Conceptos de trabajo infantil desde la normativa internacional. San José, 24,25 de Abril del 2006 Guillermo Dema Coordinador Subregional IPEC Centroamérica.

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Transcripción de la presentación:

Conceptos de trabajo infantil desde la normativa internacional. San José, 24,25 de Abril del 2006 Guillermo Dema Coordinador Subregional IPEC Centroamérica Oficina Internacional del Trabajo Programa Internacional para la erradicación del trabajo infantil.

Marco Legal en Materia de Trabajo Infantil El trabajo infantil está estrechamente vinculado a la economía informal no reglamentada De la mayoría de los niños que trabajan, el 70% lo hacen en el sector agropecuario Otros sectores como: pesca, manufacturas, turismo, servicio doméstico, contrucción, industrias extractivas y la economía industrial urbana En otras formas de explotación económica

Marco Legal en Materia de Trabajo Infantil Protección contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda: ser peligroso, entorpecer la educación, o ser nocivo para la salud o para el desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social Convenio de la OIT sobre la Edad Mínima, No. 138, (1973) Convenio de la OIT sobre Peores Formas de Trabajo Infantil No. 182 (1999) Declaración de la OIT relativa a los Principios Fundamen- tales y Derechos en el Trabajo (1998) ONU Convención sobre los Derechos del Niño (1989) Abolición Efectiva del Trabajo Infantil

Marco Legal: Convenio No. 138 Convenio sobre la Edad Mínima No. 138 Requiere una política nacional para la abolición efectiva del trabajo infantil (Art. 1) Requiere especificación de la Edad Mínima (Art. 2) GENERAL Excepciones para países en desarrollo Edad Mínima General (Art. 2) 15 años (No inferior a la edad de escolaridad obligatoria) 14 años Trabajo Peligroso (Art. 3) 18 años (16 años en determinadas condiciones estrictas) NO EXCEPCION Trabajo Ligero (Art. 7)13-15 años12-14 años

Marco Legal: Convenio No.182: Cobertura (Resumen) Todos los sectores de la economía Niñas y niños menores de 18 años Atención especial para los más vulnerables como los más jóvenes y niñas Peores formas de trabajo infantil como grupos meta prioritarios Actividades ilícitas Actividades ilícitas Trabajo peligroso Trabajo peligroso Trabajo forzoso u obligatorio en conflictos armados Trabajo forzoso u obligatorio en conflictos armados Prostitución y pornografía Prostitución y pornografía Venta y trata de niños, Servidumbre por deudas, condición de siervo Venta y trata de niños, Servidumbre por deudas, condición de siervo Esclavitud, trabajo forzoso u obligatorio Esclavitud, trabajo forzoso u obligatorio

¿Qué trabajo infantil debe eliminarse ? El trabajo que sea perjudicial para el bienestar físico, mental o moral del niño o niña, es decir, el trabajo peligroso. Las formas incuestionablemente peores de trabajo infantil definidas internacionalmente en el Convenio 182. El Trabajo realizado por un niño o niña cuya edad es inferior a la edad mínima fijada en la Legislación Nacional (14 – 16 años)

Marco Legal: Trabajo prohibido y trabajo permitido según los Convenios de la OIT:

Instrumentos de seguimiento de los Acuerdos Internacionales en Materia de Explotación laboral infantil. San José, 24, 25 de Abril del 2006 Guillermo Dema Coordinador Subregional IPEC Centroamérica Oficina Internacional del Trabajo Programa Internacional para la erradicación del trabajo infantil.

Declaración de León VII Conferencia Iberoamericana de Ministras, Ministros y Altos Responsables de la Infancia y la Adolescencia septiembre, 2005 “Contra la pobreza y la exclusión social de la niñez y la adolescencia iberoamericanas" Compromisos Internacionales

Cumbre Iberoamericana Combatir las causas que originan la pobreza y la exclusión social y su reproducción intergeneracional, dirigiendo nuestros esfuerzos, entre otros, a la erradicación progresiva del trabajo infantil y la eliminación inmediata de sus peores formas y todo tipo de explotación de niñas, niños y adolescentes.

7.- Impulsar la preparación, implementación y seguimiento de los Planes Nacionales de Niñez y Adolescencia, asegurando que incluyan estrategias específicas para aquellos que se encuentren en situación de pobreza y exclusión social, mediante el compromiso de todos los Estados para la utilización de un método de trabajo común que establezca objetivos y metas clave e indicadores de seguimiento y evaluación comunes y comparables, y siente las bases para el aprendizaje mutuo y la transferencia de experiencias y buenas prácticas en este ámbito. Cumbre Iberoamericana 2005 (II)

Cumbre Iberoamericana 2005 (III) Para dar cumplimiento a los anteriores acuerdos, nos comprometemos a: 1.- Desarrollar un sistema común de indicadores para dar seguimiento a las Metas de la Agenda Iberoamericana para la Niñez y la Adolescencia y su Plan de Acción, a los compromisos de las Conferencias Iberoamericanas Ministeriales de Infancia y Adolescencia, a los Objetivos establecidos en la Declaración del Milenio y en la Declaración y Plan de Acción contenido en “Un Mundo Apropiado para los Niños”, con el apoyo de los distintos Organismos y Agencias del Sistema de Naciones Unidas y otros Organismos internacionales en colaboración con la Secretaría General Iberoamericana.

Cumbre Iberoamericana 2005 (iV) 4.- Adoptar y fomentar Planes Nacionales de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil con metas y marcos temporales concretos, o bien, en su caso, incluir acciones, en otros planes, programas o proyectos integrales de infancia y adolescencia para ser presentados en la próxima Conferencia Iberoamericana de Ministras, Ministros y Altos Responsables de la Infancia y la Adolescencia. A tales efectos, se solicita a la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) y a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que presten asistencia técnica para la formulación de dichos planes y el seguimiento y evaluación de los ya existentes.

XIV CONFERENCIA INTERAMERICANA DE MINISTROS DE TRABAJO XIV CONFERENCIA INTERAMERICANA DE MINISTROS DE TRABAJO (CIMT) de septiembre de 2005 Ciudad de México, México

XIV CONFERENCIA INTERAMERICANA DE MINISTROS DE TRABAJO 4. Reafirmamos nuestro compromiso de respetar, promover y hacer realidad los principios de la Declaración de la OIT (1998) relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su Seguimiento. Consideramos que el cumplimiento de este compromiso brinda las bases para un crecimiento económico sostenido con justicia social. Nos comprometemos, además, a seguir fortaleciendo la aplicación de la legislación laboral nacional y a promover su eficiente y eficaz cumplimiento, conscientes de que el trabajo es un derecho y un deber social, y consideraremos la ratificación de los ocho convenios fundamentales de la OIT.

XIV CONFERENCIA INTERAMERICANA DE MINISTROS DE TRABAJO 27. Nos comprometemos a proteger a los niños y niñas de la explotación económica y la realización de tareas que puedan interferir con su educación y desarrollo integral conforme al principio de abolición efectiva del trabajo infantil, recogido en la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de la OIT (1998). Asimismo aplicaremos medidas prioritarias y efectivas para prevenir y erradicar las peores formas del trabajo infantil de acuerdo al Convenio 182 de la OIT (1999). Un mayor acceso a una educación básica de calidad para todos los niños, niñas y adolescentes es la base para garantizar que la niñez de hoy tenga mejores posibilidades de obtener Trabajo Decente cuando sea adulta. Hacemos un llamado a las agencias internacionales de cooperación para que apoyen con recursos financieros o de otro tipo a los países que lo soliciten para avanzar acciones orientadas en este sentido.

XIV CONFERENCIA INTERAMERICANA DE MINISTROS DE TRABAJO En el marco de dicha conferencia también se desarrolló el Plan de Acción de la XIV Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo. Alli se organizaron grupos de trabajo en los cuales se refiere con énfasis el tema de la lucha contra el trabajo infantil. Específicamente las recomendaciones quedaron así: "Combate al trabajo infantil, con especial énfasis en la prevención y erradicación de sus peores formas”. (Grupo de Trabajo N° 1) "Análisis e intercambio de políticas y acciones dirigidas a la promoción de la Declaración sobre los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de la OIT, haciendo énfasis en el principio de la abolición efectiva del trabajo infantil” (Grupo de Trabajo N°2)

IV CUMBRE DELAS AMERICAS IV CUMBRE DE LAS AMÉRICAS DECLARACIÓN DE MAR DEL PLATA “Crear Trabajo para Enfrentar la Pobreza y Fortalecer la Gobernabilidad Democrática” MAR DEL PLATA, ARGENTINA - 5 DE NOVIEMBRE DE

IV CUMBRE DE LAS AMERICAS 25. Nos comprometemos a proteger a los niños y las niñas de la explotación económica y de la realización de tareas que puedan interferir con su educación y desarrollo integral, conforme al principio de abolición efectiva del trabajo infantil, recogido en la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de la OIT (1998). Asimismo aplicaremos medidas prioritarias y efectivas para prevenir y erradicar las peores formas del trabajo infantil de acuerdo al Convenio 182 de la OIT (1999). Nos esforzaremos en mejorar el acceso y calidad de la educación básica de todos los niños y las niñas, reconociendo que la provisión de oportunidades educativas es una inversión a futuro para nuestras sociedades.

IV CUMBRE DELAS AMERICAS IV CUMBRE DE LAS AMÉRICAS DECLARACIÓN DE MAR DEL PLATA PLAN DE ACCION “Crear Trabajo para Enfrentar la Pobreza y Fortalecer la Gobernabilidad Democrática” MAR DEL PLATA, ARGENTINA - 5 DE NOVIEMBRE DE

IV CUMBRE DELAS AMERICAS A. COMPROMISOS NACIONALES 2. Erradicar a más tardar el 2020, las peores formas de trabajo infantil y disminuir el número de niños que trabajan en violación a las leyes nacionales. Continuaremos fortaleciendo políticas nacionales que permitan lograr esas metas. Además de proveer educación básica de calidad, nos comprometemos a establecer puentes entre programas de erradicación de trabajo infantil y otros programas de ayuda, como los de apoyo a los ingresos y/o programas de compensación familiar, actividades extra-escolares y capacitación. Para la implementación de este objetivo, los países deberán establecer metas y plazos nacionales acordes a las situaciones locales.