Prof. Francisco Reyes Caparro JUST 1010.  El Estado establece una serie de componentes:  Policía  Departamento de Justicia  Tribunales  Sistema de.

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Transcripción de la presentación:

Prof. Francisco Reyes Caparro JUST 1010

 El Estado establece una serie de componentes:  Policía  Departamento de Justicia  Tribunales  Sistema de Correccional

 La función principal es establecer una política publica que permita afrontar el problema de a criminalidad y procesar los violadores de la ley.  Al fin de lograr esto se establecieron unos modelos que permitan combatir situaciones que amenacen la sociedad.

 Es la respuesta del Estado, o el Poder público, al implementar programas y servicios y aprobar legislación, a fin de cumplir con las necesidades de sus ciudadanos.  Aunque existe un sinnúmero de definiciones en torno a este concepto, generalmente, se puede entender como política pública el ámbito el privilegiado de realización de un “pacto” entre el Estado y la sociedad. Es decir, las políticas públicas representan las acciones del gobierno.

 El poder judicial en Puerto Rico se ampara en la Constitución de Puerto Rico, aprobada en  Al poder judicial se le delegó la función de preservar la confianza del pueblo y la garantía constitucional de la ley,tiene como primer componente la Policía de Puerto Rico, luego el Departamento de Justicia, los Tribunales y el Departamento de Corrección

 Es el primer componente del Sistema de Justicia Criminal de Puerto Rico.  Los policías responden a la Rama Ejecutiva del gobierno.  funciones y deberes son proteger la vida y la propiedad de los ciudadanos, mantener y preservar el orden social, proteger los derechos civiles de los ciudadanos.

 Las funciones de la policía de los Estados Unidos van más allá de tener control sobre la delincuencia y de proteger la sociedad. Como un componente del Sistema de Justicia Criminal, la policía tiene la responsabilidad de investigar y detener a individuos sospechosos de actos delictivos.

 El Departamento de Justicia de Puerto Rico es el segundo componente del Sistema de Justicia Criminal y está adscrito a la Rama Ejecutiva del gobierno. Este es responsable del cumplimiento de la ley por medio de la radicación de cargos criminales a los presuntos autores de delitos. 

 Disponer sobre el sistema de personal.  a organización interna del Departamento de Justicia y la creación de aquellas oficinas indispensables para cumplir con su función constitucional.  Crear los cargos de Fiscales y Procuradores y establecer sus funciones y deberes.

 Una función del Departamento de Justicia es estructurar los estatutos legales y la protección de la política pública sobre los intereses del Estado.  Su misión es garantizar la administración de una justicia caracterizada por ser imparcial y justa para los ciudadanos.

 De acuerdo a la ley, las funciones primordiales del Departamento son custodiar a los ingresados en las instituciones penales de la Isla y propiciar la rehabilitación de los miembros de la población correccional.  El Departamento también debe proveer herramientas mediante programas de tratamiento y rehabilitación y ofrecer programas comunitarios que les permitan al confinado tener un acercamiento con la comunidad.

 La Rama Judicial de Puerto Rico establece que la “Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico encomienda al Juez Presidente o Jueza Presidenta del Tribunal Supremo la administración del sistema judicial y provee para el nombramiento de un Director Administrativo o Directora Administrativa para asistirlo en dicha función.

 El Secretario de la Administración de Tribunales realiza sus funciones en conformidad con las políticas establecidas por el tribunal, y se reporta a la corte a través de su Juez Superior.  La administración de los tribunales cuenta con abogados, que fungen como oficiales jurídicos, y profesionales que ayudan al tribunal en la búsqueda y redacción de opiniones.

 El Tribunal Supremo es el tribunal de última instancia y se compone de un Juez Presidente y seis Jueces Asociados.  El Tribunal de Apelaciones es un tribunal intermedio entre el Tribunal Supremo y el Tribunal de Primera Instancia. Este se creó con el propósito de proveer a los ciudadanos de un foro apelativo mediante el cual un panel de no menos de tres jueces revisará, como cuestión de derecho, las sentencias finales del Tribunal de Primera Instancia.

 El Tribunal de Primera Instancia es donde se originan los casos. A tenor con la ley de la judicatura actual, el tribunal lo componen doscientos cincuenta y tres jueces superiores y ochenta y cinco jueces municipales distribuidos entre las regiones judiciales. Estos son nombrados por el Gobernador.

 El Tribunal de Primera Instancia es un tribunal de jurisdicción original general, en todo caso o controversia que surja dentro de la demarcación territorial de Puerto Rico. En este tribunal se celebran los juicios, vistas y otros procedimientos judiciales. Los Tribunales de Primera Instancia son los principales en la estructura organizativa del Sistema de Justicia Federal. Los Tribunales de Distrito tienen jurisdicción para intervenir en la mayoría de las categorías de casos federales.

 La función del Tribunal Apelativo es intervenir en las apelaciones presentadas por las Cortes de Distrito, que están ubicadas dentro de su circuito, además de en aquellos casos referidos por algunos organismo administrativos federales.  En Estados Unidos, al igual que en Puerto Rico, existe el derecho de apelación en todos los casos en que un tribunal concluye el juicio con una sentencia. En ambas jurisdicciones, los tribunales están constituidos de paneles de tres jueces. En el proceso de presentar el recurso de apelación, se revisa la decisión de los procedimientos celebrados en el Tribunal de Primera Instancia o en el organismo administrativo correspondiente

 Mediante esta presentación pudimos observar algunos detalles relacionados a los modelos del Sistema Judicial y algunas de sus características.

 Unidad 2 Aspectos del Sistema de Justicia Criminal.