Pasos a seguir para emprender

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Transcripción de la presentación:

Pasos a seguir para emprender

Decidir qué forma jurídica doy a mi negocio Sin personalidad jurídica Empresario individual o autónomo Sociedad civil o irregular Comunidad de bienes Con personalidad jurídica Sociedad limitada o limitada laboral Sociedad anónima o anónima laboral Cooperativa Comanditaria, etc

2. Trámites para poner en marcha mi negocio

2.1.EMPRESARIO INDIVIDUAL O AUTÓNOMO -CAPITALIZAR DESEMPLEO. Oficina del INEM ¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA CAPITALIZACIÓN DEL PARO? Cualquier desempleado que esté cobrando la prestación por desempleo. Es uno de los aspectos más importantes, pues según la funcionaria muchos se adelantan y crean su empresa antes de solicitar la capitalización del paro y se encuentran que no pueden acceder ni a ella, ni al cobro del paro. Es muy importante que tengas claros estos puntos: -Has debido ser despedido, requisito fundamental para cobrar el paro. -No puedes estar dado de alta como autónomo -Te deben de quedar como mínimo 3 meses para la finalización del paro. -No puedes haber solicitado y obtenido la capitalización del paro en los 4 años anteriores.

2.1.EMPRESARIO INDIVIDUAL O AUTÓNOMO CUANTÍAS A COBRAR. Si vas a establecerte como autónomos o vas a crear una sociedad laboral. La cantidad que se puede cobrar en un pago único es del 60% como norma general. Si eres menor de 30 años o mujer menor de 35 años, puedes solicitar hasta el 100% (con algunos requisitos como mantener la actividad un mínimo de 18 meses.) El resto del dinero se destina a pagar las cuotas de la Seguridad Social que como autónomo estarás obligado a pagar según tu cotización. Los autónomos con una minusvalía igual o superior al 33% pueden solicitar el 100% del capital pendiente de cobrar. Si por otro lado, vas a incorporarte como socio trabajador a una cooperativa o sociedad laboral. Podrás solicitar el pago único para la compra de acciones o participaciones y así poder ingresar como socio trabajador en dicha sociedad. En este caso, el INEM estudiará detenidamente tu caso, y podría el importe que corresponda a la aportación a la sociedad. El resto de dinero se empleará, al igual que el caso anterior, para subvencionar la cotización del trabajador a la seguridad social.

2.2.TRÁMITES PARA ESTABLECERSE COMO AUTÓNOMO -AYUNTAMIENTO. (Tfno. 010)‏ Obtención IAE: Actividad empresarial o profesional http://www.navarra.es/home_es/Gobierno+de+Navarra/Organigrama/Los+departamentos/Economia+y+Hacienda/ Organigrama/Estructura+Organica/Hacienda/Informacion+Fiscal/Normativa+Fiscal/Tributos+locales/Nor mativa+Vigente.htm Licencias de obra si se necesitase: 5% Licencia de apertura si necesitase Licencia de actividad -SEGURIDAD SOCIAL: Conde Oliveto. (Tfno. 901 50 20 50)‏ Obtención Alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). -OBLIGACIONES FISCALES (Hacienda: C/Esquiroz 16, tfno. 948 50 51 52): IRPF Fraccionamientos del IRPF (trimestral; impresos: 130 y carta de pago)‏ Declaración de IRPF (campaña de renta de abril a junio aproximadamente)‏ Declaración operaciones con terceras personas (F-50 mes de marzo)‏ Elaboración de libros de registros (manuales o en excel presentando impreso -04-. Plazo de enero hasta la campaña de renta). IVA Liquidación trimestral (F-69 y carta de pago)‏

2.3. SOCIEDAD CIVIL o irregular -Capitalizar desempleo. Oficina del INEM -Hacienda (C/Abejeras 8, tfno. 948 50 51 52): Copia del contrato privado de constitución de la sociedad Alta censo de entidades Pago del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (1%)‏ Exento desde 2009. Obtención del CIF (código de identificación fiscal)‏ -Ayuntamiento. (Tfno. 010)‏ Obtención IAE: actividad empresarial o profesional. Licencias de obra si se necesitase: 5% Licencia de apertura si necesitase Licencia de actividad -Seguridad social: Conde Oliveto. (Tfno. 901 50 20 50)‏ Alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). -Obligaciones fiscales (C/Esquiros 16, tfno. 948 50 51 52): IRPF Fraccionamientos del IRPF (trimestral; impresos: 130 y carta de pago)‏ Declaración de IRPF (campaña de renta de abril a junio aproximadamente)‏ Declaración operaciones con terceras personas (F-50 mes de marzo)‏ Elaboración de libros de registros (manuales o en excel presentando impreso -04-. Plazo de enero hasta la campaña de renta). Atribución de rentas (184). Plazo presentación: 1 de enero-20 febrero) IVA Liquidación trimestral (F-69 y carta de pago)‏

2.4. Empresa con personalidad jurídica -Notaría -Hacienda (C/Esquiroz 16, tfno. 948 50 51 52): Pago del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (1%)‏ Exento desde 2009. Capital mínimo según tipo de sociedad Obtención del CIF (código de identificación fiscal)‏ -Ayuntamiento. (Tfno. 010)‏ Obtención IAE. Licencias de obra si se necesitase: 5% Licencia de apertura si necesitase Licencia de actividad -Inscripción en el registro mercantil. (Edificio Fuerte del Príncipe) -Seguridad social: Conde Oliveto. (Tfno. 901 50 20 50)‏ Alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). -Obligaciones fiscales (C/Esquiroz 16, tfno. 948 50 51 52): Impuesto sobre sociedades Fraccionamientos 720/S 720/S-91 Liquidación general S 90/712-90/71 Relación anual de perceptores 180, 184, 187, 188, 193 y 196 Retenciones a cuenta 715/716 759/781, 785 IVA Liquidación trimestral (F-69 y carta de pago)‏

Oficina nacional de patentes y marcas http://www.oepm.es/es/index.html -Nombre comercial Oficina nacional de patentes y marcas http://www.oepm.es/es/index.html ¿QUÉ ES UN NOMBRE COMERCIAL? - Un Nombre Comercial es un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de cualquier signo o denominación como identificador de una empresa en el tráfico mercantil. Los nombres comerciales, como títulos de propiedad industrial, son independientes de los nombres de las sociedades inscritos en los Registros Mercantiles - Ver Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas La duración de la protección conferida por los Signos Distintivos es de diez años a partir de la fecha del depósito de la solicitud y pueden ser renovados indefinidamente. Para el mantenimiento en vigor de los Signos Distintivos es preciso el pago de tasas (las marcas en procedimiento transitorio tienen un régimen diferente que es preciso consultar).

-Obtención de la firma electrónica Fábrica nacional de moneda y timbre. Obtención de certificado (CERES) http://www.cert.fnmt.es/index.php?cha=cit&sec=4&page=264&lang=es http/www.cert.fnmt.es/index.php?cha=cit&sec=4&page=264&lang=es -Para solicitar un certificado de persona física: NIF/NIE DEL TITULAR DEL CERTIFICADO -Para solicitar un certificado de persona jurídica introducir el NIF (antes denominado CIF) de la entidad.

-Retrasar el pago del IVA dos años Medidas anti-crisis: -No obligación de realizar pagos fraccionados los dos primeros años de actividad -Retrasar el pago del IVA dos años • Para aplazamientos o fraccionamientos inferiores a 12.000 euros, con un periodo de hasta dos años y periodicidad mensual, no se exigirán garantías ni tampoco el ingreso inicial del 20% de la deuda cuyo aplazamiento se solicite. • No se exigirán garantías en aquellos aplazamientos en los que el importe total de la deuda a aplazar sea inferior a 210.000 euros, siempre que el plazo no exceda de tres años, el solicitante ingrese con anterioridad a su tramitación el 20% de la deuda y el aplazamiento tenga una periodicidad mensual. • Para declaraciones de deuda que se presenten en período voluntario, será causa de denegación automática de la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento la existencia de tres o más aplazamientos de deudas, siempre que el total no supere los seis.