Reforma Fiscal 2014 Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR)

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Transcripción de la presentación:

Reforma Fiscal 2014 Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) L. C. C. Francisco Javier Betancourt Santana (Comité Fiscal UC&CS) Magno Evento Reforma Fisca 2014, Ciudad de México, Noviembre 2013

Reforma Fiscal 2014 En octubre del presente ejercicio el Congreso de la Unión aprobó diversas modificaciones en materia fiscal, que entrarán en vigor a partir del 1º de enero de 2014. Cabe señalar que aún se encuentran pendientes de publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) A partir del 1º de enero de 2014 se abroga la Ley del IETU. Cabe señalar que las obligaciones y derechos que hubieran nacido durante su vigencia, deberán cumplirse conforme a los montos, formas y plazos establecidos en dicha Ley o sus disposiciones transitorias.

Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) También a partir del 1º de enero de 2014 se abroga la Ley del IDE, sin embargo, las instituciones del sistema financiero deberán informar una vez al año sobre los depósitos en efectivo que reciban los contribuyentes en cuentas abiertas a su nombre cuando el monto acumulado supere los $15,000 pesos mensuales.

ISR Personas Morales Disposiciones generales: La tasa del ÍSR se mantiene en 30% de acuerdo con la nueva Ley del ISR. Asimismo, sólo existirá una tasa especial para personas morales dedicadas a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

ISR Personas Morales Participación de los trabajadores en la utilidad (PTU): El cálculo de la PTU se realizará de acuerdo con el mismo procedimiento para determinar el resultado fiscal excepto por: Disminución de pérdidas fiscales. Disminución de la PTU pagada.

ISR Personas Morales Disposiciones generales La nueva Ley contempla un impuesto adicional del 10% aplicado sobre el monto de los dividendos o utilidades distribuidos (Título IV Ley del ISR). Las personas morales deberán retener este impuesto que tendrá carácter de definitivo.

ISR Personas Morales Disposiciones generales Existen nuevas reglas para el acreditamiento de impuestos pagados en el extranjero principalmente tratándose de dividendos tales como: Fórmulas específicas. Proporcionalidad y límites de acreditamiento por países y ejercicios fiscales. Identificar los ejercicios de donde provengan las utilidades.

ISR Personas Morales Disposiciones generales Para la aplicación de tratados internacionales se requieren requisitos como: Demostrar residencia fiscal. Designar representante legal en México. Presentar la declaración de la situación fiscal o en su caso el dictamen fiscal. La autoridad podrá solicitar en el caso de partes relacionadas que se el extranjero acredite la doble tributación jurídica a través de una manifestación bajo protesta de decir verdad

ISR Personas Morales Disposiciones generales: Se elimina el tratamiento fiscal de enajenaciones a plazo. En el caso de FIBRAS existirá un tratamiento diferenciado para ingresos diferentes al arrendamiento; en el caso de SIBRAS se deroga el estímulo fiscal. Costo Fiscal de Acciones. El cálculo para determinar la ganancia en la enajenación de acciones será el mismo, sin importar el tiempo de la tenencia que se tenga de las acciones.

ISR Personas Morales Deducciones fiscales: En el caso de donativos a favor de la Federación, entidades federativas, municipios u organismos descentralizados el monto no podrá exceder de 4% de la utilidad fiscal. Adicionalmente, se limita la donación de bienes que han perdido su valor.

ISR Personas Morales Deducciones fiscales: La deducción por renta de automóviles no excederá de $200 diarios. La deducción de los consumos en restaurantes y bares se limita al 8.5%, con excepción de los consumos efectuados por gasto de viaje que serán al 100% con las reglas ya establecidas.

ISR Personas Morales Deducciones fiscales: Las cuotas al IMSS a cargo de los trabajadores absorbidas por el patrón no serán deducibles. Como requisitos adicionales para la deducción de Sueldos y Salarios se establece que: Esté cubierto el impuesto local por salarios. Se expidan comprobantes fiscales digitales por internet. Se pague mediante el sistema financiero arriba de $2,000.

ISR Personas Morales Disposiciones generales: Se establece que en el caso de préstamos efectuados a terceros, trabajadores, funcionarios, socios o accionistas, se debe contar con un comprobante fiscal que ampare la contraprestación.

ISR Personas Morales Deducciones fiscales: En el caso de vales de despensa deberán ser entregados a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT.

ISR Personas Morales Disposiciones generales: Será deducible el 53% de los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador y de las aportaciones al fondo de pensiones. La deducción será del 47% de los pagos anteriores, cuando se disminuyan las prestaciones exentas a los trabajadores respecto al año anterior.

ISR Personas Morales Tratándose de pagos al extranjero: No serán deducibles los pagos que generen doble deducción, así como los pagos que también sean deducibles para una parte relacionada residente en México o en el extranjero, salvo que la parte relacionada acumule los ingresos generados por el contribuyente ya sea en el ejercicio fiscal o el siguiente.

ISR Personas Morales Disposiciones generales: En el caso de contribuyentes que se dediquen a la explotación de yacimientos minerales, se elimina toda posibilidad de deducir erogaciones realizadas en periodos preoperativos, en el ejercicio en que las mismas se realicen.

ISR Personas Morales Disposiciones generales: Para los equipos de transporte, se modifica el límite para la deducción de automóviles de $175,000 a $130,000. Adicionalmente, se elimina el estímulo fiscal de la deducción inmediata de activos fijos.

ISR Personas Morales Deducciones fiscales: Se elimina la referencia de determinar el costo aplicando el sistema de costeo directo. Se elimina el UEPS como método de valuación de inventarios.

ISR Personas Morales Instituciones de crédito En el caso de instituciones de crédito, se elimina la opción de deducir las reservas a la cartera de crédito, es decir, serán deducibles hasta que se consideren efectivamente incobrables.

ISR Personas Morales Pérdidas fiscales Las pérdidas fiscales pendientes de disminuir no tendrán cambio alguno, sin embargo, se establece en las disposiciones transitorias el derechos de poder disminuirlas en ejercicios posteriores.

ISR Personas Morales Disposiciones generales: En el caso de las declaraciones informativas, se elimina la obligación de presentar la declaración de retenciones, sueldos, pagos al extranjero, etc.; sin embargo, esta obligaciones se establece mediante disposiciones transitorias hasta diciembre 2016.

ISR Personas Morales Régimen de consolidación fiscal: Eliminación del Régimen de consolidación que propone dos nuevas formas de cálculo: Reflejar todos los efectos en resultado fiscal consolidado en el año en que sea obligatorio desconsolidar (2014). Mantener reglas similares al régimen actual para el pago del ISR diferido.

ISR Personas Morales Régimen de consolidación fiscal: Los grupos que aún no tienen un periodo de 5 años consolidando continuarán haciéndolo hasta cumplido dicho periodo.

ISR Personas Morales Régimen de consolidación fiscal: Es recomendable evaluar todos los conceptos que generan un ISR diferido: Pérdidas fiscales. Pérdidas en venta de acciones obtenidas antes del ejercicio de 2008. Conceptos especiales de consolidación. Dividendos contables., Diferencias de CUFIN y registros de CUFIN.

ISR Personas Morales Nuevo régimen opcional para grupo de sociedades: Este es aplicable a sociedades Integradoras que participen en el 80% de las acciones con derecho a voto de las sociedades Integradas.

ISR Personas Morales Régimen opcional para grupo de sociedades: Este nuevo régimen sólo permite el diferimiento del impuesto por pérdidas fiscales por un periodo de tres años. Elimina diversos beneficios como dividendos o CUFIN consolidada del régimen anterior.

ISR Personas Morales Régimen opcional para grupo de sociedades: Las sociedades que consolidan que requieran integrarse a este nuevo régimen, deberán presentar un aviso a más tardar el 15 de febrero de 2014.

ISR Personas Morales Régimen opcional para grupo de sociedades: Todos aquellos grupos que no consoliden para efectos fiscales deben presentar su solicitud a más tardar el 15 de agosto del año inmediato anterior a aquel en que se pretenda optar por este nuevo régimen.

ISR Personas Morales Operaciones con el extranjero: Se establece que para que se considere que un impuesto pagado en el extranjero tenga la naturaleza de ISR deberá: Cumplir con las reglas generales que expida el SAT. Se encuentre incluido en los tratados para evitar la doble tributación.

ISR Personas Morales Tratándose de pagos al extranjero: No serán deducibles los pagos efectuados a una entidad extranjera que controle o sea controlada por el contribuyente, por concepto de intereses, regalías o asistencia técnica, cuando:

ISR Personas Morales Tratándose de pagos al extranjero: La entidad extranjera que reciba el pago se considere transparente, excepto cuando la operación se haga a valores de mercado y sus accionistas o asociados estén sujetos a un ISR por los ingresos a través de la misma. El pago se considere inexistente para efectos fiscales en el país donde se ubique la entidad. La entidad extranjera que reciba el pago no lo considere como ingreso gravable.

ISR Personas Morales Dictamen por enajenación de acciones: Respecto del dictamen de CPR para la enajenación de acciones para estar en posibilidad de aplicar la opción referente al pago del impuesto sobre bases netas y de reorganización de sociedades continua vigente en la nueva Ley del ISR.

ISR Personas Morales Pagos al extranjero: La tasa máxima del ISR por pagos al extranjero con fuente de riqueza en México se incrementa del 30% al 35% (referencia a la tasa máxima aplicable a personas físicas). Respecto de los ingresos por prestación de servicios personales subordinados, incluyendo jubilaciones, pensiones, a residentes en el extranjero etc., la tasa máxima será de 30% .

Efectos contables Evaluar los aspectos contables y financieros de acuerdo con: Normas de Información Financiera (NIF´s) Mexicanas. International Financial Reporting Standards (IFRS) IAS 12 US GAAP (Generally Accepted Accounting Principles) ASC 740.

Efectos contables Eliminación de la provisión del IETU Diferido.

Efectos contables Evaluar aspectos que afectan el ISR diferido y la tasa efectiva: Deducciones fiscales por: Cambios en tratamiento fiscal. Limitaciones a deducciones (Consumos, inversiones en automóviles, arrendamiento, sueldos y salarios). Pagos a partes relacionadas.

UC&CS – Información a tu alcance GRACIAS UC&CS – Información a tu alcance