CAPACITACIÓN EMPRESAS TRANSPORTE DE CARGA

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Transcripción de la presentación:

CAPACITACIÓN EMPRESAS TRANSPORTE DE CARGA DIRECCIÓN DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO Grupo Investigación y Desarrollo en Transporte, Tránsito y Seguridad Vial Febrero de 2012

AGENDA Apertura del evento y registro de participantes Presentación Política tarifaria, monitoreo e intervención. Decreto 2092 de 2011 Taller Presentación Herramienta Registro Nacional de Despacho de Transporte de Carga – RNDTC. Transmisión de información. Canal FTP Febrero de 2012

ACUERDOS Apagar teléfonos móviles o en modo reunión y contestar lo urgente saliendo del auditorio. No salir de la sala excepto casos excepcionales Trabajo jornada 2,5 horas. Una sola reunión, por tanto todos los comentarios deben ser compartidos para todos. Todo aporte al tema es importante y válido. Preguntas al final de las presentaciones y dentro del taller. Febrero de 2012

EQUIPO DE TRABAJO GRUPO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO: Gerardo Ávila Rodríguez Nancy Liliana Velásquez María Victoria Hernández Ruby Estela Salazar Oscar Giovanni Melo Luis Hildebrando González Pilar Vanegas Elizabeth Chaparro OFICINA DE REGULACIÓN ECONÓMICA: María Claudia Bohórquez Nelson chaparro Mario franco 3. OFICINA DE INFORMÁTICA: Richard Ayala Jazmina Bayona María de Jesús Becerra 4. OFICINA JURÍDICA: - Lina María Huari

DECRETO 2092 DE 2011 POLÍTICA TARIFARIA Y CRITERIOS QUE REGULAN LAS RELACIONES ECONÓMICAS ENTRE LOS ACTORES DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR DE CARGA Enero-Febrero de 2012

ESQUEMA LIBERTAD VIGILADA ESQUEMA REGULADO Tabla de fletes - 1997 Decreto 2092 del 14 de junio 2011 Fija una nueva política tarifaria y los criterios que regulan las relaciones económicas entre los actores del servicio público de transporte terrestre automotor de carga ESQUEMA LIBERTAD VIGILADA Observación de los mercados Monitoreo e intervención del valor a pagar cuando haya fallas de mercado Información enviada por las empresas en el manifiesto electrónico de carga Reglas de observación a la información recibida por el manifiesto electrónico de carga SIRTTC

RESOLUCIÓN 4496 DE 2011 INICIO TRANCISIÓN ADOPCIÓN DE RNDTC Art. 3 Establece formato único de manifiesto electrónico de carga. Art. 4 Diligenciamiento formato según anexo 2. Art. 5 Numeración M.E.C. propia de cada empresa. Art. 6 Expedición M.E.C., por medios electrónicos mediante programa SIMCARGA o programa propio (cumpliendo estándares anexo 3). Art.7. Transmisión diaria de datos mediante FTP. Datos del hoja 2 anexo 1 de Plazos y Tiempos de Cargue y Descargue, se transmiten una vez cumplido el viaje Art. 8 Validación información por el sistema y publicación de inconsistencias. Art. 9 MINTRANSPORTE, verifica estado reporte de información, valida e identifica errores. Genera Informe Trimestral Art. 10 Nuevas herramientas tecno-lógicas con pilotos y pruebas de funcionamiento y transmisión de información. Art. 11 Inspección y vigilancia SUPERTRANSPORTE Art. 12 Vigencia desde 28 octubre 2011 Deroga: Res. 3924/08, 4539/08, 5090/08 y 696/09. Art. 13. Transitoriedad. 30 días para ajustes de aplicativos. Manifiesto en formato actual.

RESOLUCIÓN 5532 DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2011 Ampliación plazo contenido en artículo 13 de la resolución 4496 de 2011. Se amplia plazo hasta el día 1 de marzo de 2012, para que las empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga adecuen sus aplicativos a los nuevos requerimientos contemplados en la Resolución 4496 de 2011. HASTA EL 1 DE MARZO DE 2012: Las Empresas continúan expidiendo manifiestos en el formato único que se viene usando.

1. Lineamientos del decreto 2092 Artículo 3 Contará con un sistema de información de costos de referencia, “que servirá de apoyo para determinar los parámetros de negociación económica”. Artículo 4 Monitoreará el Valor a Pagar, Definirá el esquema de monitoreo, Definirá el nivel de los costos eficientes de operación (CE). Artículo 5 Podrá intervenir el Valor a Pagar fijando uno mínimo, cuando el valor a pagar promedio (VPP) se encuentre sistemáticamente por debajo de los CE. Definirá método para calificar de sistemático el comportamiento del VPP. Fijará criterios de inicio y levantamiento de la intervención. El MT

Artículo 4 Objetivos del SIRTCC 2. Resolución 4497 de 2011 Artículo 3: Adopta el SIRTCC como herramienta para monitorear y comparar el valor a pagar contra los costos eficientes. Artículo 4 Objetivos del SIRTCC Calcular costos de referencia. Calcular costos eficientes (CE). Calcular el valor a pagar promedio (VPP). Monitorear. Identificar rutas de intervención. Art. 5 Fuentes de Información: Manifiestos, DANE, INVIAS, INCO y otras

Monitoreo e intervención 2. Resolución 4497 de 2011 Monitoreo e intervención Clasifica VPP<CE %VR>=35% VPPida+VPPreg >= CEida+CEreg No interviene VPPida+VPPreg < CEida+CEreg Interviene %VR<35% VPP>=CE No Interviene 1A 1B 2A 2B 3A 1. ¿Cómo está el mercado? 2. ¿Es necesario el análisis de compensación en el Par? 4. Decisión 3. ¿Hay compensación en el par origen-destino? 3B

CASO ESPECIAL DECRETO 2044 DE 1988 PROPIETARIO DE LA CARGA Y EL PROPIETARIO DEL VEHÍCULO DE SERVICIO PUBLICO (No aplica si es con una EMPRESA DE TRANSPORTE) Ganado menor en pie, aves vivas y peces. Productos de origen animal tales como huevos, leche cruda o pasteurizada y lácteos en general. Empaques y recipientes usados, envases guacales y tambores vacíos. Cerveza, gaseosa y panela. Productos del agro cuyo origen se dé en el campo y el destino sea un centro urbano, excepto el café y productos procesados. Materiales de construcción tales como ladrillo, teja de barro, piedra, grava, arena, tierra, yeso, balasto, mármol y madera. Derivados del petróleo: Gas propano, kerosene, cocinol, carbones minerales, vegetales envasados y empacados para venta directa al consumidor.

EXCEPCIONESDE MANIFIESTO Vehículos de placas particulares. Vehículos que estén realizando operación urbana o municipal (Decreto 1499 de 2009). Vehículos vacíos. Vehículos que estén efectuando operaciones de transporte internacional. Vehículos de placa pública cuyo propietario es el mismo propietario de la carga que transporta.

CONFIGURACIÓN DE LOS VEHÍCULOS Ministerio de Transporte República de Colombia CONFIGURACIÓN DE LOS VEHÍCULOS Resolución 4100 de 2004 Rígidos: 2, 3, 4 Ejes Articulados: Tractocamión: 2S y 3S Semi remolques: S1, S2, S3 Remolques: R2, R3, R4 Remolques balanceados: B1, B2, B3

COMBINACIÓN VEHÍCULOS RÍGIDOS Ministerio de Transporte República de Colombia COMBINACIÓN VEHÍCULOS RÍGIDOS Remolque Ejes remolque Vehículo rígido R 2 2

COMBINACIÓN VEHÍCULOS ARTICULADOS Ministerio de Transporte República de Colombia COMBINACIÓN VEHÍCULOS ARTICULADOS Semiremolque Ejes semiremolque Ejes Tracto camión S 3 2

CRITERIOS DE VALIDACIÓN CAMION REMOLQUE Rígidos 2, 3, 4 REMOLQUE BALANCEADO PLACA AAA000 R00000 TRACTOCAMION SEMIREMOLQUE Articulados 2S, 3S R2, R3, R4 B1, B2, B3 S1, S2, S3

TIPOS DE MANIFIESTOS Depende del tipo de operación que realice la empresa: Carga general Contenedores Contratos integrales Consolidador

TIPO MANIFIESTO GENERAL Aplica cuando las empresas en su operación logística la carga esta contenida en cualquier tipo de empaque EXCEPTO EN CONTENEDOR Para los bultos vacíos aplica el código del producto 9990.

TIPOS MANIFIESTO CONTENEDORES Se considera como carga en contenedores cuando la carga a transportar se moviliza en contenedores de 20 o 40 pies cargados o vacíos. Disposición contenedor en una misma operación y con un mismo manifiesto. Transporte de un contenedor vacío.

TIPO DE MANIFIESTO CONTRATOS INTEGRALES Es un contrato entre la empresa y un vehículo de un tercero. Varios viajes en un periodo de tiempo con RECORRIDOS ESTABLECIDOS POR LA EMPRESA Liquidación por un periodo determinado

TIPO MANIFIESTO CONSOLIDADOR Este caso aplica cuando un vehículo de servicio público de transporte de carga es vinculado por más de una empresa de transporte simultáneamente a través de varios manifiestos electrónicos de carga.