La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Seguros Nociones Generales Prof. CP. Gabriel F. Pérez.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Seguros Nociones Generales Prof. CP. Gabriel F. Pérez."— Transcripción de la presentación:

1 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Seguros Nociones Generales Prof. CP. Gabriel F. Pérez

2 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez2 Seguros Riesgo – Específicos (especulativos) –Puros

3 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez3 Riesgos – Específicos (especulativos) Empresarial: dependen del accionar del empresario y su resultado es incierto e impredecible De factores sociales y personales: Son combinaciones de factores volitivos y aleatorios. Cambios de tareas, juegos de azar etc. No asegurables

4 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez4 Riesgos Puros –Son comunes a la población y a las empresas en general. Robos Incendios Accidentes Etc. –Son asegurables

5 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez5 Riesgo Puro Métodos de Tratarlo Directo: Prevención No siempre es posible evitarlo Indirecto: –Seguros Cesión del resultado patrimonial negativo –Patrimoniales: carácter indemnizatorio –De personas: carácter de previsión El asegurado no deja de soportar los efectos físicos y jurídicos del hecho El asegurador no asume el riesgo en sí. Solo asume el efecto patrimonial del mismo

6 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez6 Juego y Seguro Similitudes El hecho aleatorio implícito en ellos, que los caracteriza

7 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez7 Juego y Seguro Diferencias Riesgo –Juego: Riesgo Artificial => buscado –Seguro : Riesgo Natural => No deseado y temido Patrimoniales –Juego: Ocurre evento previsto => beneficio –Seguro : Ocurre evento previsto => perjuicio Fines –Juego: búsqueda de lucro –Seguro: espíritu indemnizatorio (no se puede obtener lucro)

8 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez8 Concepto Art. 1º Ley 17418 “ Hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto”

9 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez9 Características del Contrato Bilateral (asegurado y asegurador) o trilateral (asegurado, tomador y asegurador) Oneroso Comercial Formal De adhesión Consensual (perfecciona con consentimiento) Buena Fé Aleatorio Nominado Típico (estructura y características propias) De ejecución continuada

10 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez10 Sujetos Asegurador: empresa que asume la cobertura del riesgo. NO confundir con Productor-Asesor Asegurado: Persona con quien se desenvuelve la relación jurídica trabada con el asegurador (es el titular del interés asegurado) Tomador: Proponente del aseguramiento, es el responsable del pago de la prima y del cumplimiento de las obligaciones al momento de celebrar el contrato Beneficiario: Persona que recibe la indemnización

11 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez11 Forma de contratar A nombre propio por su cuenta –Asegurado = Tomador = Beneficiario Seguro de accidentes personales A nombre propio y a beneficio de un 3º –Asegurado = Tomador = Beneficiario Seguro de Vida A beneficio propio pero a nombre de un 3º –Asegurado = Tomador = Beneficiario Seguro de garantía de deuda

12 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez12 Elementos específicos Objeto: Cualquier riesgo si existe interés asegurable Riesgo: –Existencia: debe existir al momento del contrato –Inexistencia: por haberse producido o desparecido la posibilidad de producirse: Hace NULO el seguro

13 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez13 Elementos específicos Interés Asegurable: –Interés que el asegurado debe tener en la conservación de los bienes o personas expuestas a riesgo –Requisito indispensable para su validez –Debe existir al momento del contrato o tener posibilidad de existir (en este caso esta condicionado a esa existencia)

14 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez14 Elementos específicos Interés Asegurable –Quienes lo tienen: El Propietario Los titulares de Derechos Reales El titular de Derechos Crediticios Titulares de obligaciones que suponen responsabilidad personal sobre las cosas (depositarios, comodatarios, locatarios, etc)

15 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez15 Elementos específicos Interés Asegurable – Elementos –Patrimonial Debe causar un perjuicio patrimonial Debe poder ser cuantificado económicamente –Real El bien debe existir –Legitimo Los bienes asegurado deben haber sido obtenidos en forma legitima

16 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez16 Elementos específicos Interés asegurado –Es el interés asegurable que es cubierto con la contratación de un seguro Valor asegurable –Cuantificación económica del interés asegurable. –Valor real del bien Valor asegurado –Es el valor de cobertura por el cual se realiza el contrato

17 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez17 Sobreseguro Valor Asegurado > Valor Asegurable –No se debe realizar –No puede haber lucro por el siniestro –El asegurador paga como máximo de indemnización el Valor Asegurable

18 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez18 Infraseguro Valor Asegurado < Valor Asegurable –El asegurador indemniza como máximo el valor asegurado –Ante daño parcial se indemniza en proporción (relación entre valor asegurado y valor asegurable)

19 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez19 Mecanismo de Contratación Asegurado Tomador Propuesta Condiciones del seguro que se pretende realizar Compañía aseguradora Póliza

20 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez20 Propuesta No obliga ni al asegurado ni al asegurador –Excepción: Renovación de contrato vigente. El asegurador tiene 15 días para rechazarla. En seguro de personas no se aplicará esta posibilidad de rechazo Diferencia entre propuesta y póliza: ante silencio por parte del asegurado (plazo un mes) se considerará aceptada. Artículo 12

21 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez21 Reticencia Artículo 5: “Toda declaración falsa o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aún hechas de buena fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones si el asegurador hubiese sido cerciorado el verdadero estado del riesgo, hace nulo el contrato”

22 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez22 Impugnación El asegurador de impugnar dentro de los tres meses de conocida

23 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez23 Tipos de reticencia Dolosa o de mala fe: –Hace nulo el contrato –El asegurador tiene derecho a las primas devengadas hasta la anulación. De buena fe o no dolosa: –Contrato anulable –Podrá ser modificado al nuevo estado riesgo –Seguro de vida: modificación obligatoria si la anulación perjudica al asegurado

24 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez24 Siniestro en el plazo para impugnar El asegurador no debe prestación alguna Excepciones: Seguro de vida: indemnización ajustada si la misma es obligatoria. Seguro de vida: sólo valor de rescate si el reajuste no es obligatorio.

25 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez25 Póliza Contrato de seguro propiamente dicho. Otra prueba escrita es admitida

26 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez26 Requisitos de la póliza Nombre y domicilio de las partes El interés o la persona asegurada Riesgos asumidos Vigencia Prima o cotización Suma asegurada Condiciones generales Condiciones particulares

27 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez27 Condiciones Generales: aquellas que son comunes a los distintos riesgos que comprenden una rama de seguros. Particulares: particularizan el contrato del seguro –Por ejemplo exclusiones –Vigencia –Interés asegurable

28 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez28 Modalidades Al portador A la orden Nominada (obligatorio seguro de vida)

29 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez29 Vigencia Salvo pacto contrario es de un año Comienza a las 12 horas del día de inicio y termina a las 12 horas del último día establecido.

30 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez30 Rescisión Debe estar convenida. NO es posible en los seguros de vida Por el asegurador. Preaviso. Plazo 15 días, reembolso de primas proporcionales por el plazo no corrido. Por el asegurado. El asegurador tendrá derecho a las primas devengadas

31 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez31 Prórroga tácita Prevista en el contrato. Término máximo un período. –Excepción: seguro flotantes

32 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez32 Por plazo indeterminado Cualquiera de las partes puede rescindirlo Renuncia al derecho de rescisión. Plazo máximo cinco años. No son aplicables al seguro de vida

33 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez33 Liquidación y cesión de cartera No autoriza la rescisión de contrato.

34 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez34 Contratación por cuenta ajena Validez: de celebrarse con o sin designación del tercer asegurado (ante duda se considera por cuenta propia) –No necesita autorización del asegurado. –Excepto seguro de vida

35 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez35 Contratación por cuenta ajena Derechos del tomador. Si tiene posesión de la póliza Puede poner a nombre propio los derechos que emanan del contrato Cobrar la indemnización –El asegurador podrá exigir el consentimiento del asegurado –Excepto: Tomador actúa por mandato o en razón de una obligación legal

36 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez36 Contratación por cuenta ajena Derechos del asegurado Tiene derechos si posee la póliza Caso contrario, ni hacerlos valer judicialmente sin el consentimiento del tomador

37 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez37 Contratación por cuenta ajena Retención de la póliza por el tomador No está obligado a entregarla hasta que le hayan abonado el contrato Puede cobrarla con prelación al asegurado o sus acreedores.

38 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez38 Prima Costo del seguro y representa la contraprestación del riesgo asumido. Tipos de prima pura De riesgo: seguro de daños De ahorro: seguro de vida

39 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez39 Premio Prima pura: costo real del riesgo asumido. Se calcula mediante la intercesión de la frecuencia e intensidad. Prima bruta: Prima pura + gastos explotación, de adquisición, recargos administrativos, derechos de emisión. Premio: Prima Bruta + adicional financiero, impuestos y tasas

40 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez40 Prima Obligado al pago: Tomador (el asegurador puede exigírselo al asegurado si el primero a caído en insolvencia) Compensación: el asegurador podrá compensar sus créditos contra la indemnización Pago por tercero: el asegurador debe aceptarlo salvo oposición del asegurado

41 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez41 Prima Lugar de pago: domicilio del asegurador o convenido Exigibilidad: se debe desde la celebración del contrato. –Es exigible contra entrega de la póliza o certificado de cobertura Crédito tácito: se presume sino se cobró al momento de la entrega de la póliza

42 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez42 Franquicia También denominado seguro a segundo riesgo Importe del siniestro que se encuentra a cargo del asegurado Limitación contractual o de ley –A las indemnizaciones debidas –A la responsabilidad Imposibilidad de reclamación sino se llega a un % del valor asegurado Puede ser eliminada con el pago de una extraprima.

43 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez43 Descubierto obligatorio Parte del riesgo que invariablemente estará a cargo del asegurado

44 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez44 Tipos de Franquicia Simple: Se excluyen de la cobertura ciertos importes, pero superado éste se abona la totalidad de la indemnización. Deducible: Suma que se descuenta en todos los casos (suma fija o porcentaje) De tiempo o período de carencia

45 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez45 Mora en el pago Mora automática La falta de pago libera al asegurador Podrá rescindirse el contrato (salvo pacto en contrario) si el asegurador lo denuncia con un plazo de un mes. El asegurador no responsable de indemnizar dentro del plazo de denuncia luego de dos días de transcurrida la notificación El contrato sigue vigente pero no hay cobertura

46 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez46 Cargas y obligaciones Del asegurado: –Antes del siniestro Pagar la prima Conservar el estado riesgo Denuncian la agravación del riesgo Prevenir el siniestro –Después del siniestro No agravar el siniestro De no ser el siniestro dentro de los tres días de producido Aportar pruebas y documentación Realizar todo lo necesario para reducir el daño

47 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez47 Cargas y obligaciones Del asegurador Pagar la indemnización cuando ocurre el hecho previsto (asunción el riesgo)

48 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez48 Caducidad Por disposiciones de ley Por disposiciones contractuales Incumplimiento de cargas y obligaciones –Antes del siniestro El asegurador deberá alegarla dentro del mes de conocida. Si el siniestro ocurre dentro de este plazo, el asegurador no deberá la indemnización si la falta de incumplimiento de la carga influyó en el hecho –Posterior al siniestro El asegurador se libera si el incumplimiento influyo en la extensión o agravación del hecho

49 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez49 Agravación del riesgo Hecho que presupone un aumento del riesgo contratado. Denuncia: –Por un hecho del tomador antes que se produzca –Por un hecho ajeno apenas conocida

50 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez50 Agravación del riesgo Efectos Provocado por el tomador –Cobertura suspendida –Asegurador: dentro de siete días debe notificar la decisión de rescindir Por hecho ajeno al tomador –Asegurador debe notificar decisión de rescisión dentro del mes de informado y otorgar un preaviso de siete días –Si la práctica comercial no hubiera asumido ese riesgo la cobertura queda suspendida En caso de siniestro: no hay indemnización si el tomador omitió la denuncia, excepto: –Omisión sin culpa o negligencia –El asegurador conocía la agravación

51 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez51 Efecto de la rescisión Derechos del asegurador: –Percibir prima proporcional si la agravación le fue comunicada –Percibir la prima por el seguro si se omitió informar Extinción del derecho rescindir: el asegurador pierde este derecho si no los ejerce dentro de los plazos de ley

52 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez52 Siniestro Hecho fortuito o aleatorio acaecido en determinado momento y contemplado en la póliza.

53 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez53 Dolo o culpa grave Si el hecho es provocado por el Asegurado, con dolo o culpa grave, el asegurador se libera del pago de la indemnización.

54 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez54 Dolo Dolo: Conducta voluntaria, objetivamente reconocible, con conciencia de la antijuricidad material del acto y con intencionalidad de provocar un consentimiento mediante engaño Intención: –En Responsabilidad contractual: intención de no cumplir –En lo delictual: intención de dañar –En el dolo-vicio: intención de provocar un consentimiento mediante el engaño

55 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez55 Culpa grave Actuación intencional probada por parte del Asegurado para que se provoque o produzca el siniestro

56 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez56 Prescripción Pérdida de derechos por el mero transcurso del tiempo Situaciones de prescripción: –Acciones en el contrato de seguro: 1 año desde que la obligación es exigible. –Prima en cuotas: computo a partir del pago de la última cuota Interrupción: Por procedimiento establecido por la ley o el contrato para la liquidación del daño para el cobro de la prima y de la indemnización

57 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez57 Subrogación Reservarse los derechos de repetición Los derechos del asegurado se transfieren a la aseguradora, hasta el monto de la indemnización El Asegurado es responsable si perjudican los derechos del Asegurador No es aplicable en los seguros de personas

58 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez58 Denuncia del siniestro Plazo: tres días de ocurrido el hecho (plazo general, haya algunos seguros que tienen un plazo especial de denuncia) Obligación del asegurado: suministrar información para la verificación del siniestro y su extensión. Sanción: se pierde el derecho de indemnización –Por incumplimiento del plazo de denuncia (salvo que haya fuerza mayor) –Por falta de información ó información maliciosa

59 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez59 Pluralidad de seguro Concepto : aseguramiento de un mismo interés y un mismo riesgo con diversas aseguradoras. Consecuencias: –Si el valor asegurado es mayor al valor asegurable, es nulo, en caso de siniestro se indemniza hasta el valor asegurable –Seguro de vida: los beneficiarios cobran todos los seguros

60 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez60 Coseguro Aseguramiento previsto y ordenado de un mismo interés y un mismo riesgo con diversas aseguradoras, donde cada una de ellas asume una porción del riesgo total Management: lidera el aseguramiento es el encargado del cobro de las primas No existe de solidaridad entre los aseguradores, salvo pacto en contrario

61 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez61 Seguro subsidiario Dos supuestos 1.Dos o más compañías aseguran mismo interés asegurable pero distintos riesgo 2.Una compañía responde indemnizando cuando supera cierto monto el daño 1.La segunda compañía responde por el total cuando se supera cierto monto 2.La segunda compañía responde por el exceso del límite establecido, respondiendo la primera hasta límite establecido

62 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez62 Seguro de abono o póliza flotante Es un contrato único y definitivo que será integrando a medida que el asegurado denunció el asegurador los bienes que se incluirán en él Se utiliza especialmente con empresas de transporte de bienes.


Descargar ppt "Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Seguros Nociones Generales Prof. CP. Gabriel F. Pérez."

Presentaciones similares


Anuncios Google