CONTRATO EDUCATIVO Ab. María Florencia Báez Especialista en Gestión Educativa.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Personas físicas o jurídicas que contratan a título oneroso para su consumo final la adquisición o locación de bienes o servicios. No se incluyen bienes.
Advertisements

Documentos institucionales
ESCUELA DE PADRES INSTITUCIÓN EDUCATIVA VICTORIA MANZUR
IMPLICANCIA LEGAL EN EL CUIDADO DE ENFERMERÍA
EDICIONES HOLGUIN S.A. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL.
EL PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO
CONTENIDOS Y ELABORACIÓN
ASESORAMIENTO A LOS EQUIPOS DIRECTIVOS
Leonora González García
Ley General de Educación
Reglamento Orgánico Marco (ROM) Régimen Académico MARCO (RAM)
DERECHO ADMINISTRATIVO
Niños, niñas y adolescentes
COLEGIO “ISMAEL PERDOMO” INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL
I Objetivos y características de la educación básica.
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
EL LEGISLADOR DE LOS DDFF Determinación del legislador de los DDFF Fuentes reguladoras de DDFF: – Reservas de ley Generales: –Derecho al rango Singulares:
Dirección Regional De Servicios Educativos Juárez
ORDEN de 27 de junio de 2014, por la que se regula la gestión del conflicto de convivencia por el procedimiento de mediación en los centros educativos.
DECRETO 1860 DE 1994 Diario Oficial No , del 5 de agosto de 1994.
Subsecretaría de Gestión Administrativa,Educación y Programación Dirección General de Educación Superior Ministerio de Educación y Cultura Dirección General.
Subsecretaría de Gestión Administrativa,Educación y Programación Ministerio de Educación y Cultura Dirección General de Educación Superior Reglamento Orgánico.
SESIÓN 1 LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
POLÍTICAS DE INTERVENCIÓN CON LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FUNDACIÓN LAS GOLONDRINAS.
GOBIERNO ESCOLAR.
AUTORA: Nicole Anamaría Rivera Vega
APLICACIONES PRACTICAS Tecnólogo Médico Mirtha Hernández Acasiete
LA INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN LA ACTIVIDAD PRIVADA
DECRETO NACIONAL 1286 Abril 27 de 2005
1 POLÍTICAS DE PREVENCIÓN del acoso moral y sexual Dra. Cristina Mangarelli Seminario Araucaria Santiago de Chile 9-11 de enero de 2012.
Desarrollando una Buena Convivencia Escolar
ACOMPAÑAMIENTO AL DESARROLLO CURRICULAR EL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL PEI Operador contrato 0622 de 2011.
UNIDAD V CODIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LEY N° 3559 ACTO ADMINISTRATIVO.
SACGE Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Gestión Escolar
A R C O Derechos ARCO Acceso Rectificación Cancelación Oposición
La Conciliación Laboral Juan Carlos Cortés Carcelén Profesor de la Academia de la Magistratura.
PRACTICA EMPRESARIAL MANUELA QUIROZ BURITICÁ 10 INFORMÁTICA 2.
Lineamientos Generales por los que se establece un Marco para la Convivencia Escolar en las Escuelas de Educación Básica del Distrito Federal.
PARTICIPACION CIUDADANA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
EL GOBIERNO ESCOLAR.
POLÍTICAS EDUCATIVAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL.
Contenido de la Responsabilidad Parental
CONTENIDOS BLOQUE I: ASPECTOS EPISTEMOLÓGICOS Y NORMATIVOS DE LA ORGANIZACIÓN ESCOLAR. BLOQUE II: LOS DOCUMENTOS INSTITUCIONALES DEL CENTRO EDUCATIVO.
CONTEXTO Y PROYECTO EDUCATIVO
POR UNA LEY DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA
CONSEJO DE PADRES DECRETO 1286 DE 2005
Astrid Yesenia Rivera Cardozo
TIPOS DE EDUCACIÓN. Educación formal: es aquella que se imparte en establecimientos educativos aprobados, en una secuencia regular de ciclos lectivos,
Incorporación de Prácticas de Buen Gobierno en las IES
Derechos, deberes y responsabilidades
Profesor: CECILIA VERGARA BARRERA 2011
 SERAFÍN ANTÚNEZ..
Desarrollo L.O.C.E. R.D. 943/2003, DE 18 DE JULIO
Introducción a la Educación Ambiental. Educación Ambiental: por qué y para qué La naturaleza como: Fuente de recursos Receptora de residuos Sostén de.
Educación Inclusiva Mayo de 2015.
FUNCIONES DEL PROFESOR DE EDUCACIÓN FÍSICA
RESPONSABILIDAD CIVIL PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD
ESTRATEGIAS Y RECURSOS PARA LA PARTICIPACIÓN. LA PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES EN LA NORMATIVA CANARIA (Sólo citar la normativa, no leer ni exigir su conocimiento)
JUAN PABLO MARES Abogado
Elecciones al Consejo Escolar ¿Qué es el Consejo Escolar? Es el corazónSi el C.E. no funciona el del centrocentro no funciona Si el C.E. no lo alimentamos.
ARTÍCULO 19: Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe. CONSTITUCIÓN NACIONAL.
A.C.I.D.E.P.B.A. Jornada Capacitación Nuevo C.C y C Incidencia en el Sistema Educativo Dra. Teresa E. Poch Octubre 27, 2015.
ACIDEPBA Cuestiones relevantes en el ámbito educativo del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Comisión Nacional de Acreditación Chile CNA - Chile INSTITUCIÓN ACREDITADA En áreas de Gestión Institucional y Docencia de Pregrado Desde Enero 2012 hasta.
RESPONSABILIDAD PARENTAL
Concepto: CONTINUIDAD PEDAGÓGICA
Sedes educativas que ofrecen la modalidad de internados Programa de Alimentación Escolar PAE Decreto 1852 de 2015 Octubre de 2015.
Derecho Constitucional Económico José Luis Cárdenas T. Clase 24: 26 de diciembre de 2013.
R E S G U A R D O D E D E R E C H O S CAPACITACIÓN OFICINA 600 Octubre 2006.
Transcripción de la presentación:

CONTRATO EDUCATIVO Ab. María Florencia Báez Especialista en Gestión Educativa

Objetivos de la presentación I.Analizar los principales conceptos en torno al contrato educativo. II.Realizar una adecuación de los institutos legales para una óptima gestión en el ámbito educativo. III.Concientizar a la comunidad educativa en la valoración judicial de la responsabilidad civil de los actores involucrados (alumnos, padres, docentes, autoridades y comunidad).

Aspectos Contractuales en la Gestión Educativa CONTRATO EDUCATIVO ARANCELES ESCOLARES DERECHO DE ADMISIÓN

Contrato: concepto CONTRATO: es el acto jurídico mediante el cual dos o más partes manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales (art. 957 CCC). Principios rectores en materia contractual (arts. 958/65 CCC) Libertad de Contratación (arts. 14, 17 y 42 C.N.A. / arts. 10,12 y 48 C.CABA) Efecto vinculante Buena FeLIMITACIONES: Prelación Normativa Integración del Contrato Facultad Judicial

Contrato Educativo: caracterización  Bilateral  Oneroso (si existe pactado un arancel)  Conmutativo  Típico (encuadra por remisión : Contrato de Locación de Servicios)  Exteriorización del Consentimiento: Libertad de Formas (Art CCC)  Sujeto a un plazo de duración (anual vs. plurianual) (Posibilidad de pautar el plazo conforme Art CCC.)  Atención: ¿locación de servicios vs. relación de consumo? Integración (Inclusión de las relaciones de consumo en el Nuevo Código Civil y Comercial)

Contrato Educativo: contenido, forma y duración Mínimo (conf. 2417/93)FormaDuración Importe de la Matrícula Cantidad de cuotas Monto de las cuotas Modalidad de pago y régimen de mora Ideario Normas de Convivencia Cláusula de Reserva Libertad de formas (salvo por aquello que regula 2417/93) Anual

Contrato Educativo: para tener en cuenta….

Ideario Institucional en el Contrato Educativo Conceptualización: conjunto de principios fundamentales sobre los cuales se define una institución educativa. Son los pilares que marcan la dirección del proyecto de enseñanza. Concepción Antropológica. Valores que la institución quiere transmitir. La Visión de Educación. Finalidad de la Institución. (Documento Marco sobre Ideario y Proyecto Educativo. Consejo de Educación Católica de la Arquidiócesis de Bs. As., Octubre 1993) Importancia en torno al Contrato Educativo 1.Funciona como marco legal entre las partes. 2.Opera como principio de razonabilidad en torno al ejercicio del derecho de admisión. 3.Resulta regulatorio de los vínculos que se generan en la comunidad educativa.

Proyecto Educativo Institucional en el Contrato Educativo PEI Perfil del alumno que quiere lograrse. Finalidad e intenciones de la Institución. Principios y valores que se pretenden promover. Estilo de la enseñanza- aprendizaje adoptado. Modelo curricular y psicopedagógi co Estructura y organigrama escolar. Manual de roles y funciones. Pautas de Convivencia. Canales de comunicación establecidos. Modelo adoptado para la participación.

Derecho de Admisión Distinguir: MATRICULACIÓN: implica la admisión de un alumno. A tener en cuenta: ideario, normas de convivencia, entrevista inicial, entre otros… RE-MATRICULACIÓN : relación pre-existente (el alumno ya concurre a la institución) Motivos para la negación de la re-matriculación: a) Imputables al alumno (académicas, disciplinarias, otras) b) Imputables a la familia (administrativas, diferencias irreconciliables con la institución, otras)

Derecho de Admisión Fuentes Normativas: 1.Nivel Nacional  Tratados Internacionales con Jerarquía Constitucional: art. 75 inc. 22 CNA.  Constitución Nacional: art. 14.  Ley : arts. 6,13 y 14.  Ley : art. 1.  Ley : arts. 3, 11, 29, 126 y Nivel Local  CABA: Constitución de la Ciudad  CABA: Ley 2681/11 (arts. 1 y 2) 3.Reglamentación de la Institución Educativa

Derecho de Admisión Elementos a considerar para el ejercicio “razonable” del derecho de admisión: 1. Cumplimiento de las normas internas. 2. Ejercicio del vínculo contractual. 3. Proporcionalidad entre el ejercicio del derecho de admisión y los fines propios de la actividad educativa. Actitud o comportamiento de los padres: NO ES SUFICIENTE

Derecho de Admisión Acciones frente al ejercicio del Derecho de Admisión 1. Acción de Amparo 2. Medida Cautelar JUDICIALES 3. Daños y Perjuicios 1. Supervisor 2. INADI ADMINISTRATIVAS 3. Defensoría del Pueblo 4. Defensoría del Consumidor (Consecuencia del Nuevo CCyC)

Aranceles Escolares: características  Origen: contractual  Modificaciones: limitadas  Notificación debida: previa a la matriculación para el siguiente ciclo.  Fijación de los parámetros para su regulación: 1. Decreto 2417/93 (regulación nacional). 2. Colegios Privados con subvención: aplicación de bandas arancelarias 3. Colegios Privados sin subvención: Ley de Defensa del Consumidor )

Aranceles Escolares: características Sujetos obligados al pago:  Progenitores del niño  Progenitor afín (figura que incorpora el CCC en su art. 674)  Se trata de una Responsabilidad Solidaria (art. 461 CCC) Extinción de la titularidad de la responsabilidad parental: Ver Art. 699 inc. E)

Aranceles Escolares: Deber de Alimentos / Alcance Deberes de los progenitores. Reglas generales. a) cuidar del hijo, convivir con él, prestarle alimentos y educarlo; b) considerar las necesidades específicas del hijo según sus características psicofísicas, aptitudes y desarrollo madurativo; c) respetar el derecho del niño y adolescente a ser oído y a participar en su proceso educativo, así como en todo lo referente a sus derechos personalísimos; d) prestar orientación y dirección al hijo para el ejercicio y efectividad de sus derechos; e) respetar y facilitar el derecho del hijo a mantener relaciones personales con abuelos, otros parientes o personas con las cuales tenga un vínculo afectivo; f) representarlo y administrar el patrimonio del hijo.

Aranceles Escolares: consecuencias de la falta de pago La institución puede exigir los aranceles no devengados a través de la vía judicial. Notificación fehaciente. Atención con la prescripción: 2 años - obligación contractual – art CCC. Se puede considerar la separación del alumno como razón aceptable ante el no pago de aranceles. Se puede negar la matrícula para el año siguiente (previamente intimar al pago de los aranceles).

¡ MUCHAS GRACIAS! m