REORGANIZACION DEL SISTEMA EDUCATIVO  FEDERALISMO EDUCATIVO  PARTICIPACION SOCIAL.

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Transcripción de la presentación:

REORGANIZACION DEL SISTEMA EDUCATIVO  FEDERALISMO EDUCATIVO  PARTICIPACION SOCIAL

FEDERALISMO EDUCATIVO : para articular el esfuerzo y la responsabilidad de cada entidad federativa, de cada municipio y del Gobierno Federal, con el propósito de alcanzar una educación básica de calidad. La constitución dispone que le congreso de la unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la república, expedir las leyes necesitarías destinadas a distribuir la función social y educativa entre la federación, los estados y municipios.  EL CONGRESO DE LA UNION – LEY FEDERAL DE EDUCACION. El acuerdo entre la federación de los estados y municipios fortalece la importancia del regimen legal existente ajustándose a la concurrencia de atribuciones previstas.

CONVENIOS (GOBIERDO FEDERAL Y ENTIDADES FEDERATIVAS) -concretas responsabilidades en la operación de la educación básica y normal. -GOBIERNOS ESTATALES – dirección de establecimientos educativos. Secretaría de Educación Pública -Ejecutivo Federal- gobierno estatal recibe (establecimientos escolares, elementos administrativos y técnicos derechos y obligaciones, bienes muebles e inmuebles)

El Ejecutivo Federal vigilará en toda la República el cumplimiento del Artículo Tercero Constitucional, así como de la Ley Federal de Educación. -Promoverá y programará la extensión y las modalidades del sistema educativo nacional, formulará para toda la República los planes y programas para la educación preescolar, primaria, secundaria y normal. -Diseñara y ejecutara programas especiales que permitan elevar los niveles educativos en las zonas desfavorecidas o en aquéllas cuya situación educativa es crítica. -Con el fin de reducir analfabetismo en las zonas y entre los grupos de mayor atraso educativo.

Los gobiernos de los estados reconocen al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación como el titular de las relaciones laborales colectivas de los trabajadores de base que prestan sus servicios en los establecimientos y unidades administrativas que se incorporan al sistema educativo estatal. En observancia del artículo 30 de la Ley Federal de Educación, la Secretaría de Educación Pública continuará a cargo de la dirección y operación de los planteles de educación básica y de formación de maestro en el Distrito Federal.