DEL REGISTRO CIVIL EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

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Transcripción de la presentación:

DEL REGISTRO CIVIL EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL EVOLUCIÓN JURÍDICA DEL REGISTRO CIVIL EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA El origen del Registro Civil en la República Bolivariana de Venezuela se manifiesta a través de los Registros Parroquiales, los cuales inicialmente estaban a cargo de la Iglesia Católica y posteriormente pasan a ser una función y competencia del Estado

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 31 de enero de 1825 El Liber tador Simó n Bolív ar medi ante decre to crea una Comi sión con el objeti vo de form ar un Proy ecto de Códi gos Civil y Crimi nal, el cual prese ntaría ante el Cong reso.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 22 de mayo de 1826 A travé s de una Ley que incor poró a la Hacie nda Públi ca las anota cione s de hipot ecas, se visua liza el interé s de const ituir o estab lecer un Regis tro de Estad o Civil, ya que en la mism a se orde na la creac ión de oficin as que llevar ían las anota cione s o regist ros.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 1835 Se regla ment a y orga niza el Regis tro Públi co Civil, se discri mina n los proto colos por áreas , se elimi na la figur a del escri bano y se crea la de Regis trado r Princ ipal y la de los Regis trado res Subal terno s, mant enién dose dicha s refor mas hasta el año 1874.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 24 de mayo de 1836 Se dero ga la Ley del 22 de mayo de 1826 y se crean las Ofici nas de Regis tro Públi co, una Ofici na Princ ipal en cada capit al de Provi ncia y una Ofici na Subal terna ubica da en la parro quia.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 28 de octubre de 1862 Desp ués de 27 años que el Cong reso Nacio nal orden ara por decre to la forma ción del Códig o Civil, es prom ulgad a la obra del Dr. Julián Viso, quien usó como fuent e el Códig o Chile no del 14 de dicie mbre de 1855, obra del Venez olano André s Bello, funda ment ado en las leyes españ olas y el Códig o de Napol eón.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 20 de febrero de 1863 Se estab lece como funci ón del Regis tro Públi co lo relaci onad o con el Regis tro del Estad o Civil de las Pers onas.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 28 de octubre de 1867 Entra en vigen cia el nuev o Códi go Civil, cread o por la Comi sión Revis ora de la Legis lació n Nacio nal, decre tada por el Gene ral Juan Crisó stom o Falcó n, adopt ándo se el Proy ecto del Espa ñol Don Flore ncio Garcí a Goye na, el cual no fue acogi do por Espa ña. Como dato curioso se tiene que dicha Comisión Revisora copió hasta los errores de imprenta que presentó el Proyecto Español.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 20 de febrero de 1873 El Presi dente provi siona l de la Repú blica, Anto nio Guz mán Blanc o, decre ta la creac ión de un Regis tro de Estad o Civil, el cual es inclui do y regul ado por el Códi go Civil que entró en vigen cia el 27 de abril de 1873, dero gánd ose el del 28 de octub re de 1867.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 13 de junio de 1876 Es prom ulgad a la Ley que busc a regul ar la orga nizac ión de las Ofici nas de Regis tro, supri mién dose los regist ros de naci mient os, matri moni os y defun cione s del Regis tro Públi co.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA Años 1880,1896,1904, 1916 y 1922 Trans curre un perío do de casi 50 años dura nte el cual se prod uce la refor ma suce siva de los Códi gos Civile s de la nació n.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 1999 Se promulga la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), la cual amplía el espectro legal relacionado con el estado civil de las personas

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 1999 En la CRBV se reconoce el Derecho de toda persona a tener un Nombre Propio, al Apellido del Padre y al de la Madre, a conocer la Identidad de sus Progenitores, a ser inscrita en el Registro Civil, a obtener los documentos públicos que compruebe su identidad biológica, a obtener documentos en donde no se mencione o se califique el modo en que se obtuvo la filiación (Artículo 56).

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 1999 En la CRBV se igualan los efectos de la Adopción con los de la Filiación (Artículo 75, Segundo Aparte). La CRBV iguala las Uniones Estables de Hecho con el Matrimonio, en lo relacionado a los derechos. (Artículo 77)

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 20 de septiembre de 2007 Se promulga la Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad, la cual amplia el espectro jurídico en cuanto a la garantía y protección de los derechos relacionados con la identidad, el desarrollo de la personalidad, establecimiento del vínculo filiatorio, además del reconocimiento de los hijos e hijas.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 10 de diciembre de 2007 Se promulga la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente (LOPNNA), la cual para la fecha se convierte en el instrumento jurídico que más desarrolla los derechos y obligaciones relacionadas con el Estado Civil de las Personas, en este caso, de los Niños, Niñas y Adolescentes.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EVOLUCIÓN JURÍDICA 15 de septiembre de 2009 Se produce la promulgación de la Ley Orgánica de Registro Civil (LORC), la cual se convierte en el instrumento jurídico primario y especializado en lo que al estado civil de las personas se refiere.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL Objetivo Regular la Competencia, Formación, Organización, Centralización de la Información, Supervisión y Control del Registro Civil. Finalidad La Ley Orgánica de Registro Civil tiene por finalidad asegurar los derechos humanos a la Identidad Biológica e Identificación de todas las personas.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL Consagra el derecho a tener un nombre, nacionalidad y a ser identificados inmediatamente después de su nacimiento. Establece la obligación del Estado relativa a la identificación en forma obligatoria y oportuna de los recién nacidos. Precisa el derecho a estar inscrito o inscrita en el Registro Civil, estableciendo plazos para la declaración del nacimiento.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL Dispone que los Centros, Instituciones y Servicios de Salud Públicos y Privados se obligan a llevar un registro de los nacimientos producidos. Ratifica la Gratuidad del Servicio de Registro Civil y el derecho a obtener documentos públicos que comprueben la identidad del niño, niña o adolescente. Determina el derecho que tienen los hijos e hijas a conocer a sus padres y promueve el Reconocimientos de los hijos e hijas.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL El Registro Civil es consagrado como un SERVICIO PÚBLICO ESENCIAL y GRATUITO, siendo su actividad de carácter regular, continua, ininterrumpida y orientada al servicio de las personas. Establece los actos y hechos jurídicos susceptibles de ser registrados, los cuales van desde el nacimiento hasta la defunción, entre otros. De igual forma, establece la Creación de un Sistema Nacional de Registro Civil automatizado que se constituirá en la fuente de Información para planificar políticas públicas que facilitan el desarrollo de la Nación.

El servicio de Registro Civil tiene CARÁCTER PÚBLICO COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL El servicio de Registro Civil tiene CARÁCTER PÚBLICO Los trámites deben guardar Simplicidad, Uniformidad, Celeridad, Pertinencia, Utilidad, Eficiencia y ser de fácil Comprensión, a propósito de garantizar la eficacia en la prestación del servicio

REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL El servicio de Registro Civil debe garantizar la Oportuna y Adecuada Respuesta, establecida en la Constitución de la República en el artículo 51. La Ley establece la Accesibilidad, la cual se garantiza mediante la Municipalización y Parroquialización de los Registros Civiles, pudiendo crearse otro tipo de organización político-territorial según las necesidades.

Cada asiento llevado por el Registro Civil corresponde a una persona. COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL Cada asiento llevado por el Registro Civil corresponde a una persona. Los Registradores y Registradoras Civiles en sus actuaciones se encuentran investidos de Fe Pública. Los datos contenidos en el Registro Civil prevalecen sobre otros registros , por lo cual estos datos constituyen plena prueba en cuanto al estado civil de las personas.

REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL El Registro Civil es un Servicio Público el cual se presta a toda la población sin distinción o discriminación alguna. Para el caso de los Pueblos y Comunidades Indígenas se debe respetar la Identidad Cultural, sus Costumbres y Tradiciones Ancestrales.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL La Ley Orgánica de Registro Civil establece que se debe preferir la aplicación de la Ley que beneficie los Derechos Humanos de las personas, en los casos de dudas, en su interpretación y aplicación.

COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL De igual forma, la Ley prevé la Creación de un SISTEMA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL, el cual estará conformado por los demás órganos del Poder Público que ejecutan acciones relacionadas con el Registro Civil.

INSCRIPCIONES EXTEMPORÁNEAS AUTOMATIZACIÓN Y DIGITALIZACIÓN COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL INNOVACIONES DE LA LEY INSCRIPCIONES EXTEMPORÁNEAS Se asume la Inscripción Extemporánea de las Personas Mayores de Edad, situación que anteriormente era dirimida ante los Tribunales de la República. AUTOMATIZACIÓN Y DIGITALIZACIÓN Contempla la creación de un Archivo Digital y Automatizado, el cual almacenará todas las inscripciones que se realicen en el Registro Civil.

ADAPTACIÓN DEL SERVICIO A LA DIVISIÓN POLITICO-TERRITORIAL DEL PAÍS COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL NOVEDADES DE LA LEY ADAPTACIÓN DEL SERVICIO A LA DIVISIÓN POLITICO-TERRITORIAL DEL PAÍS A los fines de garantizar la prestación del servicio en todo el Territorio Venezolano, se contempla la creación de Unidades de Registro Civil mediante Resolución en las zonas Inhóspitas, de difícil acceso y zonas fronterizas. INTERCONEXIÓN: Se establece la interconexión entre la OFICINA NACIONAL DE SUPERVISIÓN DEL REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN, la OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL y la OFICINA NACIONAL DE REGISTRO ELECTORAL, con el propósito, que todo dato que ingrese al registro civil, que pueda modificar el registro electoral, sea incorporado de forma automática.

NOVEDADES DE LA LEY RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL NOVEDADES DE LA LEY NÚMERO ÚNICO DE IDENTIDAD Se establece que toda persona contará con un código individual al momento de ser inscrito en el Registro Civil. PROTECCIÓN PARA LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Todos los asientos e información relacionada con la filiación tendrán un carácter de confidencial. RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD De los datos e información contenidas en el Registro Civil de las personas a las que deba resguardarse su identidad por seguridad, que estén bajo una medida de protección.

NOVEDADES DE LA LEY INCORPORACIÓN DE LOS IDIOMAS INDÍGENAS COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL NOVEDADES DE LA LEY INCORPORACIÓN DE LOS IDIOMAS INDÍGENAS En aquellos casos de Comunidades y Pueblos Indígenas, se deberá llevar los asientos en forma bilingüe. INSCRIPCIÓN DE LAS UNIONES ESTABLES DE HECHO TRAMITACIÓN DE RECTIFICACIONES, INSERCIONES, RECONSTRUCCIONES DE ACTAS Y NULIDADES VÍA ADMINISTRATIVA. PROCEDIMIENTOS REGISTRALES ADAPTADO S Y RESPETANDO LOS USOS Y COSTUMBRES DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS.

MUCHAS GRACIAS POR SU PARTICIPACIÓN COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL OFICINA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL MUCHAS GRACIAS POR SU PARTICIPACIÓN http://www.cne.gob.ve/registrocivil/