Legislación aplicable (marco jurídico administrativo). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley del Seguro Social. Ley Federal del Trabajo.

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Transcripción de la presentación:

Legislación aplicable (marco jurídico administrativo). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley del Seguro Social. Ley Federal del Trabajo. Ley General de Salud y sus Reglamentos. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Legislación… Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. Ley General de Bienes Nacionales. Ley de Ingresos de la Federación.

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Ley de Planeación. Ley Federal de Derechos.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y su Reglamento. Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para cada Ejercicio Fiscal. Código Civil Federal. Código Penal Federal. Código de Comercio. Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.

Código Federal de Procedimientos Civiles. Código Federal de Procedimientos Penales. Instructivo para el Trámite y Resolución de las Quejas Administrativas ante el IMSS. Contrato Colectivo de Trabajo Celebrado entre el IMSS-SNTSS. Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.

Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios. Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores (LAAT). Ley del Coordinación Fiscal (LCF). Ley de Concursos Mercantiles (LCM). Ley Federal de Competencia Económica (LFCE). Ley Federal de Responsabilidad Administrativas de los Servidores Públicos (LFRASP).

Ley General de Prestación de Servicio para la Atención, Cuidado, y Desarrollo Integral Infantil (LGPSACDI). Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM). Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (LINFO). Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (LINFONACOT). Ley de Impuesto sobre la Renta (LISR). Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del estado (LISSSTE). Ley del Mercado de Valores (LMV).

Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF). Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR). Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF). Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores (RACT). Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social (RAIRF). Reglamento de las Comisiones Consultivas Regionales del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (RCCRINFO).

Reglamento del Código Fiscal de la Federación. (RCFF). Reglamento de la Comisión de Inconformidades y de Valuación del Instituto del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores (RCINFO). Reglamento Interior de la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el retiro (RCONSAR). Reglamento Federal de la Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo (RFSH). Reglamento de Recurso de Inconformidad (RI). Reglamento Interior del Instituto Mexicano de Seguro Social (RIMSS).

Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos Establecen a Cargo de los Patrones (RIMPIOLINFO). Reglamento Interior del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultad como organismo Fiscal Autónomo (RINFO). Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (RIPAEDI). Reglamento de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (RLINFONACOT).

Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social (RPM). Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guarderías (RPSG). Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (RSAR). Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra y Tiempo determinado (RSSOTCOTD). Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal del trabajo (R121 Y R122).

LEY DEL SEGURO SOCIAL.

La ley del Seguro Social vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación mediante decreto de fecha 21 de diciembre de 1995 es el marco legislativo bajo el que rige sus operaciones el Instituto Mexicano del Seguro Social. Actualmente, la Ley señala que la seguridad social tiene como finalidades: La asistencia médica. La protección de los medios de subsistencia. Los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo. El otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.

Regímenes de seguridad social. A efecto de cumplir con tal propósito, el Seguro Social comprende dos tipos de régimen; el obligatorio y el voluntario.

IMSS, como organismo fiscal autónomo. La organización y administración del Seguro Social, en los términos consignados en esta Ley, están a cargo del organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, de integración operativa tripartita, en razón de que a la misma concurren los sectores público, social y privado, denominado Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual tiene también el carácter de organismo fiscal autónomo, es decir determina, emite y cobra sus créditos fiscales.

IMSS, COMO ADMINISTRADORA DE RIESGOS. Administra los distintos ramos de seguro que prevé la LSS, requiriendo de una adecuada gestión de las contribuciones y los recursos financieros para proporcionar las prestaciones en especie y en dinero; y en su carácter de organismo fiscal autónomo conducirá una recaudación eficaz logrando la transparencia y el control en la información que genera.

Patrimonio del IMSS. El patrimonio del Instituto lo constituyen: Los bienes muebles e inmuebles de cualquier naturaleza, a excepción de los provenientes de adjudicación o dación en pago por adeudo de cuotas obrero patronales, capitales constitutivos y accesorios, así como cualquier otro que afecte las reservas que el Instituto deba constituir. Derechos de propiedad y posesión de bienes muebles e inmuebles, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que obren en poder del Instituto. Donaciones, herencias, legados, adjudicaciones, subsidios y transferencias que se hagan a su favor en que no se preestablezca el destino de los bienes o derechos correspondientes. Los intereses, dividendos, realización de activos, alquileres, rentas, rendimientos, utilidades, frutos y productos de cualquier clase, que generen los bienes y derechos afectos a su patrimonio. Todos los bienes inmuebles que formen parte del patrimonio del Instituto, estarán destinados al servicio público de carácter nacional del Seguro Social.

Definiciones. Conceptos de Seguridad Social.

Sujetos de la relación obrero/patronal. Patrones o patrón: la persona física o moral que utiliza el servicio de uno o varios trabajadores. Trabajadores o trabajador: la persona física que presta a otra, física o moral un trabajo personal subordinado. Trabajador permanente: aquél que tenga una relación de trabajo por tiempo indeterminado. Trabajador eventual: aquél que tenga una relación de trabajo para obra determinada o por tiempo determinado en los términos de la Ley Federal del Trabajo.

Sujetos obligados: Sujetos o sujeto obligado: cuando tengan la obligación de retener las cuotas obrero-patronales del Seguro Social o de realizar el pago de las mismas, y los demás que se establezcan en la ley; Sujetos o sujeto de aseguramiento: los señalados en los regímenes Voluntario y Obligatorio. Responsables o responsable solidario: para los efectos de las aportaciones de seguridad social son aquellos que define como tales el artículo 26 del Código y los previstos en la Ley; (Los retenedores y las personas a quienes las leyes impongan la obligación de recaudar contribuciones a cargo de los contribuyentes, hasta por el monto de dichas contribuciones, socios accionistas, representantes legales)

Conceptos… Asegurados o asegurado: el trabajador o sujeto de aseguramiento inscrito ante el Instituto, en los términos de la Ley; Beneficiarios: el cónyuge del asegurado o pensionado y a falta de éste, la concubina o el concubinario en su caso, así como los ascendientes y descendientes del asegurado o pensionado señalados en la Ley; Derechohabientes o derechohabiente: el asegurado, el pensionado y los beneficiarios de ambos, que en los términos de la Ley tengan vigente su derecho a recibir las prestaciones del Instituto;

Concepto de Pensionado… Es el asegurado que por resolución del Instituto tiene otorgada pensión por: incapacidad permanente total; incapacidad permanente parcial superior al cincuenta por ciento o en su caso incapacidad permanente parcial entre el veinticinco y el cincuenta por ciento; invalidez; cesantía en edad avanzada y vejez, así como los beneficiarios de aquél cuando por resolución del Instituto tengan otorgada pensión de viudez, orfandad, o de ascendencia.

Concepto de Cuotas obrero patronales o cuotas: Son las aportaciones de seguridad social establecidas en la Ley a cargo del patrón, trabajador y sujetos obligados.

Concepto de Cédulas: Cédulas o cédula de determinación: el medio magnético, digital, electrónico, óptico, magneto óptico o de cualquier otra naturaleza, o bien el documento impreso, en el que el patrón o sujeto obligado determina el importe de las cuotas a enterar al Instituto, el cual puede ser emitido y entregado por el propio Instituto; Cédulas o cédula de liquidación: el medio magnético, digital, electrónico o de cualquier otra naturaleza, o bien el documento impreso, mediante el cual el Instituto, en ejercicio de sus facultades como organismo fiscal autónomo, determina en cantidad líquida los créditos fiscales a su favor previstos en la Ley;

Concepto de Salarios o salario: Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

Fuentes: t/art2.pdf t/art2.pdf