron en condiciones disimiles. Chile concluyó conversaciones con USA después de lograr un acuerdo con la UE Los segundos en negociar tratados de libre comercio con USA fueron los países centroamericanos que comenzaron y terminaron en conjunto excepto Republica Dominicana. Aunque el contenido de los TLC con Perú, Colombia, Panamá fue similar el ritmo de negociación fue diferente. Sobre las entrevistas se identificaron las siguientes situaciones:

C. CONTROVERSIAS DE PRINCIPIO Los países desarrollados elaboran normas y regulaciones mientras que los países en vías de desarrollo tienden a absorberlas Se debe tomar en cuenta los principios generales tales como el principio de transparencia y el principio de la nación más favorecida. Los países negociadores de la región no presentaron protección de la industria naciente o procesamiento de productos patentados 1. El modelo de referencia El propósito principal fue asegurar que los TLC reflejen un modelo de protección parecido a su legislación. Tomaron como referencia el Acuerdo sobre los ADPIC, OMPI, la Declaración Ministerial de Doha sobre los ADPIC, entre otros. El ADPIC y los tratados de la OMPI tienen primacía sobre los TLC. Gobierno Estadounidense Países de América Latina

Articulo 1.1 del Acuerdo sobre las ADPIC  “Los miembros podrán establecer libremente el método adecuado para aplicar las disposiciones del presente Acuerdo en el marco de su propio sistema y practica jurídicos”. El Gobierno y el Congreso de USA establecía que la legislación sobre la materia era ineficaz. El criterio de los países Latinoamericanos combina principios: la primacía del tratado multilateral del ADPIC sobre el tratado bilateral, el principio del proceso y el sistema jurídico de cada país. 2. Armonización de los procedimientos Cuando se establecen barreras contra el libre comercio internacional de bienes y servicios se produce segmentación de los mercados que permite al monopolio discriminar los precios entre sí  USA defendió los derechos de propiedad intelectual. La discriminación de los mercados maximiza los beneficios del monopolio. 3. El agotamiento de los derechos a nivel nacional o internacional

El interés de USTR era asegurar al máximo la protección de los derechos de propiedad intelectual. los países latinoamericanos les interesaba asegurar que los DPI no fuesen un obstáculo al libre comercio, la competencia y la innovación, ni impidan el acceso a la salud, la información y el conocimiento. El resultado de las negociaciones al respecto fue diferente según el país - (Chile fue más favorable que en los países andinos y centroamericanos). 4. Los DPI y la salud EJEMPLO: Estados Unidos propuso que al menos en el TLC con Chile se limitará la aplicación de licencias y que se resolvieran por la vía judicial y no administrativa. Chile planteó que predominada el principio de acceso a la salud y que las licencias obligatorias. La solución fue eliminar toda referencia a estas licencias

El Internet y las tecnologías digitales permiten reproducir y distribuir infinitas copias de una creación a un costo marginal. - Peligro de los derechos de propiedad intelectual. Limitar el derecho de las personas a obtener copias digitales de las obras con fines privados y no comerciales. La posición de Latinoamérica fue que cualquier restricción de las limitaciones y excepciones al derecho de autor podría alterar el equilibrio entre la propiedad intelectual y el acceso a la educación, innovación y el conocimiento. 5. Alcance de las limitaciones y excepciones a los derechos de autor La posición de Estados Unidos fue potenciar el resguardo legal de las medidas tecnológicas de protección asegurando que se castigue a los infractores aunque no existiera dolo ni fines de lucro. Los países de América Latina y el Caribe fueron partidarios que el resguardo legal de las MTP, se otorgue solo en el caso de que los contenidos estuvieran protegidos por los derechos de propiedad intelectual y se aplique sanción siempre y cuando se demostrara infracciones de dolo y fines de lucro. 6. Términos adecuados del resguardo legal de las MTP

D. RESULTADOS PRELIMINARES. Los TLC contribuyeron significativamente en fortalecer el régimen de propiedad intelectual en los 10 países signatarios de América Latina y el Caribe.. Las disposiciones que van más allá del ADPIC y de los tratados de la OMPI tienen mayores consecuencias en materia de derechos de autor que de patentes (se centran casi exclusivamente en los productos farmacéuticos). Las autoridades gubernamentales privilegiaron las patentes farmacéuticas ya que se vinculan al derecho de la salud. En el cuadro expuesto a continuación se sintetizan las clausulas cuyo alcance es superior al de las disposiciones de esos convenios internacionales Considerando en el cuadro III.3 se analizan algunos resultados: Estados Unidos flexibilizó su posición en materia de patentes y productos farmacéuticos es posible que con los ajustes que realizó en los TLC con Colombia, Panamá y Perú se extiendan a los países que suscribieron.

Patentes de plantas: Un compromiso para incluir plantas como material patentable. – En el caso de TLC con Colombia, Panamá, Perú en un plazo determinado se propuso realizar los “mejores esfuerzos razonables” para patentar las plantas. – EJEMPLO: Chile

Patentes y productos farmacéuticos: 4 materias: – Incluir plantas como material patentable. – Prohibición de comercializar medicamentos genéricos… componentes ya patentados. – Indemnización por demora de patentes. – Protección fármacos (5 años), bioquímicos (10 años). Derechos de autor – Se amplía período de protección a 70 años. Fonogramas. – Chile, El Salvador, Republica Dominicana y Panamá (50 a 70 años). – Excepciones… copias digitales y temporales.

Medidas tecnológicas de protección (MTP): – Derecho de autor… milenio digital. – Prohibición para aparatos digitales que evadan las MTP. Observancia: 5 secciones: 1.Disposiciones generales. 2.Procedimientos administrativos y medidas provisionales. 3.Medidas aplicables en frontera. 4.Medidas penales. 5.Solución de controversias. Responsabilidad de los ISP (Internet Service Provider): – Responsabilidad de los proveedores de internet. – DPI.. Infractores secundarios. – Indemnización y medidas judiciales. Solución de controversias: – Lineamientos de la OMC. – Consultas, mediación, conciliación, etc. – Aplicación.. Medidas que no contravengan el tratado.

E. Ambigüedades y Vacíos En cuanto a patentes: – TLC, contratos incompletos. – No se define qué son las invenciones. – Único compromiso: “mejorar” patente de plantas. – Patentes de 2do uso, no se habla. – Revocación de patente, no se habla. – No se impide aplicación de “excepción Bolar”. En cuanto a derecho de autor: – No contradice la Convención de Berna ni el acuerdo de los ADPIC. – Se cita solo ciertos párrafos de los ADPIC.

Problemas para : El ADPIC y otros acuerdos multilaterales: – USTR atiende los intereses de EEUU (OMPI). – No se dio por protección a la salud pública. – 2007 TLC con Colombia. La legislación y la jurisprudencia interna de Estados Unidos: – Leyes federales, no hay cambios. – Responsabilidad internacional. No hay efectos legales. – Márgenes legales mayores a los del TLC (14 años). Aparatos digitales.

F. Aplicación de los TLC: flexibilidades y disyuntivas. Existen grupos de interés ( EEUU – Colombia). Segunda etapa. Aplicación inmediata. Chile Guatemala Honduras El Salvador Nicaragua Tercera etapa. Mediano plazo.

Costa rica y el referéndum sobre el CAFTA- DR (Dominican Republic-Central America Free Trade Agreement) Referéndum (2007). – 51.5 % – 48.5% Menor desarrollo América Central. Privatizar seguridad social y ICE. Aumento costo de medicamentos.

CHILE Paquete de leyes corto. Modificar PI y P. Industrial. EEUU no retrasó la firma de TLC.

El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua Poco tiempo para TLC. Reformas: – Patentes. – P. Farmacéuticos. – Derechos de autor. Medios de comunicación. Estándar.