¿Qué es el Carlismo? Ideario político del tradicionalismo español

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¿Qué es el Carlismo? Ideario político del tradicionalismo español.
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¿Qué es el Carlismo? Ideario político del tradicionalismo español

El Carlismo como bandera dinástica ¿Qué es el Carlismo? Lección 2 El Carlismo como bandera dinástica

El Carlismo como bandera dinástica Dos perspectivas de la cuestión dinástica: - la jurídica - la política

El Carlismo como bandera dinástica La cuestión jurídica: ¿fué legalmente válido o fué legalmente nulo el acto por el que Fernando VII publicaba la Pragmática sanción? La sucesión semisálica - antecendente de está: auto acordado de 10 de mayo de 1713 por él Felipe V introducía el orden de sucesión conocido como semisálico (que excluía la transmisión de los derechos de sucesión por vía femenina)

El Carlismo como bandera dinástica 2. Una ”ley fundamental” Medió acuerdo de Cortes. Y la ley con todos los requisitos formales: y no ley cualquiera, sino ley fundamental de la sucesión del reino.

El Carlismo como bandera dinástica 3. Una ley ratificada Como ley fundamental, la ley de 1713 solamente podía ser alterada siguiendo el procedimiento que se estableció: Petición de las Cortes constituidas con poderes bastantes para hacerla. Acuerdo o sanción real. Y publicación de tal acuerdo en forma debida y conveniente.

El Carlismo como bandera dinástica Carlos IV convocó en 31 de mayo de 1789 Cortes, pero no para variar la ley sucesoria, sino para la jura del Príncipe Fernando como Príncipe de Asturias. - Y él rechazó la petición de 30 de septiembre de 1789 con objeto de alteración de la sucesión a la corona. - Y en la Novísima Recopilación – aprobada por cédula real de 15 de julio de 1805 – el auto acordado de 10 de mayo de 1713, constituyendo esta ley de tal cuerpo legal.

El Carlismo como bandera dinástica 4. Una Pragmática nula de pleno derecho Ella fue ilegal e inválida por tres motivos: a) Los procuradores de 1789 carecían de los poderes especiales necesarios para alterar una ley fundamental. b) Fernando VII erró al dar por sentado que Carlos IV había otorgado su sanción a aquella petición. c) La Pragmática es nula de pleno derecho porque es nula la publicación de una ley no sancionada.

El Carlismo como bandera dinástica 5. La usurpación del trono En consecuencia de estos inválidez, la decisión de Fernando VII fue acto arbitrario e ilegal, acto nulo en definitiva, acto de un déspota caprichoso. Y además, la subida al trono de «Isabel II» fue el fruto no sólo de una usurpación, pero también de las intrigas de la camarilla de «europeizadores» o «afrancesados».

Los reyes carlistas Dinastía legítima Pues, la bandera de la legitimidad hispánica – pero proscrita, desgraciadamente – ha tenido por abanderado siete reyes: Carlos V, Carlos VI, Juan III, Carlos VII, Jaime III, Alfonso Carlos I, Javier I.

Los reyes «carlistas» CARLOS V (Don Carlos María Isidro Benito de Borbón y Borbón-Parma, conde de Molina), Madrid, 29 de marzo de 1788 – Trieste (Italia), 10 de marzo de 1855; el rey legítimo desde 29 de septiembre 1833, abdicó el 18 de mayo de 1845 su hijo mayor Carlos V

Los reyes «carlistas» 2) CARLOS VI (Don Carlos Luis María Fernando de Borbón y Braganza, conde de Montemolín), Madrid, 31 de enero de 1818 – Trieste, 13 de enero de 1861; el rey legítimo desde 18 de mayo de 1845 su hermano menor Carlos VI

Los reyes «carlistas» 3) JUAN III (Don Juan Carlos María Isidro de Borbón y Braganza, conde de Montizón), Aranjuez, 15 de mayo de 1822 – Brighton (Inglaterra), 21 de noviembre de 1887); el rey legítimo desde 13 de enero de 1861, abdicó el 3 de octubre de 1868 su hijo mayor Juan III

Los reyes «carlistas» 4) CARLOS VII (Don Carlos María de los Dolores Juan Isidro Francisco Quirín Antonio Miguel Gabriel Rafael de Borbón y Austria-Este, duque de Madrid y conde de la Alcarria), Liubliana (Eslovenia), 30 de marzo de 1848 – Varese (Italia), 18 de julio de 1909; el rey legítimo desde 3 de octubre de 1868 su hijo Carlos VII

Los reyes «carlistas» 5) JAIME III (Don Jaime Pío Juan Carlos Bienvenido Sansón Pelayo Hermenegildo Recaredo Álvaro Fernando Gonzalo Alfonso María de los Dolores Enrique Luis Roberto Francisco Ramiro José Joaquín Isidro Leandro Miguel Gabriel Rafael Pedro Benito Felipe de Borbón y Borbón-Parma, duque de Madrid), Vevey (Suiza), 27 de junio de 1870 – París (Francia), 2 de octubre de 1931; el rey legítimo desde 18 de julio de 1909 su tío Jaime III

Los reyes «carlistas» 6) ALFONSO CARLOS I (Don Alfonso Carlos Fernando José Juan Pío de Borbón y Austria-Este, duque de San Jaime), Londres (Inglaterra), 12 de septiembre de 1849 – Viena (Austria), 29 de septiembre de 1936; el rey legítimo desde 2 de octubre de 1931 Alfonso Carlos I

Los reyes «carlistas» Con la muerte de Alfonso Carlos I se extingue la línea recta de la dinastía legítima, y se abre una sucesión, oscura jurídica y políticamente, que divide en partidarios de diversas tendencias a los actuales carlistas españoles. Pero, Alfonso Carlos I designó en enero de 1936 para ser regente a su sobrino

Los reyes «carlistas» 7) JAVIER I (Don Francisco Javier Carlos María de Borbón-Parma y Braganza, duque de Parma, Guastalla y Plasencia), Lucca (Italia), 25 de mayo de 1889 – Coira (Suiza), 7 de mayo de 1977; el regente desde 29 de septiembre de 1936, proclamándose rey el 3 de mayo de 1952, abdicó el 20 abril de 1975 al favor su hijo mayor Don Carlos Hugo. Javier I

Los reyes «carlistas» Don Carlos Hugo de Borbón-Parma y Bourbon-Busset (París, 8 de abril de 1930 – Barcelona, 18 de agosto de 2010), ha traicionado del ideario carlista, como el partidario del «socialismo autogestionario» y de la «monarquía socialista», porque actualmente Abanderado de la Tradición es su hermano menor Don Carlos Hugo

Los reyes «carlistas» Don Sixto Enrique de Borbón-Parma y Bourbon-Busset, príncipe de Dos-Sicilias y Parma, Infante de España, duque de Aranjuez (nació en Pau, Francia, 22 de julio de 1940); el regente de la Comunión Tradicionalista Don Sixto Enrique

Los reyes «carlistas» Otras facciones carlistas en la crisis dinástica interna durante la posguerra y contemporáneo: «carlooctavistas» «juanistas» «tronovacantistas»

Los reyes «carlistas» «CARLOOCTAVISTAS» - el grupo llamado Núcleo de la Lealtad que en 1943 reconoció al archiduque Carlos Pío de Habsburgo-Lorena y Borbón, príncipe de Toscana (4 de diciembre de 1909 – 24 de diciembre de 1953), nieto de Carlos VII por vía femenina, como rey el nombre de «Carlos VIII». Archiduque Carlos Pío

Don Juan, conde de Barcelona Los reyes «carlistas» «JUANISTAS» - unos dirigentes carlistas (Luis Arellano, J. Mª Arauz de Robles y otros) que el 20 de diciembre de 1957 visitaron en Estoril a Don Juan de Borbón y Battenberg, conde de Barcelona (20 de junio de 1913 – 1 IV 1993), hijo de «Alfonso XIII» (y padre de «Juan Carlos I») para reconocerlo como rey. Don Juan, conde de Barcelona

Los reyes «carlistas» «TRONOVACANTISTAS» - «tronovacantismo» (por analogía del «sedevacantismo» dentro tradicionalismo religioso y eclesiástico) es la posición de la Comunión Tradicionalista Carlista (CTC), fundada en 1986, que entienda que el trono está vacante en la actualidad y no se preocupa de la cuestión dinástica.

El Carlismo como bandera dinástica B) La cuestión política: la legitimidad carlista Carlismo es legitimismo El legitimismo carlista es la cobertura externa que el tradicionalismo necesitó para no irse desangrando en el juego de las circunstancias menudas.

El Carlismo como legitimismo El legitimismo es „el baluarte de la españolía, la última trinchera, desesperada y rabiosa, del ser español. (…) sin dinastía legítima y sin fidelidad a la, el carlista perdería la nota más caractéristica de su carlismo militante”. (Francisco Elías de Tejada, ¿Qué es el Carlismo?, Madrid, 1971, pág. 15)

El Carlismo como legitimismo 2. Legitimidad de origen y legitimidad de ejercicio es decir: títulos legales y títulos políticos del poder - la legitimidad es instrumento al servicio de la tradición – ¡y no la inversa! - en los del lenguaje del derecho tradicional español, esto significa: que la legitimidad de origen sirvió a la legitimidad de ejercicio.

El Carlismo como legitimismo La tendencia política legítima (la agnada) es antiliberal y antirrevolucionaria; La tendencia política ilegítima (la femenina) es liberal y revolucionaria. (Manifiesto de Carlos V, 1835)

El Carlismo como legitimismo 3. La prioridad de la legitimidad de ejercicio La legitimidad de origen no es más que la institucionalización de la legitimidad en el ejercicio; la raíz última del poder está en la función de la realeza, la cual es más oficio que dignidad; el origen de la realeza es en la natura rerum / la naturaleza de las cosas (Luis de Molina S.J., 1535-1600);

El Carlismo como legitimismo „Si el poder se adquiere conforme al derecho escrito o consuetudinario establecido en un pueblo, habrá legitimidad de origen; pero no habrá la legitimidad de ejercicio, si el poder no se conforma con el derecho natural, el divino positivo y las leyes y tradiciones fundamentales del pueblo que rija”. (Juan Vázquez de Mella, discurso de 23-4-1894)

El Carlismo como legitimismo „Si falta la legitimidad de ejercicio, puede suceder que cuando esta ilegitimidad sea pertinaz y constante –que sólo así habrá tiranía–, desaparezca y se destruya hasta la de origen; y puede suceder, […], que, empezando el poder con ilegitimidad de origen, llegue a prescribir el derecho del soberano desposeído, por haber adquirido el usurpador la legitimidad de ejercicio”. (loc. cit.)

El Carlismo como legitimismo Esta doctrina justifíca el destronamiento de JUAN III (conde de Montizón), que fue destronado por haber incurrido en pérdida de la legitimidad de ejercicio al aceptar las teorías políticas del liberalismo (y también, después, de D. CARLOS HUGO de BORBÓN-PARMA, que aceptó las teorías políticas del socialismo autogestionario).

El Carlismo como legitimismo 4. Conclusión: legitimismo y tradicionalismo La cuestión dinástica es „un banderín de enganche del tradicionalismo de matriz hispana”, pero, „probablemente sin la vinculación del tradicionalismo a un hecho personal, como es la monarquía y la monarquía legítima, es dudoso que su duración pudiese llegar hasta hoy”. (Miguel Ayuso, Qué es el Carlismo, Buenos Aires, 2005, págs. 12-13)

El Carlismo como legitimismo „El legitimismo viene a ser el precinto de una botella que impide que las esencias políticas se evaporen y que custodia la autenticidad del contenido. Sólo sabemos que estamos bebiendo vino de marca cuando la botella está precintada. De lo contrario puede tratarse de vino común”. (Álvaro d’Ors)

El Carlismo como legitimismo EL ANEXO Principales teóricos y obras del legitimismo español

El Carlismo como legitimismo Fray Magín Ferrer y Pons (1792 – 1853), teólogo, de la Órden de la Merced La cuestión dinástica (1839); Las leyes fundamentales de la monarquía (1843)

El Carlismo como legitimismo Antonio Aparisi y Guijarro (1815 – 1872), político y periodista, diputado a las Cortes El Rey de España (1869); La cuestión dinástica (1869); Restauración (1869). Antonio Aparisi

El Carlismo como legitimismo Juan Vázquez de Mella y Fanjul (1861 – 1928), político, escritor y filósofo; diputado a las Cortes - La legitimidad de origen y de ejercicio (1894) Juan Vázquez de Mella

El Carlismo como legitimismo Melchor Ferrer Dalmau (1890 – 1965), histórico y periodista - Breve historia del Legitimismo español (1958)

El Carlismo como legitimismo Fernando Polo († 1949), filósofo y militante carlista - ¿Quién es el Rey? La actual sucesión dinástica en la Monarquía española (1949)

El Carlismo como legitimismo Raimundo de Miguel López († 1975), jurista y militante carlista - La Legitimidad (1962)

El Carlismo como legitimismo Antologías: Antología de los Documentos Reales de la Dinastía Carlista, preparada por Melchor Ferrer (1951); Documentos sobre la legitimidad (1945-1981). Apéndice documental de la obra «Don Mauricio de Sivatte», comp. César Alcalá (2001).