Primera Jornada Ambiental

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Transcripción de la presentación:

Primera Jornada Ambiental SUBPROCURADURÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL Primera Jornada Ambiental Profepa - Canacintra Derechos y obligaciones en materia ambiental competencia de las Autoridades Federales 26 de Mayo de 2016 Ciudad de México

OBLIGACIONES Y DERECHOS AMBIENTALES DEL SECTOR INDUSTRIAL ¿ Cuáles obligaciones y derechos ambientales tiene tu empresa? ¿ Con cuál o cuáles autoridades tienes esas obligaciones?

OBLIGACIONES Y DERECHOS AMBIENTALES DEL SECTOR INDUSTRIAL

OBLIGACIONES Y DERECHOS AMBIENTALES DEL SECTOR INDUSTRIAL Objetivo Identificar el contexto general de las obligaciones y derechos ambientales que en México tiene el sector industrial con las distintas autoridades en la materia, particularmente del gobierno federal, a partir del intercambio de intervenciones entre el ponente y los participantes.

FUNDAMENTO LEGAL

OBLIGACIONES Y DERECHOS AMBIENTALES DEL SECTOR INDUSTRIAL LEYES: 18 REGLAMENTOS: 11 OTROS ORDENAMIENTOS: 3 NORMAS OFICIALES MEXICANAS: 70 RESIDUOS 15 ATMÓSFERA 33 AGUAS RESIDUALES 7 SUELOS 3 IMPACTO AMBIENTAL 9 RIESGO AMBIENTAL (Acuerdos) 3

LEYES FEDERALES Total: 18 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Ley de Aguas Nacionales.. Ley General de Cambio Climático Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Ley General de Vida Silvestre Ley General de Bienes Nacionales Ley General de Víctimas Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados Ley Federal de Derechos Ley Federal de Responsabilidad Ambiental Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental Ley Federal sobre Metrología y Normalización Ley de Comercio Exterior Ley Federal de Procedimiento Administrativo Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal Total: 18

REGLAMENTOS FEDERALES Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de: Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera Evaluación del Impacto Ambiental Autorregulación y Auditorías Ambientales Áreas Naturales Protegidas Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales Reglamento de la Ley General de Cambio Climático en materia del Registro Nacional de Emisiones. Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización Total: 11

OTROS ORDENAMIENTOS Código Penal Federal - Delitos contra el ambiente y la gestión ambiental. Código Federal de Procedimientos Penales Código Nacional de Procedimientos Penales Total: 3

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS NOM-052-SEMARNAT-2005 2006-06-23 Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos. NOM-053-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece el procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente. NOM-054-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-ECOL-1993. NOM-055-SEMARNAT-2003 2004-11-03 Que establece los requisitos que deben reunir los sitios que se destinarán para un confinamiento controlado de residuos peligrosos previamente estabilizados.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS NOM-056-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece los requisitos para el diseño y construcción de las obras complementarias de un confinamiento controlado de residuos peligrosos. NOM-057-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece los requisitos que deben observarse en el diseño, construcción y operación de celdas de un confinamiento controlado para residuos peligrosos. NOM-058-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece los requisitos para la operación de un confinamiento controlado de residuos peligrosos. NOM-083-SEMARNAT-2003 2004-10-20 Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 2003-02-17 Protección ambiental - Salud ambiental - residuos peligrosos biológico-infecciosos - clasificación y especificaciones de manejo. NOM-133-SEMARNAT-2015 2016-02-23 Protección ambiental - Bifenilos policlorados (BPC's) - Especificaciones de manejo. NOM-141-SEMARNAT-2003 2004-09-13 Que establece el procedimiento para caracterizar los jales, así como las especificaciones y criterios para la caracterización y preparación del sitio, proyecto, construcción, operación y postoperación de presas de jales. NOM-145-SEMARNAT-2003 2004-08-27 Confinamiento de residuos en cavidades construidas por disolución en domos salinos geológicamente estables. NOM-155-SEMARNAT-2007 2010-01-15 Que establece los requisitos de protección ambiental para los sistemas de lixiviación de minerales de oro y plata.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS NOM-157-SEMARNAT-2009 2011-08-30 Que establece los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros. NOM-159-SEMARNAT-2011 2012-02-13 Que establece los requisitos de protección ambiental de los sistemas de lixiviación de cobre. Total: 15

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE ATMÓSFERA NOM-034-SEMARNAT-1993 1993-10-18 Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de monóxido de carbono en el aire ambiente y los procedimientos para la calibración de los equipos de medición. NOM-035-SEMARNAT-1993 1993-10-18 Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de partículas suspendidas totales en el aire ambiente y el procedimiento para la calibración de equipos de medición. NOM-036-SEMARNAT-1993 1993-10-18 Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de ozono en el aire ambiente y los procedimientos para la calibración de los equipos de medición. NOM-037-SEMARNAT-1993 1993-10-18 Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de bióxido de nitrógeno en el aire ambiente y los procedimientos para la calibración de los equipos de medición. NOM-038-SEMARNAT-1993 1993-10-18 Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de bióxido de azufre en el aire ambiente y los procedimientos para la calibración de los equipos de medición.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE ATMÓSFERA NOM-039-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de bióxido y trióxido de azufre y neblinas de ácido sulfúrico, en plantas productoras. NOM-040-SEMARNAT-2002 2002-12-18 Protección ambiental - Fabricación de cemento hidráulico-niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera. NOM-041-SEMARNAT-2006 2007-03-06 Que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible. NOM-042-SEMARNAT-2003 2005-09-07 Que establece los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos totales o no metano, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno y partículas provenientes del escape de los vehículos automotores nuevos cuyo peso bruto vehicular no exceda los 3,857. NOM-043-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de partículas sólidas provenientes de fuentes fijas.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE ATMÓSFERA NOM-044-SEMARNAT-2006 2006-10-12 Que establece los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos totales, hidrocarburos no metano, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, partículas y opacidad de humo provenientes del escape de motores nuevos que usan diesel como combustible. NOM-045-SEMARNAT-2006 2007-09-13 Protección ambiental.- Vehículos en circulación que usan diesel como combustible.- Límites máximos permisibles de opacidad, procedimiento de prueba y características técnicas del equipo de medición. NOM-046-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de bióxido de azufre, neblinas de trióxido de azufre y ácido sulfúrico, provenientes de procesos de producción de ácido dodecilbencensulfónico. NOM-047-SEMARNAT-1999 2000-05-10 Que establece las características del equipo y el procedimiento de medición para la verificación de los límites de emisión de contaminantes, provenientes de los vehículos automotores en circulación que usan Gasolina, Gas Licuado de Petróleo, Gas Natural u otros combustibles alternos.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE ATMÓSFERA NOM-048-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de hidrocarburos, monóxido de carbono y humo, provenientes del escape de las motocicletas en circulación que utilizan gasolina o mezcla gasolina-aceite como combustible. NOM-049-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece las características del equipo y el procedimiento de medición, para la verificación de los niveles de emisión de gases contaminantes, provenientes de las motocicletas en circulación que usan gasolina o mezcla de gasolina-aceite como combustible. NOM-050-SEMARNAT-1993 1993-10-22 Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos como combustible.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE ATMÓSFERA NOM-076-SEMARNAT-2012 2012-11-27 Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de hidrocarburos no quemados, monóxido de carbono y óxidos de nitrógeno provenientes del escape, así como de hidrocarburos evaporativos provenientes del sistema de combustible, que usan gasolina, gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural y otros combustibles alternos y que se utilizarán para la propulsión de vehículos automotores con peso bruto vehicular mayor de 3,857 kilogramos nuevos en planta. NOM-077-SEMARNAT-1995 1995-11-13 Que establece el procedimiento de medición para la verificación de los niveles de emisión de la opacidad del humo proveniente del escape de los vehículos automotores en circulación que usan diesel como combustible. NOM-079-SEMARNAT-1994 1995-01-12 Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de los vehículos automotores nuevos en planta y su método de medición.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE ATMÓSFERA NOM-080-SEMARNAT-1994 1995-01-13 Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido proveniente del escape de los vehículos automotores, motocicletas y triciclos motorizados en circulación y su método de medición. NOM-081-SEMARNAT-1994 1995-01-13 Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición. NOM-082-SEMARNAT-1994 1995-01-16 Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las motocicletas y triciclos motorizados nuevos en planta y su método de medición. NOM-085-SEMARNAT-2011 2012-02-02 Contaminación atmosférica- Niveles máximos permisibles de emisión de los equipos de combustión de calentamiento indirecto y su medición. NOM-086-SEMAR-SENER-SCFI-2005 2006-01-30 Especificaciones de los combustibles fósiles para la protección ambiental.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE ATMÓSFERA NOM-097-SEMARNAT-1995 1996-02-01 Que establece los límites máximos permisibles de emisión a la atmósfera de material particulado y óxidos de nitrógeno en los procesos de fabricación de vidrio. NOM-098-SEMARNAT-2002 2004-10-01 Protección ambiental- Incineración de residuos, especificaciones de operación y límites de emisión de contaminantes. NOM-105-SEMARNAT-1996 1998-04-02 Que establece los niveles máximos permisibles de emisiones a la atmósfera de partículas sólidas totales y compuestos de azufre reducido total provenientes de los pocesos de recuperación de químicos de las plantas de fabricación de celulosa. NOM-121-SEMARNAT-1997 1998-07-14 Que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de compuestos orgánicos volátiles (COVs) provenientes de las operaciones de recubrimiento de carrocerías nuevas en planta de automóviles, unidades de uso múltiple, de pasajeros y utilitarios; carga y camiones ligeros; así como el método para calcular sus emisiones.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE ATMÓSFERA NOM-123-SEMARNAT-1998 1999-06-14 Que establece el contenido máximo permisible de compuestos orgánicos volátiles (COVs), en la fabricación de pinturas de secado al aire base disolvente para uso doméstico y los procedimientos para la determinación del contenido de los mismos en pinturas y recubrimientos. NOM-137-SEMARNAT-2003 2003-05-30 Contaminación atmosférica.- Plantas desulfuradoras de gas y condensados amargos.- Control de emisiones de compuestos de azufre. NOM-148-SEMARNAT-2006 2007-11-28 Contaminación atmosférica.- Recuperación de azufre proveniente de los procesos de refinación del petróleo. NOM-156-SEMARNAT-2012 2012-07-16 Establecimiento y operación de sistemas de monitoreo de la calidad del aire. Total: 33

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE AGUAS RESIDUALES NOM-001-SEMARNAT-1996 1997-01-06 Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales. NOM-002-SEMARNAT-1996 1998-06-03 Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado. NOM-003-SEMARNAT-1997 1998-09-21 Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se reusen en servicios al público. NOM-004-SEMARNAT-2002 2003-08-15 Protección ambiental.- Lodos y biosólidos.-Especificaciones y límites máximos permisibles de contaminantes para su aprovechamiento y disposición final.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE AGUAS RESIDUALES NOM-004-CONAGUA-1996 1997-08-08 Requisitos para la protección de acuíferos durante el mantenimiento y rehabilitación de pozos de extracción de agua y para el cierre de pozos en general. NOM-014-CONAGUA-2003 2009-08-18 Requisitos para la recarga artificial de acuíferos con agua residual tratada. NOM-015-CONAGUA-2007 2009-08-18 Infiltración artificial de agua a los acuíferos.- Características y especificaciones de las obras y del agua. Total: 7

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE SUELOS NOM-021-SEMARNAT-2000 2002-12-31 Que establece las especificaciones de fertilidad, salinidad y clasificación de suelos. Estudios, muestreo y análisis. NOM-138-SEMARNAT/SSA1-2012 2013-09-10 Límites máximos permisibles de hidrocarburos en suelos y lineamientos para el muestreo en la caracterización y especificaciones para la remediación. NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004 2007-03-02 Que establece criterios para determinar las concentraciones de remediación de suelos contaminados por arsénico, bario, berilio, cadmio, cromo hexavalente, mercurio, níquel, plata, plomo, selenio, talio y/o vanadio. Total: 3

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL NOM-115-SEMARNAT-2003 2004-08-27 Que establece las especificaciones de protección ambiental que deben observarse en las actividades de perforación y mantenimiento de pozos petroleros terrestres para exploración y producción en zonas agrícolas, ganaderas y eriales, fuera de áreas naturales protegidas o terrenos forestales. NOM-116-SEMARNAT-2005 2005-11-07 Que establece las especificaciones de protección ambiental para prospecciones sismológicas terrestres que se realicen en zonas agrícolas, ganaderas y eriales. NOM-117-SEMARNAT-2006 2009-10-29 Que establece las especificaciones de protección ambiental durante la instalación, mantenimiento mayor y abandono, de sistemas de conducción de hidrocarburos y petroquímicos en estado líquido y gaseoso por ducto, que se realicen en derechos de vía existentes ubicados en zonas agrícolas, ganaderas y eriales.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL NOM-120-SEMARNAT-1997 1998-10-19 Que establece las especificaciones de protección ambiental para las actividades de exploración minera directa, en zonas con climas secos y templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinos. NOM-129-SEMARNAT-2006 2007-07-17 Redes de distribución de gas natural.- Que establece las especificaciones de protección ambiental para la preparación del sitio, construcción, operación, mantenimiento y abandono de redes de distribución de gas natural que se pretendan ubicar en áreas urbanas, suburbanas e industriales, de equipamiento urbano o de servicios. NOM-130-SEMARNAT-2000 2001-03-23 Protección ambiental-Sistemas de telecomunicaciones por red de fibra óptica-Especificaciones para la planeación, diseño, preparación del sitio, construcción, operación y mantenimiento. NOM-143-SEMARNAT-2003 2005-03-03 Que establece las especificaciones ambientales para el manejo de agua congénita asociada a hidrocarburos.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMs) EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL NOM-149-SEMARNAT-2006 2007-01-31 Que establece las especificaciones de protección ambiental que deben observarse en las actividades de perforación, mantenimiento y abandono de pozos petroleros en las zonas marinas mexicanas. NOM-150-SEMARNAT-2006 2007-03-06 Que establece las especificaciones técnicas de protección ambiental que deben observarse en las actividades de construcción y evaluación preliminar de pozos Total: 9

ACUERDOS Y ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE ACTIVIDADES ALTAMENTE RIESGOSAS Acuerdo por el que las Secretarías de Gobernación y Desarrollo Urbano y Ecología Primer Listado de Actividades Altamente Riesgosas (Sustancias Tóxicas). 28 de Marzo de 1990. Acuerdo por el que las Secretarías de Gobernación y Desarrollo Urbano y Ecología, expiden el Segundo Listado de Actividades Altamente Riesgosas (Sustancias Inflamables y Explosivas) . 4 de Mayo de 1992. Programas para la Prevención de Accidentes (PPAs). Trámite SEMARNAT-07-013 “Aprobación del Programa para la Prevención de Accidentes”. Total: 3

Artículos 11 a 13 – LGEEPA – Convenios de coordinación COMPETENCIA FEDERAL ATMÓSFERA: Artículo 111Bis LGEEPA Artículo 17 Bis Reglamento en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera de la LGEEPA Artículo 9 Reglamento en materia Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) de la LGEEPA Artículos 11 a 13 – LGEEPA – Convenios de coordinación Documentos: Licencia Ambiental Única – Licencia de Funcionamiento Cédula de Operación Anual (inventario de emisiones) Requerimientos técnicos: Ductos, chimeneas, plataformas y puertos de muestreo, equipos de control de emisiones,…………………………….., laboratorios aprobados

RESIDUOS: COMPETENCIA FEDERAL Todos los generadores de residuos peligrosos – LGPGIR Todos los prestadores de servicios para residuos peligrosos – LGPGlR Artículos 17 LGPGIR y 32 Reglamento LGPGIR – Residuos Minero Metalúrgicos Artículo 28 y 31 LGPGIR- Planes de Manejo ……………………….. Importación y exportación de residuos peligrosos – Tratados Internacionales Artículos 12 a 14 LGPGIR - Convenios de coordinación Documentos: Cédula de Operación Anual Registro como generador de residuos peligrosos Autocategorización Plan de Manejo Manifiestos de Entrega, Transporte y Recepción Autorizaciones para importación / exportación, retorno o prestador de servicios de residuos peligrosos Requerimientos técnicos: Almacenamiento abierto o cerrado (dispositivos para contener derrames, sistemas de extinción de incendios, recipientes adecuados al tipo de residuos, identificación de los residuos, etc. – Artículo 82 Reglamento LGPGIR), recolección, trasporte, acopio, tratamiento y disposición final

CUMPLIMIENTO DE LA REGULACIÓN AMBIENTAL ¿ Cómo sabes si tu empresa esta cumpliendo o no con sus obligaciones ambientales ? GUÍA DE AUTOEVALUACIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL Objetivo Conocer un instrumento de apoyo que puede utilizar cualquier persona física o moral para diagnosticar de manera integral y crítica su cumplimiento con la normatividad ambiental.

¿ Conoces cómo hace la Profepa una visita de inspección? ¿ Conoces el procedimiento administrativo que puede instaurar la Profepa a tu empresa?

Ejecución de la Resolución Visita de Inspección ……………………………………………… PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA AMBIENTAL

PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN AMBIENTAL TIENE IRREGULARIDADES? EXTRAORDINARIAS SE DICTAN MEDIDAS? SE DICTAN MEDIDAS?

VISITA DE INSPECCIÓN DERECHOS DEL VISITADO: a) Exigir la identificación del inspector (credencial que lo acredite como Inspector federal vigente). b) Recibir orden con firma autógrafa. c) Designación de dos testigos. d) Derecho a formular observaciones durante la visita y 5 días después e) Recibir el acta de inspección OBLIGACIONES DEL VISITADO: a) Permitir el acceso del personal para que realice la visita de inspección. b) Proporcionar la información y documentación que se le requiera durante la diligencia, en relación al objeto de la visita.

ACUERDO DE EMPLAZAMIENTO Es la etapa donde la autoridad hace del conocimiento del particular, el inicio de un procedimiento administrativo instaurado en su contra, con el único objeto de que se encuentre en posibilidades de comparecer a manifestar lo que a su derecho convenga y/o para ofrecer los medios probatorios que considere convenientes, con el fin de desvirtuar los supuestos hechos violatorios detectados durante la visita de inspección.

Riesgo inminente de desequilibrio ecológico. MEDIDAS DE SEGURIDAD MEDIDAS DE URGENTE APLICACIÓN Y CORRECTIVAS Artículo 170 LGEEPA Riesgo inminente de desequilibrio ecológico. Daño o deterioro grave a los recursos naturales. Contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública. I.- La clausura temporal, parcial o total Fuentes contaminantes. Instalaciones en que se manejen o almacenen especímenes, productos o subproductos de especies de vida silvestre o recursos forestales. Actividades que den lugar a los supuestos a que se refiere el primer párrafo de este artículo.

II. Aseguramiento precautorio Materiales y residuos peligrosos, MEDIDAS DE SEGURIDAD MEDIDAS DE URGENTE APLICACIÓN Y CORRECTIVAS II. Aseguramiento precautorio Materiales y residuos peligrosos, Especímenes, productos o subproductos de especies de flora o de fauna silvestre o su material genético, recursos forestales, y Bienes, vehículos, utensilios e instrumentos directamente relacionados con la conducta que da lugar a la imposición de la medida de seguridad. III. Neutralización o cualquier acción análoga que impida que materiales o residuos peligrosos generen los efectos previstos en el primer párrafo de este artículo.

MEDIDAS DE SEGURIDAD MEDIDAS DE URGENTE APLICACIÓN Y CORRECTIVAS La Profepa podrá promover ante otra autoridad la ejecución de medidas de seguridad que se establezcan en otros ordenamientos.

Razonamientos para la aplicación de un precepto al caso concreto. RESOLUCIÓN Es el acto que pone fin a un procedimiento administrativo, en ella se deciden todas las cuestiones planteadas por los interesados y las derivadas de la substanciación del mismo. Aspectos a observar Valoración de pruebas. Razonamientos para la aplicación de un precepto al caso concreto. Fundamentación y motivación de sanción.

Multa (hasta 50,000 dsmgv en la CDMX) SANCIONES Multa (hasta 50,000 dsmgv en la CDMX) Clausura temporal o definitiva, total o parcial Arresto administrativo hasta por 36 hrs. Decomiso Suspensión o revocación de concesiones, licencias, permisos y/o autorizaciones Consideraciones Gravedad de la infracción Condiciones económicas del infractor Reincidencia Carácter intencional o negligente El beneficio obtenido por el infractor

Evitar el procedimiento administrativo: SUGERENCIAS Evitar el procedimiento administrativo: Aumenta los costos de transacción para todos los involucrados (haya o no sanciones) Conocer las obligaciones ambientales Saber cómo cumplir con ellas Comprender las implicaciones de no cumplir Conocer el procedimiento administrativo Aprovechar mecanismos complementarios de defensa y cumplimiento Recurso de revisión Revocaciones Reconsideraciones Conmutaciones de multas

SUGERENCIAS Cumplimiento de Obligaciones Ambientales Cultura y Compromiso Ambiental Cumplimiento de Obligaciones Ambientales No Sancionable

¿A DÓNDE QUEREMOS LLEGAR? Mercados abiertos, sanos y competitivos de verificación industrial. Procedimientos completos y claros de evaluación de la conformidad Inclusión de organismos de tercera parte Descentralización de algunas funciones Procedimientos complementarios de inspección Uso de inteligencia (Laboratorios de cartografía, informática y DNA, bases de datos, intercambio de información) Trabajo coordinado con la Entidad Mexicana de Acreditación

Prevenir Ordenar Verificar Comunicar Inspeccionar MODELO DE INSPECCIÓN INDUSTRIAL SECTOR INDUTRIAL Prevenir Inspeccionar Ordenar Verificar Comunicar Conocen sus obligaciones y las comprenden Tienen la intención de cumplir El riesgo de ser descubierto es alto El costo de incumplir es mayor al de cumplir Son capaces de cumplir ¿Cumple o no? ¿En qué medida lo hace? Crear un campo parejo para la competencia Crear un efecto de disuasión Aumentar la conciencia Corregir irregularidades Evitar mayores afectaciones ¿Cumple o no? ¿En qué medida lo hace? Mejorar el cumplimiento ambiental Rendir cuentas Retroalimentar a la Profepa

Promover Ordenar Verificar Comunicar Inspeccionar MODELO DE INSPECCIÓN INDUSTRIAL PROFEPA Promover Inspeccionar Ordenar Verificar Comunicar Uso de materiales sobre obligaciones ambientales Promoción de mecanismos voluntarios Visitas de inspección Denuncias Emergencias Padrón de empresas de JF POA Medidas asociadas a las irregularidades Plazos acordes con el cumplimiento posible de las medidas Asegurarse que todos los procedimientos con medidas ordenadas se verifiquen Coordinación con jurídico Casos emblemáticos En coordinación con comunicación social Documentar casos

Primera Jornada Ambiental Profepa - Canacintra SUBPROCURADURÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL Agradezco su atención Ing. G. Rafael Coello García Director General de Asistencia Técnica Industrial Subprocuraduría de Inspección Industrial rcoello@profepa.gob.mx Tel. 01 55 54496358 26 de Mayo de 2016 Ciudad de México