Internet ha cambiado nuestras vidas Interrelación con los demás Tecnología no exenta de problemas.

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Transcripción de la presentación:

Internet ha cambiado nuestras vidas Interrelación con los demás Tecnología no exenta de problemas

La criptografía tiene su origen en la época del Imperio Romano. Julio César utilizaba un método criptográfico simple pero efectivo para comunicarse con sus generales. Consistía en desplazar cada letra del alfabeto en un número de posiciones. Si desplazamos 13 veces la letra “A”, podría ser codificada como “M”; la “B” como “N”….

¿Cómo sé que el mensaje proviene de quien dice enviarlo? ¿Cómo sé que el mensaje no ha sido alterado durante su transmisión? ¿Cómo sé que la información no ha sido leída por 3 os ? ¿Cómo garantizo la identidad de una persona en Internet? ¿Cómo puedo asegurarme que la persona no pueda negar una transacción? ¿Qué validez legal tienen los documentos digitales? ¿Qué nivel de confianza puedo tener en el sistema? Preguntas Necesarias

La criptografía asimétrica usa dos claves, una para encriptar y otra para desencriptar, relacionadas matemáticamente de tal forma que los datos encriptados por una de las dos sólo pueden ser desencriptados por la otra. Cada usuario tiene dos claves, la pública y la privada, y distribuye la primera. METODOS DE CIFRADO ASIMETRICOS O DE CLAVE PUBLICA Preguntas Necesarias METODO MATEMATICO HASH Dado que la encriptación asimétrica de un documento consume mucho tiempo, se necesita un método para simplificar la encriptación del documento que cumpla lo siguiente: 1) dos documentos distintos deben dar una huella hash distinta y 2) sea imposible producir un documento a partir de su huella hash. MARCO LEGAL LEY 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

Características Identifica sin error a una persona Protegida por un PIN Garantía de seguridad mediante claves de firma y encriptación Ventajas para el usuario Portabilidad. Diversos puntos de acceso Ventajas de seguridad Procesos criptográficos internos La clave privada nunca sale al exterior Imposible de duplicar El usuario tiene que perder PIN y tarjeta para que su identidad sea suplantada

Es el conjunto de datos relativos a una persona consignados en forma electrónica, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante, teniendo el mismo valor que la firma manuscrita. Permite que tanto el receptor como el emisor de un contenido puedan: Identificarse mutuamente con la certeza de que son ellos los que están interactuando Evita que terceras personas intercepten esos contenidos y que los mismos puedan ser alterados Evita que alguna de las partes pueda "repudiar" la información que recibió de la otra y que inicialmente fue aceptada.

La firma electrónica o firma digital es una pieza de información que añadida a un mensaje, permite al receptor probar el origen y la integridad de los datos recibidos. Se pretende que cumpla, en el intercambio de documentos electrónicos, un papel equivalente al que cumple la firma escrita en el intercambio de documentos en papel. No tiene nada que ver con la posibilidad existente de, mediante un lápiz electrónico, grabar y reproducir la firma caligráfica del usuario. (Supermercados Mercadona, por ejemplo).

1. Fácil de hacer. El usuario puede “estampar” su firma en un documento sin gran complicación ni esfuerzo. 2. Susceptible de ser reconocida por el receptor de forma fiable por sí mismo o con ayuda de terceros. Difícil en la firma manual, fácil en la electrónica. 3. Difícil de falsificar. Mucho más la electrónica. 4. Identifica al firmante. El receptor sabe que el autor ha firmado deliberadamente el documento.

5. Va unida al mensaje formando un todo. Una firma que aparece en un documento no puede ser trasladada a otro. 6. Afecta a todo el mensaje. Una vez firmado un documento no puede alterarse su contenido. Condición fácil de vulnerar en la firma escrita, difícil en la firma electrónica. 7. Se puede incluir información adicional al texto (sellos de tiempo o identidad del destinatario) que protejan la firma contra falsificaciones.

8. El autor de la firma no puede repudiar su autoría. El receptor posee una prueba ante terceros. 9. Cada usuario sólo posee una firma manual (a veces varias, dependiendo del carácter del documento a firmar) que reproduce de forma idéntica en documentos distintos. 10. La firma electrónica es una pieza de información que depende de todo el mensaje. Mensajes distintos darán lugar a firmas digitales totalmente distintas. Con ello, la integridad del mensaje (característica 6) queda muy reforzada.

COMO: Herramienta de AUTENTICACION  Física  Electrónica Herramienta de FIRMA ELECTRONICA

Real Decreto 1496/2003. Es un documento tributario generado por medios informáticos en formato electrónico que documenta operaciones empresariales o profesionales y reemplaza al documento físico tradicional en papel conservando su mismo valor legal, siempre que cumpla las condiciones de emisión, remisión y conservación exigidos en el Real Decreto 1496/2003. ¿Qué es la Factura Electrónica?

Es imprescindible contar con un ordenador que tenga acceso a Internet, acceder a la página y seguir los tres pasos que se indican a continuación: 1. Solicitud del certificado 2. Acreditación de la identidad mediante personación física en una oficina de registro. 3. Descarga del certificado desde Internet. Para realizar estos tres pasos, primeramente se ha de seleccionar el canal “Ciudadanos” y luego el apartado “Obtener el certificado”.

Se recomienda que cuando varias personas puedan tener acceso al mismo ordenador, se seleccione la opción “Alto” para el nivel de seguridad.

Si ha optado por la opción “alto” el sistema le va a solicitar que establezca una contraseña para el acceso a su certificado y que confirme la misma. Esa contraseña le será solicitada cada vez que pretenda hacer uso del certificado.

Una vez seleccionado el nivel de seguridad y aceptado el mismo, le aparecerá en la pantalla el código de solicitud asociado a su certificado, que deberá imprimir o apuntar para dirigirse a cualquiera de las Oficinas de Registro de los Organismos acreditados.

Proporcionaremos la identidad que figurará en el certificado y, por este motivo, se puede identificar a una persona como “firmante” de los documentos. No hay que olvidar que al acudir a la oficina de registro es imprescindible llevar, en el caso de las personas físicas:  DNI o tarjeta de residencia (NIE) o pasaporte  Código de solicitud del certificado (paso 1) Con el fin de garantizar el nivel de seguridad del sistema y para obtener la identidad del titular del certificado de forma fehaciente, el registro de usuario es necesariamente presencial.

Una vez que haya acudido a la oficina de registro podrá descargar su certificado desde la página web, y sin que medie ningún aviso o notificación. Puede descargar el certificado desde la pantalla que se le mostrará al pulsar la opción “Descarga del certificado” NOTA: Si usted ha elegido una Oficina de Registro de la Agencia Tributaria para acreditar su identidad, debe esperar al día siguiente para proceder a la descarga del certificado. Para ello necesita el código de solicitud obtenido en el paso 1 y su NIF o NIE.

El pulsar el botón “Enviar petición” el certificado se instalará automáticamente en su ordenador. Para que la instalación del certificado funcione correctamente, hay que hacerlo desde el mismo ordenador y con el mismo usuario (si es Windows multiusuario) que se realizó el paso 1.

Los certificados, al igual que las tarjetas bancarias tienen un periodo de vigencia y además se pueden cancelar o revocar, siempre que el titular lo desee o dude de poseer en exclusiva la clave privada. Cuando el certificado está próximo a su fecha de caducidad (desde 60 días antes hasta el mismo día), usted lo puede renovar sin tener que desplazarse a la oficina de registro. Si usted, por accidente o robo, cree que la parte privada del certificado no está bajo su exclusivo control, puede anular la validez del certificado, es decir, lo puede revocar, mediante un correo electrónico a una llamada telefónica al Servicio de Revocación telefónica ( 24 x 365) ó mediante presentación en cualquiera de las oficinas de registro que tenemos publicadas en la web.

Con el código de solicitud del paso anterior, deberá personarse en una oficina de registro para acreditar su identidad. AVISOS IMPORTANTES Durante el proceso de obtención del certificado:  No cambiar el navegador ni el sistema operativo.  No formatear el disco duro

Si el titular es una Persona Jurídica para el ámbito tributario, el Solicitante deberá personarse, única y exclusivamente, en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria con la que esta suscrito un acuerdo para la emisión de estos certificados. Allí aportar la siguiente documentación según sea el caso de la sociedad para la que realice la solicitud: Las sociedades mercantiles y demás PJ cuya inscripción sea obligatoria en el Registro Mercantil: Certificado del Registro Mercantil relativo a los datos de constitución y personalidad jurídica de las mismas. Las Asociaciones, Fundaciones y Cooperativas no inscribibles en el Registro Mercantil: Certificado del registro público donde consten inscritas, relativo a su constitución. Las Sociedades Civiles y demás personas jurídicas: Documento público que acredite su constitución de manera fehaciente.

Si el Solicitante es administrador o representante legal del sujeto a inscripción registral: Certificado del Registro correspondiente relativo a su nombramiento y vigencia de su cargo. Dicho certificado deberá haber sido expedido durante los diez días anteriores a la fecha de solicitud del Certificado de Persona Jurídica para el ámbito tributario. En el supuesto de representación voluntaria: Poder notarial que contenga una cláusula especial para solicitar el Certificado de Persona Jurídica para el ámbito tributario. La persona física Solicitante del Certificado de Persona Jurídica para el ámbito tributario: A efectos de su identificación, deberá personarse en cualquier oficina de acreditación, y se acreditará mediante DNI o NIE. Podrá prescindirse de su personación si su firma en la solicitud del Certificado de Persona Jurídica para el ámbito tributario ha sido legitimada en presencia notarial.

El registro físico para la obtención del certificado podrá realizarlo en las siguientes oficinas:  Delegaciones y Administraciones de la AEAT Oficinas  Consulares de carrera de España en el extranjero

Para descargar el certificado debe usar el mismo ordenador que en el paso de Solicitud. FORMULARIO DE DESCARGA Rellene el siguiente formulario y pulse el botón "Enviar petición" para completar la obtención del Certificado de Usuario de la FNMT. Introduzca en la siguiente casilla NIF o NIE del titular del certificado, aún en el caso de que Ud. sea el representante del titular. El NIF o NIE deberá tener una longitud de 9 caracteres. Rellene con ceros a la izquierda si es necesario. Para descargar un certificado de Persona Jurídica introduzca el CIF.

1. Los certificados siempre se pueden exportar de dos maneras, con clave privada o sin ella. Tenga en cuenta que la clave privada es la base de la firma electrónica y la custodia exclusiva por su parte es la garantía de no repudio de sus futuras firmas electrónicas. Por tanto, si exporta el certificado con su clave privada no debe cederlo a terceros. 2. Generalmente, uno exporta el certificado con clave privada cuando quiere realizar copias de seguridad o va a realizar una posterior importación en otro ordenador o navegador. El certificado se suele exportar sin clave privada cuando se va a ceder a terceros para que nos envíen información cifrada, información que está destinada para nosotros.

Abrimos el navegador Internet Explorer

Pulsamos en examinar

Pulsamos en siguiente

Ministerio de Hacienda. Agencia Estatal de Administración Tributaria ( Presentación de las declaraciones de los impuestos sobre la Renta y Patrimonio, realización de pago de tributos, solicitud de certificaciones tributarias, consultas de pagos, consulta de datos fiscales y declaraciones presentadas, consulta de notificaciones, tramitación de recursos, obtención de etiquetas, etc Ministerio de Hacienda. Dirección General de Catastro ( Consulta y solicitud de Certificados Catastrales y de Bienes Inmuebles, etc. Ministerio de Hacienda. Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas ( Consulta y solicitud de certificados de pensiones, Solicitud de certificados de retenciones de IRPF, Registro telemático, etc.

Ministerio de Economía ( Compra y venta de valores del Tesoro Público, Solicitudes de empleo, Pago de tasas, etc. Ministerio de Economía. Instituto Nacional de Estadística ( Registro telemático, Consultas de inscripción en el Censo Electoral, etc. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Secretaría de Estado de la Seguridad Social ( Solicitudes y consultas personales sobre vida laboral, pensiones, situación de cotización, etc. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Instituto de la Mujer ( Servicios de Teleformación y Teletrabajo. Ministerio de Ciencia y Tecnología ( Registro telemático, Solicitud de ayudas y becas de investigación, Reclamaciones, revisiones y recursos de actos en vía administrativa, Reclamaciones de responsabilidad patrimonial, etc.

El uso del certificado de persona jurídica queda limitado a los actos que integren la relación entre la persona jurídica las Administraciones públicas y la Facturación Electrónica. En su uso para trámites con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la oficina virtual dispone de los siguientes servicios: Presentación de declaraciones y Pago de impuestos Impuesto de Sociedades modelos:115,117,123,124,126,128,180,182,184,187,188,193,194,196,198,200,201,202,206,208,213,218,222,225 Impuesto Actividades Económicas modelo 840 Impuesto sobre Patrimonio Impuesto de Aduanas e Impuestos especiales modelos:380,500,503,506,507,508,509,510,511,512,517,518,519,520,524,540,541,542,543,544,545,546,551,552,553,554,555,556,557,558,560,561,562,563,564,566,569,570,572,576,580,590,DCC

I.V.A. modelos:300,308,309,310,311,320,330,332,341,345,347,349,361,367, 370,371,380,390,392 Consultas personalizadas Declaraciones Devoluciones Obligaciones tributarias Notificaciones Avisos, etc… Trámites (domicilio fiscal, certificaciones, recursos, aplazamientos) Registro de documentos electrónicos Obtención de etiquetas identificativas Suscripciones a los servicios de la AEAT (Recibir alertas sms, etc) y a notificación electrónica (Correos a través de la AEAT) IVA sobre servicios electrónicos Facturación Telemática.