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Delitos contra la indemnidad y libertad sexual

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Presentación del tema: "Delitos contra la indemnidad y libertad sexual"— Transcripción de la presentación:

1 Delitos contra la indemnidad y libertad sexual

2 Contra la libertad sexual: protege la autodeterminación.
Contra la indemnidad: protege el libre desarrollo de la sexualidad, en el caso de los impúberes, se habla también de honestidad.

3 Legislación que ha modificado el sistema de este tipo de delitos:
de 12 de julio de 1999 * de 13 de mayo de 2003 de 14 de enero de 2004 * de 31 de agosto de 2007 de 18 diciembre de 2010 de 13 agosto de 2011 de 20 de agosto 2013

4 Modificaciones esenciales:
Incorporación de los delitos de pornografía infantil Eleva la edad de protección de la indemnidad sexual de 12 a 14 años Incorpora penas accesorias de inhabilitación (372) Penas especiales (370, 370 bis, 371.2)

5 Agravantes (368 bis) Agravante especial (368) Ciertos cómplices sancionados como autores (371)

6 En el ámbito procesal: Especial forma de investigación (369 ter). Protección a la víctima (372 ter) similares a las cautelares en VIF Cierre de establecimientos, medida cautelar (368 ter)

7 Ejercicio de la acción penal (369) mixta
Prescripción (369 quater), plazo comienza a contabilizarse desde que la víctima cumple 18 años.

8 Esquema General 1.- Violación A) Propia (361) B) Impropia (362)
C) Agravada (372 bis) 2.- Estupro: A) Por engaño (363 n°4) B) Por abuso (363 del n°1 al n°3)

9 3.- Abuso Sexual: A) Propios (366) B) Impropios (366 bis)
C) Agravados (365 bis) 4.- Corrupción de menores: A) Exposición de menores a actos de significación sexual (366 quater) B) Sodomía (365) C) Favorecimiento de la prostitución de menores (367 y 367 ter)

10 D) Producción de pornografía infantil (366 quinquies) E) Comercialización de pornografía infantil (374 bis).

11 VIOLACIÓN PROPIA 1.-Bien Jurídico Protegido: Indemnidad sexual
2.- Sujeto activo: varón, acceso carnal 3.- Sujeto pasivo: hombre o mujer, mayor de 14 años. 4.- Conducta: acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal. (yacer). Pene, objetos, dedos.

12 5.- Circunstancias (361) La fuerza (n°1): por el S.A o por terceros (15 n°3), sobre la víctima o sus resguardos. Dirigida a vencer o anular la voluntad contraria de la víctima. Distinto de resistencia. La intimidación (n°1): amenaza de un mal más grave que la propia violación, en su persona o de otra vinculada afectivamente. (296 y 297 seriedad, verosimilitud + gravedad e inmediatez)

13 Privación de sentido (n°2): se alude a estado de inconsciencia que impide prestar consentimiento, cualquiera sea el motivo: drogas, alcohol, anestesia, dormida etc. Provocado por la víctima o el hechor. Salvo: victima se pone en tal situación para mantener relación sexual. .

14 Problema: intensidad de la privación de sentido.
Modificación legal de “Oponer resistencia” por “oponerse”: excluye la exigencia sólo de resistencia física.

15 Abuso de la enajenación o trastorno mental (n°3): para obtener su consentimiento.
El estado debe ser conocido por el S.A. Mas allá de anomalía o perturbación mental (363 n°1)

16 6.- Culpabilidad: Dolo directo: en cuanto al acto sexual o prevalimiento de las circunstancias. Dolo eventual: respecto de circunstancias fácticas. FAZ SUBJETIVA: no exige ánimo libidinoso, como si lo hace en delitos como el del art. 366 quater. Por ende se admiten la posibilidad de objetivos como humillar, venganza o tortura.

17 8.- Iter Criminis: Delito de mera actividad: excluye frustración ¿Consumación? A.- Coniunctio membrorum: acercamiento del pene a zona vestibular B.- Inmissio seminis: depósito de semen C.- Inmissio penis: acceso del pena a la vagina, ano o boca.

18 Doctrina: “principio de ejecución de la penetración”
Considerar en la forma de interpretar la norma, pues hasta 1999 el art. 362, consideraba como consumado el delito de violación desde que había principio de ejecución.

19 9.- Autoría y Participación:
Para algunos no existe autoría mediata, pues no tendría dominio del hecho. Sería sancionable como inductor. Es posible sanción de autor cooperador, EJ. El que ejerce fuerza. (15 n°3) 8.- Concursos: A.- Otras agresiones sexuales: Si consiente en estupro, se arrepiente, es violada: se sanciona por violación. Si violación es tentada y se produce abuso sexual, se sanciona por abuso (mayor penalidad)

20 B.- Con otros delitos: (amenazas, lesiones, secuestros) la gravedad de la pena del delito absorbe los otros, salvo en el caso de seguirse la muerte (372 bis). Si hay lesiones graves o menos graves, concurso ideal (art. 75) C.- Convergencia de las circunstancias del 361 y 363: se considera un solo delito.

21 Penalidad: presidio mayor grados mínimo a medio ( 5 años y un día a 15 años)
Art 68. Ambas penas son de crimen Pena menor a la del robo con violencia o intimidación que tiene un grado mas (436) CP

22 VIOLACIÓN IMPROPIA Sujeto Pasivo: menor de 14 años ¿cumplidos o menor de 15 años?

23 VIOLACIÓN AGRAVADA “El que, con ocasión de violación, cometiere además homicidio…” Pena: presidio perpetuo a presidio perpetuo calificado. Se eliminó formula anterior que distinguía entre hombre y mujer y vía de acceso carnal.

24 ESTUPRO (363) 1.- Bien jurídico protegido: libertad e indemnidad sexual, además de la honestidad por menor edad. Se busca el consentimiento de la víctima. No incluye la simple seducción.

25 TIPICIDAD 2.- Sujeto activo y conducta: igual a lo visto respecto de la violación 3.- Sujeto pasivo: mayor de 14 y menor de 18 años.

26 4.- Faz subjetiva: al coincidir la exigencia de abuso, el dolo debe ser directo.
Al igual que en la violación no es un elemento del tipo el ánimo lascivo.

27 Todas exigen la existencia de abuso.
5.-CIRCUNSTANCIAS: Todas exigen la existencia de abuso. Anomalía o perturbación mental (n°1): Conocimiento y abuso por el SA. No es completa y puede ser transitoria. La edad no debiera ser una limitante.

28 Abuso de relación de dependencia y desamparo (n°2 y3)
Enumeración no taxativa. Limitación de la edad (acoso sexual) “….. entendiéndose por tal el que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.“ (Ley art 2 C. Trabajo)

29 Desamparo: puede ser físico o moral, transitorio, provocado o no por el agente. Para algunos es necesaria la existencia de algún tipo de relación entre víctima y agresor, cuyo cese provoque el desamparo o negativa de ayuda.

30 Engaño (n°4) “Inexperiencia o ignorancia sexual”, parece más lógico combinarla con limitación etaria. Satisfacción sexual v/s ignorancia o inexperiencia. Debe versar sobre el acto mismo, no sobre otras circunstancias, por eso se excluye la promesa de matrimonio.

31 PENALIDAD. Presidio menor grado máximo a presidio mayor grado mínimo (pena de simple delito y de crimen). * Robo de cajeros automáticos (443 bis) presidio menor grado máximo. * Robo en lugar habitado ( ) presidio mayor grado mínimo.

32 SODOMÍA (365) Bien jurídico Protegido: libertad -indemnidad ¿moralidad? ¿lesbianismo? TIPICIDAD Conducta: acceso carnal SA: hombre SP: hombre, menor de 18 años (pero mayor de 14 años)

33 Sin que medien las circunstancias contenidas en los art
Sin que medien las circunstancias contenidas en los art. 361 y 363: existe consentimiento libre. Penalidad: reclusión menor en grados mínimo a medio (61 días a 3 años)

34 ABUSO SEXUAL PROPIO (366) Bien jurídico protegido: libertad e indemnidad TIPICIDAD Conducta: acción sexual distinta del acceso carnal: ( 366 ter) Acto de significación y relevancia sexual, que además importe: a.- contacto corporal, o b.- afectación de genitales, ano o boca, aún sin contacto corporal con la víctima.

35 SA: hombre o mujer SP: Hombre o mujer, mayor de 14 años Circunstancias: A.- Si es mayor de 14 años, las del art. 361 (violación propio) B.- Si es mayor de 14 y menor de 18, las del art. 363 (estupro)

36 Penalidad: A.- Mayor de 14 años, más circunstancias de violación propia: presidio menor en grado máximo ( 3 años un día a 5 años, con posibilidad de sustituir la pena por libertad vigilada especial) B.- Mayor de 14 y menor de 18 años más circunstancias de estupro: ID.

37 ABUSO SEXUAL IMPROPIO (366 BIS)
Conducta: acción sexual distinta del acceso carnal SA : cualquiera SP menor de 14 años Penalidad: Misma del estupro, presidio menor grado máximo a presidio mayor grado mínimo (de simple delito y de crimen)

38 ABUSO SEXUAL AGRAVADO (365 BIS)
CONDUCTA: la acción sexual (366 ter), debe consistir en la introducción de objetos de cualquier índole, vía vaginal, anal o bucal o se usen animales en ello. ¿Qué se entiende por objeto? Discusión en comisión: incluiría otras partes del cuerpo humano (dedos, lengua ¿besos?) ¿partes de animales?

39 PENALIDAD: A.- Si concurren circunstancias del 361, la pena de esa norma B.- Si concurren circunstancias del 363, la pena de esa norma, si la víctima es mayor de 14 y menor de 18 años C.- Si la víctima es menor de 14 años, con las penas del 362 (violación impropia).

40 Lectura obligatoria de:
“Los delitos de violación y estupro del artículo 365 bis código penal: una racionalización desde el mandato de lex stricta y el principio de lesividad. Especial referencia a la introducción de dedosu otras partes del cuerpo” Prof. José A. Fernández C.


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